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TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010

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Presentación del tema: "TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010"— Transcripción de la presentación:

1 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010

2 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
1.-GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES 2.-SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 3.-NORMAS OFICIALES MEXICANAS (STPS) 4.-SEMARNAT 5.-SINDICATOS

3 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Ó DELEGACIONES 1.- USO DE SUELO 2.- VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN 3.- DECLARACIÓN DE APERTURA 4.- DICTAMEN TÉCNICO PARA LA FIJACIÓN, INSTALACIÓN, DISTRIBUCIÓN, UBICACIÓN, MODIFICACIÓN O COLOCACIÓN DE ANUNCIOS 5.- AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL 6.- ALGUNOS PUNTOS DE VERIFICACIÓN

4 USO DE SUELO 1.- Uso de Suelo por Derechos Adquiridos
2.- Uso de Suelo Específico 3.- Uso de Suelo Permitido 4.- Uso de Suelo Específico y Factibilidades

5 Uso de Suelo por Derechos Adquiridos
Trámite que permite obtener el certificado en donde se reconocen los derechos adquiridos de uso de suelo que por el aprovechamiento de manera legítima y continua, tienen los propietarios o poseedores de un inmueble, edificación o instalación, con anterioridad a la entrada en vigor de los Planes o Programas de Desarrollo Urbano. * Los derechos adquiridos prescriben al aprovechar el inmueble o unidad identificable de este con un uso diferente al acreditado. * Cuando por así considerarlo conveniente, el Registro solicite opinión de la autoridad competente de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, el tpermino para la expedición será de 21 días a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud. TIEMPO DE RESPUESTA: 20 días siguientes a la presentación de la solicitud.

6 |REQUISITOS: Formato DU-02;
Documento mediante el cual acredite el solicitante su carácter de propietario, poseedor o causahabiente, representante legal o apoderado; Copia de identificación oficial; Copia de boleta predial actualizada; Comprobante de pago de derechos; Los siguientes documentos en original o copia certificada de la autoridad que los expidió, acompañada de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán a los interesados: I. Para acreditar el origen legítimo de su derecho, se deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos que señalen el uso y superficie a acreditar: Licencia de Construcción, Planos Arquitectónicos, Manifestación de Terminación de Obra, y Autorización de Uso y Ocupación; Declaración de Apertura con sello de recepción de la autoridad Delegacional correspondiente; Licencia de Funcionamiento debidamente revalidada; Licencia o Constancia de Zonificación de Uso del Suelo, expedidas de conformidad a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano vigentes al inicio de sus operaciones: Cédula de Microindustria; Escritura pública que ampare el uso y superficie por acreditar.

7 II. Para acreditar la continuidad y aprovechamiento del uso, se deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos que señalen el uso y domicilio respecto a cuales se pretende acreditar: Contratos de arrendamiento debidamente registrados ante la Tesorería del Distrito Federal; Visto Bueno de Seguridad y Operación con sello de recepción de la autoridad Delegacional correspondiente; Formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona física interesada, sociedad mercantil, o asociación civil, acompañada de formatos de declaraciones anuales o pagos provisionales de impuestos federales, con sello de recepción y/o pago de la caja receptora o institución bancaria autorizada; Formatos de liquidaciones de cuotas obrero-patronales por concepto de IMSS-INFONAVIT; Declaraciones de Valor Catastral y de Pago de impuestos Predial manifestadas ante la Tesorería del Distrito Federal; Licencia Sanitaria; Visto Bueno de Prevención de Incendios.

8 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES
Ir a: USO DE SUELO GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES Uso de Suelo Específico

9 Uso de Suelo Específico
Trámite que permite obtener el documento que hace constar lo que los programas vigentes disponen en materia de uso del suelo y normas de ordenación para un predio determinado sobre si un uso del suelo esta permitido o prohibido; o para aquel predio al que se le haya autorizado cambio de uso del suelo, homologación, transferencia, polígono u otro instrumento de Desarrollo Urbano. TIEMPO DE RESPUESTA: 5 días siguientes a la presentación de la solicitud. VIGENCIA: 2 años

10 REQUISITOS: Los siguientes documentos en original o copia certificada que expidió, acompañados de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán al interesado. Formato DU.03 debidamente requisitado en original Boleta predial actualizada (no anterior a 12 meses) Comprobante de pago de derechos Identificación original vigente Licencia de Subdivisión o Relotificación, si el predio fue sujeto a su trámite Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente Escrituras

