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BASE CONTABLE PARA ENTIDADES SUPERVISADAS

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Presentación del tema: "BASE CONTABLE PARA ENTIDADES SUPERVISADAS"— Transcripción de la presentación:

1 BASE CONTABLE PARA ENTIDADES SUPERVISADAS
Actualización de las normas contables según NIIF 2011 Mayo, 2013

2 Marco de Regulación Contable Registro de Auditores Elegibles
Antecedentes Marco de Regulación Contable Acuerdo SUGEF “Normativa contable aplicable a los entes supervisados por Sugef, Sugeval, Supen, Sugese y a los emisores no financieros” Política Contable General Se adopta NIIF Establece tratamientos especiales Acuerdo SUGEF 33-07 “Plan de cuentas para entidades, grupos y conglomerados financieros” Registro Identificación Valoración inicial y posterior Cuentas Conceptos Operativa Acuerdo SUGEF 31-04 “Reglamento relativo a la información financiera de entidades, grupos y conglomerados financieros “ Revelación Estados financieros, notas Envío al supervisor, publicación Situación Resultados Patrimonio Efectivo Acuerdo SUGEF 32-10 “Reglamento de auditores externos aplicable a los sujetos fiscalizados por Sugef, Sugeval, Supen y Sugese” Auditores Externos Se adopta NIA Criterios de idoneidad Registro de Auditores Elegibles

3 Reformas al Marco de Regulación Contable
Artículo 3 Se hace referencia a NIIF 2011 (Antes 2008) Revelar divergencias CONASSIF - NIIF (Aspecto ya contenido en 31-04, se refuerza su aplicación) Artículo 5 Bis Correcciones de errores Materiales (Imp. Significativa) Artículo 7 NIIF NIIF CONASSIF Contra UR Restitución EF Contra UR (Discrepancia) Artículo 19 Inversión en propiedades Inmobiliarias NIIF NIIF CONASSIF Cambio Valor razonable Patrimonio Resultados Resultados Ganancia/Perdida Resultados Resultados Resultados

4 Reformas al Marco de Regulación Contable
Guías de Aplicación Prevalece emisión de guías conjuntas, pero se faculta a Superintendente individual a emitir guías de aplicación específica a sus supervisados Subcta MIL Se aclara cuenta de registro cuando BCCR es contraparte en MIL (Disponibilidades o Inversiones en BCCR) Cuentas 130 Cartera 513 Ingresos 251 Comisiones Diferidas Comisiones de crédito forman parte del rendimiento efectivo y se amortizan durante la vida del crédito.

5 Reformas al Marco de Regulación Contable
Cta 260 Oblig. Sub. Se crea cuenta nueva para registrar Préstamos Subordinados (Diferente de emisiones de deuda subordinada) Provisiones Obl. Patr. Provisiones Obl. Patr. Gto. Aux. Cesantía FCL Se aclara que provisión se registra neta de aportes a terceros que administren la cesantía Se crea cuenta para registrar pago de cesantía (traslado a un tercero para administración o pago al empleado) Se aclara periodicidad de registro mensual del Fondo de Capitalización Laboral Otros cambios menores Adición o eliminación otras subcuentas

6 Reformas al Marco de Regulación Contable
Notas Se aclara que las notas deben ser las que exige NIIF Mediante resolución Superintendentes exige notas adicionales Se establece que CAC no consolidarán empresas de actividad no financiera (funerarias, almacenes) Consolidación CONASSIF NIIF2011 JUN-2010 vs JUN JUN-2011 vs MAR-2011 Comparabilidad

7 Reformas al Marco de Regulación Contable
NIIF NIIF 2011 Estado Resultados Estado Resultados Integral Resultado Financiero Resultado Financiero Resultado Operacional Bruto Resultado Operacional Bruto Resultado del Periodo Resultado del Periodo Otros resultados integrales, neto - Ajustes de valoración (Detallados) Estado Cambios en Patrimonio Neto Estado Cambios en Patrimonio Neto Procedentes de propietarios Procedentes de propietarios Ajustes de valoración (Detallados) Ajustes de valoración (Resumidos)

