La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Acuerdos de Convivencia Escolar y su Importancia en las Relaciones Interpersonales y Comunitarias

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Acuerdos de Convivencia Escolar y su Importancia en las Relaciones Interpersonales y Comunitarias"— Transcripción de la presentación:

1

2 Acuerdos de Convivencia Escolar y su Importancia en las Relaciones Interpersonales y Comunitarias
Lcda. Lisbeth González Lcda. Johana Rincón

3 CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Es un acuerdo internacional de obligatorio cumplimiento para los países que los firman quienes han decidido defender y respetar los derechos del niño, definiendo cuales son las obligaciones de los gobiernos para garantizar esos derechos. Fue aprobada en la Asamblea General de las naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por Venezuela en el año 1990

4 LA CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Confirma el status del niño como sujeto de derechos … es un instrumento contra la discriminación Sirve como marco de referencia para la evaluación y desempeño de los programas de los gobiernos Afirma y codifica valores universales (dignidad, respeto, paz, igualdad, otros) Especifica el ejercicio de ciertos derechos por los niños, según su capacidad de ejecución. Opera como un ordenador de las relaciones entre el Niño, el Estado y la Familia, pues se reconocen deberes y derechos recíprocos. Enfatiza el rol de las políticas sociales básicas y de protección de la niñez. Regula los conflictos jurídicos derivados del incumplimiento de los derechos o de su colisión con los derechos de los adultos Se fundamenta en la doctrina de la Protección Integral

5 QUE SON DERECHOS Los derechos de los niños son criterios de actuación con carácter ético, político, social y jurídico, propios de todos los seres humanos, para asegurar a todo niño y niña la protección integral desde la concepción hasta su completo desarrollo

6 DIFERENCIA NECESIDADES DERECHOS
No identifica quien es el responsable de satisfacerlas. Focaliza la atención en la dependencia y vulnerabilidad de los niños. Figuran algún tipo de jerarquía. Identifican quien es el responsable. Constituye una obligación exigible ante alguien. Son indivisibles, interdependientes y todos son importantes.

7 Gratuidad de las Actuaciones
OBJETO DE LA LEY Estado (Art. 4) Familia (Art. 5) Sociedad (Art. 6) Responsabilidad Concurrente Grupos Etáreos (Art. 2) Niños,niñas De 0 a 12 años Adolescentes de 12 hasta 18 años Gratuidad de las Actuaciones

8 PRINCIPIOS DE LA LEY Niño Sujeto de Derechos (Art. 10)
Corresponsabilidad (Art.4a) Prioridad Absoluta (Art. 7) Interés Superior del Niños,Niñas y Adolescentes (Art. 8) Obligaciones Generales de la Familia (Art. 5)

9 DERECHOS, GARANTIAS Y DEBERES
Niñas niños y adolescentes Sujetos de derecho (art. 10) Convierte Necesidades en Derechos => Exigibilidad Garantías de Cumplimiento Naturaleza de los Derechos y Garantía (art.12) De Orden Público Intransigibles Irrenunciables Interdependientes entre sí Indivisibles Limite: Autoridad Parental Derechos de Otros La Propia Ley Ejercicio Progresivo de derechos y garantía (art.13) Consideración del Niño Como Sujeto en Desarrollo

10 DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Derecho al libre desarrollo de la personalidad (Art.28 ) Derecho a la libertad Personal (Art.37) Derecho a la libertad de transito (Art. 39) Derecho al honor, reputación y propia imagen (Art. 65) DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Derecho a ser protegidos(as) contra el abuso y explotación sexual (Art. 33) Derecho al descanso, deporte y juego (Art. 63)

11 DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EDUCACIÒN
Derecho a la Educación (Art. 53) Educación de niños,niñas y adolescentes indígenas (Art. 60) Derecho a participar en el Proceso de educación (Art. 55) Educación de niños,niñas y adolescentes con necesidades especiales (Art. 61) DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EDUCACIÒN Derecho a ser respetados(as) Por los educadores(as) (Art. 56) Disciplina escolar acorde (Art. 57) Vínculo entre la educación y el trabajo (Art. 58) Responsabilidad de los padres y representantes en materia de educación (Art. 54)

