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Proceso Electoral Ordinario 2014-2015 Segunda etapa de capacitación de los funcionarios de mesa directiva de casilla.

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1 Proceso Electoral Ordinario Segunda etapa de capacitación de los funcionarios de mesa directiva de casilla

2 Particularidades de la Capacitación
Adenda Capacitación a funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única Adenda “Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única”. Adenda “Información para funcionarias y funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única en secciones electorales con afectaciones en su marco geográfico electoral”. Resolución de la scjn resultado de la acción de inconstitucionalidad 45/2014 y sus acumuladas relativa a la asignación de votos para candidatos comunes en caso de que se haya marcado más de un cuadro o círculo. Resolución de la scjn resultado de la acción de inconstitucionalidad 22/2014 y sus acumuladas, relativa a la asignación de diputados de representación proporcional. Materiales para simulacros y prácticas.

3 Convenio General de Coordinación entre el INE
Documento dirigido a los funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única para uso en simulacros y prácticas Convenio General de Coordinación entre el INE y el IEDF Reglas Procesos Electorales concurrentes del Distrito Federal Procedimientos Calendario (principales etapas y fechas) - Integración de MDC - Capacitación electoral Comunicación y gestión Unidad Técnica de Vinculación con los OPL Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en el Distrito Federal Secretaria Ejecutiva del INE Organismos Públicos Locales

4 Del 9 de febrero al 31 de marzo 2015
Fechas establecidas para la integración de Mesas Directivas de Casilla Únicas Sorteo del mes (Enero) Diciembre de 2014 Sorteo de la letra (v) 02 de febrero de 2015 Primera insaculación (13%) 06 de febrero de 2015 Visita, entrega de cartas notificación y 1ª etapa de capacitación Del 9 de febrero al 31 de marzo 2015 Lista de ciudadanos aptos (entrega al Consejo Distrital del INE) 5 de abril 2015 Segunda insaculación (cargos) 08 de abril 2015 Entrega de Nombramiento, Sustituciones, Segunda Capacitación electoral y simulacros Del 09 de abril al 06 de junio de 2015 Etapa Actual

5 Capacitación que impartirá el ine a supervisores electorales y capacitadores-asistentes electorales
Objetivos que plantea el ine: Proporcionar a los se y cae los conocimientos teórico-prácticos necesarios para sensibilizar a los ciudadanos sorteados, lograr que participen en los cursos de capacitación y sean funcionarios de mesas directivas de casilla responsables y comprometidos durante la jornada electoral. Segunda etapa de capacitación de los funcionarios de mesa directiva de casilla Parte medular del proceso de capacitación del 9 de abril al 6 de junio se lleva a cabo de forma simultánea y/o paralela al acto protocolario de entrega de nombramientos y toma de protesta

6 Segunda etapa de capacitación de los funcionarios de mesa directiva de casilla
Objetivo: Proporcionar los conocimientos teórico-prácticos para capacitar a los ciudadanos designados funcionarios de casilla con el propósito de profundizar en los conocimientos respecto a la operación de las mesas directivas de casilla, casilla única y las tareas específicas que cada funcionario desarrollaría el día de la Jornada Electoral, con una capacitación no sólo teórica sino vivencial, a través de los simulacros y prácticas electorales, en donde los ciudadanos conocerán la documentación y materiales a utilizar el día de la Jornada Electoral. En esta etapa se garantiza que los ciudadanos designados funcionarios de MDC cuenten con los conocimientos y las habilidades necesarias para la instalación y funcionamiento de las casillas el día de la Jornada Electoral.

7 Adenda para la capacitación a funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única
Brinda información sobre: las elecciones concurrentes, la geografía electoral del Distrito Federal, los cargos de elección popular en el Proceso Electoral Ordinario del Distrito Federal , indicaciones específicas para la jornada electoral en el Proceso Electoral Ordinario del Distrito Federal , materiales y aditamentos para personas con discapacidad, escrutinio y cómputo, llenado de actas, integración de expedientes de casilla y paquete electoral, e incidentes.

