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AVANCES EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE AUTORIDAD SANITARIA Y GESTIÓN REFORMA DE LA SALUD.

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Presentación del tema: "AVANCES EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE AUTORIDAD SANITARIA Y GESTIÓN REFORMA DE LA SALUD."— Transcripción de la presentación:

1 AVANCES EN EL PROYECTO DE LEY SOBRE AUTORIDAD SANITARIA Y GESTIÓN REFORMA DE LA SALUD

2 TRAMITES LEGISLATIVOS zPresentado a discusión parlamentaria. zAprobado en general en la Cámara de Diputados y despachado en su 1º Trámite Constitucional. zEn 2º Trámite Constitucional en el Senado. Concluido el primer trámite reglamentario fue aprobado en la Comisión de Salud del Senado. Aprobado en general por unanimidad en Sala.

3 ASPECTOS RELEVANTES DEL PROYECTO zA. Autoridad Sanitaria: funciones, Consejos Asesores, estructura y organización interna, Seremis. zB. Gestión de la atención en salud: Servicios de Salud, Red Asistencial y Establecimientos de Autogestión en Red. (EAR) zC. Gestión de los Recursos Humanos: modernización de la carrera funcionaria, incentivos de carácter remuneratorio, programa transitorio de incentivo al egreso.

4 A.1. FUNCIONES DEL MINSAL z Entre otras: 4 Ejercer la rectoría del sector salud (formulación, control y evaluación de políticas, planes y programas generales en materia de salud). 4 Formular, evaluar y actualizar los lineamientos estratégicos del sector salud o Plan Nacional de Salud; 4 Dictar normas grales. sobre materias de su competencia; 4 Fiscalizar el cumplimiento de las normas a través de la Seremi

5 A.2. CONSEJOS ASESORES zConsejos Consultivo de Salud --> Plan Nacional de Salud zConsejo Consultivo de la Calidad --> elaboración de protocolos, acreditación, certificación.

6 A.3. ESTRUCTURA DEL MINSAL zCreación de Dos Subsecretarías A. Subsecretaría de Redes Asistenciales - articulación de la Red Asistencial - desarrollo de la Red Asistencial - regulación de la prestación de serv. de salud B. Subsecretaría de Salud Pública - administración y servicio interno del Minsal - promoción de la salud, vigilancia, prev. y control de enfermedades.

7 A.4. AUTORIDAD REGIONAL zRadicada en la SEREMI zFiscaliza las normas del Código Sanitario y demás leyes complementarias, (tendrá todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario le confiere). zCon las funciones que establece la ley (art 14 C) zEn general, serán de su competencia las materias que corresponden a los S.S. y que no dicen relación con la ejecución de acciones integradas de curación, rehabilitación y cuidados paliativos de salud.

8 B.1. GESTION ATENCION en SALUD zSe redefine el rol de los Servicios de Salud zSe elimina el SESMA  A cargo de un Director seleccionado, designado y evaluado conforme a la ley --> Profesional universitario con competencia en el ámbito de la gestión en salud, nombrado en un proceso de selección público y evaluado anualmente por el Ministerio, de acuerdo a su gestión y con los objetivos diseñados al momento de su nombramiento.

9 B.1 LA RED ASISTENCIAL zLa Red Asistencial de cada Servicio de Salud estará constituida por el conjunto de establecimientos asistenciales públicos, incluidos los de A.P. de salud municipal, y demás establecimientos públicos o privados en convenio con el Servicio de Salud respectivo. La Red Asistencial de cada Servicio de Salud deberá colaborar y complementarse con la de los otros Servicios de Salud.

10 B.1 LA RED ASISTENCIAL z La Red Asistencial tendrá un 1º nivel de A. P. (establ. con un territorio determinado y población a cargo); con otros niveles de mayor complejidad que recibirán sólo derivaciones del 1º nivel, salvo casos de urgencia y otros que señalen la ley y los reglamentos. z Los establecimientos de A.P. estarán supeditados a las mismas reglas técnicas y serán supervisados y coordinados por el S.S. respectivo.

11 B.2. ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTIÓN EN RED zÓrganos funcionalmente descentralizados del correspondiente S.S. zContinuadores legales de los S.S. en las funciones asistenciales que les corresponden. zDeberá funcionar coordinado con el S.S. que integra formando parte de la Red Asistencial de éste.

12 B.3. DIRECTOR DE LOS EAR zSegundo nivel jerárquico del S.S. zNo queda sometido al control jerárquico del director del S.S. en relación al ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley. zFunciones que establece la ley.

13 B.3.OBLIGACIONES DE LOS EAR x1.Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el director del S.S. x2.Atender beneficiarios de la ley 18.468 y 16.744 referidos por alguno de los establecimientos de la Red y los casos de urgencia o emergencia, en el marco de los convenios correspondientes. x3.Mantener sistemas de información compatibles con los de la Red Asistencial. x4.Entregar información estadística y de atención de pacientes que le sea solicitada.

14 ESTANDARES A CUMPLIR zLas obligaciones anteriores. zEstar registrado en la Superintendencia. zHaber implementado satisfactoriamente sistemas o mecanismos de gestión y desarrollo de competencias. zMantener equilibrio presupuestario y financiero. zLograr el cumplimiento de las metas que se determinen con relación a niveles de satisfacción de los usuarios. zLograr una articulación adecuada con la Red. zCumplir metas de registro y reducción de listas de espera que se hubieren convenido con el director del S.S. o el Subsecretario de Redes.

15 EVALUACIÓN y AUDITORÍAS zEvaluación anual efectuada por el Subsecretario de Redes para la verificación del cumplimiento de los estándares. zAuditorías anuales de la gestión administrativa y financiera.

16 PLAN DE AJUSTE Y CONTINGENCIA zDetectado incumplimiento: plazo de 15 días hábiles, prorrogables, para presentar Plan de Ajuste y Contingencia. zAprobado el Plan: deberá implementarse en el plazo que se acuerde, el que no será superior a 120 días. zRechazado el Plan, no presentado o evaluado insatisfactoriamente: el director cesará en sus funciones y el personal directivo no recibirá las asignaciones.

17 C. SUPERINTENDENCIA DE SALUD zOrganismo funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio. zEstructura orgánica y funcional: a. Intendencia de Seguros Previsionales de Salud (ISAPRE y FONASA para el Régimen de Garantías). b. Intendencia de Prestadores de Salud.

18 ORGANIGRAMA FORMAL DEL SECTOR SALUD

19 ORGANIGRAMA FUNCIONAL AUTORIDAD SANITARIA VII REGION SEREMI CONSEJO TECNICO ADMINISTRATIVO CONSEJO ASESOR SOCIEDAD CIVIL GABINETE OFICINAS TERRITORIALES (3) DEPTO. AUDITORIADEPTO. JURIDICO DEPTO. ESTADISTICA DEPTO. PLANIFICACION Y EPIDEMIOLOGIA DEPTO. FISCALIZACION COMPIN DEPTO. USUARIOS DEPTO. GESTION PRESUPUESTO Y ADMINISTRACION


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