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Marco Jurídico La Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (LASE) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008,

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Presentación del tema: "Marco Jurídico La Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (LASE) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008,"— Transcripción de la presentación:

0 Formatos de Captura para Usuarios con Patrón de Alto Consumo (UPAC) -Transporte
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía 16 de Noviembre de 2011

1 Marco Jurídico La Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (LASE) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 11 fracciones I y VI, lo siguiente: I. Propiciar el uso óptimo de la energía, desde su explotación hasta su consumo; VI. Implementar el Subsistema y asegurar su disponibilidad y actualización.

2 Marco Jurídico Asimismo, en el artículo 20 de la misma Ley se establece: Para la integración y actualización del Subsistema, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los usuarios con un patrón de alto consumo de energía, deberán proporcionar a la Comisión, la siguiente información sobre la utilización energética obtenida en el año inmediato anterior: I. La producción, exportación, importación y consumo de energía, por tipo de energético; II. Eficiencia energética en el consumo; III. Medidas implementadas de conservación de energía, y IV. Resultados de las medidas de conservación de energía derivadas del inciso anterior.

3 Marco Jurídico Por otra parte, en el artículo 29 de la LASE establece las sanciones determinadas para el caso de incumplir con la entrega de información: Artículo 29.- La Comisión sancionará con multa de cien a mil veces el salario mínimo a los usuarios con un patrón de alto consumo de energía que no le proporcionen la información a que hacen referencia los artículos 20 y 21 de esta Ley o que proporcionen información falsa o incompleta. Para la sustanciación del procedimiento por infracciones a la Ley a que se refiere el presente artículo, la Comisión aplicará lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

4 Marco Jurídico El Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (RLASE) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2009, establece en su artículo 22 y 24 lo siguiente: Artículo 22.- Se considerarán usuarios con un patrón de alto consumo de energía las personas físicas o morales que cumplan con cualquiera de los siguientes criterios: Que su consumo anual de electricidad en el año calendario inmediato anterior haya superado seis gigawatts-hora; II. Que su consumo anual de combustibles en el año calendario inmediato anterior haya superado nueve mil barriles de petróleo crudo equivalente, excluyendo combustibles para el transporte, o III. Que bajo su nombre, denominación o razón social hayan operado una flota de más de 100 unidades de autotransporte de carga o de pasajeros en el año inmediato anterior.

5 Marco Jurídico Artículo 24.- Para los efectos de la presente sección, se estará al siguiente procedimiento: La Comisión, a más tardar el 31 de enero de cada año, publicará en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la entrega de información por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, sobre los usuarios con un patrón de alto consumo. Dicha información deberá incluir la generada por las empresas distribuidoras de combustibles, así como la actividad económica a la que pertenezcan los distintos usuarios, y II. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal entregarán a la Comisión la información referida en la fracción anterior, a más tardar el 31 de marzo de cada año.

6 Marco Jurídico En caso que los UPAC incumplan lo dispuesto en el artículo 29 de la LASE, su correlativo Reglamento en su artículo 34 determina las sanciones para este supuesto. Artículo 34.- Los usuarios con un patrón de alto consumo de energía, que cometan las faltas señaladas en la Ley, serán sancionados por la Comisión conforme a lo establecido en el artículo 29 de dicho ordenamiento legal. Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la Comisión observará lo dispuesto por los artículos 31, 32 y 33 de la Ley, según corresponda, así como lo previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

7 Acceso al Sistema de Captura
El trámite se realiza enteramente en línea en la dirección electrónica siguiente: Francisco Montiel Leonel Villarreal ext. 1113, 1354

8 Forma de Ingreso Al acceder a la dirección anterior se encontrarán con la siguiente pantalla: Se recomienda que descarguen la Guía de Usuario y es especial lean la sección 3 Flota de Transporte.

9 Registrando la Razón Social
Al seleccionar la opción Nuevos Usuarios se desplegará la página siguiente: Para capturar el Sector, subsector, rama, subrama y clase se debe tomarse en cuenta el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN). La clave es el identificador de usuario, es alfanumérico de 10 caracteres. La contraseña es de alfanumérica de 8 caracteres y no distingue entre minúsculas y mayúsculas

10 Acceso al Sistema Una vez registrado el usuario, podrá ingresar al sistema con la clave y contraseña que el mismo definió. La clave y contraseña son responsabilidad del usuario, en caso de considerar que se ha comprometido la contraseña o en caso de que no la recuerden, la Comisión no podrá recuperarla, ya que no tiene acceso a la misma, en todo caso se reiniciará y se enviará al contacto registrado en el sistema, previa solicitud por escrito o correo del representante legal registrado en el sistema.

