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Publicada porJulio Giménez Silva Modificado hace 8 años
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COR. JOSÉ E. BETANCOURT LAVASTIDA JEFE DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN EMNDC INTEGRACIÓN DE LOS SISTEMAS DE VIGILANCIA. SISTEMA DE MEDIDAS DE DEFENSA CIVIL DE LA REPÚBLICA DE CUBA
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“Sistema de medidas defensivas de carácter estatal, llevadas a cabo en tiempo de paz y durante situaciones excepcionales, con el propósito de proteger a la población y la economía nacional contra los medios de destrucción del enemigo y en los casos de desastres naturales y otros tipos de catástrofes, así como de las consecuencias del deterioro del medio ambiente” DEFENSA CIVIL
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PONEN A SU DISPOSICIÓN LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA PREVENIR Y ENFRENTAR LOS DESASTRES, LO CUAL ESTA REFRENDADO POR LA BASE LEGAL QUE SUSTENTA EL SISTEMA. PONEN A SU DISPOSICIÓN LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA PREVENIR Y ENFRENTAR LOS DESASTRES, LO CUAL ESTA REFRENDADO POR LA BASE LEGAL QUE SUSTENTA EL SISTEMA. SIGNIFICA QUE LAS MEDIDAS DE DC SE CUMPLEN : POR TODOS LOS ORGANISMOS Y ÓRGANOS E INSTITUCIONES DEL PAÍS
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Las acciones encaminadas al aseguramiento médico de toda la población, en caso de desastres naturales y otros tipos de catástrofes, se organizan por el Ministerio de Salud Pública, en coordinación con el EMNDC y la participación de todos los órganos y organismos estatales y entidades de investigación, docencia y servicios, para garantizar las actividades de prevención, vigilancia higiénico-epidemiológica, asistenciales y de rehabilitación. Las acciones encaminadas al aseguramiento médico de toda la población, en caso de desastres naturales y otros tipos de catástrofes, se organizan por el Ministerio de Salud Pública, en coordinación con el EMNDC y la participación de todos los órganos y organismos estatales y entidades de investigación, docencia y servicios, para garantizar las actividades de prevención, vigilancia higiénico-epidemiológica, asistenciales y de rehabilitación. DECRETO LEY No. 170, Del “Sistema de Medidas de Defensa Civil” DECRETO LEY No. 170, Del “Sistema de Medidas de Defensa Civil”
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DIRECTIVA No. 1 DEL VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL PARA LA PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PREPARACIÓN DEL PAÍS PARA LAS SITUACIONES DE DESASTRES Ciudad de La Habana, 1ro de junio de 2005
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: Facultar a los OACE, en coordinación con el EMN-DC, para emitir indicaciones, instrucciones y regulaciones sobre las actividades de reducción de desastres que serán cumplidas, según la designación siguiente : PAPEL DEL EMNDC: PAPEL DEL EMNDC: ORDENO NOVENO ORDENO NOVENO El Ministerio de Salud Pública en lo referente a: Las actividades relacionadas con el surgimiento y desarrollo de enfermedades que pueden provocar epidemias. El Ministerio de Salud Pública en lo referente a: Las actividades relacionadas con el surgimiento y desarrollo de enfermedades que pueden provocar epidemias.
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PLAN PARA LA PREVENCIÓN Y ENFRENTAMIENTO A GRAVES EPIDEMIAS. Detectar de forma precoz cualquier indicio de riesgo de graves epidemias, mediante la vigilancia integral e integrada, con la participación de todos los servicios de salud y sanitarios de un territorio. OBJETIVOS DE LA VIGILANCIA :
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Detectar de forma precoz cualquier indicio de riesgo de graves epidemias, mediante un monitoreo integral de síntomas y signos, vectores, microorganismos y otras alteraciones de la salud ambiental.Detectar de forma precoz cualquier indicio de riesgo de graves epidemias, mediante un monitoreo integral de síntomas y signos, vectores, microorganismos y otras alteraciones de la salud ambiental. Perfeccionar el Sistema de Vigilancia Epidemiológica, de manera que sea Integrada, con la participación de todos los subsistemas de salud y sanitarios del territorio, e Integral con el análisis de los elementos clínicos, epidemiológicos y de laboratorio, que se dispongan.Perfeccionar el Sistema de Vigilancia Epidemiológica, de manera que sea Integrada, con la participación de todos los subsistemas de salud y sanitarios del territorio, e Integral con el análisis de los elementos clínicos, epidemiológicos y de laboratorio, que se dispongan. OBJETIVOSOBJETIVOS
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EXPERIENCIAS DE CUBA EN EL MANEJO DE DESATRES SANITARIOS Han demostrado la necesidad y objetividad de los conceptos organizativos, formas y métodos que hemos utilizado en la lucha contra estos peligros y la efectividad y eficacia de los planes elaborados y el accionar de los Centros de Dirección para Caso de Desastres Sanitarios. Dengue Hemorrágico NeuropatíaEpidémica ENFRENTAMIENTOENFRENTAMIENTO PREPARACIÓN Cólera SARS FNO y la IA
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EN EL CASO DE CUBA LA CONCEPTUALIZACIÓN DE LAS GRAVES EPIDEMIAS COMO UN DESASTRE SANITARIO HA PERMITIDO ESTRUCTURAR, ORGANIZAR Y PLANIFICAR SU PREVENCIÓN Y ENFRENTAMIENTO BAJO LAS BASES DE UN PELIGRO DE DESASTRE, CON LO CUAL SE INVOLUCRA A TODOS LOS SECTORES DEL PAÍS Y SE CUMPLEN LAS MEDIDAS Y ACCIONES A TRAVÉS DE LAS VÍAS Y FORMAS ESTABLECIDAS POR EL SISTEMA DE MEDIDAS DE DEFENSA CIVIL, GARANTIZANDO UNA RESPUESTA ADECUADA Y EFECTIVA EN CADA SITUACIÓN TENIENDO EN CUENTA NUESTRAS CARACTERÍSTICAS, CONDICIONES Y RECURSOS. CONCLUSIONESCONCLUSIONES
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