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LEYES DE INCENTIVO A LA EXPORTACION

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Presentación del tema: "LEYES DE INCENTIVO A LA EXPORTACION"— Transcripción de la presentación:

1 LEYES DE INCENTIVO A LA EXPORTACION
Dirección General de Regímenes Especiales

2 ZONAS LIBRES DECRETO # 356 DEL 19 DE JULIO DE 1976
Modificación Decreto # del 20 de mayo de 1998. Sección IV. Articulo 17. Cambia la denominación original a LEY DE ZONAS LIBRES, extiende los beneficios a todo el territorio nacional. Decreto Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Público Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Anti evasión

3 BENEFICIOS ZOLI Exoneración del pago de impuestos arancelarios, cargos, recargos, impuestos internos, de consumo y demás impuestos y gravámenes de las mercancías introducidas en la Zona, que tengan relación directa o indirecta con las operaciones aduaneras de importación y exportación. Exoneración del pago de impuestos y contribuciones municipales Exoneración del pago del Impuesto Sobre la Renta.

4 OPERACIONES QUE PUEDEN REALIZAR LAS EMPRESAS DENTRO DE ZOLI
Introducir, retirar, almacenar, manipular, embalar, exhibir, empacar, desempacar, comprar, vender, permutar, manufacturar, mezclar, transformar, refinar, destilar, armar, cortar, beneficiar y en general operar toda clase de mercancías, productos y materias primas, envases y demás efectos de comercio y cualquiera otra actividad similar, con la única excepción de los artículos cuya importación, comercio y fabricación sea prohibida de conformidad con las leyes vigentes. Operaciones, transacciones, negociaciones y actividades permanentes o incidentales afines al establecimiento y funcionamiento de las Zonas Libres.

5 TIPOS DE EMPRESAS: Operadora: Empresa autorizada para operar y administrar una Zona Libre (arrendadora de naves) Usuaria: Es toda persona natural o jurídica, establecida en una Zona Libre y que se dedica a realizar las operaciones permitidas por la Ley y su Reglamento. Operadora Usuaria: Empresa autorizada para operar, administrar y realizar las operaciones permitidas por la ley y su Reglamento. (combinación de Operadora y Usuaria)

6 CATEGORÍAS Empresa comercial básicamente de reexportación: importa productos terminados y reexporta no menos del 50% de sus ventas anuales. Empresa industrial básicamente de exportación: se dedica a la transformación mecánica, física o química de materias primas, productos semielaborados o artículos terminados, para su exportación, pudiendo nacionalizar parte de su producción.

7 CATEGORÍAS Empresa de Servicios/ actividades conexas o complementarias: desarrolla actividades económicas que sirven de apoyo directo e indirecto a los usuarios de la misma. Empresas de Servicios Internacionales por medios electrónicos: Ofrecen servicios de centros de contacto o call centers, procesamiento de datos, back offices, tecnologías de información o cualquier otro servicio que se pueda ofrecer por la vía electrónica, utilizando medios alámbricos o inalámbricos. Esta actividad también puede ser beneficiada por medio de la Ley de Fomento a atención de Llamadas y Tercerización de Servicios Empresariales

8 REQUISITOS OPERADORAS OPERADORA USUARIA USUARIA
Solicitud por medio de Apoderado Legal Fotocopia del Registro Tributario Nacional. Carta poder. Ídem Solicitud puede ser presentada por el Gerente o Representante Legal Fotocopia del RTN. Generales de la empresa. Monto de la inversión, número de empleados a generar con sus respectivos sueldos y salarios (proyecciones a 3 años). Actividad o servicios que prestará Producto que elaborará Mercados de exportación Divisas que generará.

9 DOCUMENTOS A ADJUNTAR OPERADORAS OPERADORA USUARIA USUARIA
Copia de RTN y recibo TGR-1 por L Ídem Fotocopia de: Escritura Pública de Constitución de la Sociedad Mercantil/ Declaración de Comerciante Individual/ Autorización para ejercer el comercio, todas debidamente inscritas en el Registro de Comerciantes Sociales. Acreditar un Representante Permanente de la empresa, por medio de poder otorgado en Escritura Pública. Plano descriptivo del inmueble en donde se desarrollará el proyecto. Título de propiedad del inmueble en el que se instalará, o en su defecto contrato de arrendamiento, otorgado a un plazo no menor a cinco (5) años. Copia del contrato de arrendamiento suscrito entre la Operadora y la Usuaria /Constancia de suscripción de contrato Autorización de CONATEL (caso requerido)

10 Proceso de autorización Operadoras Usuarias
Ingreso a Secretaría General Admisión de Solicitud. Traslado a Regímenes Especiales. Análisis de solicitud, inspección de campo y elaboración de Dictamen. Secretaría General / envió a SEFIN Traslado a Secretaría de Finanzas. Para Dictamen previo. Solicitud Recibida de SEFIN. Elaboración de Resolución y Certificación de Resolución Gestión de firmas Entrega de CERTIFICACION. La solicitud de registro de Usuarias, puede resolverse en 1 día hábil.