8 Escrutinio y cómputo de la casilla
Tratándose de las elecciones locales, se realiza al mismo tiempo que el de la federal, primero para la elección de diputados/as a la Asamblea Legislativa y después para la de jefe/a delegacional. Un voto es válido cuando, sin lugar a dudas: a) Presenta una marca en un solo cuadro que contiene el nombre de un/a candidato/a, lista o fórmula y el emblema del partido que lo postula o el nombre de un/a candidato/a independiente. b) Presenta marcas en los cuadros de más de uno de los partidos coaligados que postulan una candidatura, lista o fórmula. En este caso, el voto se considera válido para el candidato en los términos de los artículos 355 y 356 del cipedf, de acuerdo con lo resuelto para la acción de inconstitucionalidad 45/2014 y sus acumuladas * y, en relación con ésta, la acción de inconstitucionalidad 22/2014 y sus acumuladas. El mismo principio se aplica si presenta marcas en los cuadros de más de uno de los partidos políticos que postulan una candidatura, lista o fórmula común. * Publicada el 12 de marzo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación

9 Escrutinio y cómputo de la casilla
Art. 356 del CIPEDF, fracción III y IV, respecto a las reglas para determinar la validez o nulidad de los votos: III. Se contará como un voto válido para el candidato común, la marca o marcas que haga el elector dentro de uno o varios cuadros o círculos en los que se contenga el nombre o nombres de los candidatos comunes y el emblema de los Partidos Políticos, de tal modo que a simple vista se desprenda, de manera indubitable, que votó en favor de determinado candidato o fórmula postulado en común. En el caso de que el elector marque uno o más cuadros o círculos, el voto se asignará al partido postulante. IV. Se contará como un voto válido para el candidato común, la marca o marcas que haga el elector dentro de uno o varios cuadros o círculos en los que se contenga el nombre o nombres de los candidatos comunes y el emblema de los Partidos Políticos o Coaliciones, de tal modo que a simple vista se desprenda, de manera indubitable, que votó en favor de determinado candidato o fórmula postulado en común. En este caso se contará voto válido para el candidato o fórmula pero nulo para los Partidos Políticos o Coaliciones postulantes.

10 Escrutinio y cómputo de la casilla
Acción de inconstitucionalidad 45/2014; impugna las fracciones III y IV. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve la invalidez de la fracción III del artículo 356 del CIPEDF, en la porción normativa que dice: En el caso de que el elector marque uno o más cuadros o círculos, el voto se asignará al partido postulante. Al no generar certeza y contradecir el principio de legalidad porque no podría establecerse con exactitud a favor de que partido político votó el elector que marcó dos o más cuadros vinculados a la candidatura común. al impedir una distribución equitativa a todos los partidos políticos coaligados ya que en el caso de marcar más de un cuadro el voto cuenta para el partido político que postuló al candidato y no para los coaligados al vulnerar el principio constitucional del sufragio y el derecho de los ciudadanos a votar.

11 Escrutinio y cómputo de la casilla
Acción de inconstitucionalidad 45/2014 La Suprema Corte de Justicia de la Nación deja sin efectos en su integridad la fracción IV del artículo 356 del CIPEDF. - Por impedir que las minorías políticas accedan a los espacios de representación y desincentivar la formación de coaliciones, al afectar a los partidos políticos coaligados por contravenir que el voto de los ciudadanos cuente para efectos de representación proporcional, al perjudicar el acceso a las prerrogativas de radio y televisión, así como el financiamiento público.

12 Escrutinio y cómputo de la casilla
Acción de inconstitucionalidad 22/2014 emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y aún no publicada en el Diario Oficial de la Federación. Impugna los numerales 12 y 13 del Artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos 12.- Independientemente del tipo de elección, convenio y términos que en el mismo adopten los partidos coaligados, cada uno de ellos aparecerá con su propio emblema en la boleta electoral, según la elección de que se trate; los votos se sumarán para el candidato de la coalición y contarán para cada uno de los partidos políticos para todos los efectos establecidos en esta Ley Los votos en los que se hubiesen marcado más de una opción de los partidos coaligados, serán considerados válidos para el candidato postulado, contarán como un solo voto y sin que puedan ser tomados en cuenta para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas.

13 Escrutinio y cómputo de la casilla
Acción de Inconstitucionalidad 22/2014 La violación al principio de certeza en materia electoral existe al contradecirse los numerales 12 y 13 del artículo en comento. Por lo anterior, queda sin efectos el Artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos en la última porción del numeral 13 porque limita los alcances y efectos del voto. - Se afecta la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, pues si bien se tiene conocimiento de la preferencia del elector por el candidato postulado por la coalición no se sabe a qué partido político se quiso favorecer con su voto. - Se afecta el otorgamiento de prerrogativas de financiamiento público y acceso a radio y televisión.