12 Protección Laboral (Art. 94) Sindicalización (Art. 101)
DERECHOS MAS NOVEDOSOS Salud Sexual y Reproductiva (Art. 50) Opinar y se oida y oído (Art. 80) Información (Art. 68) Libre Expresión (Art. 67) Protección Laboral (Art. 94) Mínimo 14 años (Art. 96) Sindicalización (Art. 101) Huelga (Art. 103) Participación (Art. 81) Reunión (Art. 82) Manifestación (Art. 83) Asociación (Art. 84) Petición (Art. 85) Justicia (Art. 87)

13 ¿QUE SON DEBERES? Es la responsabilidad que tiene toda persona de cumplir con lo establecido.

14 DEBERES DE LOS NIÑOS ,NIÑAS Y ADOLESCENTES.
(ART. 93) Honrar a la Patria y sus Símbolos. Respetar, Cumplir y Obedecer todas las Disposiciones del Ordenamiento Jurídico y las Ordenes Legitimas que en las esferas de sus atribuciones dicten los órganos del poder público. Respetar los Derechos y Garantías de las demás personas. Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus ordenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico.

15 DEBERES DE LOS NIÑOS ,NIÑAS Y ADOLESCENTES.
(ART. 93) Ejercer y defender activamente sus derechos. Cumplir sus obligaciones en materia de educación. Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y cultura. Conservar el medio ambiente. Cualquier otro deber que sea establecido en la ley.

16 DISCIPLINA ESCOLAR ACORDE CON LOS DERECHOS Y GARANTÍAS
ARTICULO 57. DISCIPLINA ESCOLAR ACORDE CON LOS DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES. La disciplina escolar debe ser administrada de forma acorde con los derechos, garantías y deberes de los niños, niñas y adolescentes. En consecuencia: Debe establecerse claramente en el reglamento disciplinario de la escuela, plantel o instituto de educación “los hechos susceptibles de sanción, las sanciones aplicables y el procedimiento para imponerlas. Todos los niños, niñas y adolescentes deben tener acceso y ser informados (as)oportunamente, de los reglamentos disciplinarios correspondiente. Antes de la imposición de cualquier sanción debe garantizarse a todos los niños, niñas y adolescentes: El ejercicio de los derechos a opinar y a la defensa y, después de haber sido impuesta, se les debe garantizar la posibilidad de impugnarla ante una autoridad superior e imparcial; Se prohíben las sanciones corporales, así como las colectivas; Se prohíben las sanciones por causa de embarazo de una niña o adolescente.

17 HECHOS SUCEPTIBLES Cuando obstaculicen o interfieran el normal desarrollo de las actividades escolares o alteren gravemente la disciplina. Cuando comentan actos violentos de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa o del personal docente, administrativo u obrero del plantel. Cuando provoquen desórdenes graves durante la realización de cualquier prueba de evaluación o participen en hechos que comprometan su eficacia. Cuando deterioren o destruyan en forma violenta los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito escolar. Lo no previsto queda sujeto a la Ley.

18 DISCIPLINA ESCOLAR. Es una acción pedagógica para establecer las responsabilidades de las acciones de los y las estudiantes, en los casos en que estos hayan incumplido con sus deberes, vulnerados sus derechos y los derechos de otras personas dentro o fuera del ámbito escolar o incurrido en las faltas previstas expresamente en los Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria, Resoluciones Especiales u otras normas generales de convivencia. La disciplina debe estar orientada hacia la formación integral de los educandos, a fortalecer el respeto de sus derechos, el derecho de las demás personas y el cabal cumplimiento de sus deberes.

19 OBJETIVO DISCIPLINA ESCOLAR
Establecer las responsabilidades de las acciones de los niños, niñas y adolescentes (ESTUDIANTES) en los casos en que hayan incumplido los deberes que se derivan del Articulo 93 de la LOPNNA, vulnerados sus derechos y los derechos de otras personas dentro o fuera del ámbito escolar o incurrido en las faltas previstas expresamente en el Acuerdos de Convivencia Escolar y demás instrumentos normativos vigentes en materia educativa.