8 Otras reformas Para fines prudenciales, se constituye una reserva patrimonial del fondo, no sujeta a distribución hasta la venta del bien. Reglamento General Sociedades Administradoras y Fondos Inversión Adición Artículo 84 Plan de cuentas SUGESE Reflejo de las modificaciones al Plan de Cuentas Homologado. Plan de cuentas SUGESE

9 Muchas gracias

10 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 34-02
Modificar el artículo 3 Adopción de normas contables para efectos de ajustarnos a las Normas Internacionales de Información Financiera 2011: PROPUESTA: Artículo 3. Adopción de normas contables Las NIIF y sus interpretaciones emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante IASB) son de aplicación por los entes supervisados, de conformidad con los textos vigentes al primero de enero del 2011, con excepción de los tratamientos especiales indicados en el capítulo II de esta Normativa. Las normas se aplican a partir de la fecha efectiva de vigencia, por lo que no se permite su adopción anticipada. […]

11 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 34-02
2. Adicionar el artículo 5 Bis NIC 1. Presentación de Estados Financieros, notas a los EF diferencias con NIIF: PROPUESTA: Artículo 5 BIS. Presentación de Estados Financieros Cuando las disposiciones emitidas por el CONASSIF difieran de lo dispuesto por las Normas Internacionales de Información Financiera se debe informar sobre las normas internacionales que se han dejado de cumplir y la naturaleza de la divergencia específica que le aplica a la entidad para cada periodo sobre el que se presente información.”

12 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 34-02
Modificar el artículo 7. NIC 8. Políticas contables, cambios en estimaciones contables y errores: PROPUESTA: Eliminar de los párrafos del 2 al 6 del artículo 7 relacionado con el término errores materiales en vez de errores fundamentales, los cuales ya no tiene asidero en esta NIIF. […]

13 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 34-02
Modificar el párrafo cinco y eliminar el último párrafo del artículo 8. NIC 16. Propiedades, Planta y Equipo y NIC 36. Deterioro del valor de los activos.. Aplicar tasa de descuento sea conforme con NIIF. PROPUESTA: La tasa de descuento a utilizar para calcular el valor de uso del activo es aquella tasa antes de impuesto sobre la renta que refleje la evaluación actual del mercado, el valor de la moneda en el tiempo y los riesgos específicos para el activo; tales como, riesgo país, riesgo de tipo de cambio y riesgo de precio. En el caso de los bancos comerciales del estado supervisados por la SUGEF, se les permite capitalizar el superávit por revaluación, previa autorización del CONASSIF y el deterioro de esos activos se registre contra los resultados del periodo.

14 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 34-02
Modificar el artículo 19. NIC 40. Inversión en propiedad para alquiler o plusvalía, para efectos de ajustarnos a las Normas Internacionales de Información Financiera 2011, cuyo texto es el siguiente: PROPUESTA: Eliminar el párrafo 2 artículo 19. NIC 40. Inversión en propiedad para alquiler o plusvalía del Acuerdo SUGEF 34-02, para el reconocimiento de las ganancias o pérdidas de la valoración de estos activos. El cambio implica: Modificar el reglamento Relativo a la Información Financiera de Entidades, grupos y Conglomerados Financieros en relación con la presentación de las partidas relacionadas con la nomenclatura señalada. Modificar el Reglamento General sobre Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión en relación con la limitación de distribuir periódicamente de las partidas relacionadas con la nomenclatura señalada en el tanto no se trate de ganancias o pérdidas realizadas.

