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CPN García, Juan Carlos1 PASIVO. 2 Concepto: S/RT 9:Son aquellas obligaciones ciertas o contingentes que el ente tiene o puede llegar a tener a la fecha.

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1 CPN García, Juan Carlos1 PASIVO

2 2 Concepto: S/RT 9:Son aquellas obligaciones ciertas o contingentes que el ente tiene o puede llegar a tener a la fecha de cierre del ejercicio. S/RT 16: Un ente tiene un pasivo cuando debido a algún hecho del pasado, se verá obligado a entregar un activo o prestar un servicio o es muy probable que ello ocurra.

3 CPN García, Juan Carlos3 Clasificación: Por su plazo: Corriente y No Corriente Corriente y No Corriente

4 CPN García, Juan Carlos4 Por su origen: Comerciales Comerciales Financieras o bancarias Financieras o bancarias Remuneraciones y Cargas Sociales Remuneraciones y Cargas Sociales Cargas Fiscales Cargas Fiscales Anticipos de clientes Anticipos de clientes Dividendos a Pagar Dividendos a Pagar Otras Deudas Otras Deudas Previsiones Previsiones

5 CPN García, Juan Carlos5 Por su naturaleza: Con Garantía Con Garantía Sin Garantía Sin Garantía

6 CPN García, Juan Carlos6 DEUDAS Concepto: Son obligaciones ciertas determinadas o determinables Determinadas: Las que surgen de un documento en forma escrita. Determinables: Las antes llamadas PROVISIONES, las cuales deben ser calculadas (como impuestos o cargas sociales) o determinadas, pero se puede hacer con exactitud, a diferencia de las previsiones que son estimativas.

7 CPN García, Juan Carlos7 Cuentas Representativas Según clasificación por su origen tenemos los agrupamientos, veremos las cuentas sintéticas y analíticas en cada caso. Según clasificación por su origen tenemos los agrupamientos, veremos las cuentas sintéticas y analíticas en cada caso.

8 CPN García, Juan Carlos8 Registración de las más comunes Sueldos y cargas sociales Sueldos y cargas sociales Cargas Fiscales Cargas Fiscales Dividendos Dividendos Anticipos de clientes Anticipos de clientes

9 CPN García, Juan Carlos9 Devengamiento de Intereses: Agregar o segregar intereses Agregar o segregar intereses Casos de pago Adelantado Casos de pago Adelantado Casos de pago Vencido Casos de pago Vencido Incluidos en Documentos Incluidos en Documentos

10 CPN García, Juan Carlos10 MEDICIÓN DE DEUDAS Pasivos en moneda (Originados en la compra de bienes o servicios, en refinanciaciones y en transacciones financieras): Se considerará la posibilidad e intención de cancelación anticipada. Se considerará la posibilidad e intención de cancelación anticipada. En caso que así corresponda, se valuarán al valor descontado de la deuda, calculado con la tasa que el acreedor aceptaría para recibir su pago anticipado.

11 CPN García, Juan Carlos11 Si el ente no está en condiciones de cancelar el pasivo con anticipación o no tuviera la intención de hacerlo, su medición se efectuará considerando: La medición original del pasivo La medición original del pasivo La porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a pagar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas La porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a pagar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas Los pagos efectuados. Los pagos efectuados.

12 CPN García, Juan Carlos12 Previsiones Concepto: Son aquellas partidas que a la fecha de los estados contables representan importes estimados para hacer frente a situaciones contingentes que probablemente originen obligaciones para el ente. Las estimaciones incluyen el monto probable de la obligación contingente y la probabilidad de su concreción.

13 CPN García, Juan Carlos13 Naturaleza Su existencia resulta de la aplicación de la regla de DEVENGADO (Aplicar los gastos necesarios al mismo ejercicio en que se producen los ingresos que los originan). Normativa según RT 17 (Punto 4.8.). Contingencias: Se reconocerán los desfavorables cuando: 1. Deriven de una situación o circunstancia existente a la fecha de los estados contables. 2. La probabilidad de que tales efectos se materialicen es alta 3. Sea posible cuantificarlos en moneda de una manera adecuada.

14 CPN García, Juan Carlos14 Cuentas Representativas Previsión para Indemnizaciones por Despidos Previsión para Indemnizaciones por Despidos Previsión para atención de Garantías Previsión para atención de Garantías Previsión para juicios o reclamos Previsión para juicios o reclamos Otras Otras

15 CPN García, Juan Carlos15 Pasivos Contingentes: Opiniones de la doctrina y en las normas contables: Según E.F.Newton en su obra titulada Cuestiones Contables Fundamentales, se considera que la existencia o la medición contable de un activo o un pasivo es contingente cuando depende de que se concreten uno o más hechos futuros e inciertos a la fecha de la medición.

