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Presentación del tema: ""— Transcripción de la presentación:

142 Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) SÉPTIMA CLASE Definición y fines de la organización sindical Universidad de San Martín de Porres Facultad de Derecho Profesor: Dr. Luis Nava Guibert

143 Fines y Funciones de las Organizaciones Sindicales
Artículo 8 - REPRESENTAR A LOS TRABAJADORES: - Conflictos - Controversias - Reclamaciones - Celebrar: Convenio colectivo de trabajo - Exigir su cumplimiento - Ejercer los derechos y acciones - Representar : Controversia - Individual - Promover: Cultural - Educación general - Técnica 143 143

144 Representación del Sindicato:
Ámbito: Art. 9 Entiéndase por ámbito los niveles de empresas o los de una categoría, sección o establecimiento o de la empresa. Representación del Sindicato: Cada Organización sindical representa a sus afiliados. La organización sindical pacta en la negociación colectiva: Económica - Condiciones de Trabajo 144

145 Puede exigir el cumplimiento de la derecha emergente de las negociaciones colectivas.
Si el sindicato tiene afiliados la mitad mas unos de los trabajadores representa a trabajadores tanto sindicalizados como no. Cuando el sindicato representa a la minoría solo defiende a los afiliados. El sindicato tiene la facultad de representar o defender a sus miembros en forma individual, esto no significa que el trabajador no puede actuar en forma independiente – puede actuar como asesor. 145 145

146 Varios Sindicatos Representación
Cada sindicato representan únicamente a los trabajadores comprendidos dentro de su ámbito – Presenta su pliego Pueden los sindicatos acordar unirse para defenderse en conjunto. El Sindicato mas representativo el de mas afiliados mas de la mitad asume la representación, así lo establece el D.S TR, Art. 4 y 35 en concordancia con los artículos 9 y 47 de la ley. “Señala que será el sindicato cuyos miembros constituyen mayoría absoluta respecto al numero total de trabajadores del ámbito correspondiente. 146 146

147 LA LEY PROCESAL DE TRABAJO (26636)
Artículo 9º CAPACIDAD DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.- Las organizaciones sindicales y asociaciones constituidas y reconocidas de acuerdo a ley, tienen legitimación para la defensa de los derechos colectivos que les son propios. Art. 47 del Decreto Ley (Leer) 147 147

148 CLASES DE SINDICATOS (Art. 5º Decreto Ley 25593)
De empresa De gremio De actividad De oficios varios 148 148

149 SINDICATO DE EMPRESA Art. 5 Letra A
Esta formado por trabajadores de DIVERSAS profesiones, oficios o especialidades Que presten servicios para un MISMO empleador. NO INTERESA el trabajo que realicen. Los sindicatos pueden asumir diversas formas de organización. Pueden existir en una empresa PLURALIDAD de sindicatos. Se requiere solo 20 TRABAJADORES para formar, no exige mayoría absoluta Art. 14 149 149

150 SINDICATO DE ACTIVIDAD
Trabajadores de profesiones, actividades u oficios DIVERSOS de DOS O MAS EMPRESAS, DE LA MISMA RAMA DE ACTIVIDAD.

151 Sindicato de Gremio Art. 5 Letra C
“Formado por trabajadores de DIVERSAS EMPRESAS que desempeñan UN MISMO OFICIO, PROFESIÓN O ESPECIALIDAD” Hay pocos sindicatos de gremio P. Ej. Sindicato de TRABAJADORES GRÁFICOS. Los beneficios del gremio se aplican en función del trabajo realizado. Su desempeño es para una pluralidad de empleo Se agrupan los trabajadores que realizan actividad de poca difusión. 151 151

152 Sindicato de Oficios Varios Art. 5 letra D
Formado por trabajadores de DIVERSAS PROFESIONES, OFICIOS O ESPECIALIDADES. Que trabajen en EMPRESAS DIVERSAS o de distinta actividad. Cuando en determinado lugar, provincia o región el numero de trabajadores NO ALCANCE EL MÍNIMO LEGAL necesario para constituir un sindicato. 152 152

153 SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES NO DEPENDIENTES
Artículo 6º “Las organizaciones de trabajadores no dependientes de una relación de trabajo, se regirán por lo dispuesto en el presente Decreto Ley, en lo que les sea aplicable”. Ej. Caso de trabajadores autónomos (p. ejemplo ambulantes). En este caso es para defender derechos e intereses frente a quienes no son sus empleadores. (p. ejemplo autoridades municipales). 153 153

154 Organización Territorial de los Sindicatos
Art. 7 Ley de Relaciones Colectivos de Trabajo “Los Sindicatos se pueden organizar con alcance LOCAL, REGIONAL O NACIONAL. Cuando no se dan las condiciones de numero para la formación de los sindicatos de gremio o actividad, en cuyo caso para el cumplimiento de sus fines en la empresa podrá constituirse una SECCIÓN SINDICAL. 154 154

155 Características de la Sección Sindical
La sección sindical ejerce la REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES en el interior de una empresa. La representación de la sección sindical esta a cargo de 2 DELEGADOS elegidos en Asamblea General. 155 155

156 Solamente puede haber UNA SECCIÓN SINDICAL en cada centro de trabajo.
Los 2 delegados de la sección sindical la representan en la negociación colectiva. No pueden intervenir en la negociación los trabajadores que no son dirigentes. 156 156

157 ¿Cuáles son los derechos propios de una organización sindical?
AQUELLOS QUE LE CORRESPONDEN COMO SINDICATO. El artículo 29 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO SEÑALA LAS DIVERSAS CLÁUSULAS que se pueden pactar a través de la convención colectiva de trabajo. 157

158 Cláusulas del Convenio Colectivo de Trabajo
Artículo 29º.- (Reglamento LRCT) En las convenciones colectivas son CLÁUSULAS NORMATIVAS aquellas que se incorporan automáticamente a los contratos individuales de trabajo y los que aseguran o protegen su cumplimiento. Durante su vigencia se interpretan como normas jurídicas. SON CLÁUSULAS OBLIGACIONALES LAS QUE ESTABLECEN DERECHOS Y DEBERES DE NATURALEZA COLECTIVA LABORAL ENTRE LAS PARTES DEL CONVENIO. Son CLÁUSULAS DELIMITADORAS aquellas destinadas a regular el ámbito y vigencia del convenio colectivo. Las cláusulas obligacionales y delimitadoras se interpretan según las reglas de los contratos. 158

159 JURISPRUDENCIA ART. 9 LEY PROCESAL DE TRABAJO
Teniendo en cuenta que los sindicatos de centro de trabajo deben estar integrados únicamente por servidores de un mismo centro laboral, el sindicato no puede accionar en favor de trabajadores de otro centro de trabajo. Actualidad laboral, enero 1987 p.55. Es fundada la excepción de falta de personería deducida contra un sindicato de industria o actividad que pretende representar a un trabajador que presta servicios en una empresa dedicada a un giro diferente. Actualidad laboral, febrero 1987 p.54. 159

160 REGLAS LA LEY PROCESAL DE TRABAJO (26636) (ART. 10 COMPARECENCIA)
Las partes deben comparecer por sí mismas. Pueden conferir su representación a persona civilmente capaz, mediante poder extendido con las formalidades que la ley permite. Los trabajadores pueden conferir su representación en los conflictos jurídicos individuales a las organizaciones sindicales de las que son miembros. La comparecencia de las organizaciones sindicales se efectivizará a través de sus representantes legales quienes deberán acreditar su condición con la copia del acta de designación correspondiente. 160


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