20 Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria
Garantía de aplicación de los principios fundamentales de la protección integral. Garantía y respeto de los derechos y deberes de todos los actores de la comunidad educativa. El ejercicio de la autoridad disciplinaría (autoridad escolar) debe ser acorde con los derechos humanos fundamentales y la dignidad de niños, niñas y adolescentes. Todos los hechos o conductas susceptibles a ser corregidas deben estar contempladas como falta en los acuerdos de convivencia escolar. Los correctivos o medidas deben aplicarse con finalidad socio pedagógica a fin de beneficiar a la comunidad educativa, para que no se lesione la sana convivencia. Los correctivos deben ser aplicables previa comprobación y sustanciación legal de un expediente administrativo disciplinario.

21 PRINCIPIOS DE APLICACIÓN
El niño, niña o adolescente como sujeto pleno de derecho. El interés superior del niño. Las sanciones o medidas deben de aplicarse con la finalidad socioeducativa de recuperar la conducta regular del alumno de tal forma que se beneficie tanto a él como la comunidad educativa, para que no se les lesione la sana convivencia escolar. Así mismo toda sanción debe promover un cambio de conducta positiva en el alumno o alumnas que repercuta en el bienestar escolar y familiar. En el ejercicio de la autoridad disciplinaria debe respetarse los derechos humanos y la dignidad.

22 SISTEMA RECTOR NACIONAL
ARTICULACION DE LOS ÓRGANOS ESCOLARES CON EL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SISTEMA RECTOR NACIONAL Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente Sistema de protección de niños niñas y adolescentes Responsabiliza al adolescente ante la comisión de un hecho punible (delito), a partir de los 12 años de edad. Garantiza los derecho y el respecto de deberes de niños, niñas y adolescentes ante amenaza o violación.

23 Sistema de Protección del Niños y del Adolescentes
Consejo de derechos. (Colectivos) Consejo de Protección (Individuales) Administrativos Judiciales Ministerio Público. Órganos Tribunales de Protección Fiscales Especializados Entidades de atención y Programas de protección Defensorías del niño y del adolescente Servicios

24 Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente.
Tribunales Penales (Sección Adolescentes) Órganos Judiciales Fiscales Especializados (Niños, Niñas y Adolescentes Victimarios). Ministerio Público

25 Articulación Comunidad Escolar - Sistema de Protección.
LOPNNA Art. 91 Deber de Denuncia. Amenaza o Violación de Derechos Colectivos o Difusos Consejo de Derechos del Municipio Lagunillas Interno Externo

26 Acuerdos de Convivencia Escolar y COMUNITARIAS
Construcción Democrática, Participativa y Protagónica

27 VISION Construir una cultura de legalidad en la convivencia escolar y comunitaria, fundamentada en una democracia participativa y protagónica que permita regular las relaciones interpersonales de la triada familia-escuela-comunidad, donde se promueva el desarrollo de habilidades sociales; para obtener la formación integral ciudadana del nuevo republicano y republicana, fundado en los principios y valores de formación de una cultura de paz, la justicia social, el respeto de los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión social, adaptado a la dinámica jurídica y social para la trascendencia a nivel nacional.

28 MISION Contribuir a la formación integral de la triada familia-escuela-comunidad, para que sea capaz de defender sus derechos y cumplir cabalmente sus deberes, aptos para desenvolverse asertivamente en la sociedad, teniendo como asimud los principios legales vigentes, así como la aplicación del principio de la legalidad en todos los aspectos de su entorno social, logrando de esta manera una sana convivencia a nivel macro social teniendo un enfoque humanista, holístico y socialista.

29 Basamento legal Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Plan Nacional Simón Bolívar ( ) Convención sobre los Derechos del Niño (1989) Ley Orgánica de Educación (2009) y Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (2003) Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) RESOLUCIÓN 058 DEL 16 DE OCTUBRE DE 2012 (CONSEJO EDUCATIVO) Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. (Año) Ley Nacional de la Juventud (2006) Ley sobre procedimientos especiales en materia de protección familiar de niños, niñas y adolescentes. (Año) Ley de las personas con discapacidad (2010) Ley Orgánica para los pueblos y comunidades indígenas(Año) Ley Orgánica Contra Toda Forma de Discriminación Racial (2011) Ley Orgánica del Poder Ciudadano (2001) Ley del Deporte (2012) Leyes del Poder Popular (2011) la ley de las comunas ley Orgánica de Drogas ley Orgánica del Ambiente Resoluciones, circulares, ordenanzas municipales, y otras afines con el subsistema de educación básica y área protección. demás normativas jurídicas venezolanas que rigen sobre la materia.