11 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES
Ir a: USO DE SUELO GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES Uso de Suelo Permitidos

12 Uso de Suelo Permitidos
Trámite que permite obtener el certificado que hace constar lo que los programas vigentes disponen en materia de uso de suelo y Normas de Ordenación para un predio determinado en función de la zonificación correspondiente. TIEMPO DE RESPUESTA: 5 días siguientes a la presentación de la solicitud. VIGENCIA: 2 años

13 REQUISITOS: Los siguientes documentos en original o copia certificada que expidió, acompañados de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán al interesado. Formato DU-01 debidamente requisitado en original Boleta predial actualizada (no anterior a 12 meses) Comprobante de pago de derechos Identificación original vigente Licencia de Subdivisión o Relotificación, si el predio fue sujeto a su trámite Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente Escrituras

14 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES
Ir a: USO DE SUELO GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES Uso de Suelo Específico y Factibilidades

15 Uso de Suelo Específico y Factibilidades
Trámite que permite obtener el certificado que hace constar las opiniones Técnicas de las Unidades Administrativas Competentes y en el que se indica la posibilidad de dotación de agua, servicios de drenaje y desagüe de agua pluvial, de impacto ambiental, vialidad y uso del suelo para la construcción de conjuntos habitacionales de hasta 200 viviendas o 10,000 m² de construcción para uso habitacional, y hasta 5,000 m² de construcción para uso comercial, industrial y de servicios, excepto para los proyectos que requieran estudio de impacto urbano o urbano ambiental. Observaciones: Una vez ejercido no será necesario obtener un nuevo certificado a menos que se modifique el uso. VIGENCIA: 1 año

16 REQUISITOS: Los siguientes documentos en original o copia certificada que expidió, acompañados de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán al interesado. Formato DU-06 debidamente requisitado en original Boleta predial actualizada (no anterior a 12 meses) Comprobante de pago de derechos Identificación original vigente Licencia de Subdivisión o Relotificación, si el predio fue sujeto a su trámite Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente

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18 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN (SIGUIENTE PASO)

19 VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN VISTO BUENO DE SEGURIDAD
Este aviso debe contener la firma y copia del carnet de un Director Responsable de Obra y debe ser presentado ante la Delegación correspondiente. Trámite mediante el cual el Director Responsable de Obra manifiesta que las edificaciones e instalaciones correspondientes mantienen las condiciones de seguridad, para su operación y funcionamiento que deberá renovarse cada 3 años previo a su vencimiento.

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21 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES DECLARACIÓN DE APERTURA (SIGUIENTE PASO)

22 DECLARACIÓN DE APERTURA
La Declaración de Apertura, es el acto por el cual un particular, ya sea persona física o moral, hace del conocimiento de la autoridad que va a iniciar actividades comerciales o de servicios en un establecimiento mercantil determinado. Usted debe contar con el Certificado de Zonificación correspondiente que acredite el uso del suelo permitido para la actividad que va a desarrollar. IMPORTANTE. No podrá realizar el Aviso de Declaración de Apertura si el certificado no está vigente, para lo cual deberá contar 2 años a partir de la fecha de expedición del mismo, excepto en el caso de Derechos Adquiridos , en los que la vigencia es indefinida. Revise toda la información que contiene dicho certificado para conocer las restricciones u obligaciones que este documento le indique debe de cumplir.

23 2. Por favor tenga a la mano su Credencial de Elector.
3. Si es persona moral, requiere los datos de su Escritura Constitutiva. 4. En caso de ser extranjero, los datos de su FM2 o FM3 y su actividad autorizada. 5. Una vez capturados todos los datos en el sistema, se le proporcionará de forma automática un NÚMERO DE FOLIO REGISTRADO. Le recomendamos tomar nota de este NÚMERO y conservarlo en un lugar seguro antes de imprimir su Aviso; con este NÚMERO usted podrá imprimir nuevamente su Declaración de Apertura en caso de que la haya extraviado. La normatividad aplicable a la apertura de establecimientos mercantiles señala requisitos obligatorios a determinados giros, a los cuales se debe dar cumplimiento de manera previa a la Declaración de Apertura. Le solicitamos consultar los Anexos para determinar si debe o no cumplir con dichos requisitos. Anexos: Cajones de estacionamiento. Visto Bueno de Seguridad y Operación. Autorización de Impacto Ambiental.