16 CPN García, Juan Carlos16 Luego el autor realiza comentarios de los que se desprende que, en posiciones que podemos calificar de extremadamente prudentes, la mayoría de los activos están sujetos a algún tipo de contingencias, ya que, por ejemplo, los créditos podrían no cobrarse, las mercaderías podrían no venderse o cobrarse, las maquinarias dependen de que en el futuro exista mercado para vender los productos que con ellas se fabrican, etc.

17 CPN García, Juan Carlos17 En cambio opina que los pasivos en general deberían considerarse ciertos, puesto que en general se supone que el emisor cumplirá con los compromisos asumidos. No obstante, existirán algunos que se pueden considerar contingentes, por cuanto la ocurrencia de los hechos puede o nó concretarse en el futuro y recién en ese momento se tendrá la certeza de la existencia de la obligación.

18 CPN García, Juan Carlos18 En ese sentido ha existido coincidencia por parte de los autores en cuanto al tratamiento de este tema, que debemos enfatizar tres aspectos: Afianzar el concepto de contingencia cierta. Aunque esto parezca un contrasentido, ya que si un hecho es contingente, no puede ser cierto, la expresión se refiere justamente a la posibilidad de ocurrencia del hecho contingente: para que exista registración, la posibilidad de ocurrencia debe ser muy elevada (estadísticamente) y en ese sentido es que se puede decir que se trata de un hecho que seguramente va a ocurrir, si bien todavía hay una mínima posibilidad de que no ocurra. Afianzar el concepto de contingencia cierta. Aunque esto parezca un contrasentido, ya que si un hecho es contingente, no puede ser cierto, la expresión se refiere justamente a la posibilidad de ocurrencia del hecho contingente: para que exista registración, la posibilidad de ocurrencia debe ser muy elevada (estadísticamente) y en ese sentido es que se puede decir que se trata de un hecho que seguramente va a ocurrir, si bien todavía hay una mínima posibilidad de que no ocurra.

19 CPN García, Juan Carlos19 Aplicar razonablemente el principio de prudencia. Aplicar razonablemente el principio de prudencia. Este era uno de los pilares dentro de lo que se han llamado los principios de contabilidad generalmente aceptados. Se asociaba especialmente a la forma de considerar los resultados, apuntando a asegurarnos que los que se destinen a la distribución, no estén sujetos a ninguna restricción, o lo que es lo mismo, se encuentren depurados de todos los gastos necesarios para obtenerlos.

20 CPN García, Juan Carlos20 No obstante, ello no debe ser una autorización que justifique todo tipo de restricciones a los resultados, sino que debe como siempre aplicarse la regla de la razonabilidad. Aconsejamos aquellos que quieran profundizar el tema, la lectura en la obra del autor citado al comienzo del trabajo de una edición anterior, donde analizaba la certidumbre en la contabilidad, haciendo notar que justamente la misma está plagada de incertidumbres, lo que no nos debe llevar al extremo de dejar de reflejar en una forma adecuada y razonable los hechos económicos ocurridos y la situación patrimonial del ente.

21 CPN García, Juan Carlos21 La excesiva registración de contingencias genera la existencia de reservas ocultas. La excesiva registración de contingencias genera la existencia de reservas ocultas. En efecto, si bajo el pretexto de un excesivo apego al principio de prudencia, se registran excesivas contingencias de pasivo, las cuales luego no se concretan, llega un momento en que veremos un estado patrimonial con un pasivo cada vez más grande y un patrimonio neto cada vez más pequeño. En efecto, si bajo el pretexto de un excesivo apego al principio de prudencia, se registran excesivas contingencias de pasivo, las cuales luego no se concretan, llega un momento en que veremos un estado patrimonial con un pasivo cada vez más grande y un patrimonio neto cada vez más pequeño.

22 CPN García, Juan Carlos22 Pero si analizamos la realidad económica del ente, veremos que esas Previsiones son en realidad de muy difícil o nula posibilidad de concreción, con lo cual gran parte de las mismas constituyen en realidad parte del Patrimonio Neto, de allí el concepto de reservas ocultas. En este sentido, el autor mencionado nos remite a la SFAC 6 que aclara que la palabra probable se emplea con su significado general de algo que puede ser razonablemente esperado o creído sobre la base de la evidencia disponible o de la lógica, pero respecto de la cual no hay certeza o prueba.

23 CPN García, Juan Carlos23 Las normas contables han coincidido en los últimos años en señalar la necesidad de registrar las contingencias cuando se cumplen en forma simultánea dos requisitos esenciales:

24 CPN García, Juan Carlos24 Que exista al cierre de ejercicio un elevado grado de probabilidad de ocurrencia del hecho contingente. Que exista al cierre de ejercicio un elevado grado de probabilidad de ocurrencia del hecho contingente. Que los efectos del mismo puedan ser medidos objetivamente o lo que es lo mismo, que sea cuantificable de manera razonable. Que los efectos del mismo puedan ser medidos objetivamente o lo que es lo mismo, que sea cuantificable de manera razonable.