15 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
1. Modificar el inciso c) del artículo 3 de las Disposiciones Generales, para efectos de facilitar la emisión de guías contables específica a los supervisados de cada superintendencia. PROPUESTA: c. Guías de aplicación: Los Superintendentes conjuntamente pueden emitir guías que consideren necesarias para la adecuada aplicación del plan de cuentas por las entidades supervisadas. Salvo cuando la guía de aplicación sea específica a los supervisados de alguna superintendencia, será emitida por el superintendente de ésta, mediante resolución razonada. […]

16 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Modificar el concepto de la subcuenta Operaciones Diferidas de Liquidez-Recursos propios, con el propósito de indicar en cuales cuentas se registrarán la liquidez no garantizada aportada al BCCR. PROPUESTA: Operaciones Diferidas de Liquidez-Recursos propios. CONCEPTO. En esta cuenta se registra el derecho de cobro que tiene el supervisado por haber participado en el Mercado Integrado de Liquidez del Banco Central de Costa Rica.

17 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Modificar el párrafo cuarto del concepto del grupo “130 Cartera de Crédito para efecto de acuerdo a NIIF. PROPUESTA: Las comisiones cobradas que representen un ajuste al rendimiento efectivo, se registrarán como un crédito diferido en la cuenta analítica “ M.03 Comisiones diferidas por cartera de crédito”, la cual se amortizará contra los resultados del ejercicio, bajo el método de interés efectivo, durante la vida del crédito.

18 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Modificar los últimos tres párrafos del concepto de la cuenta analítica M.03 “Comisiones diferidas por cartera de crédito. PROPUESTA: M.03 “Comisiones diferidas por cartera de crédito […] Estas comisiones son las que se cobran como compensación a las actividades desplegadas para conceder un crédito, como la evaluación de la situación financiera del tomador del crédito, evaluación y registro de garantías y avales, negociación de las condiciones relativas al crédito, preparación y procesamiento de documentos y cancelación de la operación. Estas comisiones junto con los costos directos se amortizarán como un ajuste al rendimiento generado por el crédito bajo el método de la tasa de interés efectiva.” La entidad supervisada debe establecer una metodología de aceptación general para determinar los costos directos generados para la adquisición o emisión del crédito.

19 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Eliminar del párrafo segundo al párrafo seis del concepto de la cuenta 513 Productos de Cartera de Crédito Vigente. PROPUESTA: Las comisiones por cartera de crédito se tratarán como un ajuste al rendimiento efectivo, de acuerdo con lo siguiente: a) las comisiones de formalización relacionadas con el otorgamiento del crédito se diferirán como un ajuste al rendimiento efectivo durante el plazo del crédito, sin embargo, pueden registrarse directamente como ingreso en la medida en que tengan asociados costos incurridos por actividades, tales como la evaluación de la posición financiera del tomador del préstamo, evaluación y registro de las garantías, avales u otros instrumentos de garantía, negociación de las condiciones relativas al crédito, preparación y procesamiento de documentos y cancelación de la operación; y siempre y cuando estos costos puedan medirse con fiabilidad, y b) otras comisiones recibidas se diferirán y reconocerán sobre la base de acumulación como ajuste al rendimiento efectivo. El total de comisiones que deben diferirse conforme con lo indicado en el párrafo anterior se registrarán con cargo a la cuenta analítica “ M.03 Comisiones diferidas por cartera de crédito” La entidad debe establecer una metodología para calcular los costos directos relacionados con la comisión de formalización del crédito. Principales cambios al Acuerdo SUGEF Plan de Cuentas

20 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Modificar el grupo 260 para incluir otro tipo de obligaciones subordinadas (préstamos), diferentes de las emisiones de obligaciones subordinadas conforme lo que establece el Acuerdo SUGEF 3-06. PROPUESTA: GRUPO OBLIGACIONES SUBORDINADAS CUENTA CODIGO: 262 NOMBRE: PRESTAMOS SUBORDINADOS CONCEPTO: En esta cuenta se registra el importe de los préstamos subordinados contratados por la entidad. OPERACIÓN. Se debita: 1. Amortización del préstamo 2. Por las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera o en Unidades de Desarrollo, con crédito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “518 Ganancia por diferencial cambiario y unidades de desarrollo (UD)”. Se acredita: 1. Por la formalización y desembolso del préstamo. 2. Por las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera o en Unidades de Desarrollo, con débito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “418 Pérdida por diferencial cambiario y unidades de desarrollo (UD)”. SUBCUENTA Préstamos subordinados

21 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Adicionar un segundo párrafo al concepto de la subcuenta “Provisiones por obligaciones patronales” de la cuenta 243 Provisiones. PROPUESTA: Provisiones por obligaciones patronales […] La provisión por auxilio de cesantía es neta del gasto registrado en la subcuenta Gasto por aporte al Auxilio de Cesantía por el aporte trasladado a las asociaciones solidaristas, cooperativas de ahorro y crédito y cualquier otra entidad autorizada por ley.