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26 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES DICTAMEN TÉCNICO PARA LA FIJACIÓN, INSTALACIÓN, DISTRIBUCIÓN, UBICACIÓN, MODIFICACIÓN O COLOCACIÓN DE ANUNCIOS (SIGUIENTE PASO)

27 DICTAMEN TÉCNICO PARA LA FIJACIÓN,
INSTALACIÓN, DISTRIBUCIÓN, UBICACIÓN, MODIFICACIÓN O COLOCACIÓN DE ANUNCIOS TIEMPO DE RESPUESTA: Licencia: 10 días hábiles Revalidación: inmediata DOCUMENTACIÓN A OBTENER: Licencia o revalidación. FORMATO: DGAU-407 ÁREA DE PAGO: Administraciones Tributarias y Cajas Recaudadoras de la Tesorería del Distrito Federal. VIGENCIA: 1 año ÁREA DONDE SE GESTIONA: Ventanilla Única Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 hrs. de lunes a viernes. COSTO: Estipulado en el Código Financiero del Distrito Federal Artículo 214 de acuerdo al tipo de anuncio Para su consulta, solicítelo en el área que gestione su trámite.

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31 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL (SIGUIENTE PASO)

32 AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL
El trámite se realiza a fin de que los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a comercios que realicen actividades de las enunciadas en el Art. 24 del Reglamento de la Ley de Protección Civil para el D.F., cuenten con un programa interno de protección civil que permita salvaguardar la integridad física de los empleados y las personas que concurren a los bienes inmuebles, así como la protección de las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de un riesgo, emergencia, siniestro o desastre.  VIGENCIA: Permanente TIEMPO DE RESPUESTA: 30 días naturales OBERVACIONES: El Programa Interno de Protección Civil deberá actualizarse cuando se modifique el giro o tecnología.

33 ALGUNOS ELEMENTOS FUNDAMENTALES -Cursos a Brigadistas:
-Análisis de vulnerabilidad -Estudio de riegos internos y externos. -Nociones básicas de protección civil. -Integración de brigadas. -Cursos a Brigadistas: Evacuación. Comunicación. Primeros Auxilios. Prevención y combate de incendios. -Organización Formulación del programa interno Análisis de riesgos Directorios e inventarios Señalización Programa de mantenimiento Normas de seguridad Equipo de seguridad Capacitación Difusión y concientización Ejercicios y simulacros -Subprograma de auxilio Alertamiento Plan de emergencia Evaluación de daños -Subprograma de recuperación Vuelta a la normalidad

34 SEÑALIZACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL

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37 REQUISITOS: 1.- Formato PC-02 debidamente requisitado con los siguientes documentos (original y copia simple) Carta de responsabilidad formulada por la empresa y/o de corresponsabilidad expedida por Terceros Acreditados (empresas capacitadoras, de consultoría y estudio de riesgo vulnerabilidad e instructores profesionales independientes) que tengan registro ante la Dirección General de Protección Civil del D.F. El padrón de Terceros Acreditados puede ser consultado en la página Web del Gobierno del Distrito Federal: , o gratuitamente en las instalaciones de la Dirección General de Protección Civil Presentar lineamientos de capacitación. Tratándose de empresas de mediano y alto riesgo deberán anexar además: 4.- Póliza de seguro vigente de cobertura amplia de responsabilidad civil y daños a terceros Satisfacer los Términos de Referencia

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39 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES ALGUNOS PUNTOS DE VERIFICACION (SIGUIENTE PASO)

40 ALGUNOS PUNTOS DE VERIFICACION
Destinar exclusivamente el local para el giro manifestado en la Declaración de Apertura; Contar con certificado de zonificación para usos del suelo; Tener a la vista del público en general, el original o copia certificada de la documentación vigente que acredite su legal funcionamiento, así como el nombre del titular y del dependiente del establecimiento; Observar el horario general que fije la Ley y no permitir que los clientes permanezcan en su interior después del horario autorizado; Evitar aglomeraciones en la entrada principal y salidas de emergencia del Establecimiento Mercantil que obstruyan la vialidad, paso peatonal o que pongan en riesgo la seguridad de los usuarios o peatones; Prestar el servicio que se trate a toda persona que lo solicite, sin discriminación alguna, salvo los casos de personas en evidente estado de ebriedad, bajo el flujo de estupefacientes, o que porten armas, así como los menores de edad, en términos de artículo 89 fracción I en cuyos casos se deberán negar los servicios solicitados. Para cerciorarse de la mayoría de edad, el titular del Establecimiento Mercantil está obligado a pedir identificación oficial con fotografía que acredite la mayoría de edad de los concurrentes;

