La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

integrantes Kevin Manuel Flores Aldana Hugo Oswaldo Erazo Ramírez

Presentaciones similares


Presentación del tema: "integrantes Kevin Manuel Flores Aldana Hugo Oswaldo Erazo Ramírez"— Transcripción de la presentación:

1 integrantes Kevin Manuel Flores Aldana Hugo Oswaldo Erazo Ramírez
David Salvador Duran Avilés Gabriel Adonay Mancia Karen Guadalupe Cruz Ramos

2 Sociedad Anónima Grupo # 4

3 Aspecto Legal . Generalidades
El articulo 87 de la Ley General de las Sociedades Mercantiles define ala Sociedad Anónima de las siguiente manera: La Sociedad Anónima es la que existe para bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

4 De igual manera en el articulo 88 dice:
La denominación se formara libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad, y al emplearse ira siempre seguidas de las palabras ¨Sociedad Anónima¨ o de su abreviatura ¨S.A.¨.

5 La sociedad anónima, al constituirse, debe llenar los siguientes requisitos:
Dos socios por lo mínimo y que cada uno suscriba una acción por lo menos. Que el capital social sea de $50, como mínimo y que este íntegramente escrito. Que se exhiba en efectivo al menos el 20% del valor de cada acción. Que cuando se pague la acción en todo o en parte, con bienes diferentes al efectivo, quede íntegramente exhibida.

6 La escritura de la sociedad anónima deberá contener lo siguiente:
La parte exhibida del capital social. El numero valor nominal y naturaleza de las acciones en que se divide el capital social. La forma y termino en que deba pegarse la parte insoluta de las acciones. La participacion en las utilidades consedida de los fundadores . El nombramiento de uno o varios comisarios. Las facultades de la asamblea general y las condiciones para la validez de sus deliberaciones

7 La administracion de la sociedad anonima estará a cargo de uno o varios mandatarios temporales y revocables, pudiendo ser socios o personas extraña ala sociedad. La asamblea general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad, podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de esta y de sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe o, falta de designación, por el administrador o por el consejo de administración

8 Cuentas relativAS AL CAPITAL EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS
Se debe tomar en cuenta en primer lugar si sociedad se constituyo bajo régimen de capital fijo o de capital variable porque de esto depende el tipo de cuentas que se deban manejar. Las cuentas que se utilizan en la sociedades de capital fijo variable son: Capital social Accionistas Exhibiciones decretadas Acciones en tesorería Depositantes de acciones

9 Capital social: Accionistas:
Esta cuenta se acredita por el importe del capital social, de la compañía en su fecha de constitución Se carga de las diminuciones que se hagan del capital social una vez cubiertos los requisitos que establece la ley y vigilando que no afecte al saldo mínimo. Accionistas: Esta cuenta se utiliza cuando los accionistas cubran en parcialidades el valor de sus acciones. Se cargara con crédito ala cuenta de capital social por el importe del capital total suscrito. Se abonara de las exhibiciones que vayan asiendo los accionistas.

10 Exhibición decretadas:
Esta cuenta se carga con crédito a la cuenta de accionista. Se abona de los pagos de la exhibición decretada que efectúan los accionistas en efectivo o en especie. Acciones en tesorería y depositante de acciones: Estas son cuentas de orden y tienen como finalidad registrar el valor nominal de las acciones liquidadas en especie. El saldo de acciones en tesorería será siempre deudor y la depositante de acciones será acreedor.

11 Las cuentas de sociedad de capital variable son:
Acciones emitidas y emisión de acciones Capital suscrito o capital social Exhibiciones decretadas Acciones en tesorería y depositante de acciones Acciones emitidas y emisión de acciones: Estas dos cuentas son de «orden» y tienen como propósito registrar el total del capital autorizado que tenga la sociedad. La cuenta de acciones emitidas tendrá invariablemente saldo deudor y la de emisión de acciones saldo acreedor.

