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¿Qué mueve a una mujer/pareja a cruzar las fronteras de su país para ser madre/padres? Atención reproductiva transfronteriza Marta Rodríguez García Clínica.

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1 ¿Qué mueve a una mujer/pareja a cruzar las fronteras de su país para ser madre/padres? Atención reproductiva transfronteriza Marta Rodríguez García Clínica Tambre. Madrid

2 Cross border reproductive care (CBRC) o Atención reproductiva transfronteriza: desplazamiento del individuo o pareja desde su país de origen a otro país para acceder a las técnicas de reproducción asistida (TRA) Termino acuñado por la ESHRE

3 IMPORTANCIA DEL FENÓMENO DE LA ATENCIÓN REPRODUCTIVA TRANSFRONTERIZA. En 2011 la ESHRE estimó que anualmente se realizan: -11.000 a 14.000 pacientes -25.000 a 30.000 ciclos

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5 Causas fundamentales de la búsqueda transfronteriza de tratamientos de reproducción. Marco Legal AccesoCalidadFracasoDonación anónima TOTAL67486531358220 %54.87.043.229.117.9

6 Causas fundamentales de la búsqueda transfronteriza de tratamientos de reproducción (%) Marco LegalFácil accesoMayor calidadFracasos previos Italia70,62.646.326.1 Alemania80.26.832.843.5 Francia64.512.120.618.7 Holanda32.27.453.025.5 Noruega71.60.022.416.4 R.U.9.434.028.337.7 Suecia56.613.224.55.7

7 Tratamientos solicitados (%) TRATAMIENTO DE INFERTILIDAD TRATAMIENTOS ESPECÍFICOS TRAIADGP- SGDONACIÓN semenOvocitosEmbriones Italia76.532.62.117.417.92.3 Alemania90.510.38.510.244.66.2 Holanda78.127.43.411.49.40.7 Francia46.761.72.843.020.65.6 Noruega62.741.81.538.81.5 R.U.90.69.43.815.162.311.3 Suecia37.762.30.043.45.71.9 Total77.927.13.218.322.83.4

8 Estado civil y orientación sexual País de origenEstado civil (%)Orientación sexual(%) CasadoCohabitaciónSolteroHomo/Bisexual Italia82.217.20.81.5 Alemania72.025.72.311.2 Holanda62.334.92.78.5 Francia33.650.016.439.3 Noruega47.628.623.821.3 R.U.62.030.08.00.0 Suecia32.124.543.432.7 Total (%)69.924.06.19.7

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10 ¿Cuál es el atractivo de las clínicas en el extranjero? “What is the attraction of overseas clinics?” 70.5% Breves tiempos de espera para el tratamiento. 69.5% Precio. 61% Tasas de éxito 53.8% Disponibilidad de ovocitos y esperma donados.

11 ¿Cuál es el atractivo de las clínicas en el extranjero? “What is the attraction of overseas clinics?” 51% Referencias positivas de otros pacientes. 23% El anonimato de los donantes de óvulos y espermatozoides. 23% La oportunidad de obtener un mayor número de embriones. 23% Recomendación de la propia clínica donde reciben tratamiento en Reino Unido.

12 REPASO DE LA LEGISLACIÓN DE LOS PAISES EUROPEOS EN MATERIA DE REPRODUCCIÓN.

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14 IADIACEDCRTICSIFIVMIVPESAFIVNDODGPSGTEUDSBx. Teste PM E/G Subrogación Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chipre Dinamarca España Estonia Eslovaquia Eslovenia Finlandia Francia Grecia

15 IADIACEDCRTICSIFIVMIVPESAFIVNDODGPSGTEUDSBx. Teste PM E/G Subrogación Holanda Hungría Irlanda Italia Letonia Lituania Luxemburgo Malta Polonia Portugal R. Unido R. Checa Rumania Suiza

16 LEGISLACIÓN COMUNITARIA Directiva 2004/23/CE, de 31 marzo Artículo 1. Objetivo. “La presente directiva establece normas de calidad y seguridad para las células y tejidos humanos destinados a su aplicación en el ser humano, con el objetivo de garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana”.

