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LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

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Presentación del tema: "LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ"— Transcripción de la presentación:

1 LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

2 I. DEFINICIÓN La Constitución Política del Perú o también llamada " Carta Magna" es la ley fundamental sobre la que se asientan el Derecho, la justicia y las normas de la República del Perú y en base a la que se organiza el Estado del Perú. El constitucionalismo peruano es el estudio de la constitución política-la vigente y las anteriores-, sus principios fundamentales, ideales, implicancias e imperfecciones. La historia del constitucionalismo peruano se remonta a la primera constitución española y llega hasta la actualidad

3 II. HISTORIA DE LAS CONSTITUCIONES EN EL PERÚ
2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1823 La Constitución Política de la República Peruana de 1823 fue el texto constitucional elaborado por el Primer Congreso Constituyente del Perú, instalado en Era de tendencia liberal y fue promulgada por el presidente José Bernardo de Tagle el 12 de noviembre de Pero no llegó a regir pues casi de inmediato fue suspendida en todos sus artículos para no obstaculizar la labor del Libertador Bolívar, que por entonces preparaba la campaña final de la independencia del Perú. Fue restaurada en 1827, rigiendo hasta 1828, cuando lo reemplazó una nueva Constitución liberal.

4 2.2 LA CONSTITUCIÓN DE 1826 La Constitución para la República Peruana de 1826, más conocida como la Constitución Vitalicia, fue la segunda carta política del Perú, elaborada por el Libertador Simón Bolívar y de tendencia conservadora. Fue aprobada por los colegios electorales de la República, ante la imposibilidad de que se reuniera un Congreso Constituyente, siendo promulgada por el Consejo de Gobierno presidido por el mariscal Andrés de Santa Cruz el 30 de noviembre de 1826, por ausencia de Bolívar. Su juramentación pública se dio el 9 de diciembre de ese mismo año, segundo aniversario de la batalla de Ayacucho. Una de las principales estipulaciones de esta Constitución era el establecimiento de un presidente vitalicio o de por vida, cargo reservado para Bolívar. Éste impuso también una Constitución similar a Bolivia y planeaba hacer lo mismo en la Gran Colombia. Pero la reacción antibolivariana que estalló en el Perú, así como en los demás países «bolivarianos», trastocó sus proyectos. La Constitución Vitalicia del Perú estuvo en vigor solo 50 días, pues fue suspendida no bien cayó el régimen bolivariano, el 27 de enero de 1827.

5 2.3 . LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ DE 1828
La Constitución Política de la República Peruana de 1828 fue la tercera carta política de la República Peruana, discutida y aprobada por el segundo Congreso General Constituyente del Perú y promulgada el 18 de abril de 1828 por el Presidente Constitucional de la República, mariscal José de La Mar. Era de carácter liberal y rigió hasta el 10 de junio de Pese a su breve duración, su importancia radica en que puso las bases constitucionales del Perú, sirviendo de modelo a las siguientes constituciones, a lo largo de casi un siglo. Por ello, y con mucha razón, el jurista peruano Manuel Vicente Villarán la llamó «la madre de todas nuestras constituciones».

6 2.4 . CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1834
La Constitución Política de la República Peruana de 1834 fue la cuarta carta magna del Perú, que fue discutida y aprobada por la Convención Nacional, nombre que adoptó un Congreso Constituyente que se reunió en Lima entre 1833 y Fue promulgada el 10 de junio de 1834 por el presidente provisorio de la República, general Luis José de Orbegoso. De carácter liberal, fue solo en realidad una enmienda o corrección de ciertos artículos de la Constitución de 1828, tratando de limitar los excesos del caudillismo militarista. Otro de sus propósitos fundamentales fue allanar legalmente el camino de la federación del Perú con Bolivia, tema entonces de candente actualidad. Solo estuvo en vigencia poco menos de un año, debido a las convulsiones políticas que se desataron en el Perú, previo al establecimiento de la Confederación Perú-Boliviana

7 2.5 . CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1839
La Constitución Política de la República Peruana de 1839 fue la quinta carta política del Perú, elaborada y aprobada por un Congreso General reunido en Huancayo, por lo que se le conoce también como la Constitución de Huancayo. Fue promulgada el 10 de noviembre de 1839 por el presidente provisorio de la República, mariscal Agustín Gamarra. De tendencia conservadora, reforzaba las atribuciones del Poder Ejecutivo y acentuaba el centralismo, a manera de reacción con las anteriores constituciones de cuño liberal (las de 1823, 1828 y 1834), a las cuales se culpó del desorden político que sufría el país, por favorecer más al Legislativo y por intentar aplicar el descentralismo administrativo.

