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En México, existen poco más de dos millones de usuarios de Internet activos de los cuales un 20% compra en la Red; del total de dichas compras el 70%

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Presentación del tema: "En México, existen poco más de dos millones de usuarios de Internet activos de los cuales un 20% compra en la Red; del total de dichas compras el 70%"— Transcripción de la presentación:

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2 En México, existen poco más de dos millones de usuarios de Internet activos de los cuales un 20% compra en la Red; del total de dichas compras el 70% lo hace en el extranjero, según un estudio realizado por la International Data Corporation Select.

3  La Comisión Europea define al comercio electrónico como: “Cualquier actividad que involucre a empresas que interactúan y hacen negocios por medios electrónicos, bien con clientes, bien entre ellas, o bien con la administración"

4  Business to Business (B2B).-  Business to Business (B2B).- Comercio de empresa con empresa; regularmente se intercambian insumos para la operación de las mismas.  Business to Consumer (B2C).-  Business to Consumer (B2C).- Es el comercio de una empresa o tienda hacia un particular.  Consumer to Consumer (C2C  Consumer to Consumer (C2C).- Es el trato directo entre particulares.

5  El 29 de abril del 2000, fueron aprobadas por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, diversas modificaciones a las leyes mercantiles, las cuales reglamentan las operaciones comerciales hechas a través de medios electrónicos.  Las modificaciones legales, se refieren al reconocimiento del uso de medios electrónicos para la realización de actos de comercio, con todas las características que les son propias: 1. Expresión de la voluntad de las partes. 2. Ejecución y regulación de actos mercantiles y la validez de los datos transmitidos y de los medios utilizados para tal efecto.

6  http://www.uncitral.org/pdf/spanish/texts/ electcom/05-89453_S_Ebook.pdf http://www.uncitral.org/pdf/spanish/texts/ electcom/05-89453_S_Ebook.pdf  Parte fundamental en el proceso de regulación de esta nueva modalidad del comercio a sido gracias a la intervención de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI).

7  Quedan comprendidos dentro del comercio electrónico diversos actos jurídicos aun cuando el contrato que les dé origen se haya celebrado verbalmente o por escrito tangible.  Tomando como base las INCOTERMS (TÉRMINOS DE COMERCIO INTERNACIONAL)  http://www.eumed.net/curseco n/dic/incoterms.htm http://www.eumed.net/curseco n/dic/incoterms.htm

8  El comercio electrónico comprende todos los actos preparados, celebrados o ejecutados que constan en mensajes de datos y que se llevan a cabo a través de diversos medios electrónicos tales como internet, correo electrónico; medios que permiten combinar la publicidad televisiva digital (infomercials) con mecanismos de respuesta a través de la red para pedido inmediato, ligas de internet, etc.

9 Desmaterialización Documental

10  El Comercio Electrónico está provocando serias transformaciones en el mercado, en los procesos, en las empresas y sobre todo en los consumidores.

11  Naturaleza comercial:  Naturaleza comercial: decimos que es de naturaleza comercial en función de las personas que lo realizan (elemento subjetivo), es decir, las personas que lo llevan a cabo pueden ser ambas comerciantes o puede darse entre un comerciante y un consumidor, con lo cual estaríamos frente a una actividad de carácter comercial.  Por otro lado, el carácter comercial estaría dado por el acto en sí mismo (elemento objetivo) siendo el acto un acto propiamente comercial.  Al respecto, debemos decir que definir que es comercial es una tarea sumamente engorrosa, sin embargo, para tener una aproximación podemos citar el concepto que maneja la CNUDMI5 respecto de los actos comerciales.

12  Transacción de bienes y servicios  Transacción de bienes y servicios: el objeto del Comercio Electrónico es precisamente el intercambio de bienes y servicios sean estos informáticos o no.

