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CONTRATO DE TRABAJO.

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Presentación del tema: "CONTRATO DE TRABAJO."— Transcripción de la presentación:

1 CONTRATO DE TRABAJO

2 ¿QUÉ ENTENDEMOS POR CONTRATO?
Según el artículo 1247 del Código Civil: “Contrato es una convención por la cual una parte se obliga para con la otra, o ambas partes se obligan recíprocamente a una prestación cualquiera, esto es, a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.

3 ¿Qué requisitos son necesarios para la validez de los contratos?
1- Consentimiento de las partes. 2- Capacidad legal de la parte que se obliga 3- Un objeto lícito y suficientemente determinado que sirva de materia de la obligación. 4- Que sea lícita la causa inmediata de la obligación. Esto se entenderá sin perjuicio de la solemnidad requerida por la ley en ciertos contratos.

4 ¿Qué se entiende por contrato de trabajo?
El ingreso voluntario a una relación de trabajo, con independencia que sea escrito o verbal.

5 Elementos del contrato de trabajo.
Actividad personal. Subordinación (técnica, jurídica y económica). Onerosidad. Durabilidad.

6 Caracteres: 1- Bilateral 2- Oneroso 3- Conmutativo
4- Principal 5- Consensual 6- De tracto sucesivo

7 Contrato de trabajo atípico.
ATIPICIDADES: 1- Relativas al tiempo: tiempo parcial. 2- Estabilidad del vínculo: contratos de tiempo determinado 3- Trabajo a domicilio. 4- Relacionamiento simultáneo del trabajador con varios empleadores.

8 ¿Qué causa las atipicidades en los contratos de trabajo?
Causas económicas (crisis económicas) El desempleo Causas demográficas (exceso de población) Debilitamiento del sindicato

9 Tipos de contratos atípicos:
CONTRATO A PRUEBA Se realiza por un tiempo determinado (máximo 90 días). Tiene por objeto darle tiempo al empleador para conocer cómo trabaja el trabajador, y a éste para ver si se adapta al trabajo para el cual fue contratado. Sólo puede realizarse una única vez en el momento que comienza la relación laboral. Debe estipularse por escrito. Concluido el período de prueba, si ninguna de las partes tiene intención de terminar con la relación laboral, automáticamente se convierte en un contrato por tiempo indefinido.

10 CONTRATO ZAFRAL Su duración está vinculada a los ciclos de la
naturaleza. Está principalmente vinculada a las actividades turísticas y agropecuarias. Los trabajos zafrales sólo duran cierta parte del año y se repiten periódicamente todos los años en la misma época. Debe ser un contrato escrito para que pueda probarse su existencia.

11 CONTRATO TEMPORAL Actividades que son permanentes, pero que en determinada época del año tienen un gran incremento. Por ejemplo, fiestas navideñas, fin de año, etc. Debe ser escrito para ser probada su existencia.

12 CONTRATO DE SUPLENCIA Vínculo entre el trabajador y un empleador en ausencia del trabajador titular. Es un trabajo transitorio, ya que el trabajador suplente se desempeña por un tiempo determinado en el lugar del trabajador titular. Debe ser un contrato escrito o la acreditación de ciertas circunstancias: notoriedad de la ausencia del trabajador titular desempeño de tareas similares ocupación del mismo lugar de trabajo.

13 TELETRABAJO Todo trabajo efectuado a distancia a través de las tecnologías de la información y la comunicación. No requiere la presencia física del trabajador en la empresa.

14 Modalidades de teletrabajo:
1- Según el lugar donde se desarrolla: en domicilio Telecentros centros de llamadas teletrabajo transfronterizo. 2- Según el tipo de comunicación entre el trabajador y la empresa: fuera de línea en línea unidireccionalmente conectado interactivo. 3- Según el vínculo jurídico entre el trabajador y el empleador: subcontratación informática teletrabajo autónomo.

15 TERCERIZACIÓN Proceso por el cual una empresa transfiere a otra tercera, parte de su actividad. Una empresa sólo puede tercerizar aquéllas actividades que sean secundarias o accesorias y nunca las que constituyen el rubro principal. La empresa tercera, debe ser autónoma. La ley de 2007, establece la responsabilidad solidaria de las empresas que tercerizan servicios, con las empresas tercerizadas.

16 Prof. Elena Pazos


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