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DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES

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Presentación del tema: "DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES"— Transcripción de la presentación:

1 DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES
Retos para la CNBV y las SOFOMES ENR derivados de la Reforma Financiera DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA A MARZO 2014

2 REFORMAS A LA LGOAAC 3 DE AGOSTO DE 2011 SAT CNBV 3,700 entidades
CENTROS CAMBIARIOS SAT CNBV TRANSMISORES DE DINERO SOFOMES ENR 3,700 entidades

3 OBLIGACIONES PLD/FT Oficial de cumplimiento
Obligaciones que actualmente deben enviar las SOFOMES ENR a través del SITI Oficial de cumplimiento Comité de comunicación y control Manual en materia de PLD/FT Informe de auditoría Identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad Transmisión de acciones por más del 2 % Reportes de operaciones Relevantes, Inusuales e Internas Preocupantes

4 REFORMA FINANCIERA LGOAAC
Sujetos obligados no tradicionales Registro y Renovación Dictamen Técnico en materia de PLD/FT Se adicionó la facultad a la CNBV para solicitar información o documentación.

5 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Línea del tiempo
Publicación de las Disposiciones para la emisión del Dictamen Técnico Publicación de la Reforma Financiera Emisión de las Disposiciones en materia de Registro en SIPRES (CONDUSEF). SOFOMES ENR deberán solicitar el Dictamen técnico. Emisión de Dictamen Técnico, caso contrario, aplica positiva ficta. Día 1 Día 60* Día 270 natural Emisión de Dictamen Técnico y renovación de Registro Día 270 natural Día 540 natural * Días hábiles

6 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Proyecto del Procedimiento
INICIO DE PROCESO Ingreso al SITI. Cuenta con usuario y clave de activación. Generar usuario y clave de activación. Renovación de Dictamen Técnico. Solicitud de Dictamen Técnico. Anexar la documentación e información señalada en las disposiciones. Cumple con los requisitos. No presenta tachaduras, enmendaduras, o alteraciones. Prevención de 10 días hábiles. Desahoga. Desecha. Suspende el plazo. Emite acuse de recibo electrónico (60 días) Emisión dentro del periodo vigente. Dictamen Técnico. Fin del Proceso Quedarán a salvo sus derechos para presentar una nueva solicitud para el mismo fin. Constancia de Positiva Ficta de Dictamen Técnico.

7 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Información
Denominación o razón social del Sujeto Obligado. Datos del representante o apoderado legal. Datos del Oficial de Cumplimiento. En su caso, datos de los integrantes del Comité de Comunicación y Control. Cuestionario que permita verificar que tanto las políticas de identificación y conocimiento de sus clientes o usuarios, así como los criterios, medidas y procedimientos internos se ajustan a lo previsto en las Disposiciones de carácter general en materia de PLD/FT. INFORMACIÓN

8 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Documentación
Documentos de políticas de identificación y conocimiento del cliente o usuario, así como de criterios, medidas o procedimientos en materia de PLD/FT. Comprobante emitido por la institución bancaria en el que conste el pago por concepto del estudio, trámite y, en su caso, emisión o renovación del Dictamen Técnico. Manifestación bajo protesta de decir verdad de que las Sociedad cuenta con el sistema automatizado en materia de PLD. En su caso, el consentimiento para que la CNBV dé a conocer en su portal de Internet la información relacionada al cumplimiento normativo en materia de PLD/FT. Instrumento público en el que conste el poder otorgado al representante o apoderado legal y su identificación. DOCUMENTACIÓN

9 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Documentación
Cuestionario en el que el Oficial de Cumplimiento manifiesta que cuenta con los conocimientos, experiencia y requisitos relativos a lo siguiente: Conoce las responsabilidades y obligaciones derivadas del cargo. No se desempeña como Oficial de Cumplimiento en otro Sujeto Obligado. Forma parte del Comité de Comunicación y Control, en su caso. Cuenta con experiencia y conocimientos en materia de PLD/FT. Es funcionario de la SOFOM ENR y no forma parte de las áreas comerciales u operativas de éste. No ha sido sentenciado por delito grave o patrimonial. No está inhabilitado para ejercer el comercio, para desempeñar un cargo o empleo en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, así como que no ha sido concursado o declarado como quebrado sin que haya sido rehabilitado. DOCUMENTACIÓN

10 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Documentación
Para la renovación del Dictamen Técnico, la CNBV tomará en consideración : El cumplimiento que la SOFOM ENR dé a lo dispuesto en el artículo 95 Bis de la Ley, así como a las disposiciones que de este deriven. Aquellos casos en los que se hayan notificado actos administrativos relativos a recomendaciones u observaciones, acciones y medidas correctivas. El Informe de Auditoría. RENOVACIÓN DEL DICTAMEN TÉCNICO Al menos 150 días naturales previos a su vencimiento.

11 Dictamen Técnico Aspectos Relevantes
Se han detectado algunos errores en el envío de la documentación para la solicitud del Dictamen Técnico. Respecto de los documentos que deberán ser adjuntados: La documentación no se anexa de conformidad con el Instructivo. Algunos documentos se encuentran ubicados en diferentes rubros a los que corresponden (ejemplo, en el lugar de aceptación de notificaciones electrónicas a través del SITI, se anexa el formato de solicitud de Dictamen Técnico). Se omite anexar algún documento. Se envía el documento sin firma. En algunos casos el documento es ilegible.

12 Dictamen Técnico Aspectos Relevantes
Respecto del documento del representante legal y/o instrumento público en elque conste su representación: El número de instrumento público difiere del proporcionado en la solicitud. En el instrumento público no consta la representación legal de la persona señalada en la solicitud. Respecto al documento del oficial de cumplimiento: Se omite contestar el cuestionario donde se establecen los conocimientos en materia de PLD/FT, o no se envía el mismo. Desarrolla funciones como OC en otro Sujeto Obligado. Forma parte de las áreas comerciales operativas del Sujeto Obligado o desarrolla funciones de auditoría interna. Está inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano.

13 REFORMA FINANCIERA LCNBV Certificación
Como resultado de la Reforma Financiera, la CNBV podrá: La finalidad es verificar el cumplimiento del régimen de PLD/FT a los centros cambiarios, transmisores de dinero y SOFOMES ENR. - Auditores externos independientes - Oficiales de cumplimiento - Demás profesionales Certificar A efecto de que, coadyuven con la CNBV cuando ésta los contrate, para verificar el cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de PLD/FT. - Auditores - Demás profesionales La renovación de la certificación será cada 5 años. 13

14 REFORMA FINANCIERA LGOAAC Sanciones graves
Son consideradas infracciones graves: La falta de presentación a la CNBV, del documento de políticas de identificación y conocimiento del usuario. Operaciones no reportadas. No contar con sistemas automatizados. No establecer estructuras internas. La CNBV deberá hacer públicas, a través del portal de internet, las sanciones que imponga por infracciones a la LGOAAC o sus disposiciones. 14


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