41 Exhibir en un lugar visible al público y con caracteres legibles:
El horario en que se prestarán los servicios, Un letrero visible que señale “En este establecimiento no se discrimina por motivo de raza, religión, orientación sexual, condición física o socioeconómica ni por ningún motivo” incluyendo para quejas, los teléfonos de emergencia y dirección de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Los establecimientos cuya superficie sea mayor a ochenta metros cuadrados deberán fijar un croquis que ubique claramente las rutas de evacuación, En el caso de que para su funcionamiento necesite seguro de responsabilidad civil deberán informar con que compañía de seguros se encuentra asegurado el establecimiento mercantil, así como el número de póliza vigente, La prohibición de fumar en el establecimiento mercantil así como las sanciones aplicables al infractor; Contar con un botiquín equipado con medicinas, material e instrumentos de curación necesarias para brindar primeros auxilios. En caso de reunir a mas de 50 personas, entre clientes y empleados, contar con el personal capacitado para brindar dichos auxilios;

42 Contar con un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir a los usuarios tanto en su persona como en sus bienes, en los casos en que así lo establezca la Ley de Protección Civil y sus disposiciones reglamentarias. En todo caso será responsable por negligencia o incumplimiento en la prestación del servicio, salvo causa de fuerza mayor o caso fortuito; Colaborar dentro de sus establecimientos con campañas sanitarias institucionales dirigidas por las autoridades, principalmente aquellas destinadas a la prevención del SIDA, infecciones de transmisión sexual, prevención de consumo de alcohol y drogas, cultura de la no violencia, prevención y erradicación del abuso y la explotación sexual comercial infantil, así como aquellas enfocadas a prevenir y evitar el sobrepeso, la obesidad y cualquier otro trastorno alimenticio; La utilización de la vía pública para la prestación de los servicios o realización de las actividades propias del giro mercantil de que se trate, salvo aquellos casos en que lo permita expresamente la Ley y se cuente con el Permiso correspondiente; Contar con la cantidad de cajones de estacionamiento que requiere una edificación, y que estará en función al uso y destino del giro del rubro especificado; Los extintores deberán estar colocados en lugares visibles, de fácil acceso y libres de obstáculos, de tal forma que el recorrido hacia el extintor más cercano no exceda de metros desde cualquier lugar en un local, tomando en cuenta las vueltas y rodeos necesarios para llegar a uno de ellos. Se ubicarán y fijaran a una altura mínima del piso no menor a 0.10 metros a la parte mas baja del extintor, y

43 en caso de encontrarse colgados, de 1
en caso de encontrarse colgados, de 1.50 metros medidos desde el piso a la parte mas alta del extintor; Colocar en el inmueble instructivos oficiales de conductas a seguir en caso de sismo o incendio, en lugares visibles y de alto tránsito de personas, tales como accesos, estancias y pasillos de circulación; Los trayectos de las rutas de evacuación contarán con una señalización visible con letrero a cada 20 metros o en cada cambio de dirección de la ruta con cada leyenda escrita: “RUTA DE EVACIACIÓN”, acompañada de una flecha en el sentido de la circulación del desalojo. Estos letreros se ubicarán a una altura mínima de 2.20 metros. El tamaño y estilo de los caracteres permitirán su lectura hasta una distancia de 20 metros. Contar con Salida de Emergencia, misma que no deberá estar obstaculizada, distinta a la de entrada y salida de clientes, los pisos de los pasillos deben ser de materiales antiderrapantes. Deben contar con letreros, con la leyenda; “SALIDA DE EMERGENCIA”. Estos letreros estarán a una altura mínima de 2.20 metros o sobre el dintel de la puerta o fijada al techo en caso de que este no exista. El tamaño y estilo de los caracteres permitirán su lectura a una distancia de metros;

44 Los recipientes de gas deben colocarse a la intemperie en lugares ventilados, tales como: patios, jardines o azoteas y protegidos del acceso de personas y vehículos; Los recipientes se colocarán sobre un piso firme y consolidado, donde no existan flamas o materiales inflamables, pasto o hierba; En ambos casos las tuberías deben estar pintadas con esmalte color amarillo o contar con señalamientos con esmalte color amarillo a cada 3.00 metros y en las conexiones; Dar mantenimiento a las instalaciones eléctricas e hidráulicas.

