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Autor: Rafael Napoleón Villegas Parra Profesor: Luis Daniel Ortiz APLICACIÓN DE LA TEORÍA DEL DOLO EVENTUAL, EN LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO TERRESTRE OCURRIDOS.

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Presentación del tema: "Autor: Rafael Napoleón Villegas Parra Profesor: Luis Daniel Ortiz APLICACIÓN DE LA TEORÍA DEL DOLO EVENTUAL, EN LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO TERRESTRE OCURRIDOS."— Transcripción de la presentación:

1 Autor: Rafael Napoleón Villegas Parra Profesor: Luis Daniel Ortiz APLICACIÓN DE LA TEORÍA DEL DOLO EVENTUAL, EN LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO TERRESTRE OCURRIDOS EN VENEZUELA.

2  Esta investigación se basará en el análisis de la teoría del dolo eventual definida y reconocida por la dogmática penal, para poder establecer la aplicación o no de la misma en los accidentes de tránsito terrestre con lesionados o fallecidos, lo cual aunado al análisis jurisprudencial correspondiente y su relación con los principios generales del derecho determinarán las nociones fundamentales que permitan modificar las normas que orientan la administración de justicia penal. Justificación del Problema

3  El presente trabajo está destinado, por su especial naturaleza, a analizar la normativa legal que rigen el proceso Penal en materia de tránsito terrestre, en la República Bolivariana de Venezuela, en cuanto a figuras delictivas, referidas al homicidio culposo y lesiones culposas, aplicando la teoría del dolo eventual. Delimitación de la investigación

4   Antecedentes del Problema: Venezuela, se encuentra dentro de los países con mayores índices de accidentes de tránsito registrados anualmente, como lo establece el Cuerpo Técnico de Vigilancia del tránsito y Transporte terrestre. En el año 2004, se registraron como consecuencias de los mismos 10.980 muertes, resulta un setenta por ciento (70%) más que las muertes anuales que tenía Estados Unidos en promedio durante la guerra de Vietnam. El problema

5  El delito de homicidio intencional previsto en el artículo 405 del Código Penal, expresa lo siguiente: "El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona, será penado, con presidio de doce a dieciocho años”. Ahora bien, el Código Penal de Venezuela no define el dolo o al menos no se refiere al dolo eventual. El artículo 61 "eiusdem" establece que nadie podrá ser castigado por un delito sin la intención de cometerlo. El Problema - Contextualización

6  Esta laguna legislativa debe resolverse en beneficio de la víctima y en aras de la Justicia, cuyo valor absoluto es de rango constitucional y ha de privar sobre formalidades no esenciales: si la intención o voluntad consciente o dolo estuvo en un grado intermedio entre el dolo perfecto y la simple culpa, la pena debe estar entre la que corresponde al homicidio intencional (12 años) y al homicidio culposo (5 años en su límite máximo), por lo que se fijaría aproximadamente una pena de ocho años y seis meses de prisión. El Problema - Contextualización

7  No puede pensarse que la conducta de quien maneja a gran velocidad, bajo los efectos del alcohol y drogas, realiza maniobras peligrosas y/o se fuga, luego de haber embestido a una persona, con un absoluto descuido y desinterés por sus semejantes, deba ser encuadrada dentro de los delitos culposos, como instruye la jurisprudencia sobre la materia, que califica indistintamente a la muerte ocurrida en un accidente de tránsito causado por las irresponsables y temerarias conductas indicadas como un homicidio culposo (cometido con culpa, es decir, sin intención de matar). El Problema - Contextualización

8  En estos casos, en donde la representación del eventual daño y la posibilidad cierta de ocurrir el mismo, a lo que se agrega la conducta criminal del individuo, deben ser penalizados con mayor severidad, dándole el encuadre legal como homicidio simple (cometido con dolo, es decir, con intención de matar) o como mínimo imponiendo pena de prisión de cumplimiento efectivo en caso de entenderse que se trata de un homicidio culposo. El Problema - Contextualización

9  Ya se advirtió la dificultad para desarrollar el tema, basta realizar una pregunta para imaginar la realidad: ¿Porqué, en los accidentes de tránsito donde el sujeto activo bajo los efectos del alcohol, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, se dan a la fuga del sitio del accidente y conducen a una velocidad no permitida por la ley, son puestos en libertad por los jueces de la República, sin tomar en cuenta el grado de culpabilidad e intención? El Problema - Contextualización

10   ¿ Cuál es la importancia del Análisis de la normativa legal vigente que regula la materia del tránsito terrestre en Venezuela?  - ¿Cuales son los factores que inciden en el Poder Judicial, para calificar los accidentes de tránsito donde se presenta el dolo eventual, como culposos?  -¿Por qué es necesario cambiar la calificación de homicidio culposo a homicidio simple, a ciertos accidentes de tránsito terrestre donde esté presente el dolo eventual?  -¿Por qué es necesario modificar la normativa legal sustantiva y adjetiva, que rigen el proceso penal y administrativo en materia de transito en cuanto a figuras delictivas referidas al homicidio culposo en Venezuela? Interrogantes del problema

11   Objetivo General. Determinar la validez de la aplicación de la teoría del dolo eventual en la normativa legal vigente, que califica como culposos, los accidentes de transito terrestre en Venezuela  Objetivos Específicos. Analizar la normativa legal vigente que regula la materia del tránsito terrestre en Venezuela. Objetivos de la Investigación

12   Describir los factores que inciden en el Poder Judicial, para calificar como culposos los accidentes de transito para donde se presenta el dolo eventual.  Determinar la necesidad de cambiar la calificación de homicidio culposo a homicidio simple a ciertos accidentes de tránsito terrestre, donde este presente el dolo eventual.  Proponer la modificación de la normativa sustantiva y adjetiva en Venezuela, que rigen el proceso penal y administrativo en materia de tránsito en cuanto a figuras delictivas, referidas al homicidio culposo. Objetivos Específicos

13   El problema de los accidentes de transito terrestre en Venezuela, es un problema de todos, con el cumplimiento de la Ley vigente, podernos evitar hechos como este: GRACIAS POR SU ATENCION Reflexión


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