17 Artículo 4. Aplicación. …”La presente directiva no impedirá a ningún estado miembro mantener o introducir en su territorio medidas de protección más estrictas, siempre que se ajusten a las disposiciones del tratado. En particular, con el fin de garantizar un elevado nivel de protección de la salud, todo Estado miembro podrá disponer que las donaciones sean voluntarias y no retribuidas, y en particular prohibir o restringir las importaciones de células y tejidos humanos, siempre que se respeten las condiciones del tratado”… LEGISLACIÓN COMUNITARIA

18 Artículo 4. Aplicación. …”La presente Directiva se entiende sin perjuicio de las decisiones tomadas por los estados miembros que prohíben la donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento, distribución o uso de cualquier tipo específico de células o tejidos humanos o de células de cualquier fuente especificada, incluidos los casos en que estas decisiones se refieren también a las importaciones del mismo tipo de células o tejidos humanos”… LEGISLACIÓN COMUNITARIA

19 Artículo 12. Principios de la donación de células y tejidos. …”los Estados miembros se esforzarán por garantizar las donaciones voluntarias y no remuneradas de células y tejidos” “ Los donantes podrán recibir una compensación, limitada estrictamente a aliviar los gastos y los inconvenientes que se deriven de la donación. En este caso los estados miembros definirán las condiciones en las que podrá concederse dicha compensación” LEGISLACIÓN COMUNITARIA

20 Artículo 14. Protección de datos y confidencialidad. …”Los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para garantizar que no se revele la identidad del receptor o receptores al donante y su familia, y viceversa, sin perjuicio de la legislación vigente en los Estados miembros sobre las condiciones para la comunicación de la información, en particular en el caso de donación de gametos” LEGISLACIÓN COMUNITARIA

21 PAÍSES CON UNA LEGISLACIÓN ESPECIFICA PARA REPRODUCCIÓN El marco legal específico no es resultado de la aplicación de la directiva 2004/23/CE. El marco legal específico es resultado de la aplicación de la directiva 2004/23/CE. Legislación general (no específica) resultado de la aplicación de la directiva 2004/23/CE. * El marco legislativo específico resulta parcialmente de la aplicación de la Directiva 2004/23/CE.

22 Regulación de la donación anónima de semen No esta regulado Permitido Prohibido Permitida la compensación económica

23 Regulación de la donación anónima de ovocitos No esta regulado Permitido Prohibido Permitida la compensación económica

24 Regulación de embriodonación No esta regulada Permitida Prohibida

25 FLUJO DE PACIENTES

26 SUECIA NORUEGA

27 FRANCIA HOLANDA

28 ALEMANIA

29 FRANCIA REINO UNIDO ITALIA ALEMANIA

30 ITALIA 2004 Ley n. 40. 19 de Febrero de 2004, -El acceso a los TRA esta permitido exclusivamente a parejas de distinto sexo en edad de procrear. -Se producirán un máximo de 3 embriones que serán transferidos al útero materno de forma simultanea. -Sólo se autoriza la criopreservación de embriones en caso de fuerza mayor, cuando la transferencia en fresco de los embriones esté contraindicada. -Se prohíbe la donación de gametos (tanto ovocitos como semen). -No se permiten las técnicas de DGP por considerarlo una forma de selección eugenésica.

31 ITALIA 2005Referéndum -La investigación con células madre embrionarias. -Permitir la generación de mas de 3 embriones por ciclo de RA y su posterior CRP. -Autorizar las técnicas de DGP en aquellos casos médicamente indicados. -Autorizar la donación de gametos. Solo se pronuncia el 26% del electorado y el referéndum se declara Nulo

32 ITALIA 2009 1ª Revisión de Tribunal Constitucional. Prohibió la mayor parte de las limitaciones de una ley 40 que regulaba las técnicas de reproducción asistida con el argumento de que limita el derecho de la pareja a tener acceso al mejor tratamiento médico posible y reducir cualquier posible riesgo mayor de complicaciones. 20142ª Revisión del Tribunal Constitucional. Se declara inconstitucional la disposición de la ley 40 que prohíbe el uso de óvulos o semen que provengan de donante.

33 ITALIA -Se produjo un aumento significativo: -El número de embriones obtenidos ( 2,0 ± 0,9 frente a 3,3 ± 1,8, p = < 0,001 ). -El número de embriones transferidos ( 2,2 ± 0,7 frente a 2,3 ± 0,7, p = < 0,001 ). -Tasa de embarazo por ciclo iniciado ( 20.42 % frente a 23.49%, p = 0,047).

34 En el artículo L 2141-2 del código francés de Salud Pública, en la redacción dada por la ley 2004-800, se afirma que -”Los TRA están destinados a aquellas parejas con una patología que produzca infertilidad o para evitar la transmisión genética al niño de una patología grave”. -“El embrión procreado in vitro debe crearse a partir de al menos uno de los gametos de la pareja”. - “Se limita la inseminación o transferencia a mujeres en edad de procrear”. FRANCIA

35 En aplicación de la ley; -No se permite el acceso a las TRA a mujeres mayores de 43 años. -Quedan excluidos de las TRA algunos colectivos como mujeres solas o parejas de mujeres. -Parejas que precisan recurrir a la donación de ambos de ambos gametos. FRANCIA

36 La compensación económica de l@s donantes es simbólica. La demanda de gametos donados es muy superior a la oferta por lo que existen largas listas de espera para someterse a tratamientos con gametos donados. FRANCIA