45 TALLER DE OBLIGACIONES
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 FIN DE TRÁMITES PARA EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

46 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y
PREVISIÓN SOCIAL COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE PLANES Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO INSPECCIONES

47 COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
La Comisión Mixta de Capacitación y adiestramiento (artículo 153 y J de la Ley Federal del Trabajo), tiene como finalidad coordinar la impartición de la Capacitación y el Adiestramiento a los trabajadores de la empresa. Esta se integra por personal tanto de la parte patronal, como de la parte trabajadora, de manera equitativa. La ley federal del trabajo, establece como obligación patronal la impartición de esta capacitación, y en caso de negativa, se impondrán multas como una medida de coerción y aún a pesar de tener que pagar dichas multas, no le exime al patrón de las consecuencias y repercusiones que esto lleva implícito. La Secretaría del Trabajo publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se fijan los criterios generales y se establecen los formatos para la realización de trámites administrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores, en los mismos se establecen como obligatorios los formatos DC-1, DC-2, DC-3, DC-4, que competen a todos los patrones y otros para los instructores externos de capacitación y adiestramiento. En esta publicación se establecen además los lineamientos para tener un control de la comisión y de los planes y programas.

48 Es sumamente importante contar con una comisión bien constituida, para delegar en ella toda la responsabilidad de controlar la misma, la programación, el control de asistencia, la emisión de constancias de capacitación y adiestramiento, realización de los respectivos trámites ante la delegación correspondiente, lista de asistencias, horas de capacitación por trabajador, y otros detalles propios de esta área tan importante desde el punto de vista técnico, de seguridad y legal. Si en una empresa se establece un buen control, entonces acarreará al empresario los siguientes beneficios: Disminución de accidentes. Incremento en la productividad. Reducción de tiempos muertos. Disminución de gastos indirectos. Contará con toda la documentación que se requiere durante un visita de inspección, como Constancias de habilidades, Lista de constancias. Integración de la comisión. Presentación de los planes y programas, los 9 cursos básicos de seguridad que debe impartir. Contará con pruebas para acreditar ante cualquier junta de conciliación que usted como patrón impartió la respectiva capacitación al trabajador que lo está demandando. Y como consecuencia lógica no tendrá que dar "mordidas", y por ende NO TENDRÁ SANCIÓN ADMINISTRATIVA ALGUNA.

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50 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE (SIGUIENTE PASO)

51 COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE
Esta Comisión Mixta General es la encargada de determinar las labores que se consideran como insalubres y peligrosas, determinando las condiciones de trabajo, elementos de protección, higiene y prevención, y en general de los riesgos profesionales o de trabajo que se requieran, establecer los lineamientos generales para que se proporcionen los servicios y elementos de higiene y prevención de accidentes de trabajo y /o enfermedades profesionales en cada uno de los centros de trabajo. La Comisión Mixta de Seguridad por ley debe haber por lo menos una en cada empresa: Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo dice: “En Cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual números de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y

52 Enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan”.
Al iniciar una comisión, debe prepararse una declaración escrita indicando: a) Misión o responsabilidad del comité. b) Autoridad. c) Presupuesto. d) Procedimientos, es decir: frecuencia de las reuniones, orden del día, exigencia en cuanto a asistencia, minutas o actas, etcétera. OBJETIVO: Tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas a que se les proporciones sus derechos y obligaciones. ¿COMO DEBEN INTEGRARSE? Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan. El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma: a. Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones. b. De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones. c. Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones. d. Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente.

