Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
1
PROGRAMA COMERCIO INTERNACIONAL
Integrantes: Luisa Fernanda Gómez Gisel Guzmán Zamir puentes Jimmy Torres
2
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
DECLARACION ADUANERA SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
3
SON OBLIGADOS A DECLARAR
El importador es quien realiza la operación Las personas naturales o jurídicas que conforman los consorcios o uniones temporales con el fin de celebrar contratos con entidades estatales SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
4
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Identificación de las mercancías Cobro de tributos aduaneros y sanciones Aplicación régimen aduanero Totalidad de datos y requisitos exigidos por el régimen aduanero Condiciones de la DIAN SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
5
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
La declaración se puede presentar en el momento del arribo de la mercancía En los plazos que determine la DIAN Dentro del plazo de permanencia en deposito temporal SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
6
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
Antes de la presentación y aceptación de la declaración y a lo largo de 5 años debe el declarante conservar Registro y licencia de importación Documentos de transporte Factura comercial Certificado de origen Certificados sanitarios o los exigidos por normas especiales SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
7
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
Lista de empaque Mandato o declaración de importación Cuando las mercancías amparadas en un registro o licencia de importación, certificado de origen, documento de transporte, factura comercial, sean objeto de despachos parciales, el declarante deberá dejar constancia de cada una de las declaraciones presentadas al dorso del original o copia del documento correspondiente, indicando el número y fecha de aceptación de la Declaración de Importación y del levante, así como la cantidad declarada SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
8
DETERMINACION DE AFORO
Aceptada la declaración, de manera inmediata la autoridad aduanera a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, con fundamento determinará las mercancías que deban ser sometidas al aforo físico, documental o no intrusivo. En los demás eventos se autorizará el levante automático de la mercancía. SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
9
LEVANTE DE LA MERCANCIA
Cuando la DIAN a través de servicios informáticos así lo autorice Cuando después del aforo documental se establezca la conformidad entre lo declarado y los documentos soportes Cuando después del aforo documental se establezca conformidad entre los declarado y loa forado SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
10
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
El levante deberá obtenerse dentro del término de permanencia en el depósito temporal previsto SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
11
DECLARACIONES DEL REGIMEN DE IMPORTACION
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
12
DECLARACION ANTICIPADA
Es la declaración que se presenta con antes del arribo de la mercancía al territorio nacional aduanero SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
13
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
DECLARACION INICIAL Es la primer declaración que se presenta la cual permite acreditar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
14
DECLARACION DE CORRECCION
Es para corregir errores como sub-partidas arancelarias, tarifas, tasa de cambio, sanciones operación matemática, valor FOB, fletes, valor en aduana. Esta se lleva a cabo después de un aforo y dentro de la corrección se deben liquidar los mayores, tributos, intereses o sanciones que haya lugar. SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
15
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
LEGALIZACION Se puede legalizar en los siguientes casos la mercancía: Cuando se informa oportunamente los excesos o sobrantes no sean justificados por el transportador. Cuando existe abandono legal Cuando arribe una mercancía a territorio nacional aduanero con excesos o sobrantes sin amparo del documento de transporte SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
16
REGIMENES ADUANEROS DE IMPORTACION
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
17
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
CONSUMO Son las mercancías importadas desde el exterior o de zona franca pueden circular libremente en territorio aduanero nacional luego de pago de tributos y sanciones que hubiere lugar SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
18
REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Es la reimportación de mercancía exportada temporalmente para su transformación, elaboración o reparación SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
19
IMPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
Mercancías que tiene libre circulación pero que son declaradas bajo esta modalidad, cumpliendo requisitos y condiciones establecidas por la DIAN, sin necesidad de tener licencia de importación SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
20
MERCANCIAS CON VALOR INSIGNIFICANTE
Es la importación de mercancías con un valor FOB inferior a mil dólares estadounidenses, las cuales están exentas de gravamen arancelario SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
21
MATERIAL PUBLICITARIO
El material que ingresa de manera temporal al país para ferias, exposiciones, promoción de mercancías, siempre y cuando su presente sea descalificado para la venta. SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
22
ADMISION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
23
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
Se permite la importación al territorio aduanero para determinadas mercancías destinadas a la reexportación, sin modificación alguna en determinado plazo SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
24
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LEASING Se podrá celebrar contratos de arrendamiento financiero sobre bienes importados bajo el régimen de admisión temporal de largo plazo SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
25
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
ADMISION TEMPORAL DE AERONAVES DE SERVICIO PRIVADO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
26
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
Son aeronaves de matricula extranjera que se usan para transportar exclusivamente a como medio de transporte de personas que arriben al país con el fin de mantener actividades comerciales. Solo se conceden a personas jurídicas que hayan tenido dos mil millones de pesos a Diciembre del año anterior SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
27
REGIMENES DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
28
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
Permite el ingreso al territorio nacional aduanero con suspensión total o parcial de tributos aduaneros para mercancías destinadas a ser reexportadas total o parcialmente SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
29
REGIMENES ADUANEROS DE EXPORTACION
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
30
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
REGIMEN DE EXPORTACION DEFINITIVA REEXPORTACION REGIMEN DE REEXPORTACION TEMPORAL PARA LA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
31
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
REEMBARQUE REGIMEN DE EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
32
SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042
GRACIAS SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.