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Boletín N° 19-2003 Correo electrónico: INTRODUCCIÓN El Consejo de Informática, por este medio está brindando.

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Presentación del tema: "Boletín N° 19-2003 Correo electrónico: INTRODUCCIÓN El Consejo de Informática, por este medio está brindando."— Transcripción de la presentación:

1 Boletín N° 19-2003 Correo electrónico: losabemos@hacienda.go.crlosabemos@hacienda.go.cr INTRODUCCIÓN El Consejo de Informática, por este medio está brindando un servicio de Gestión de conocimiento donde dará a conocer, a todos los funcionarios del Ministerio de Hacienda, información para fomentar la cultura informática y otros temas importantes, empleando un sistema de preguntas y respuestas que facilitará aumentar nuestro conocimiento. Pregunta ¿Sabe usted que la Ley 8131, de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en su artículo 4 se sujeta al Plan Nacional de Desarrollo? Respuesta. El Plan Nacional de Desarrollo constituirá el marco global que orientará los planes operativos institucionales, según el nivel de autonomía que corresponda de conformidad con las disposiciones legales y constituciones pertinentes. Donde todo presupuesto público deberá responder a los planes operativos institucionales anuales, de mediano y largo plazo, adoptados por los jerarcas respectivos, así como a los principios presupuestarios generalmente aceptados.

2 Pregunta ¿Sabe usted que el artículo 6 de la Ley 8131 regula el financiamiento de gastos corrientes? Respuesta Para los efectos de una adecuada gestión financiera, no podrán financiarse gastos corrientes con ingresos de capital

3 Pregunta ¿Sabe que la ley 8131, en su artículo 7 regula las técnicas de formulación presupuestaria? Respuesta Recuerde es necesario leer, entender y si tiene alguna duda, escribirla como respuesta a este correo. En la formulación de los presupuestos, se utilizarán las técnicas y los principios presupuestarios aceptados, con base en criterios funcionales que permitan evaluar el cumplimiento de las políticas y los planes anuales, así como la incidencia y el impacto económico-financiero de la ejecución. Para ello, deberán atenderse elementos como la prestación de servicios, la producción de bienes y las funciones generales de dirección y apoyo de cada órgano, entidad o institución Si necesita conocer más a fondo esta ley la puede obtener desde el sitio web del CEVCOH en el siguiente link "Ley 8131-Administración financiera de la República y presupuestos públicos. La gaceta N. 19. 16 OCT. 2001.doc" Para ver texto completo en (Intranet): http://hdavirtual/centro/datos/Ley/Ley%208131- Administración%20finaciera%20de%20la%20República%20y%20presup uestos%20públicos.%20La%20gaceta%20N.%2019.%2016%20OCT.%20 2001.doc http://hdavirtual/centro/datos/Ley/Ley%208131- Administración%20finaciera%20de%20la%20República%20y%20presup uestos%20públicos.%20La%20gaceta%20N.%2019.%2016%20OCT.%20 2001.doc


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