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|. “Conversatorio sobre la presencia del derecho procesal en el CCC y su influencia en las normas locales.”

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Presentación del tema: "|. “Conversatorio sobre la presencia del derecho procesal en el CCC y su influencia en las normas locales.”"— Transcripción de la presentación:

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2 “Conversatorio sobre la presencia del derecho procesal en el CCC y su influencia en las normas locales.”

3 Estructura de la charla Aspectos generales sobre normas procesales. Terminología Domicilio – competencia Legitimación – representación. Prueba Sentencia Algunos procesos y/o institutos

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5 Normas Procesales Nacionales Provinciales

6 Soluciones 1.Es posible dictar normas procesales para toda la nación, en tanto sean para la aplicación de los códigos de fondo y asegurar la eficacia de esa aplicación (concursos, divorcio, prenda con registro, etc) o establecer formalidades especiales para el ejercicio de determinados derechos

7 Soluciones 2 Lo único reservado a las provincias es la organización de los tribunales y la determinación de la competencia.

8 Soluciones 3. Es conveniente establecer un cuerpo normativo general (por ej. validez de las pruebas y actos procesales) y en tal sentido se avanzó con leyes como la del convenio sobre notificación (22172). Existe normativa sustancial dictada por la Nación totalmente aplicable a las provincias (concursos y quiebras)

9 Soluciones y las normas de fondo nacionales también contienen reglas, principios y direcciones del procedimiento para toda la Nación. (FALCON, Enrique “Tratado de Derecho Procesal, Civil y Comercial- T°X “El Derecho Procesal en el Código Civil y Comercial de la Nación”” Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe 2014 p.145/146)

10 Norma Procesal Norma de Fondo

11 Lenguaje

12 Fundamentos “La Comisión ha puesto una especial dedicación para que la redacción de las normas sea lo más clara posible, a fin de facilitar su entendimiento por parte de los profesionales y de las personas que no lo son. Por esta razón, se han evitado, en la medida de lo posible, las remisiones, el uso de vocablos alejados del uso ordinario, las frases demasiadas extensas que importan dificultades de lectura.

13 Fundamentos Se ha tratado de conservar en lo posible, las palabras ya conocidas y utilizadas por la doctrina y la jurisprudencia

14 acción con proceso (art. 2604), con pretensión, con demanda o como el Ejercicio de la posibilidad de hacer según el DRAE, competencia con jurisdicción, proceso con procedimiento o con juicio, demanda con citación, defensas con excepciones, etc. etc.

15 Procedimiento La sucesión de actos ordenados y consecutivos, vinculados causalmente entre sí por virtud de lo cual uno es precedente necesario del que le sigue y éste a su turno, consecuencia imprescindible del anterior (ALVARADO VELLOSO, Adolfo “Introducción al Estudio del Derecho Procesal T°I” Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe 1989 p.43)

16 PROCEDIMIENTO PROCESO ACTOS JURISDICC. VOLUNTARIA

17 Proceso – idea lógica El método de debate dialéctico y pacífico entre dos personas actuando en pie de perfecta igualdad ante un tercero que ostenta el carácter de autoridad (ALVARADO VELLOSO, Adolfo “Introducción al Estudio del Derecho Procesal T°I” Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe 1989 p.44)

18 “SERIE LÓGICA Y CONSECUENCIAL DE INSTANCIAS BILATERALES CONECTADAS ENTRE SÍ POR LA AUTORIDAD (JUEZ O ÁRBITRO)”

19 CLASIFICACIÓN PROCESO JUDICIAL-ARBITRAL CONTENCIOSOS – NO CONTENCIOSOS DECLARATIVOS, EJECUTIVOS, CAUTELARES ORDINARIOS- ESPECIALES SINGULARES - UNIVERSALES PROCEDIMIENTOS

20 Los procesos en el CCC Procesos de familia (art. 705 a 711) Procesos de divorcio (art.436 y ss) Guarda con fines de adopción ( art. 611 y ss) Procesos sucesorio (art. 2335 a 2384) Procesos que debe ser contencioso en prescripción adquisitiva (art. 1905)

21 En general cuando el CCC habla de acciones, o bien ha querido decir proceso o bien se refiere a pretensiones nominadas, es decir que están previstas específicamente para resguardar un derecho o una calidad del mismo en particular (FALCON, Enrique “Tratado de Derecho Procesal, Civil y Comercial- T°X “El Derecho Procesal en el Código Civil y Comercial de la Nación”” Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe 2014 p.246)

22 Procedimiento Procedimiento del divorcio (art.436) Cese de la incapacidad (art. 47) Ausencia (art. 82) Oposición al matrimonio (art. 414) O al hablar de los principios en los procesos de familia (art. 706) Procedimiento individualizado, sustracción, pérdida o destrucción de los libros de registro

23 Denuncia, publicaciones y su trámite (art. 1876 a 1878) verificación de créditos

24 Juicio Operación mental razonada para resolver una cuestión “ a juicio del juez” (art. 123); ó Supuestos de la intervención del interesado en el proceso (art. 36) Cuando se refiere a que el Ministerio Público es parte necesaria en el juicio (art. 82); ó Asimilable a proceso, en el proceso de divorcio se habla de juicio en el 245