37 La ley alemana de protección embrionaria n. 745/90 del 13/12/90 es una de las mas restrictivas de Europa. La legislación Alemana considera que “hay un embrión desde que hay fecundación y susceptibilidad del desarrollo del óvulo fecundado a partir de la fusión de los núcleos celulares”. ALEMANIA

38 La ley alemana considera prácticas abusivas: -“La fecundación artificial de un óvulo para fin distinto del embarazo de aquella mujer de la que proviene el óvulo”. -“La fecundación de un número superior de ovocitos de una mujer, superior al de embriones que se pretenden transferir en ese ciclo”. -“La entrega, adquisición o utilización de embriones creados extracorporeamente con un fin distinto a su conservación”. ALEMANIA

39 En aplicación de la ley, -No están permitidas las TRA con donación de ovocitos (si estaría permitida la utilización de semen de donante masculino). -No están permitidas las técnicas de DGP ni SG. ALEMANIA

40 REINO UNIDO A favor, Tiene una de las legislaciones mas permisivas de Europa En contra, Largas listas de espera para tener acceso a las TRA No se respeta el anonimato de los donantes

41 España como país de acogida

42 España acoge casi al 40% de l@s pacientes europeos que cruzan las fronteras de su país para recibir un TRA. El 60% de l@s pacientes que acuden a nuestro país lo hacen para realizar un tratamiento con donación de ovocitos.

43 PAISFormulariosTRATAMIENTODGPDONACIÓN TRAIASEMENOVOCITOSEMBRIONES Bélgica35971.933.45.220.56.80.3 R.Checa25198.41.65.69.552.411.9 Dinamarca15446.855.50.640.91.30.6 Eslovenia641000.0 España19098.42.1 4.162.24.7 Suiza19659.70.5 27.41.00.5 Total121473.03.2 18.322.83.4 Tratamiento solicitado según el país receptor

44 La legislación española, Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción es de las más completas y permisivas de Europa. ARTICULO 5. DONANTES Y CONTRATOS DE DONACIÓN 1. “La donación de gametos y preembriones para las finalidades autorizadas por esta Ley es un contrato gratuito, formal y confidencial concertado entre el donante y el centro autorizado”. 3. “La donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial. La compensación económica resarcitoria que se pueda fijar sólo podrá compensar estrictamente las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación y no podrá suponer incentivo económico para ésta”.

45 Disponibilidad de gametos donados (ovocitos) 1.Compensación económica proporcionada a los donantes (alrededor de 900 euros en el caso de las mujeres): 2. Fuerte tradición de la donación que se refleja en las altas tasas de donación de órganos. Alta calidad en TRA.

46 INTERNETORGANIZACIONES DE PACIENTES AMIGOSMEDICONS/NC ITALIA25.31.525.855.22.6 ALEMANIA65.04.011.935.62.8 HOLANDA42.36.020.839.66.0 FRANCIA44.910.329.027.15.6 NORUEGA49.36.022.431.34.5 R. UNIDO58.518.915.128.33.8 SUECIA73.69.424.513.25.7 TOTAL41.15.014.241.13.7 Selección del centro de tratamiento

47 -Cortos tiempos de espera78.4% -Coste del tratamiento66.4% -Disponibilidad de gametos donados59.5% -Altas tasas de éxito40.5% -Ambiente39.7% -Facilidades36.2% -Actitud del personal37.9% -Donación anónima30.2% Puntos fuertes (88%)

48 Puntos débiles (5.6%) -Idioma/ problemas de comunicación47.5% -Falta de regulación.36.8% -Coste del tratamiento mayor al esperado26.3% -Dificultades en el viaje15.8% -Complicaciones en el tratamiento10.5%

49 ARTICULO 5. “El Ministerio de Sanidad y Consumo, previo informe de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, fijará periódicamente las condiciones básicas que garanticen el respeto al carácter gratuito de la donación”. En España como compensación económica la Comisión Nacional de Reproducción Asistida estableció un tope de 600 euros (100.000 pesetas) en el año 1998.

50 En España no hay registro de donantes de gametos, a pesar de que la ley lo exige desde la primera regulación de la reproducción asistida en 1998 y lo revalida la ley del 2006. El Registro de donantes previsto en la ley (art. 21) establece que se inscribirán los donantes de gametos, los hijos nacidos de cada uno de los donantes, la identidad de las parejas o mujeres receptoras, y la localización original de unos y otros en el momento de la donación. La ley establece un límite de seis hijos generados con gametos de un mismo donante.

51 La regulación de las técnicas de reproducción asistida depende de distintos factores -La estructura social -Opciones políticas -Cuestiones éticas y morales -Creencias religiosas No es posible una regulación estándar para todos los países europeos.

52 MUCHAS GRACIAS!!!


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