53 RECOMENDACIONES: Dada su importancia en el poco provecho que se ha obtenido de ellas, a continuación haremos algunas recomendaciones para que las comisiones mixtas funcionen adecuadamente. 1. Integrar la comisión de acuerdo con las normas que marca la ley pero tratando de que las participaciones sean voluntarias. 2. Darle a la Comisión la importancia y el apoyo que necesitan. Esto influye dar las facilidades a los miembros para que asistan a las juntas, hacerles caso, hagan caso los requerimientos a la administración correspondiente reconociéndole su trabajo y esfuerzo, así como mantener a sus integrantes informados sobre los resultados de programa de seguridad. 3. Cumplir con el programa de la Comisión mixta, no suspender las reuniones, ser puntual al iniciarlas y al terminarlas, elaborar las actas e informes oportunamente y distribuir en tres todos los involucrados, si algún directivo se compromete a algo ante la comisión se debe cumplir e informar de lo realizado. 4. Sugerimos en las reuniones de la comisión sean atractivas, dinámicas y que todos los integrantes participen en alguna forma que se pueda incluso, con cierto tiempo, rotar cargos y las funciones durante las secciones. 5. Mantener un programa de capacitación para los miembros de la comisión. Si una de sus funciones es la de investigar los accidente y otra la de efectuar inspecciones, por lógica devén de saber hacerlo. 6. Motivarlos continuamente para mantener su compromiso de que los integrantes de la comisión utilicen las reuniones para atacar a los accidentes que se generan a una organización como es la industria, y con esto se evita a centrarlos en lo que deben de hacer y los beneficios que con este van adquirir sus

54 compañeros de trabajo y que la empresa beneficiara a partir de los accidentes.
IMPORTANCIA DE LAS COMISIONES Las comisiones de seguridad e higiene es el organismo por el cual el patrón conoce las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos: • El cumplir con las normas establecidas en las leyes de seguridad e higiene para evitar sanciones o accidentes. • Mantenimiento del equipo y maquinaria de trabajo: calculando el tiempo de vida de la maquinaria a fin de evitar accidentes de trabajo. • Aplicación de políticas de seguridad e higiene: por parte del patrón se debe cumplir con la creación y continuo mantenimiento de las comisiones de seguridad e higiene para encontrar los actos inseguros y de riesgo, para los compañeros de trabajo ya que son ellos los directamente afectados por algún accidente de trabajo, pudiendo llegar a perder hasta la vida. • Participación de los responsables de las comisiones de seguridad e higiene: la secretaría de trabajo y previsión social debe exigir, orientar y ayudar al patrón, este a su vez debe exigir formar y ayudar a organizar las comisiones mixtas de seguridad e higiene. • Aplicación de programas de preventivos de seguridad e higiene: el patrón debe capacitar, adiestrar, motivar a los trabajadores esto se vera reflejado en la disminución de los accidentes. • Ser eficientes en los sistemas de información del trabajador: esto se logra poniendo un periódico mural, juntas de evaluación e informativas, cartas personales. • Manejo adecuado del equipo de protección personal: motivar y capacitar al personal para usar la maquinaria que se utiliza.

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56 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PLANES Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO (SIGUIENTE PASO)

57 PLANES Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá aprobar y registrar los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento que deben presentar todas las empresas en donde rijan las relaciones de trabajo comprendidas en el Artículo 123, Apartado “A” de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a los artículos 153-A, 163-N, 153-O y 153-Q de la Ley Federal del Trabajo. El trámite se debe presentar dentro de los 15 días siguientes de haberse celebrado, revisado o prorrogado el contrato colectivo. Las empresas en las que no rija contrato colectivo, deben presentarlo dentro de los primeros sesenta días de los años impares. Las empresas deben elaborar sus planes y programas de capacitación y adiestramiento mismos que requieren tener señalados los objetivos del mismo, temas, puestos de trabajo a los que van dirigidos, duración de los mismos, etc. etc. En suma, lo que es un Programa de Capacitación.

58 Como punto importantísimo es que una vez que estos programas hayan sido implementados se deben otorgar a los trabajadores las Constancias de Habilidades Laborales (artículo 153-V) expedidas por el Instructor Interno Habilitado o la Entidad Capacitadora que haya impartido los mismos y estas constancias deberán presentar ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social las mismas para su registro y control. REQUISITOS: Presentar en original el formato DC-2 con la información correcta “Presentación del plan de programas de capacitación y adiestramiento”, en forma directa, por correo certificado o servicios de mensajería. Y para las constancias de habilidades laborales, los formatos DC-3 Y DC-4. VIGENCIA: De hasta 4 años

59 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO (SIGUIENTE PASO)