8 2.6 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1856
La Constitución Política de la República Peruana de 1856 fue la sexta Constitución política que rigió en el Perú, elaborada y aprobada por una Asamblea Constituyente que con el nombre de Convención Nacional se reunió en Lima en 1855, luego del triunfo de la revolución liberal sobre el gobierno de José Rufino Echenique, acusado de corrupción, en la batalla de La Palma. Fue promulgada el 19 de octubre de 1856, por el presidente provisorio de la República, mariscal Ramón Castilla. Tuvo una tendencia marcadamente liberal, antimilitarista, descentralista y un sesgo anticlerical, que suscitó la guerra civil de , tras la cual se estableció una Constitución de consenso en 1860, que se convirtió en la más duradera de la historia peruana.

9 2.7 . CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1860
La Constitución Política de la República Peruana de 1860 fue la séptima Constitución política del Perú, que fue discutida y aprobada por el Congreso de la República reunido en Lima en Fue promulgada por el presidente constitucional de la República, mariscal Ramón Castilla, el 13 de noviembre de ese mismo año. De carácter moderado, su dación fue posible debido al acuerdo entre conservadores y liberales, que transaron para otorgar al país una Constitución equilibrada y realista, superando así los extremismos ideológicos que habían imperado en la redacción de las anteriores cartas políticas. Esta Constitución ha sido la que más tiempo ha regido en el Perú, pues duró, con algunos intervalos, hasta 1920, es decir, 60 años. Se cuenta entre los más importantes textos constitucionales del Perú, junto con la Constitución liberal de 1828 y la Constitución progresista de 1933.

10 2.8 . CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1867
La Constitución Política del Perú de 1867 fue la octava carta magna de la República del Perú, que fue discutida y aprobada por el Congreso Constituyente de 1867, el 29 de agosto de ese año y promulgada el mismo día por el Presidente provisional de la República, coronel Mariano Ignacio Prado. De carácter extremadamente liberal, estuvo en vigencia unos pocos meses. No fue bien recibida por la ciudadanía, que rechazaba mayoritariamente el liberalismo, motivando una revolución que derrocó a Prado y restituyó la Constitución moderada de 1860, el 6 de enero de 1868.

11 2.9 . CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1920
La Constitución para la República del Perú de 1920 fue la novena carta magna de la República del Perú, que fue aprobada el 27 de diciembre de 1919 por la Asamblea Nacional convocada plebiscitariamente por el presidente provisorio de la República Augusto B. Leguía, y promulgada por este mismo el 18 de enero de 1920, ya como presidente constitucional. De carácter progresista, muchas de sus innovaciones no fueron implementadas y quedaron en el papel. Estuvo en vigencia hasta el 9 de abril de 1933, cuando lo reemplazó la Constitución de 1933.

12 2.10 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1933
La Constitución Política del Perú de 1933 fue la décima carta política de la República del Perú, que fue discutida y sancionada por el Congreso Constituyente de 1931 y promulgada el 9 de abril de 1933 bajo el gobierno del Presidente Constitucional de la República Luis Sánchez Cerro. Se la puede definir como moderada, aunque en muchos aspectos fortalecía al Poder Legislativo disminuyendo los privilegios del Poder Ejecutivo. Estuvo en vigencia hasta el 28 de julio de 1980.

13 2.11 . CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1979
La Constitución para la República del Perú de 1979 fue la carta magna de la República del Perú que fue redactada en las postrimerías del Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas por la Asamblea Constituyente de 1978, convocada por el mismo con el fin de facilitar el retorno de la democracia, tras una década de gobierno militar. Dicha Asamblea fue presidida por Víctor Raúl Haya de la Torre, líder histórico del partido aprista. El texto constitucional fue sancionado el 12 de julio de 1979 y entró en vigencia a partir del 28 de julio de 1980, con la inauguración del segundo gobierno constitucional del arquitecto Fernando Belaunde Terry. Estuvo vigente hasta 1992, cuando fue suspendida por el gobierno de Alberto Fujimori en cuya gestión entró en vigor la Constitución de 1993.

14 2.12 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993
La Constitución Política del Perú es la carta magna de la República del Perú. Antecedida por otros 11 textos constitucionales, fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente Democrático convocado por el mismo tras la disolución del Congreso en el autogolpe de 1992, consecuentemente fue aprobada mediante el referéndum de 1993, aunque los resultados han sido discutidos por algunos sectores, es actualmente la base del sistema jurídico del país: sobre esta reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones políticas.

15 III. REFORMAS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1993
20 de sus artículos se han modificado por decisión del Congreso, incluso todo un Capítulo -el XIV- que corresponde a la descentralización ha sido modificado completamente, en sus doce artículos. Asimismo se han producido modificaciones adicionales, como es el caso de dos Disposiciones Transitorias. Así tenemos, la Disposición  Final y Transitoria Primera sustituida por Ley N.º 28389, publicada el 17 de noviembre de 2004 y las Disposiciones Transitorias Especiales incorporadas mediante Ley N.° 27365, publicada el 5 de noviembre de 2000.