12 Capital social fijo: Esta cuenta solo tendrá movimiento al constituirse la sociedad y se podrá cambiar únicamente cuando se modifique la escritura constitutiva.

13 Capital social variable :
la diferencia fundamental que existe entre una sociedad de capital social fijo y una de capital social variable, es el uso de las cuentas de orden denominadas acciones emitidas y emisión de acciones

14 La sociedad anónima, pues, es la sociedad tipo de capital, en opción a la sociedad personas. Podemos definirla, como la que existe bajo una denominación, con un capital social que se divide en acciones, que pueden representarse por títulos valores, y que esta compuesta exclusivamente de socios que solo son responsables por el pago de sus acciones.

15 Al tratar de este tema L. Ribo Duran y J
Al tratar de este tema L. Ribo Duran y J. Fernández, subrayan que es conocida también como sociedad por acciones y compañía anónima. Es la forma de sociedad mercantil mas significada y la mas capitalista de las sociedades colectivas.

16 Constitución Simultánea.
Para proceder ala constitución de una sociedad anónima se requiere Que el capital social no sea de menor cien mil colones y que este íntegramente suscrito; que se pague en dinero efectivo, cuando menos, el veinticinco por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario; y, Que se satisface íntegramente el valor de cada acción, cuando su pago haya de efectuarse en todo o en parte, con bienes distinto del dinero

17 Acciones que no representan parte del capital social:
Acciones de goce o certificados de goce. Acciones de fundador o bonos de fundador. Acción de trabajo. Acciones preferentes. El art. 113 de la LGSM establece un 5% de dividendo alas acciones preferentes (de voto limitado) mismo que deberá asignarse antes que alas acciones ordinarias. También menciona que cuando no hayan dividendo o sean inferiores a dicho 5% se cubrirá este en los años siguientes.

18 Acciones comunes. Son aquellas que confieren a sus poseedores legítimos los derechos y establecido en el contrato social. Las acciones comunes dan a sus tenedores el derecho de votar en las asambleas ordinarias y extraordinarias, sobre todo los puntos que marca la LGSM en sus art. 181 y 182. Las acciones autorizadas que se han emitido y se encuentran en poder de los accionistas se conocen como acciones suscritas o pagadas.

19 Acciones desertas. Cuando una acción íntegramente cubierta, tendrá que hacerse exhibiciones periódicas hasta cubrir su importe en los plazos que fije el contrato social o acuerde la asamblea general de accionistas. El art. 118 indica que cuando constare en las acciones el plazo en que deban pagarse las exhibiciones y el monto de esta, transcurrido dicho plazo, la sociedad procederá a exigir judicialmente, en la vía sumaria, el pago de las exhibiciones o bien a la venta de las acciones. El art. 119 dice que si no consta en las acciones el plazo o el monto de las exhibiciones, deberá hacerse una publicación por lo menos treinta días antes de la fecha señalada para el pago del periodo oficial de la entidad federativa a que corresponda el domicilio de la sociedad

20 El aspecto contable por lo anteriormente expuesto se divide en dos apartados
Cuando se venden las acciones desertas Cuando no se logran vender Ahora consideramos el caso de las acciones desertas cuando no son vendidas y se tiene que disminuir el capital social de la empresa de que se trate. Esta disminución del capital social deberá ser por el total del valor nominal de las acciones que quedaron desertas. Cuando esto suceda el primer termino se procederá a saldar la cuenta de exhibiciones decretadas por la cuenta de acciones desertada.

21 Ya cubiertos los requisitos se procederá a a disminuir el capital por medio de un asiento contable cargando a la cuenta de capital social (por el valor nominal de las acciones desertadas) con abono ala cuenta de acciones desertas(art.121). Después se procede a cargar la cuenta de acciones desertas con abono ala cuenta de accionistas por el importe de las exhibiciones no cubiertas por las acciones desertas.