60 REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO
ARTICULO 422. REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO ES EL CONJUNTO DE DISPOSICIONES OBLIGATORIAS PARA TRABAJADORES Y PATRONES EN EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS EN UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO. NO SON MATERIA DEL REGLAMENTO LAS NORMAS DE ORDEN TECNICO Y ADMINISTRATIVO QUE FORMULEN DIRECTAMENTE LAS EMPRESAS PARA LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS. ARTICULO 423. EL REGLAMENTO CONTENDRA: I. HORAS DE ENTRADA Y SALIDA DE LOS TRABAJADORES, TIEMPO DESTINADO PARA LAS COMIDAS Y PERIODOS DE REPOSO DURANTE LA JORNADA; II. LUGAR Y MOMENTO EN QUE DEBEN COMENZAR Y TERMINAR LAS JORNADAS DE TRABAJO; III. DIAS Y HORAS FIJADOS PARA HACER LA LIMPIEZA DE LOS ESTABLECIMIENTOS, MAQUINARIA, APARATOS Y UTILES DE TRABAJO; IV. DIAS Y LUGARES DE PAGO; V. NORMAS PARA EL USO DE LOS ASIENTOS O SILLAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 132, FRACCION V; VI. NORMAS PARA PREVENIR LOS RIESGOS DE TRABAJO E INSTRUCCIONES PARA PRESTAR LOS PRIMEROS AUXILIOS;

61 VII. LABORES INSALUBRES Y PELIGROSAS QUE NO DEBEN DESEMPEÑAR LOS MENORES Y LA PROTECCION QUE DEBEN TENER LAS TRABAJADORAS EMBARAZADAS; VIII. TIEMPO Y FORMA EN QUE LOS TRABAJADORES DEBEN SOMETERSE A LOS EXAMENES MEDICOS, PREVIOS O PERIODICOS, Y A LAS MEDIDAS PROFILACTICAS QUE DICTEN LAS AUTORIDADES; IX. PERMISOS Y LICENCIAS; X. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS PARA SU APLICACION. LA SUSPENSION EN EL TRABAJO COMO MEDIDA DISCIPLINARIA, NO PODRA EXCEDER DE OCHO DIAS. EL TRABAJADOR TENDRA DERECHO A SER OIDO ANTES DE QUE SE APLIQUE LA SANCION; Y XI. LAS DEMAS NORMAS NECESARIAS Y CONVENIENTES DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DE CADA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO, PARA CONSEGUIR LA MAYOR SEGURIDAD Y REGULARIDAD EN EL DESARROLLO DEL TRABAJO. ARTICULO 424. EN LA FORMACION DEL REGLAMENTO SE OBSERVARAN LAS NORMAS SIGUIENTES: I. SE FORMULARA POR UNA COMISION MIXTA DE REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Y DEL PATRON; II. SI LAS PARTES SE PONEN DE ACUERDO, CUALQUIERA DE ELLAS, DENTRO DE LOS OCHO DIAS SIGUIENTES A SU FIRMA, LO DEPOSITARA ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE; III. NO PRODUCIRAN NINGUN EFECTO LEGAL LAS DISPOSICIONES CONTRARIAS A ESTA LEY, A SUS REGLAMENTOS, Y A LOS CONTRATOS COLECTIVOS Y CONTRATOS-LEY; Y IV. LOS TRABAJADORES O EL PATRON, EN CUALQUIER TIEMPO, PODRAN SOLICITAR DE LA JUNTA SE SUBSANEN LAS OMISIONES DEL REGLAMENTO O SE REVISEN SUS DISPOSICIONES CONTRARIAS A ESTA LEY Y DEMAS NORMAS DE TRABAJO.

62 ARTICULO 425. EL REGLAMENTO SURTIRA EFECTOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU DEPOSITO. DEBERA IMPRIMIRSE Y REPARTIRSE ENTRE LOS TRABAJADORES Y SE FIJARA EN LOS LUGARES MAS VISIBLES DEL ESTABLECIMIENTO.

63 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL INSPECCIONES (SIGUIENTE PASO)

64 INSPECCIONES I. La STPS entrega citatorio a la empresa para en una sola sesión realizar inspección periódica de condiciones generales de Seguridad e Higiene e inspección periódica de capacitación y adiestramiento para cada una de ellas entrega lo siguiente: Citatorio (anexo de documentos requeridos) Orden de inspección II. El inspector designado se presenta y requiere la documentación señalada en los anexos referidos y procede a levantar acta de cada una de las inspecciones. III. La empresa está obligada a proporcionar toda la información requerida y copias simples de documentos que el inspector solicite.

