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Profesor: Lic. Fernando González López

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Presentación del tema: "Profesor: Lic. Fernando González López"— Transcripción de la presentación:

1 Profesor: Lic. Fernando González López
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Contaduría y Administración Sistema de Universidad Abierta Derecho Laboral Plan 2005 Sesión 27 Parte 2/2 La Huelga Profesor: Lic. Fernando González López Mtra. María Evelia García - Grabación

2 La Huelga Tema a Revisar 2/2
Bienvenido a esta tercer sesión 17 de la asignatura en Derecho Laboral, la organización de las diapositivas de este material es la siguiente: Portada Tema a revisar Objetivo de aprendizaje Mapa conceptual Desarrollo Actividades de aprendizaje Conclusiones Y bibliografía sugerida 2/2

3 Objetivo El alumno conocerá el concepto de la huelga, su finalidad, los requisitos de forma y de fondo, las clases de huelgas, la huelga en el derecho burocrático, el proceso de huelga y formas de terminación de la huelga.

4 Mapa Conceptual LA HUELGA Tipos de huelga Huelga legalmente existente
Huelga ilícita Huelga justificada Terminación de huelga LA HUELGA

5 Introducción Se aborda el estudio sobre la ‘huelga’. Sin duda alguna, la huelga es un instrumento que busca lograr un equilibrio entre el capital y la clase trabajadora. En este tema se maneja el concepto de huelga, sus antecedentes en el mundo y en México, sus objetivos, requisitos, tipos de huelgas, el proceso de huelga y formas de terminación.

6 Tipos de Huelga Una huelga es una acción emprendida de forma individual, o por un colectivo social, consistente en dejar de hacer alguna actividad o función individual o colectiva, con objeto de ejercer una presión social y alcanzar, así, un objetivo concreto. Tipos de Huelga Huelga Legalmente Existente: El artículo 444 de la Ley Federal del Trabajo dispone que: “La huelga legalmente existente es la que satisface los requisitos del artículo 451 y persigue los objetivos señalados en el artículo 450”. Huelga Justificada La huelga es, en concreto, inexistente cuando la misma se estalle por un número inferior de trabajadores al señalado, para tal efecto, en la fracción II del artículo 451 de la Ley Federal del Trabajo. Huelga ilícita La ley laboral en su artículo 445 expresa lo siguiente de la huelga es ilícita: Cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas las personas o las propiedades; y II. En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del Gobierno. Trueba Urbina considera, por su parte, que: Huelga Justificada [La huelga imputable o justificada] es aquella en la que se comprueba cualquiera de los objetivos de la huelga que hubiere sido declarada existente o lícita; en tanto que la huelga inimputable al patrón es aquella en la que no se logró comprobar cualquiera de los objetos de la huelga; la base para la declaración de la imputabilidad e inimputabilidad es la resolución en que la huelga se hubiere declarado lícita o existente.

7 Tipos de huelga Huelga legalmente Existente
Así se determina al tramite de tipo procesal para la interrupción temporal de las operaciones, cumpliendo con los requisitos de Fondo, Forma y Mayoría Huelga inexistente Son las Huelgas que no cumplen en su totalidad con los requisitos de Fondo, Forma y Mayoría Huelga Justificada Obliga al patrón a que cubra a los huelguistas el monto integral de los salarios caídos, hasta la reanudación normal de sus labores . Huelga por Solidaridad Se reconoce esta circunstancia solamente al propósito de dar apoyo a otra huelga realizada legalmente Huelga Ilícita Se expresa en el articulo 445 de la LFT Articulo 445 la huelga es ilícita: 1°Cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades 2°En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del gobierno. Articulo 446 Huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables al patron Articulo 450 Fracción VI Apoyar a una huelga que tenga por objeto alguno exigir el cumplimiento de contratos colectivos o disposiciones legales

8 TERMINACIÓN DE LA HUELGA
Declaración de inexistencia Declaración de ilicitud Por acuerdo de las partes Allanamiento del patrón Desistimiento de trabajadores Laudo (Resolución de Juntas de Conciliación y Arbitraje) TERMINACIÓN DE LA HUELGA Articulo 469 la huelga terminara: 1° Por acuerdo entre los trabajadores huelguistas y los patrones; 2° Si el patrón se allana, en cualquier tiempo, a las peticiones contenidas en el escrito de emplazamiento de huelga y cubre los salarios que hubiesen dejado de percibir los trabajadores; 3° Por laudo arbitral de la persona o comisión que libremente elijan las partes; y 4°Por laudo de la junta de conciliación y arbitraje si los trabajadores huelguistas someten el conflicto a su decisión

9 Conclusión Al estudiar la importancia de cada tipo de Huelga según los requisitos y las definiciones dadas por la Ley Federal del Trabajo. Te darás cuenta que aunque este derecho del trabajador sea una gran defensa para que se respeten sus condiciones laborales también la huelga es usada para un bien particular y no organizacional

10 Actividades Investiga la huelga de una empresa, describe su tipo y como llego a la culminación. Analice algunas huelgas y diga si cree que el estado debería intervenir en ellas y reprimirlas.

11 Bibliografía CAVAZOS Flores, Baltasar, El Nuevo Derecho del Trabajo Mexicano, Trillas, México, 2001. DE BUEN Lozano, Néstor, Derecho del Trabajo, Tomo II, 11ª ed., Porrúa, México DE LA CUEVA, Mario. El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, Tomo II. Porrúa. México, Año.2003. DE PINA, Rafael. Curso de Derecho Procesal del Trabajo. Evolución de la huelga. Botas, México, 1952. TRUEBA Urbina, Alberto. Nuevo Derecho del Trabajo, 2ª ed., Porrúa, México, 1972.


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