25 CPN García, Juan Carlos25 La actual norma vigente, R.T. Nº17, agrega que los hechos deben derivar de una situación o circunstancia existente a la fecha de los estados contables, lo cual resultaba implícito en los dos anteriores, puesto que es a esa fecha que se debe realizar la estimación y la registración. Además, sólo se deben reconocer las contingencias desfavorables, dejando para las favorables sólo la posibilidad de su reconocimiento en el caso de impuestos diferidos, caso del que no nos ocuparemos por no ser el objeto en este momento.

26 CPN García, Juan Carlos26 Previsión para Indemnizaciones por Despidos Distintos criterios de la doctrina: Distintos criterios de la doctrina: No constituir por considerar que los despidos devienen de la decisión de despedir, por lo tanto deber la pérdida debe ser imputada al ejercicio en que se tome tal decisión. No constituir por considerar que los despidos devienen de la decisión de despedir, por lo tanto deber la pérdida debe ser imputada al ejercicio en que se tome tal decisión. Debe constituirse por cuanto la indemnización es por antigüedad y aumenta a medida que los empleados permanecen en la empresa. En consecuencia es como si la misma se fuera devengando en el tiempo. Debe constituirse por cuanto la indemnización es por antigüedad y aumenta a medida que los empleados permanecen en la empresa. En consecuencia es como si la misma se fuera devengando en el tiempo.

27 CPN García, Juan Carlos27 Dictámen Nº6 del ITCP: (Aplicado en la Capital Federal) es una postura intermedia: Dictámen Nº6 del ITCP: (Aplicado en la Capital Federal) es una postura intermedia: Constituir Previsión sólo para casos de despidos programados (cierre de un segmento o sucursal, cambio de tecnología, etc) y los imprevistos considerarlos pérdida en el ejercicio en que ocurren.

28 CPN García, Juan Carlos28 Cálculo y registración: Se mencionan distintas alternativas: Riesgo total: El total de indemnización que habría que pagar si se despidiera a la totalidad del personal en actividad al cierre de ejercicio. (se considera exagerado) Riesgo total: El total de indemnización que habría que pagar si se despidiera a la totalidad del personal en actividad al cierre de ejercicio. (se considera exagerado) Un porcentaje del riesgo total, en función de experiencia anterior o del ramo en otras empresas. Un porcentaje del riesgo total, en función de experiencia anterior o del ramo en otras empresas. Hacer una estimación basada en experiencia. Hacer una estimación basada en experiencia. Criterio Impositivo: tomar un 2% por año del total de las remuneraciones, lo cual se admite en la liquidación del Impuesto a las Ganancias. Criterio Impositivo: tomar un 2% por año del total de las remuneraciones, lo cual se admite en la liquidación del Impuesto a las Ganancias.

29 CPN García, Juan Carlos29 Registración de constitución y utilización: Como todas las previsiones se debita una cuenta de resultado negativo (Indemnizaciones por despidos) y se acredita la Previsión. Como todas las previsiones se debita una cuenta de resultado negativo (Indemnizaciones por despidos) y se acredita la Previsión. Se utiliza en ejercicios siguientes cuando se despide personal que estaba en funciones al cierre del ejercicio anterior, aplicando el criterio considerado para constituirla. Se utiliza en ejercicios siguientes cuando se despide personal que estaba en funciones al cierre del ejercicio anterior, aplicando el criterio considerado para constituirla. Como norma, esta Previsión es acumulativa o sea que anualmente se incrementa para el futuro, en razón del incremento del monto del riesgo que aumenta con la mayor antigüedad del personal. Como norma, esta Previsión es acumulativa o sea que anualmente se incrementa para el futuro, en razón del incremento del monto del riesgo que aumenta con la mayor antigüedad del personal.

30 CPN García, Juan Carlos30 Previsión para atención de Garantías Existe coincidencia en la doctrina sobre su constitución por aquellas empresas que venden productos otorgando garantía de buen funcionamiento durante cierto tiempo. Existe coincidencia en la doctrina sobre su constitución por aquellas empresas que venden productos otorgando garantía de buen funcionamiento durante cierto tiempo. Cálculo: Cálculo: Se deberán tener en cuenta dos factores: Por un lado la cantidad reparaciones promedio atendidas en el último período de tiempo considerado (3 a 5 años). Luego, el costo promedio por reparación en igual período.

31 CPN García, Juan Carlos31 Registración: Registración: Como en todas las previsiones al constituirlas se debita una cuenta de resultado negativo (Gastos por Atención de Garantías) acreditando la Previsión. Para utilizarlas, en el ejercicio siguiente se debita la Previsión siempre que se trate de atención de garantías de productos vendidos en ejercicios anteriores.