30 CONVIVENCIA ESCOLAR DEMOCRÁTICA
PARADIGMA DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR DEMOCRÁTICA PARADIGMA DE LA DISCIPLINA PUNITIVA (COERCIÓN) SE TIENE EN LA INSTITUCIÓN COMO UN INSTRUMENTO DE REPRESIÓN Y CONTROL (LA CONSTRUCCIÓN ES DE UN GRUPO DE PERSONAS). SE VE COMO UNA CARTILLA DE PROHIBICIONES Y DE CASTIGOS, MAS NO DE CORRECTIVOS. SE BUSCA ES SANCIONAR MAS NO ASUMIR UN COMPROMISO PARA AYUDAR A MODIFICAR LA CONDUCTA. CONTROLAR CONDUCTA PARA MANTENER EL ESTATUS DE LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS. IGNORA EL LIDERAZGO COMUNITARIO. DESVINCULA LA FAMILIA PORQUE TIENE PROCESOS PREESTABLECIDOS. ES UNA HERRAMIENTA PEDAGÓGICA. SE CONSTRUYE EN COLECTIVO. Y PARTICIPACIÓN PLENA DE LA TRIADA FAMILIA-ESCUELA-COMUNIDAD. EL MANUAL BUSCA FORMAR A UN CIUDADANO INTEGRAL. IMPLEMENTA LA JUSTICIA Y LA EQUIDAD CON TODOS LOS ACTORES QUE HACEN VIDA DENTRO DEL ENTORNO SOCIAL. MODIFICA CONDUCTA PARA LA INTEGRACION SOCIAL. ESTABLECE CONEXIONES CON LA COMUNIDAD. FORTALECE EL EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PARENTAL PORQUE PROMUEVE EL ROL PROTAGONICO DE LA FAMILIA EN LOS EVENTOS DISCIPLINARIOS.

31 MOMENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA

32 CONFORMACIÓN DEL COLECTIVO PROMOTOR
MOMENTO I CONFORMACIÓN DEL COLECTIVO PROMOTOR DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA MOMENTO 2 CONSTRUCCIÓN DEL ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA MOMENTO 3 VALIDACIÓN Y DIVULGACIÓN

33 MOMENTO 1 CONFORMACIÓN DEL COLECTIVO PROMOTOR
DEL ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA

34 ¿ QUIÉNES LO CONFORMAN? Personal directivo, administrativo y de apoyo 1 por rango voceros y voceras estudiantiles (OBE) (1por año) voceros y voceras de la familia, representantes o responsable. (5) voceros o voceras de consejos comunales (1 por consejo comunal)

35 COMITÉ PROMOTOR DEL ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA
¿CUÁNDO SE CONVOCA? COMITÉ PROMOTOR DEL ACUERDO 15 DÍAS ¿ QUIÉN LA CONVOCA? ¿COMÓ SE ELIGEN SUS MIEMBROS? LAPSO PARA CONSTITUCIÓN POR CÓMITE DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA DIRECTOR DEL PLANTEL Ó CONSEJO EDUCATI ASAMBLEA ESCOLAR

36 Funciones: Realizar el diagnóstico participativo de las diferentes situaciones en relación a los procesos administrativos, pedagógicos, organizativos, socio–comunitarios, prevención integral, salud integral , convivencia ciudadana y cultura de paz entre otros, que sirvan de referente a la construcción del acuerdo. 2.- Convocar a todos y todas los protagonistas del proceso a una asamblea escolar para orientar sobre la metodología a seguir en la construcción del acuerdo de convivencia escolar y comunitaria. 3.- Sensibilizar y concienciar a todos los actores del proceso para que conozcan la finalidad, se integren y aporten propuestas al trabajo. 4.- Elaborar, socializar, ejecutar y evaluar el plan de acción, para la construcción de los acuerdos de convivencia escolar. 5.- Socializar el marco jurídico vigente que sustentará los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria, a través de estrategias contextualizadas para los miembros del consejo educativo resolución 058- gaceta oficial nº 6.- Articular con la División de protección y desarrollo estudiantil a través de las coordinaciones de protección y las defensorías educativas , para informar el cumplimiento de las fases establecidas. 7.- sensibilizar al consejo educativo sobre los siguientes temas: derechos humanos, diálogos preventivos, habilidades para la vida, cultura de paz y otros…