13  Utilización de medios electrónicos:  Utilización de medios electrónicos: Esta es a nuestro parecer la característica fundamental, porque este tipo de comercio tiene su base en la utilización de medios electrónicos o telemáticos y análogos, los cuales podemos definir de manera simple como métodos de comunicación y almacenamiento de información sustitutivos de los que utilizan soporte papel.  En el caso que se lleve a cabo el Comercio Electrónico a través de Internet, hay que recordar que existen en la actualidad tres tipos de conexión que podemos utilizar para acceder.  Están son:  Conexión Dedicada, Conexión Cuasidedicada y Emulación de Terminal.- es aquella diseñada para operar permanentemente, sin interrupciones, a través de una línea de comunicación exclusiva.  La Conexión Cuasidedicada consiste en convertir una línea telefónica convencional

14  La Conexión Cuasidedicada consiste en convertir una línea telefónica convencional en una línea de datos. Esto se logra utilizando un módem convencional, a través del cual se hace una llamada a un proveedor de acceso y usando los protocolos SLIP7 o PPP8 se crea un TCP/IP temporal.  La Emulación de Terminal es un servicio que utiliza una línea telefónica convencional, mediante la cual se llama al proveedor de acceso y se logra que una computadora local sea uno de los terminales remotos de la computadora remota. Es decir, es un servicio por el cual una computadora establece comunicación con otra convirtiéndose en terminal de ella.

15  Tiempo real:  Tiempo real: entendido técnicamente, el Tiempo Real es el procesamiento inmediato de las entradas, como una transacción de punto de ventas o una mediación realizada por un dispositivo analógico de laboratorio.  Es una característica fundamental de este tipo de comercio, que se encuentra íntimamente relacionada con la característica anterior, referida a la utilización de medios electrónicos, ya que es mediante estos medios que podemos realizar las transacciones en tiempo real.

16  Transacción interactiva, no física ni directa:  Transacción interactiva, no física ni directa: para poder entender esta característica, debemos decir que respecto de las transacciones comerciales, podemos englobar estas en dos categorías:  Cara a Cara: ocurre en un local comercial, donde el cliente prueba, revisa y selecciona el artículo deseado.  No físicas o no directas, que a su vez pueden ser de dos clases:  Por correo, teléfono, fax, televisión, radio, o medios análogos, por el cual el cliente escoge el producto o servicio.  Por medios electrónicos. Podemos concluir, que el Comercio Electrónico es una transacción no física o no directa, la que se realiza mediante una transmisión electrónica o telemática, que es aquella utilizada para transferir fondos, datos informatizados y otros servicios de valor añadido, a través de medios electrónicos, tales como el EDI (Electronic Data Interchange), la transferencia electrónica de fondos y la nternet.

17  Si bien los procesos comerciales se están rediseñando, no se ha logrado por completo atravesar estos límites, quedando como barrera para la utilización del Comercio Electrónico, los siguientes aspectos: 1.La concentración de proveedores a nivel internacional. 2.La inmensa desigualdad entre proveedores y consumidores. 3.La falta de adecuada regulación a nivel internacional.

18  POR LA FORMA DE RELACIONARSE:  Comercio Electrónico Indirecto y el Comercio Electrónico Directo.  Respecto del Comercio Electrónico Indirecto, podríamos decir que es el que consiste en la adquisición de bienes que luego de solicitados serán enviados al domicilio del requirente, es decir, implica la utilización de la información que se necesita para el comercio de bienes físicos, y estos últimos son remitidos según los sistemas tradicionales de transporte.  Por otro lado, tenemos el Comercio Electrónico Directo, en el cual las transacciones son netamente on-line desde el pedido hasta el pago y envío.  P/E. las transacciones comerciales no físicas (correo, teléfono, fax, televisión, radio, medios análogos, medios electrónicos), sin embargo, la forma más globalizada es sin lugar a dudas la Internet, mediante todas las herramientas que ofrece, lo que ha traído consigo la dación de nuevos principios en materia de negociaciones.

19  SEGÚN LOS AGENTES IMPLICADOS:  Existe otra clasificación de Comercio Electrónico, basada en los agentes implicados, sin importar el tipo de transacción realizada (sean bienes o servicios los que se comercian).  En virtud de esta clasificación podemos agrupar al Comercio Electrónico en cinco categorías:  Empresa – Empresa  Empresa – Consumidor  Empresa – Administración  Consumidor – Consumidor  Consumidor - Administración

20  INTERNET  Telégrafo  Correo electrónico  Intercambio electrónico de datos (EDI)  Fax.  Medios ópticos o similares.

21 Medios de pago electrónicos.

22  La noción "dinero electrónico" alude al "dinero efectivo electrónico" o dinero digital (en atención a la tecnología actualmente utilizada), utilizándose esta expresión únicamente para referirse a las monedas y billetes electrónicos como sustitutos del dinero metálico o del papel moneda Tradicionalmente conocido.  El dinero electrónico tiene por objeto facilitar el pago en operaciones generalmente concertadas a través de redes de comunicación pudiendo asumir distintas formas según la voluntad de las partes negociantes.