14 Escrutinio y cómputo de la casilla
Los votos por candidatos no registrados se computan por separado.  Los votos que están en blanco o que se marcaron de manera distinta a las señaladas, son nulos.  Para la elección local del Distrito Federal se cuenta con dos distintas actas de escrutinio y cómputo: para la elección de diputados a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa para la elección de jefe/a delegacional. En general, el llenado de dichas actas es similar al de la elección federal. La particularidad está en que, cuando corresponde, se incluyen los renglones para asentar los votos a candidaturas comunes.

15 Integración de expedientes de casilla y paquete electoral
Una vez concluido el escrutinio y cómputo de la casilla se forma el expediente de la casilla. Quien preside la Mesa Directiva, con la colaboración del/la segundo/a secretario/a, integra primero el expediente correspondiente a la elección de diputados/as a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa y después el expediente de casilla de la elección de jefe/a delegacional .

16 Integración de expedientes de casilla y paquete electoral
En bolsas por separado, se integran tanto las boletas sobrantes inutilizadas (no usadas y canceladas) como las que contengan los votos válidos y los votos nulos para la elección de diputados/as a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa; posteriormente, se lleva a cabo el mismo procedimiento con las correspondientes a la elección de jefe/a delegacional. Los expedientes de casilla se guardan en el paquete electoral de la elección local, en cuya envoltura firmará cada integrante de la Mesa Directiva y representante de partido político o de candidatura que desee hacerlo. Al exterior del paquete electoral de la elección local, se adhiere una bolsa en la que se guarda: La segunda copia de cada una de las dos actas de escrutinio y cómputo. El original del recibo de copia legible de las actas entregadas a representantes. El original de la constancia de clausura de casilla y remisión del paquete electoral al Consejo Distrital

17 Integración de expedientes de casilla y paquete electoral
Quien entregue el paquete electoral al Consejo Distrital del iedf debe obtener un recibo que señale la hora en que el paquete fue entregado

18 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
Brinda información sobre: Las características del apartado “Cierre de la votación” del Acta de la Jornada Electoral; Las boletas que se entregan a los electores en tránsito, conforme al ámbito geográfico en que se encuentra; Las actas de escrutinio y cómputo que deben llenarse y sus particularidades; La integración de los expedientes de casilla; y, La integración de la bolsa exterior del paquete electoral.

19 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
Una casilla especial se instala con el propósito de dar a votantes en tránsito, que no pueden acudir a la casilla que corresponde a su sección electoral, la oportunidad de participar en las elecciones. 1.-En el acta de la jornada electoral 2015 de la elección local, en el Apartado “Cierre de la votación”, se dispone un espacio por si se diera el caso de que se agotaran las boletas de cualquiera de las elecciones antes de la 18:00hrs.

20 Jefatura delegacional
Por tanto, quien preside la casilla especial, para saber qué boletas de las elecciones locales debe entregar a cada votante, ha de considerar lo siguiente: Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única Votante Puede votar por Fuera de Pero dentro de Jefatura delegacional Diputaciones de mr a la aldf de rp a la aldf Casilla que le corresponde Sección Se sugiere informarle que debe acudir a la casilla que le corresponde. Distrito y delegación Distrito Delegación No Distrito Federal Sí podrán sufragar quienes integren la Mesa Directiva de la casilla especial o sean representantes ante la misma de partidos políticos o candidaturas. La Mesa Directiva contará con los medios informáticos necesarios para verificar que quienes acudan a votar estén inscritos en la lista nominal de electores que corresponde al domicilio asentado en su credencial para votar.

21 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
Escrutinio y Cómputo En caso de que un/a elector/a sólo pueda sufragar por diputaciones de representación proporcional, quien preside la casilla marca las boletas con la leyenda “Representación proporcional”. Lo importante de ello es que en el escrutinio y cómputo se separan para contarlas, y la información se anota en el Acta de escrutinio y cómputo de casilla especial única de la elección de diputados a la Asamblea Legislativa de representación proporcional 2015.

22 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
En las casillas especiales es necesario llenar tres actas de escrutinio y cómputo: Para la elección de diputaciones a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa. b) Para la elección de diputaciones a la Asamblea Legislativa por el principio de representación proporcional. c) Para la elección de jefe/a delegacional

23 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
Para llenar el espacio referente al total de personas que votaron, es necesario contar las marcas asentadas en la columna “Votó por” del Acta de Electores en Tránsito. Esta columna está subdividida para distinguir cuántas personas sufragaron por diputaciones a la Asamblea Legislativa por el principio de mayoría relativa, cuántas lo hicieron por el principio de representación proporcional y cuántas recibieron boletas de la elección de jefatura delegacional.