11 Menú Principal Cuando ingresa al sistema, aparece el menú siguiente:
Para el caso que nos compete deberemos seleccionar el icono de Flotas de Transporte (camión), lo que nos enviará a la sección de flotas de transporte.

12 Alta de una Unidad Administrativa
Una unidad administrativa es el ente que administra la flota vehicular, un UPAC puede tener tantas como requiera o una sola, pueden verlas como sucursales o patios de operación que administran una flota. Para dar de alta una Unidad Administrativa, de click sobre el icono Unidades Administrativas (llave), con lo que el sistema le mostrará la pantalla del menú de la Unidades Administrativas.

13 Alta de una Unidad Administrativa
La figura muestra el menú de Unidades Administrativas, para dar de alta una Unidad Administrativa seleccione el icono Agregar (más), que lo llevará a página para registrarla. Proporcione los datos solicitados y de click sobre el icono Aceptar (Paloma), el sistema le informará que la Unidad Administrativa se registro con éxito, después de click sobre el icono Regresar (flecha).

14 Alta de una Flota Vehicular
Una vez que se registro la Unidad Administrativa, proceda a registrar la Flota Vehicular, para lo cual de click en el icono Regresar (flecha). Una vez en el menú de las Flotas vehiculares e click sobre el icono Agregar (más) para agregar una flota vehicular.

15 Alta de una Flota Vehicular
Proporcione los datos solicitados y de click sobre el icono Aceptar (paloma). Note que el campo nombre no es editable, este se forma con el nombre de la Unidad Administrativa Seleccionada más el Modo de Transporte.

16 Captura de Consumos En el menú de las Flotas vehiculares, seleccione la flota vehicular de la cual capturará los consumos y de click sobre el icono Consumos (dinero), lo que lo llevará al formato de captura de consumos.

17 Captura de Consumos Seleccione el periodo a reportar, proporcione los datos y de click en Aceptar (paloma), el sistema le solicitara una confirmación. Una vez concluido de click en Regresar (flecha). Los energéticos están separados por pestañas, de click en la pestaña del energético a capturar, el sistema permite ingresar datos en el mismo periodo para todas las pestañas.

18 Medidas Implementadas
En el menú de las Flotas vehiculares, seleccione la flota vehicular de la cual capturará las Medidas Implementadas y de click sobre el icono Medidas (foco + signo de pesos), lo que lo llevará al formato de captura de medidas implementadas.

19 Medidas Implementadas
Seleccione el periodo, el energético y las medidas que aplicó durante el periodo, capture el porcentaje de ahorro que le atribuye a la implementación de dicha medida, al concluir dé click en el icono Aceptar (paloma).

20 Generar el Acuse En el menú de las Flotas vehiculares, de click sobre el icono Regresar (flecha), lo que lo llevará al menú principal. En el menú principal seleccione el icono Acuse (sello), para generar el acuse de recibo de la información proporcionada a la Comisión.

21 Acuse

22 Formatos de Captura para Usuarios con Patrón de Alto Consumo (UPAC) -Transporte
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía 19 de Octubre de 2011

23 Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte
SCIAN-INEGI 48‐49 Transportes, correos y almacenamiento Sector Subsector 485 Transporte terrestre de pasajeros, excepto por ferrocarril 4851 Transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros de ruta fija 48511 Transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros de ruta fija Transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros en autobuses de ruta fija. Transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros en automóviles de ruta fija. Transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros en trolebuses y trenes ligeros. Transporte colectivo urbano y suburbano de pasajeros en metro 4852 Transporte colectivo foráneo de pasajeros de ruta fija 48521 Transporte colectivo foráneo de pasajeros de ruta fija Transporte colectivo foráneo de pasajeros de ruta fija 4853 Servicio de taxis y limusinas 48531 Servicio de taxis Transporte de pasajeros en taxis de sitio. Transporte de pasajeros en taxis de ruleteo. 48532 Alquiler de automóviles con chofer Alquiler de automóviles con chofer 4854 Transporte escolar y de personal 48541 Transporte escolar y de personal Transporte escolar y de personal. 4855 Alquiler de autobuses con chofer 48551 Alquiler de autobuses con chofer Alquiler de autobuses con chofer. 4859 Otro transporte terrestre de pasajeros 48599 Otro transporte terrestre de pasajeros Otro transporte terrestre de pasajeros. Rama Subrama Clase


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