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Publicada porroxana lupo Modificado hace 6 años
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SERVICIO DE ESTIMULACIÓN Y APRENDIZAJES TEMPRANOS EDUCACIÓN PRIMARIA. MODALIDAD EDUCACIÓN ESPECIAL : alumnos/as con discapacidad Intelectual
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En el marco de la Ley Nacional de Educación N° 26.206, conforme a su art. 42 establece que la educación especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades temporales y permanentes en todos los niveles y modalidades, se rige por el principio de inclusión. La Escuela de Educación Especial N° 520 brinda atención educativa a todos aquellos sujetos con problemáticas específicas que no pueden ser abordados por la educación común, perteneciendo al nivel primario.
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La atención en escuelas especiales en los casos en que otras estrategias o apoyos no se consideren suficientes, o cuando los alumnos presenten discapacidad tan complejas que no puedan ser atendidas en ámbitos comunes, aún con los apoyos correspondientes,por ejemplo, algunos alumnos multi discapacidad o algunos con severos trastornos de la personalidad, TEA. En todos los casos se proveerán las medidas necesarias para garantizar la inclusión en otros espacios que sea posible.
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Una discapacidad caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa que se manifiesta en habilidades adaptativas conceptuales, sociales y prácticas. La discapacidad no debe entenderse como un elemento propio únicamente de la persona, debemos considerar la discapacidad como una expresión de la interacción entre la persona y el entorno. Se comienza a entender la discapacidad como un estado de funcionamiento de la persona, dejando por tanto de identificarla como una característica de la misma ya que esta característica no es permanente o inamovible y puede variar significativamente en función de los apoyos que reciba la persona.
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Basada en el respeto personal y en la consideración de las diferencias individuales como motor de la atención a la diversidad, la respuesta educativa debe partir siempre de la evaluación de las capacidades y competencias del alumnado. Las capacidades que han de evaluarse siempre son: el nivel de inteligencia, funciones neuropsicológicas, especialmente lenguaje y comunicación, capacidad adaptativa y evaluación contextualizada
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