23  El concepto de medios electrónicos de pago lo encontramos en el ámbito europeo en la Recomendación 97/489/CE1 relativa a las transacciones efectuadas mediante instrumentos electrónicos de pago, en particular las relaciones entre emisores y titulares de tales instrumentos, que entiende por tales: "...aquellos que permiten efectuar transferencias de fondos, retirar dinero en efectivo y la carga de un instrumento de dinero electrónico en los cajeros automáticos, y el acceso a los fondos de la cuenta en una entidad (instrumentos de pago de acceso a distancia".

24  Las tarjetas electrónicas  Dentro de la amplia clasificación de las tarjetas, nos referimos en esta oportunidad a las nuevas tarjetas surgidas como consecuencia del desarrollo tecnológico, esto es a los monederos electrónicos y a las tar jetas diseñadas en forma específica para realizar pagos en Internet, comúnmente conocidas como tarjetas virtuales.  a). Los monederos electrónicos  Los monederos electrónicos son tarjetas de prepago que permiten almacenar unidades monetarias en un microchip con la finalidad de realizar pequeñas compras, (cabinas telefónicas, taxis, kioscos, bares, pequeños comercios de alimentación) donde hasta ahora no se aceptaba la tradicional tarjeta de crédito y el consumidor debía realizar los pagos en efectivo.  El funcionamiento de los monederos electrónicos implica el almacenamiento -previo a su uso- de una determinada cantidad de dinero a voluntad del titular de la tarjeta mediante una transferencia de la cuenta bancaria del usuario del monedero.  Con el dinero contenido en el monedero electrónico, el titular puede adquirir los productos y servicios de los proveedores adheridos al sistema, el uso de esta tarjeta implica su introducción en el dispositivo adecuado del proveedor de bienes y/o servicios a objeto de registrar la operación realizada y efectuar la correspondiente deducción del saldo, situación que en principio limita el uso de la tarjeta monedero en operaciones en Internet, no obstante su uso se está implantando a través de la instalación de un hardware específico en los ordenadores de los usuarios que permite la lectura de las tarjetas.  El importe de las operaciones se registra tanto en la tarjeta a través de microchip, como en los registros informáticos del banco. La utilización del monedero electrónico, comporta para el titular la asunción de los riesgos en caso de utilización fraudulenta o irregular así como por su pérdida, incluso después de haberlo notificado al banco.

25  Las tarjetas virtuales:  Las tarjetas para pagos en Internet representan la última novedad en materia de tarjetas electrónicas.  Aún cuando para el pago en el comercio electrónico en Internet no es necesaria la configuración de una tarjeta especial en el sentido que podemos pagar con las tradicionales tarjetas de crédito, débito o compra, las numerosas reclamaciones de los clientes por el uso fraudulento de las tarjetas, impulsaron a las diferentes instituciones financieras y propietarias de las marcas que emiten las tarjetas a trabajar en el diseño de tarjetas especiales para su uso específico en Internet.

26  Una de las principales inquietudes que manifiestan los usuarios de Internet a la hora de efectuar un pago con dinero electrónico se relaciona directamente con su Incertidumbre acerca de la admisión legal del pago efectuado a través de estos nuevos medios.

27  1. La autonomía de la voluntad y la libertad de pacto: según estos principios de carácter general, el pago por medios electrónicos será válido siempre que las partes hayan convenido en ello. En el caso de un pago distinto al dinero efectivo tradicional siempre se requerirá un pacto de esta naturaleza, en virtud de que no puede obligarse al acreedor a aceptar un medio de pago distinto del dinero efectivo.  2. La validez del contrato electrónico: hoy en día, la mayoría de las legislaciones admiten la validez del contrato efectuado por medios electrónicos. Siendo el pago un medio de ejecución del contrato, en este caso un medio electrónico de ejecución de un contrato electrónico, no vemos objeción alguna para declararlo legalmente admisible.  3. La representatividad del medio de pago: para validar el pago a través de signos representativos del dinero (letras de cambio y cheques), la mayoría de las legislaciones admiten el principio de que el pago puede hacerse en dinero efectivo o en un signo que lo represente, como ha quedado de manifiesto a lo largo de esta ponencia, el dinero electrónico no es más que una representación binaria del dinero tradicional, siendo en todo caso susceptible de conversión a dinero real en beneficio de los derechos del portador.


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