22 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Adicionar la subcuenta Gasto por aporte al Auxilio de Cesantía a la cuenta 441 Gastos de Personal, la cual será de uso de los supervisados de SUGEF, SUGEVAL y SUPEN. PROPUESTA: Gasto por aporte al Auxilio de Cesantía. CONCEPTO: En esta subcuenta se registran mensualmente el monto aportado por la entidad supervisada a asociaciones solidaristas, cooperativas de ahorro y crédito o cualquier otra entidad autorizada por ley para que administre el auxilio de cesantía de sus trabajadores o lo pagado al empleado, diferente al aporte del 3% del Fondo de Capitalización Laboral.

23 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 33-07 Plan de Cuentas
Modificar el concepto de la subcuenta Provisiones para obligaciones patronales y Fondo de capitalización laboral. PROPUESTA: Provisiones para obligaciones patronales CONCEPTO: En esta subcuenta se registra el gasto mensual por provisión que realiza el patrono para reconocer la posible obligación por concepto de preaviso y auxilio de cesantía y este último (corresponde al saldo neto después de lo aportado a las asociaciones solidaristas, cooperativas de ahorro y crédito, a cualquier otra entidad autorizada por ley para que administre la cesantía, lo pagado a los empleados o el 3% aportado al Fondo de Capitalización Laboral). Fondo de capitalización laboral CONCEPTO: En esta subcuenta se registra el gasto mensual por el aporte del 3% al Fondo de Capitalización Laboral, según lo dispone la legislación vigente.

24 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera

25 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera

26 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera

27 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera

28 2. Reformas a Normativa Contable
SUGEF 33-07 Adición subcuenta y cuenta analítica Cartera de Crédito adquirida en recuperación de crédito Registro - Plan de cuentas Otros cambios Adición cuenta analítica Deterioro de Biblioteca y obras de Arte Adición cuenta analítica Otros Activos Restringidos

29 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera
Modificar el artículo 3. “Notas explicativas a los Estados Financieros”, conforme con el texto que se indica en letra cursiva: “Las notas obligatorias a los estados financieros deben presentarse de forma sistemática y de conformidad con las revelaciones que disponen las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero. Cada Superintendente podrá exigir, mediante resolución razonada, notas prudenciales adicionales para sus supervisados. Cuando alguna de éstas no sea de aplicación, ello deberá evidenciarse como una nota final, indicando las razones por las cuales no se presenta. La entidad supervisada podrá adicionar cualquier otra nota que estime pertinente.”

30 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera
Adicionar párrafo cuarto al artículo 5. “Preparación de los estados financieros”, conforme con el texto que se indica en letra cursiva: “Las cooperativas de ahorro y crédito y la Caja de Ahorro y Préstamos para la Educación como controladoras no consolidarán los estados financieros intermedios y anuales auditados de las participaciones en empresas como funerarias y otras de índole diferente a la actividad financiera y bursátil, cuyos estados financieros de dichas empresas se presentarán separados.”

31 Principales cambios al Acuerdo SUGEF 31-04 Presentación información financiera
Modificar el párrafo dos del artículo 8. “Comparabilidad de los estados financieros”, conforme con el texto que se indica en letra cursiva: “Los estados financieros intermedios, acumulados a los meses de marzo, junio y setiembre de cada año, serán comparativos conforme lo establece las Normas Internacionales de Información Financiera y se expresarán en colones sin céntimos.”


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