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La única responsabilidad del vendedor es poner la mercancía a disposición del comprador en sus locales en un embalaje adaptado al tipo de transporte.

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6 La única responsabilidad del vendedor es poner la mercancía a disposición del comprador en sus locales en un embalaje adaptado al tipo de transporte . En la práctica se utiliza "EXW Loaded", o en español “en fábrica, cargado en”, es decir, asumiendo el vendedor el coste y riesgo de cargar la mercancía en el medio de transporte. Su expresión o cotización será: EXW-Loaded Almacen 3, Pol. La Menacha, Algeciras, España, ICC 2010.

7 Es uno de los Incoterms más versátiles, especialmente útil cuando la mercancía va en contenedores.
Se puede negociar que el transporte en el país de origen sea a cuenta del vendedor o comprador, aunque el despacho en la aduana de salida corre por cuenta del vendedor siempre. Es muy importante precisar y concretar al máximo el lugar de entrega. Se debe añadir el tipo de medio de transporte por lo que existen diferentes modalidades de este Incoterm: FCA nobre de la fábrica, FCA aeropuerto, FCA Puerto (terminal de contenedores), FCA barco (a bordo)... Su expresión o cotización será: FCA Terminal de carga 3, Llano Amarillo, Algeciras, España, ICC 2010.

8 En este Incoterm el vendedor asume el transporte en origen y el principal, y el comprador el seguro y el transporte en destino, además del riesgo en el transporte principal La documentación para poder realizar las formalidades aduaneras en destino ha de ser proporcionada por el vendedor al comprador.. Su expresión o cotización será: CPT Aeropuerto JFK, NYC, USA ICC 2010.

9 El vendedor asume los costes y riesgos en origen y el comprador en destino. En cuanto a la parte internacional (transporte principal y seguro), el vendedor asume el gasto y el comprador el riesgo. El seguro será suficiente con la cobertura mínima. Su expresión o cotización será: CIP Bucarest Goods Train Terminal, Bucarest, Rumanía, ICC 2010.

10 En este Incoterm la transferencia de coste y de riesgo se produce cuando la mercancía ha sido descargada en la terminal convenida en destino. Aunque no es obligatorio, lo habitual es que el coste del seguro lo asuma el vendedor. Su expresión o cotización será: DAT Terminal de Contenedores 1-A, Tanger MED, Tánger, Marruecos, ICC 2010.

11 En este Incoterm tanto las operaciones de manipulación y descarga del transporte principal como el transporte en destino pueden correr por cuenta del comprador o del vendedor, dependerá de cuál es el punto de entrega que se haya pactado en contrato. Las formalidades aduaneras de importación las ha de realizar el comprador. Aunque no es obligatorio, lo habitual es que el coste del seguro lo asuma el vendedor. Su expresión o cotización será: DAP Estación de Ferrocarril Mexicali, Baja California, México, ICC 2010.

12 En este Incoterm el vendedor entregará la mercancía en el lugar indicado por el comprador, una vez realizadas las formalidades aduaneras de importación. Si el vendedor considera difícil realizar estas formalidades aduaneras de importación, se recomienda no utilizar este incoterm. Su expresión o cotización será: DDP Almacenes comprador, El Cairo, Egipto, ICC 2010.

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14 En este Incoterm el vendedor cumple cuando entrega la mercancía al costado del buque (o en una barcaza o gabarra) que el comprador haya indicado. Debe utilizarse para mercancía a granel, nunca para contenedores. El comprador ha de indicar al vendedor el punto de carga, incluso el momento de entrega elegido dentro del plazo acordado. Su expresión o cotización será: FAS Patio de Contenedores, Muelle 3, Puerto Algeciras, España, ICC 2010.

15 El vendedor cumple cuando la mercancía queda suspendida al traspasar la borda al realizar la carga. Si el vendedor asume también la estiba y equilibrado de la mercancía habrá que indicar Stowed/trimmed. Debe utilizarse para mercancía general, nunca para granel ni contenedores (a no ser que no se trate de multimodal). El comprador ha de indicar al vendedor el nombre, del buque, el punto de carga, incluso el momento de entrega elegido dentro del plazo acordado. Su expresión o cotización será: FOB Muskin Maesk, Puerto Algeciras, España, ICC 2010.

16 El vendedor ha de contratar y asumir los costes y fletes necesario para llevar la mercancía al puerto indicado por el vendedor, pero es el comprador quien asume el riesgo cuando la mercancía se encuentra en el buque. El comprador ha de indicar al vendedor el nombre del buque, el punto de carga, incluso el momento de entrega elegido dentro del plazo acordado. Su expresión o cotización será: CFR Muskin Maesk, Puerto Algeciras, España, ICC 2010.

17 En este Incoterm la transferencia de coste y de riesgo se produce en lugares diferentes, por lo que hay que indicar ambos lugares en el contrato para que no haya problemas: el comprador asume el “riesgo internacional” y el vendedor el “coste internacional”, es decir, el transporte principal y el seguro. El seguro será suficiente con la cobertura mínima. Excepto por la operaciones de manipulación y descarga en destino, este Incoterm coincide con el valor de la mercancía en aduana. Su expresión o cotización será: CIF Rotterdam, Holanda, ICC 2010.

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