11 LEY DEL REGIMEN DE IMPORTACION TEMPORAL

12 Decreto 39-97 Permite exportar a Centro América.
REGIMEN DE IMPORTACIÓN TEMPORAL DECRETO 8-85 DEL 4 DE SPTIEMBRE DE 1985, DECRETO DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1984 y ACUERDO DEL 6 DE MAYO DE 1987 REFORMAS A LA LEY RIT. Decreto Decreto Permite exportar a Centro América. Decreto Deroga el Beneficio del Impuesto S/Renta Decreto Deroga el pago del 1% s/exportaciones Decreto Desgrava la Tasa del Servicio Adminisvo Aduanero) Decreto Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Público Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Anti evasión

13 BENEFICIOS Es el Régimen Aduanero que permite recibir dentro del territorio aduanero con suspensión, del pago de derechos aduaneros, derechos consulares, incluyendo el impuesto general de ventas  y cualesquiera otros impuestos y recargos que cause la importación de: Materia primas, productos semielaborados, envases, empaques y otros insumos que sean necesarios para producir los bienes o servicios que se exporten. Maquinaria, equipo, moldes, herramientas, repuestos y accesorios y otros si se usan exclusivamente para ensamblar, transformar, modificar o producir los bienes o servicios destinados a la exportación. Muestrarios, instructivos, patrones, maniquíes y modelos necesarios para ajustar la producción de bienes y servicios a las normas y diseños exigidos en el mercado internacional y para fines demostrativos de investigación o instrucción. Adicionalmente están exentas del pago de impuesto sobre ventas en las Compras locales.

14 TIPOS DE EMPRESAS A INCORPORARSE
Industriales Agroindustriales

15 Que mas ofrece un (RIT)……
SUBCONTRATACION: La relación que bajo su responsabilidad establezca el beneficiario con otras personas naturales o jurídicas del país para la realización de procesos de manufactura con bienes sujetos al Régimen.

16 COMPLEMENTACION: permite al beneficiario traspasar a cualquier título los bienes o servicios importados bajo el Régimen a otras empresas dentro del territorio nacional, beneficiarias o no del Régimen cuando estas empresas los incorporen físicamente o los necesiten para complementar o modificar otros productos que sean exportados a países no centroamericanos.

17 TRANSFERENCIA: Constituye el traspaso a cualquier título de bienes importados bajo el Régimen a empresas que operen en Zonas Libres o Zonas Industriales de Procesamiento para Exportaciones (ZIP).

18 REQUISITOS PARA INCORPORARSE AL RIT
Solicitud presentada por medio de Apoderado Legal. Acreditará la siguiente información: Nombre, Razón Social o Denominación Social, Registro Tributario Nacional, nacionalidad, domicilio y ubicación de la planta industrial, y demás generales de la solicitante y de su Representante. Escritura Pública de Constitución de la Sociedad o Comerciante Individual, Acta Notarial debidamente registrada. Poder legalmente otorgado, sea en Carta Poder u otra forma, lo anterior autenticado.

19 Estudio Socio Económico
Descripción de los productos a exportar indicando volumen y valor por producto, señalando los principales mercados a los cuales exportará. Estructura ocupacional. Capacidad de producción instalada y aprovechada. Resumen de su proceso de producción.

20 Maquinaria, equipo y herramientas a utilizarse.
Listado de bienes a importar al amparo del Régimen de Importación Temporal, indicando su respectiva partida arancelaria: Maquinaria, equipo y herramientas a utilizarse. Materias primas, productos semielaborados, envases empaques y otros insumos. Coeficientes de utilización y porcentaje estimado de mermas, pérdidas o desperdicios de las materias primas o insumos a importar.

21 El Estudio Socio Económico contendrá la Información Financiera
Proyectada a 3 años de: Balance General detallado con valores en Lempiras. Estado de Resultados con sus respectivos desgloses y por origen del gasto nacional y externo, (Valores en Lempiras). Estimación del Ingreso Neto de Divisas. Estimación del Valor Agregado a costo de factores.

22 Procedimiento para gestión de compras exoneradas
Presentar solicitud ante la Secretaría de Finanzas SEFIN solicita dictamen técnico a la Secretaría de Desarrollo Económico y estatus en DEI. SEFIN emite Resolución, contentiva del listado a exonerar. Presentar Resolución ante la DEI para obtener las órdenes de compra excentas.

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24 CONTACTOS Dirección General de Regímenes Especiales
Tel / Correo:


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