24 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
Integración del Expediente 2.-Consecuentemente, también se integran tres expedientes de casilla especial: a) El correspondiente a la elección de diputados/as a la Asamblea Legislativa Se integran en bolsas por separado, las boletas sobrantes inutilizadas y las que contengan los votos válidos y los votos nulos para la elección de diputados/as a la Asamblea Legislativa de mayoría relativa.

25 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
b) El correspondiente a la elección de diputados/as por el principio de representación proporcional Se integran en bolsas por separado, los votos válidos y, en su caso, los votos nulos de esta elección.

26 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
c) El expediente de casilla de la elección de jefe/a delegacional Se integran en bolsas por separado, las boletas sobrantes inutilizadas y las que contengan los votos válidos y los votos nulos para la elección de jefe/a delegacional.

27 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
3.- Quien preside la Mesa Directiva entrega el disco que contiene el archivo del Acta de electores en tránsito para casilla especial única 2015, que se guarda en la bolsa respectiva y se integra al paquete. En caso de no contar con el disco, se incluye el acta impresa levantada en la Mesa, correspondiente a la elección local.

28 Particularidades de la elección local del Distrito Federal en casilla especial única
 4. Bolsa que va adherida por fuera del paquete electoral Para el cierre de la casilla, así como para todas las demás actividades, es importante seguir las mismas indicaciones que corresponden a las casillas básicas, contiguas y extraordinarias.

29 Información para funcionarias y funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única en secciones electorales con afectaciones en su marco geográfico electoral Los cambios fueron de cuatro tipos: a) la sección se dividió; b) se modificó la georreferencia delegacional, pero con la misma clave de sección; c) se modificó la georreferencia delegacional y al mismo tiempo la sección se dividió; y d) la sección fue dada de baja.  Casos especiales en la casilla Veintiún secciones se vieron afectadas y es posible que los ciudadanos en esos ámbitos geográficos no hayan actualizado su credencial para votar. Ante casos especiales, la actuación de quien preside la mesa directiva de casilla debe ser la siguiente: Si quien se presenta a votar se encuentra en el listado nominal con fotografía de la casilla, aunque la clave de sección y la delegación no sean coincidentes, se debe permitir que emita el sufragio. Si no se encuentra en el listado nominal con fotografía de la casilla, es posible que haya sido referida/o a otra sección electoral, por lo que es necesario indicarle la casilla que le corresponde.

30 Información para funcionarias y funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única en secciones electorales con afectaciones en su marco geográfico electoral Quienes forman parte de la MDC deben contar con la información debida para indicarles cuál es la que les corresponde. En caso de que un ciudadano no esté inscrito en ninguna de las dos listas nominales , las razones de dicha exclusión deben ser ajenas a la afectación geoelectoral. Si las/os ciudadanas/os se manifiestan en la casilla, porque están inconformes con su nueva georreferenciación, quien preside la Mesa Directiva debe ofrecerles la explicación respectiva. Si persiste la manifestación, puede solicitar el auxilio de miembros de corporaciones o fuerzas de seguridad pública. Reportará el incidente en las actas correspondientes.

31 Información para funcionarias y funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única en secciones electorales con afectaciones en su marco geográfico electoral Secciones electorales y casillas con afectaciones

32 Información para funcionarias y funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única en secciones electorales con afectaciones en su marco geográfico electoral Aviso que puede resultar de utilidad para funcionarias y funcionarios de la Mesa Directiva de Casilla Única.

33 Materiales para simulacros y prácticas
Documentos dirigidos a los capacitadores-asistentes electorales para uso en simulacros y prácticas - Modelos genéricos de documentación electoral y materiales de apoyo elaborados a partir de los diseños de la DEOyGE con la leyenda “Para uso en simulacro”. - Versiones a tamaño real (conforme corresponde en cada caso) y plastificadas; a excepción de las guías de apoyo para clasificación de votos en ambas elecciones, las tarjetas para simulacro y las bolsas, así como los clasificadores de votos que se imprimirán en papel en tres secciones. Documentos dirigidos a los funcionarios de Mesa Directiva de Casilla Única para uso en simulacros y prácticas - Se trata de los mismos modelos genéricos impresos en una adenda que se entregará durante la capacitación. - Se considera un agrupado adicional, dirigido sólo a quienes corresponda desarrollar su función en una casilla especial.

34 (Inicia)

35 (Continúa) Lista de materiales para simulacros en casillas básicas, contiguas y extraordinarias

36 (Concluye) Lista de materiales para simulacros en casillas básicas, contiguas y extraordinarias

37 (Inicia)

38 (Concluye) Lista de materiales para simulacros en casillas especiales

39 GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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