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La propiedad del patrimonio genético y los recursos biológicos locales; la biopiratería. Prospectivas y mejores prácticas de la bioprospección por Teodora.

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Presentación del tema: "La propiedad del patrimonio genético y los recursos biológicos locales; la biopiratería. Prospectivas y mejores prácticas de la bioprospección por Teodora."— Transcripción de la presentación:

1 La propiedad del patrimonio genético y los recursos biológicos locales; la biopiratería. Prospectivas y mejores prácticas de la bioprospección por Teodora Zamudio Recursos genéticos y negociaciones internacionales Buenos Aires, Junio, 24 de 2009

2 Planteo de la cuestión ACCESO A LOS INSUMOS  INVESTIGACIÓN  PROPIEDAD DE RESULTADOS  APROBACIÓN ECO-SANITARIA  CONSUMO

3 Insumos (definiciones en el CBD)  Recurso genético: todo el material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia con información genética de valor y/o utilidad real o potencial.  Recurso biológico: los organismos o partes de ellos, las poblaciones, o cualquier otro tipo del componente biótico de los ecosistemas de valor o utilidad real o potencial para la humanidad.  Recurso cultural: los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica

4 CBD ~ Ley 24.375  Reconoce en su Artículo 15 los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos genéticos, por lo que  Admite la facultad de los gobiernos nacionales de regular el acceso,  Impone a los gobiernos nacionales:  facilitar el acceso para usos ambientalmente adecuados, y  no imponer restricciones contrarias al Convenio.  Los recursos genéticos suministrados por una Parte son únicamente los aportados por :  Partes que son países de origen de esos recursos, o  Partes que los hayan adquirido de conformidad con el presente Convenio.  El acceso a los recursos genéticos estará sometido al consentimiento fundamentado previo de la Parte que los proporciona (Art. 15, inc. 5) y la aprobación de quienes aportan conocimientos tradicionales (Art. 8º, inc. j).  Los beneficios de la utilización se deben compartir de modo equitativo con los proveedores ACCESO

5 C.I.P. (emergente del pcio. de autonomía) El principio de autonomía es la base moral de la doctrina del consentimiento informado:  una decisión es autónoma si procede de los valores y creencias propias, basada en la información (y su comprensión), sin imposiciones ni coacciones internas o externas  se considerará que se tiene total comprensión de la acción si hay entendimiento completo y adecuado de todas las proposiciones relevantes (aquellas que contribuyen a obtener una apreciación de la situación) que describen correctamente: 1) la naturaleza de la acción, y 2) las consecuencias previsibles y posibles resultados que pudieran seguirse de -o con motivo de- llevarse a cabo o no una determinada acción [Faden & Beauchamp, 1986] el simple consentimiento contractual no es suficiente, para poder considerar las decisiones adoptadas, efectivamente vinculantes

6 …algunos casos para la reflexión  Hallazgo e identificación del recurso  Aislamiento del principio activo  Incorporación al circuito económico (US 5.122.374) por el ingrediente activo de la corteza del tepezcohuite y método para extraerlo, aislarlo y uso farmacéutico US Patent 5,462,956 para el Epibatidine compuestos derivados y métodos de tratamiento del dolor European patent No. 0 436 257 fungicida derivado de las semillas del Neem cuya formulación extendía la vida del pesticida de algunos pocos días o semanas a más de dos años

7 Pasos para una apropiación válida 1. Creación de la interface de entendimiento y compresión  Fijar los contendidos a ser “comprendidos” por las partes  Reeditar en caso de alteraciones significativas en la investigación 2. “Firma” autenticada del contrato de acceso  Legitimación de los firmantes  Representación suficiente 3. Certificación por la autoridad de aplicación  CIF y Distribución de beneficios  Uso acordado: pleno o condicionado 4. Legalización  validez Internacional

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