16 INNOVACIONES EN LA CONSTITUCIÓN
Introduce el mecanismo del Referéndum o consulta popular para la reforma total o parcial de la Constitución, la aprobación de normas con rango de ley, las ordenanzas municipales y las materias relativas al proceso de descentralización. La pena de muerte, que antes solo se aplicaba para delitos de traición a la patria en guerra exterior, se extiende a los delitos de terrorismo. Pero en la práctica no ha sido reglamentada esto último. El mandato presidencial se mantuvo en cinco años, pero se permitió una sola reelección inmediata o consecutiva (artículo 112). Al amparo de este artículo constitucional, Fujimori se reeligió en 1995; al año siguiente, mediante una controvertida “Ley de Interpretación Auténtica”, se le permitió otra reelección consecutiva (la llamada “re-reelección”). De acuerdo a esta interpretación, el segundo gobierno de Fujimori ( ) era el primero sujeto a ese artículo constitucional, invocándose la no retroactividad de las leyes. Luego de la fuga y renuncia de Fujimori desde el Japón en octubre del 2000, se modificó este artículo, quedando prohibida la reelección inmediata: a partir de entonces, quien culmina su mandato presidencial puede volver a candidatear transcurrido como mínimo un período constitución

17 El Poder Ejecutivo, en especial el Presidente de la República, obtuvo mayores atribuciones. Estas fueron ampliadas a nivel de potestad legislativa mediante los decretos de urgencia. El Presidente puede disolver el Congreso si éste censura a dos consejos de ministros (en la anterior Constitución eran tres). El Poder Legislativo tuvo un cambio radical en su estructura: se abolió la bicameralidad parlamentaria y se impuso la unicameralidad, es decir una sola cámara, con 120 representantes o congresistas. En el 2011 se amplió su número a 130. De todos modos continúa siendo un número inferior al que tenía el antiguo Congreso bicameral (180 diputados y 60 senadores). Se otorga independencia al Consejo Nacional de la Magistratura. Se establece la Defensoría del Pueblo como un ente autónomo encargado de defender los derechos del pueblo y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal. Su titular es el Defensor del Pueblo, elegido y removido por el Congreso con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros

18 Se establece que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado. El Estado asume solo su rol orientador, más no hace actividad empresarial, sino solo excepcionalmente. La anterior Constitución consagraba el ejercicio de la actividad empresarial por parte del Estado; ahora el Estado vigila y facilita la libre competencia, legaliza la libre tenencia de moneda extranjera y el libre cambio y defiende los intereses de los consumidores y usuarios. Se siguen mencionado a las Comunidades Campesinas y las Nativas, pero ya no a la reforma agraria, como ampliamente lo hacía la anterior carta magna. Se garantiza la privatización de la tierra aplicándose el libre mercado; incluso las tierras abandonadas pasan al dominio del Estado para su adjudicación en venta. Se dejó de garantizar plenamente la estabilidad laboral, la misma que era estipulaba explícitamente en el artículo 48 de la Constitución anterior. Ahora solo se dice que el Estado otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario. Se reconoce a las municipalidades autonomía política, económica y administrativa.

19 Título I: De la persona y la sociedad.
ESTRUCTURA Consta de 206 artículos y 16 disposiciones finales y transitorias, ordenados en 6 títulos, así como un preámbulo y una declaración. Preámbulo. Título I: De la persona y la sociedad. Capítulo I: Derechos fundamentales de la persona. Capítulo II: De los derechos sociales y económicos. Capítulo III: De los derechos políticos y de los deberes. Capítulo IV: De la función pública. Título II: Del Estado y la nación. Capítulo I: Del Estado, la nación y el territorio. Capítulo II: De los tratados.

20 Capítulo I: Principios generales.
Título III: Del régimen económico. Capítulo I: Principios generales. Capítulo II: Del ambiente y los recursos naturales. Capítulo II: De la propiedad. Capítulo IV: Del régimen tributario y presupuestal. Capítulo V: De la moneda y la banca. Capítulo VI: Del régimen agrario y de las comunidades campesinas y nativas.

21 Título IV: De la estructura del Estado.
Capítulo I: Poder legislativo. Capítulo II: De la función legislativa. Capítulo III: De la formación y promulgación de las leyes. Capítulo IV: Poder ejecutivo. Capítulo V: Del Consejo de ministros. Capítulo VI: De las relaciones con el Poder Legislativo. Capítulo VII: Régimen de excepción. Capítulo VIII: Poder judicial. Capítulo IX: Del Consejo nacional de la magistratura. Capítulo X: Del Ministerio público. Capítulo XI: De la Defensoría del pueblo. Capítulo XII: De la seguridad y la defensa nacional. Capítulo XIII: Del sistema electoral. Capítulo XIV: De la descentralización, las regiones y las municipalidades.

22 Título V: De las garantías constitucionales.
Título VI: De la reforma de la constitución. Disposiciones finales y transitorias. Declaración


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