25 Santa Fe Procedimiento más breve el sumarísimo del 413 o el incidental. Justicia comunitaria y de pequeñas causas: 571 y ss. autorización para contraer matrimonio del 689, (juicio verbal, privado y meramente informativo

26 388 CPCCSF

27 Legitimación Legitimación procesal: – Incapacidad de ejercicio – Capacidad definitiva y capacidades intermedias – Emancipación por matrimonio – Menor de edad con título profesional – Menor de edad que demanda a sus padres. – Capacidad restringida y con incapacidad. Dementes, inhábiles y otros supuestos – Pródigos – Ausencia simple

28 Legitimación Personas Jurídicas: – De acuerdo a sus estatutos aún la unipersonal. – Consorcio de propietarios: administrador

29 Legitimación Legitimación para obrar

30 Domicilio Domicilio real (arts. 73, 76, 77) Domicilio legal (art. 74) Domicilio especial ( art. 75) Domicilio y sede social (art. 152/153) Domicilio de las sociedades (art. 11 Ley 19.550) Consorcios (art. 2044)

31 Domicilio y competencia La elección de un domicilio produce la prórroga de la competencia (art. 78) Pautas de improrrogabilidad del CPCCSF y de la L.O.P.J. Se establece un concepto de competencia dinámica sobre todo en materia de discernimiento de tutela, patria potestad, adopción, etc, concepto de Centro de Vida de los niños, niñas y adolescentes.

32 Representación Representación legal de las personas humanas Ministerio Público Personas jurídicas privadas Mandato(art. 1320) – ratificación

33 Demanda Acto de iniciación de un procedimiento necesario para sustanciar un proceso principal o accidental Acción tiene por objeto formar un proceso Demanda, objeto iniciar un procedimiento Pretensión, objeto lograr una sentencia favorable. (cfr. ALVARADO VELLOSO, Adolfo “Introducción al Estudio del Derecho Procesal T°I” Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe 1989 p.115 y ss)

34 Demanda Objeto – cosa demandada Pretensión fundada: art. 727 La existencia de la obligación no se presume. La interpretación respecto de la existencia y extensión de la obligación es restrictiva. Probada la obligación, se presume que nace de fuente legítima mientras no se acredite lo contrario

35 Prueba Carga de la prueba Prueba documental Contabilidad y libros de comercio Testigos Carga dinámica de la prueba (710/1735)

36 Sentencia El Juez debe resolver los asuntos que sean sometidos a su jurisdicción mediante una decisión “razonablemente fundada” (art. 3)

37 Constitución Provincial Motivación de resoluciones Artículo 95. Las sentencias y autos interlocutorios deben tener motivación suficiente, so pena de nulidad.

38 Código Procesal Civil y Comercial ARTÍCULO 244º.- La sentencia debe contener, bajo pena de nulidad: 4°) Los motivos de hecho y de Derecho, con referencia a la acción deducida y derecho controvertidos

39 Es aquella que encontrándose justificada o motivada en la fijación de los hechos y en la aplicación del derecho, tanto interna como externamente, y respetando la regla de la claridad en su argumentación, constituye una derivación razonada del derecho vigente con relación a los hechos demostrados del proceso y concretando la tutela judicial efectiva (CORDEIRO, Clara María, GONZALEZ ZAMAR, Leonardo “La fundamentación en las resoluciones judiciales a la luz del proyecto del Código Civil y Comercial de la Nación – Revista de Derecho Procesal – Rubinzal Culzoni – Santa Fe 2013-1 p.103)

40 Supuestos Control judicial (art. 989) Presunciones Daño moratorio y resarcitorio Intereses: – acuerdo de partes – leyes especiales – tasas del BCRA

41 – No anatocismo, salvo Claúsula expresa Obligación demandada judicialmente Obligación liquidada judicialmente Otras disposiciones legales (770) Reducción Valor real

42 Efecto de la sentencia Art. 1905 Ejecución de sentencias ( arts. 1081/1085 – 758/798

43 Prejudicialidad Situación procesal en la cual la resolución de una cuestión, causa o proceso, se encuentra supeditada a la resolución de otra cuestión, causa o proceso, que constituye un antecedente necesario lógico o legal. (FALCON, Enrique “Tratado de Derecho Procesal, Civil y Comercial- T°X “El Derecho Procesal en el Código Civil y Comercial de la Nación”” Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe 2014 p.294)

44 Prejudicialidad La acción civil y la acción penal resultantes del mismo hecho pueden ser ejercidas independientemente. En los casos en que el hecho dañoso configure al mismo tiempo un delito del derecho criminal, la acción civil puede interponerse ante los jueces penales, conforme a las disposiciones de los códigos procesales o las leyes especiales (art. 1774)

45 Prejudicialidad Si la acción penal precede a la acción civil, o es intentada durante su curso, el dictado de la sentencia definitiva debe suspenderse en el proceso civil hasta la conclusión del proceso penal, con excepción de los siguientes casos: – a) si median causas de extinción de la accción penal.