65 TALLER DE OBLIGACIONES
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 FIN DE SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

66 NORMAS OFICIALES MEXICANAS (STPS)
NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad. NOM-002-STPS-2000, Condiciones de seguridad - Prevención, protección y combate de incendios en los centros de trabajo. NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. NOM-006-STPS-2000, Manejo y almacenamiento de materiales - Condiciones y procedimientos de seguridad. NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

67 NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. NOM-021-STPS-1993, Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas. NOM-022-STPS-2008, Electricidad estática en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad. NOM-024-STPS-2001, Vibraciones - Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo. NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. NOM-029-STPS-2005, Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.

68 NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo - Funciones y actividades. NOM-100-STPS-1994, Seguridad - Extintores contra incendio a base de polvo químico seco con presión contenida - Especificaciones. NOM-101-STPS-1994, Seguridad - Extintores a base de espuma química. NOM-115-STPS-1994, Cascos de protección - Especificaciones, métodos de prueba y clasificación.

69 TALLER DE OBLIGACIONES
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70 SEMARNAT AVISO DE FUNCIONAMIENTO CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN

71 AVISO DE FUNCIONAMIENTO
Medio de presentación del trámite -Por medio de escrito libre -Debe presentar uno original(es) y una para acuse copia(s).Datos de información requeridos: 1.-Nombre, denominación o razón social 2.- Giro mercantil específico de sus actividades 3.- Clave Única de Registro de Población (CURP) ¿ Qué efectos tendría la eliminación de este trámite ? No se tendría control sobre los centros de almacenamiento y transformación de materias primas forestales y su capacidad de almacenamiento, provocando el comercio de materia primas ilegales e incremento de las actividades clandestinas en los recursos forestales maderables, lo cual ocasionaría la degradación del ecosistema forestal. *La autoridad cuenta con un plazo máximo de 4 días hábiles para requerirle al particular la información faltante. Plazo máximo de respuesta Plazo de respuesta 10 días hábiles

72 REQUISITOS: 1.- Comprobante de domicilio ( original(es), una copia(s)) 2.- Licencia o permiso vigente, expedido por la autoridad municipal tratándose del Distrito Federal, o la autoridad delegacional que ampara el giro del establecimiento. ( original(es) una copia(s)) 3.- Identificación oficial del solicitante o instrumento jurídico que acredite la personalidad del representante legal (una original(es) una copia(s)) 4.- Para persona moral, acta constitutiva, en cuyo objeto social se establezca la realización de actividades relativas al almacenamiento, transformación o comercialización de materias primas forestales. Tratándose de ejidos y comunidades agrarias, el acta de asamblea en la que conste el nombramiento del responsable del centro ( original(es) una copia(s))

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74 TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 SEMARNAT CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN (SIGUIENTE PASO)

75 CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN
El Código de Identificación es una clave alfanumérica que la SEMARNAT adjudica a la persona física o moral como consecuencia de la presentación del Aviso de Funcionamiento. Este código deberá estar impreso en toda la documentación que utilice la empresa es decir, en facturas, remisiones, etc. Siendo recomendable rotularlo también en los vehículos que utilizamos para el transporte de la madera. En el caso de las madererías, cuando éstas reciben madera en escuadría remitido por algún centro de almacenamiento y transformación en el documento con en cual se acredita la legal procedencia de la madera, por lo general es un reembarque forestal, pudiendo ser en algunos casos una factura, si es que se le está comprando a otra empresa similar, el documento en mención, deberá contener nuestro Código de Identificación y dirección en el mismo, de igual forma cuando la maderería vende esa manera, la factura deberá contener el mismo Código de Identificación. Lo anterior es de suma importancia.

76 TALLER DE OBLIGACIONES
Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 FIN DE REQUISITOS DE SEMARNAT

77 SINDICATOS En los últimos meses se ha incrementado la presencia en nuestras empresas madereras de sindicatos que nos emplazan ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal para obtener la del Contrato Colectivo de Trabajo. La generalidad de estos sindicatos lo que busca es el lucro y su actuar raya en lo gansteril, ya que cuando hay oposición del patrón a sus pretensiones, declaran la huelga y llegan a cerrar las empresas asistidos de auténticos golpeadores. Recomendamos adherirse a algún sindicato que no sea problemático en la relación con la empresa y en ésta cámara les podemos dar orientación al respecto.

78 Gracias por participar en este taller
y estamos seguros de que la información que se le dió será de mucho beneficio para su empresa. Para cualquier duda, ampliación de información o asesoría favor de comunicarse a esta Cámara. ESTÉ PENDIENTE DE NUESTROS PRÓXIMOS TALLERES.


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