37 MOMENTO 2 CONSTRUCCIÓN DEL ACUERDO DE CONVIENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIO

38 ELABORACION DEL INSTRUMENTO DE RECOLECCION DE PROPUESTAS.
DIAGNÓSTICO PEIC Y EL DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE SALUD RESPONSABLES EN LA ELABORARACION ASPECTOS QUE SE DEBEN CONSIDERAR O INCLUIR EN EL INSTRUMENTO DE RECOLECCIÓN DE LA PROPUESTA COMITÉ PROMOTOR DEL ACEC deberá: Realizar Diagnóstico Elaborar el cronograma. Selección del colectivo para la aplicación del instrumento. Preparación del material. Acuerdos de convivencia: Nueva estructura del acuerdo de convivencia escolar y comunitario. Procedimiento. administrativo de resolución pacífica de conflictos Informar y formar a los responsables del procesos de la metodología a aplicar Asignación de un docente y un vocero como orientadores en cada socialización

39 ESTUDIANTES PROPUESTAS (3,5 Y 6) FUNCIONARIOS PROPUESTAS (3)
UNA VEZ OBTENIDA LA SOCIALIZACIÓN DE CADA SECCIÓN LOS VOCEROS REALIZARÁN: SISTEMATIZAR LA INFORMACIÓN EN UN SOLO INSTRUMENTO PARA OBTENER EL SIGUIENTE RESULTADO: ESTUDIANTES PROPUESTAS (3,5 Y 6) PRIMARIA (1º A 6 º Y ESC. TECNICAS 1º A 6º AÑO) ADMINISTRATIVOS FUNCIONARIOS PROPUESTAS (3) DOCENTES APOYO INICIAL MATERNAL, GRUPOA, B Y C FAMILIA Y COMUNIDAD PROPUESTAS (3,5,6) PRIMARIA (1º A 6 º Y ESC. TECNICAS 1º A 6º AÑO)

40 Los Miembros del colectivo del acuerdo de convivencia escolar
Realizarán las siguientes acciones Realizar las modificaciones que surgiera producto de la socialización Organizarse en mesas de trabajo para sistematizar las propuestas recolectadas Elaborar la propuesta final del proyecto de acuerdo de convivencia escolar y comunitaria

41 Validación y Divulgación
MOMENTO 3 Validación y Divulgación

42 Validación y Divulgación
Los miembros del colectivo de promoción del acuerdo de convivencia escolar y comunitaria realizará las siguientes acciones: Presentar el proyecto de acuerdo de convivencia escolar para su discusión y aprobación. Promover la validación del acuerdo de convivencia escolar en LA ASAMBLEA ESCOLAR por el consejo educativo. Una vez aprobado. Se levantará el acta de aprobación a la cual se le anexará las firmas de los asistentes. EL COMITÉ DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN realizará un plan permanente de forma coordinada para que todos los miembros de la comunidad educativa conozcan el acuerdo a través de proyecto Canaima , murales, obras de teatro, conversatorios, radio escolar..

43 Sujetos plenos de Derecho y, como ciudadanos y ciudadanas
somos Sujetos plenos de Derecho y, como ciudadanos y ciudadanas La prioridad Absoluta El interés superior El papel fundamental y prioritario de las familias La corresponsabilidad del Estado, las familias y la sociedad en la protección integral de la infancia y la adolescencia

44 gracias por su atención Lcda. Lisbeth Gonzalez Lcda. Johana Rincón


Descargar ppt "Acuerdos de Convivencia Escolar y su Importancia en las Relaciones Interpersonales y Comunitarias"

Presentaciones similares


Anuncios Google