22 Accionistas de goce. Son títulos normativos denominados también certificado de goce y no representan parte del capital social; se expide cuando se amortizan acciones que si forman parte del capital social. Los certificados de goce pueden estipular intereses atreves de sus proveedores o bien dividendo una vez que se les paga a los accionistas, es decir gosaran de utilidades despues de que se pagan los dividendo a los accionistas. Tambien pueden estipular participacion relativa en la liquidacion del caoital contable.

23 Para llevar a cabo la amortizacion debe tener los siguientes requisitos:
Que se decrete la amortizacion por la asamblea general de accionistas. Que las acciones estén íntegramente pagadas. La amortización de las acciones desde el punto de vista contable presenta dos variables: Que se fije en la escritura social el valor en que van a ser amortizada las acciones. Que no se fije este valor en la escritura o que lo fije la asamblea general de accionistas que acordó la amortización.

24 Primer caso: cuando se conoce el valor al que se van amortizar.
En este caso desde el inicio de la sociedad, se debe separa de las utilidades repartibles cada ejercicio social, una cantidad para formar la reserva que pueda cubrir su amortización. El precio en que se adquieren las acciones y que figuran en las escrituras constitutiva puede ser igual o mayor a su valor nominal. Segundo caso: cuando no se fije el precio o lo haga la asamblea general de accionistas. Cuando se desconoce el valor ha que a de amortizarse las acciones, la reserva debe crearse e incrementarse de acuerdo con el valor real de las acciones.

25 Acciones de trabajo. Aspecto contable.
Estos títulos nominativos tampoco representa parte del capital social, ya que por lo general se donan, regalan o ceden a obreros empleados, etc. Aspecto contable. Para el control de las acciones de trabajo se manejaran tres cuentas de orden, las cuales se podrán denominar: Acción de trabajo Emisión de acciones de trabajo Acciones de trabajo en circulación

26 La primera de ellas es de naturaleza deudora y representa su saldo las acciones de trabajo emitidas.
La de emisión de trabajo es de naturaleza acreedora y su saldo significara las acciones de trabajo pendiente a ceder y las acciones de trabajo pendiente de ceder, y las acciones de trabajo en circulación también de saldo acreedor, representa las acciones cedidas a los trabajadores o empleados.

27 Bonos de fundador. Aspecto contable.
Esta clase de títulos nominativos tampoco representa parte del capital social de una sociedad de capitales, son títulos que se donan o regalan a funcionarios promotores, fundadores, gobernantes, etc. Aspecto contable. esta clase de títulos se controlan mediante cuentas de orden que podrían denominarse: Bonos de fundador Emisión de bonos de fundador Bonos de fundador en circulación

28 VALOR A LA PAR, SOBRE LA PAR Y BAJO LA PAR
En ocasiones al decretarse un aumento de capital social las acciones son vendidas a un precio mayor así valor nominal. La diferencia entre ambos precios se considera un superávit de capital por prevenir de una actividad diferente del giro de la empresa, sin embargo la cuenta no siempre se denominara ‘‘prima en ventas de acciones’’ porque dependerá si el excedente entre el valor de mercado y el valor nominal supera el valor real de la acción.

29 Emisión de acciones comunes sin valor nominal
La fracción IV del art. 125 de la LGSM en su segundo párrafo dice: Cuando así lo prevenga el contrato social, podrá omitirse el valor nominal de las acciones, en cuyo caso también se omitirá el importe del capital social. Cuando las acciones no tienen el valor nominal se puede se puede determinar su valor en libros y en cierto caso el valor de cotización.

30 Bonos de trabajador Tiene las mismas características generales de los bonos de fundador, solamente que se emiten a favor de personas que prestan sus servicios a la sociedad y que no pueden emitirse al portador. Las condiciones específicas de su emisión, las fijan el pacto social de la sociedad emisora.

31 Split de acciones . En ocasiones y con el propósito d aumentar el atractivo bursátil de mercado de una acción la empresa puede recurrir al procedimiento de aumentar el numero de acciones en circulación sin modificar el importe del capital suscrito y pegado.

