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DIRECCION DE PARTICIPACION SOCIAL Y ACCESO A LA INFORMACION FUNCIONAMIENTO Y EXPERIENCIA DEL PROCESO DE HABILITACION EN MINSTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS.

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1 DIRECCION DE PARTICIPACION SOCIAL Y ACCESO A LA INFORMACION FUNCIONAMIENTO Y EXPERIENCIA DEL PROCESO DE HABILITACION EN MINSTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 11 de Abril 2013 ING. DAVID ARIAS Director Participación Social

2 La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información Fue creada por la resolución 06/2009 el 20 de Febrero del 2009 con la finalidad de: Ejecutar la política y directrices relativas a la participación de la sociedad y sus instituciones en la formulación y ejecución de la política, planes y programas definidos por el Ministerio de Medio Ambiente. Facilitar la participación y movilización de la ciudadanía en la ejecución de las políticas de medio ambiente y en el desempeño institucional del ministerio. Promover el fortalecimiento de la capacidad de las asociaciones sin fines de lucro y otras organizaciones de la sociedad civil del sector medio ambiente para incidir en la formulación y ejecución de la política, planes, programas, proyectos y actividades del sector.

3 La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información Administrar el proceso de habilitación, registro y validación de las asociaciones sin fines de lucro del sector medio ambiente, conforme lo establecido en la ley 122-05. Promover la adopción e incorporación de la perspectiva género en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos y actividades del sector medio ambiental. Ejecutar las políticas de transparencia y libre acceso a la información pública establecidas y transmitir a las instancias correspondientes las solicitudes de información pública presentadas al Ministerio. Validar la participación pública en las evaluaciones ambientales Promover la relación inter e intrainstitucional

4 Comisión Mixta de Habilitación Fue creada por la Resolución 023/2010 dictada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en fecha 16-Sept-2010, es una instancias descentralizada y tiene como prioridad la aplicación de las normas técnicas y administrativas mínimas de habilitación de las Asociaciones sin Fines de Lucro del Sector Ambiental.

5 Proceso de Conformación de la Comisión Mixta Reunión interna para proponer las instituciones que ordena la ley 122-05 ( Articulo 38 párrafo 1)al Ministro para su selección final Comunicación invitando a las organizaciones seleccionadas por el ministerio a formar parte de la Comisión Mixta de Habilitación. Convocatoria primera reunión, establecimiento de los requisitos legales e institucionales. Presentación y discusión del reglamento de funcionamiento de la comisión mixta. Reuniones ordinarias

6 Atribuciones de la Comisión Mixta de Habilitación. Facultad para crear normativa de funcionamiento Validar y certificar la autenticidad de las ASFLs en cuantos a documentaciones y sus mobiliarios Velar por la aplicación de las normas técnicas y administrativas de habilitación que regulen la actuación y el funcionamiento de las asociaciones del sector ambiental. Colaborar con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la elaboración y la actualización periódica de las referidas Normas.

7 La Comisión Mixta Agencia de Cooperación Externa Cooperación Alemana GIZ Marina Meuss / Rosa Lamela GIZ. *Órganos Inter-Asociativos Alianza ONG Addys Then Marte/ Jared Ortiz *Coordinador Administrativos y Financiero Lic. Roberto Peguero *Director Administrativo Lic. Juan Nuñez *Oficina Sectorial Planificación y Desarrollo Lic. Tirsis Quezada/Nicolas Garcia *Dirección Legal Dra. Marisol Castillo/Indhira Severino *Representante de la Dirección de Participación Social. Quien la Preside Ing. David Arias/Lic. Keidy Peralta.

8 LA HABILITACIÓN Art. 35.-ley 122-05. Es la aplicación obligatoria de todas las asociaciones sin Fines de Lucro que reciben o desean recibir fondos del Estado o de alguna de sus instituciones o el aval de éste para fondos de cooperación, así como para las asociaciones mixtas u órganos interasociativos que desarrollen programas de beneficio público de servicio a terceras personas y para aquellas asociaciones sin fines de lucro que trabajen en sectores en que la habilitación sea un requisito necesario para obtener el permiso para operar. Para el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la habilitación es un procedimiento que se desarrolla, a través de las Dirección de Participación Social y la Comisión Mixta que asegura que los servicios ofrecidos por las Asociaciones sin Fines de Lucro cumplan con las condiciones establecidas por este Ministerio Ambiente en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento para garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad.

9 La Habilitación El procedimiento en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales son los siguientes: Solicitud de las ASFLs Revisión de la documentación Programación de inspección / informando a la Comisión Mixta/Direcciones Provinciales Completada la documentación se convoca a la Comisión Mixta para su conocimiento. Remisión del acta donde se recomiendan las ASFLs que cumplieron con los requisitos para ser habilitadas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su aprobación Certificación y entrega/ 43 Asociaciones habilitadas por el Ministerio y 25 están proceso para ser habilitada en el sector de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Entrega de comunicación a la que no cumplen con los requisitos.

10 Requisitos Mínimos Organizaciones de Base y ASFLs Financieros Capacidad técnica Experiencia institucional

11 FORMULARIOS Solicitud de Habilitación Solicitud de Inspección Información sobre los Programas y Proyectos en el Sector de Medio ambiente.

12 Próximos pasos Capacitación financieras y técnicas Seguimiento y monitoreo de las ASFLs Fortalecimiento de la Comisión Mixta de Habilitación.

13 ENTREGA DE CERTIFICADO

14

15 " Gracias….


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