32 CPN García, Juan Carlos32 Previsión para juicios o reclamos Cuando la empresa tenga juicios iniciados en su contra y se cumplan los requisitos establecidos por las RT vigentes (alta probabilidad de perder el juicio y cuantificación adecuada), deberá constituirse la Previsión correspondiente. Cuando la empresa tenga juicios iniciados en su contra y se cumplan los requisitos establecidos por las RT vigentes (alta probabilidad de perder el juicio y cuantificación adecuada), deberá constituirse la Previsión correspondiente.

33 CPN García, Juan Carlos33 Cálculo: Cálculo: En este caso su estimación deberá basarse en informe de letrados, teniendo en consideración las sumas reclamadas y las legal y jurisprudencialmente admitidas. Registración: Registración: Siguiendo los criterios expuestos precedentemente se constituye al cierre de ejercicio y se utiliza cuando se concreta su transformación en obligación cierta.

34 CPN García, Juan Carlos34 OTRAS PREVISIONES Existen innumerables situaciones contingentes que pueden dar motivo a la constitución de Previsiones, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la norma técnica (Previsiones para Siniestros, por Daños a Terceros, por Reparaciones Extraordinarias de Maquinarias o Equipos, por Fluctuaciones en el Tipo de Cambio, etc. Existen innumerables situaciones contingentes que pueden dar motivo a la constitución de Previsiones, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la norma técnica (Previsiones para Siniestros, por Daños a Terceros, por Reparaciones Extraordinarias de Maquinarias o Equipos, por Fluctuaciones en el Tipo de Cambio, etc. Si no se estuviese frente a un caso de alta probabilidad de ocurrencia o no fuera cuantificable adecuadamente, no se hará registración y se dejará constancia mediante nota a los estados contables. Si no se estuviese frente a un caso de alta probabilidad de ocurrencia o no fuera cuantificable adecuadamente, no se hará registración y se dejará constancia mediante nota a los estados contables.

35 CPN García, Juan Carlos35 UTILIDADES DIFERIDAS Y A REALIZAR Se trata de denominaciones utilizadas en el pasado en anteriores modelos de exposición de estados contables, los cuales diferenciaban: Se trata de denominaciones utilizadas en el pasado en anteriores modelos de exposición de estados contables, los cuales diferenciaban: 1. Ganancias a Realizar: Aquellas que no se encontraban devengadas, tales como rentas o intereses percibidos por adelantado. 2. Utilidades Diferidas: Aquellas que se encuentran realizadas, pero se difieren por motivos de conveniencia, por ejemplo de tipo financiero, como resultado de venta de loteos en cuotas a largo plazo.

36 CPN García, Juan Carlos36 Situación actual: En la actualidad las llamadas ganancias a realizar se exponen como deudas, bajo el concepto de cobros anticipados. En realidad se trata de una obligación de entregar servicios. En la actualidad las llamadas ganancias a realizar se exponen como deudas, bajo el concepto de cobros anticipados. En realidad se trata de una obligación de entregar servicios. En cuanto a las diferidas, las que anteriormente se consideraban, hoy se tratan como resultados, quedando en manos de la Asamblea de socios decidir sobre su distribución En cuanto a las diferidas, las que anteriormente se consideraban, hoy se tratan como resultados, quedando en manos de la Asamblea de socios decidir sobre su distribución

37 CPN García, Juan Carlos37 RESULTADOS DIFERIDOS S/RT 9:Son aquellos resultados que de acuerdo con lo establecido por las normas contables profesionales, se imputan directamente a rubros específicos del patrimonio neto, manteniéndose en dichos rubros hasta que por aplicación de las citadas normas deban imputarse al Estado de Resultados. S/RT 9:Son aquellos resultados que de acuerdo con lo establecido por las normas contables profesionales, se imputan directamente a rubros específicos del patrimonio neto, manteniéndose en dichos rubros hasta que por aplicación de las citadas normas deban imputarse al Estado de Resultados. Se exponen en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, formando pare de los Resultados Acumulados, a continuación de las Ganancias Reservadas. Se exponen en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, formando pare de los Resultados Acumulados, a continuación de las Ganancias Reservadas. Forma parte de este capítulo la denominada Reserva por Revalúo Técnico, cuyo saldo proveniente de ejercicios en que éstos estuvieron admitidos como criterio de valuación, se consumirán en el futuro, por amortización o venta de los bienes revaluados. Forma parte de este capítulo la denominada Reserva por Revalúo Técnico, cuyo saldo proveniente de ejercicios en que éstos estuvieron admitidos como criterio de valuación, se consumirán en el futuro, por amortización o venta de los bienes revaluados.


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