32 Reglas de valuación y de presentación de las acciones.
Reglas de valuación: los valores relativos a todos los conceptos del capital contable se expresaran en unidades de poder adquisitivo a la fecha del balance. El capital social representa la suma del valor nominal de las acciones suscritas y su actualización correspondiente. En el caso de capital social representado por acciones sin expresión de valor nominal, estas se consideran al valor que conste al acta de suscripción o cambios de capital.

33 Reglas de representación
En el caso de que existan anticipos de accionistas para futuros aumentó a capital social de la entidad, estos se presentaran en un reglón por separado dentro del capital contribuido, siempre y cuando exista evidencia formal de que se aplicaran para aumentos a capital social en el futuro, pues de lo contrario estas cantidades deberán formar parte del pasivo a cargo de la entidad.

34 Clases de juntas Se regulan diferentes tipos de juntas por razón tanto de la materia a tratar, como de su composición y de la exigencia o no de convocatoria regular: Juntas ordinarias; Juntas extraordinarias; Juntas universales o totalitarias; y Juntas especiales.

35 Juntas ordinarias Las que tienen por objeto conocer de los temas previstos en el Art. 223 com. Deberán reunirse al menos una vez al año dentro de los cinco meses siguientes a la clausura del ejercicio social. Para su valida constitución en primera fecha el Art. 240 exige la concurrencia de por lo menos la mitad mas una de las acciones que tengan derecho a votar. Una vez constituida legalmente, las resoluciones solo serán validas cuando se tomen por mayoría de votos presentes.

36 Juntas extraordinarias
A diferencia de la ordinaria, cuya celebración es imperativa cuando menos una vez al año, la extraordinaria no es imperativa pudiendo celebrarse para la decisión de los asuntos relacionados en el Art C. Com.

37 En primera convocatoria requieren el quórum de tres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad, no de las acciones con derecho a votar y para adoptar acuerdos se requiere identifica proporción (¾ de las acciones presentes); En segunda convocatoria, la constitución requiere la concurrencia de la mitad, mas una de las acciones que componen el capital social y para la adopción de acuerdos el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes; y

38 En la tercera convocatoria, se constituirá válidamente cualquiera que sea el número de acciones concurrentes y serán validos los acuerdos adoptados por mayoría de votos de las acciones presentes. Art 243: III COM.

39 Juntas Totalitarias o Universales
“No obstante lo dispuesto en el Art Com., no será necesaria la convocatoria a junta general ordinaria o extraordinaria, si hallándose reunidos los accionistas o representantes de todas las acciones en que está dividido el capital social, acordaren instalar la junta y aprobaren por unanimidad la agenda”.

40 Si la finalidad de la convocatoria es posibilitar la asistencia de todos los accionistas a la junta, parece lógico que se entienda cumplido el trámite si se cumple los tres requisitos que la norma exige: Que estén presentes o representados la totalidad de los accionistas; Que por unanimidad acuerden instalar la junta; y, Que aprueben, también por unanimidad la agenda.

41 Juntas Especiales Dos tipos de juntas especiales, uno el contemplado en el Art. 243: V COM. Al disponer que “siempre que la ley determine proporciones especiales para los asuntos que deban tratarse en juntas generales extraordinarias, se entenderá que estas tendrán aplicación en las sesiones de primera convocatoria ulteriores se regirán por lo indicado en este articulo”;

42 otro, el previsto para aquellas que solo se componen de un grupo más o menos numeroso de accionistas, que tienen algún derecho especial, como indica el Art Com. Estas juntas se regirán por las normas que la ley establece para las generales en lo relativo a convocatoria, publicidad, orden del día, lugar de reunión, asistencia por representantes, actas, y otros.

43 Gracias por su atención prestada
El alma del perezoso desea, y nada alcanza; mas el alma de los diligentes será prosperada. Gracias por su atención prestada


Descargar ppt "integrantes Kevin Manuel Flores Aldana Hugo Oswaldo Erazo Ramírez"

Presentaciones similares


Anuncios Google