46 Prejudicialidad – b) si la dilación del procedimiento penal provoca en los hechos una frustración efectiva del derecho a ser indemnizado; – c) si la acción civil por reparacción del daño está fundada en un factor objetivo de responsabilidad (art. 1775)

47 Prejudicialidad Sentencia penal posterior Revisión: – A petición de parte interesada – Si la sentencia civil asigna alcances de cosa juzgada a cuestiones resueltas por la sentencia penal y ésta es revisada respecto de esas cuestiones, excepto que derive de un cambio en la legislación. – Caso del art. 1775 inc.c – otros casos previstos por la ley

48 Transacción 1641/1642 No necesita homologación Art. 54 Ley 24240 1647 y el artículo 231 del CPCCSF - Costas

49 Ley 13151 ARTÍCULO 20.- En caso de acuerdo total o parcial el mediador labrará, además del acta final, un acta de acuerdo en la que constarán sus términos. Las actas serán firmadas por todos los participantes entregándose copias a cada uno de ellos. Se procederá necesariamente a la homologación del acuerdo sólo cuando hubiere involucrados intereses de menores e incapaces, previo los trámites de ley.

50 Ley 13151 ARTÍCULO 21.- El acuerdo instrumentado en acta suscripta por el mediador y protocolizado ……..en el registro que a tal efecto deberá llevar el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, será ejecutable por el procedimiento de ejecución de sentencia, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 5.531, Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia.

51 Ley 13151 A los fines de la protocolización aludida precedentemente será imprescindible acompañar los comprobantes de pago de aportes a las respectivas cajas profesionales, de los apoderados de las partes

52 Arraigo Consiste en la prestación de una caución otorgada por el actor para asegurar al demandado el pago de las costas causadas a raíz del pleito en el caso eventual de que triunfe en el litigio (Alvarado Velloso, Adolfo. “Cautela Procesal” Temas procesales conflictivos 2. Ed Juris. Rosario 2008 p.150)

53 Arraigo Ley 23.502 Ley 24.578 Art. 2610 CCC

54 Prescripción Suspensión – Art. 2542 – Art.18 Ley 26589 – Art. 2543 casos especiales Interrupción Art. 2546

55 Prescripción ARTÍCULO 23 Ley 13151.- A los efectos previstos en el artículo 3.986, primer párrafo, del Código Civil, el requerimiento de mediación equivale a interposición de demanda. La interrupción de la prescripción operará contra todos los requeridos y, en los términos del artículo 3.987 del Código Civil, se tendrá por no sucedida si el requirente no interpone la demanda dentro de los seis (6) meses de la fecha del acta de finalización de la mediación.

56 Prescripción Art. 2553 La prescripción debe oponerse dentro del plazo para contestar la demanda en los procesos de conocimiento, y para oponer excepciones en los procesos de ejecución. Los terceros interesados que comparecen al juicio vencidos los términos aplicables a las partes, deben hacerlo en su primera presentación

57 Prescripción Art. 2532: delega a las legislaciones locales el plazo de la prescripción liberatoria en materia tributaria – Filcrosa Art. 2560: plazo genérico de 5 años salvo que la legislación local fije otro plazo Art. 2564 :1 año de prescripción de la acción autónoma de revisión de cosa juzgada.

58 Prescripción Art. 1905: Proceso contencioso. Sentencia que debe fijar la fecha en la cual se produce la adquisición del derecho real respectivo La resolución que confiere traslado de la demanda o de la excepción de prescripción adquisitiva debe ordenar, de oficio, la anotación de la litis con relación al objeto a fin de dar a conocer la pretensión

59 Otros procedimientos

60 Rendición de cuentas Art. 858/864 Casos en que se prohíbe aprobar cuentas o liberar de ellas. Entre quienes están facultados para recibir, presentar o pedir las cuentas. Requisitos (art. 859) Obligación de rendir cuentas (art. 860) Oportunidad (art. 861)

61 Rendición de cuentas Aprobación (art. 862) Relaciones de ejecución continuada (art.864) Saldos y documentos del interesado (art. 865) Prescripción(art. 2555)

62 Desalojo Se mantiene la intimación de pago previa para el desalojo, pero sólo si la locación tiene destino habitacional. Plazo para el lanzamiento (art. 1223)mínimo 10 días Fianza igual al 1582 Bis del CC

63 Responsabilidad Estatal Al ser sacado del Proyecto del CCC y regido ahora por la Ley de Responsabilidad Estatal N° 26.944 que rige solo por adhesión, se regirá en Santa Fe por las normas usuales y comunes de responsabilidad

64 Defensa del consumidor Se definió de manera distinta al contrato de consumo y ahora alcanza los contratos de alquiler. Tener cuidado con la carga de la prueba. (art. 1093 CCC)

65 Art. 744: Se agregan nuevos bienes inembargables Art. 745: prioridad del primer embargante – no dice nada de la inhibición que si lo trata el CPCCSF

66 FIN


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