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Derechos Humanos en salud mental vs. Seguridad Humana y Percepción del Riesgo Por: Dra. Cilleros Pino, L., Dra. Medina Castellano, C. D., Dr. Díaz Hernández,

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Presentación del tema: "Derechos Humanos en salud mental vs. Seguridad Humana y Percepción del Riesgo Por: Dra. Cilleros Pino, L., Dra. Medina Castellano, C. D., Dr. Díaz Hernández,"— Transcripción de la presentación:

1 Derechos Humanos en salud mental vs. Seguridad Humana y Percepción del Riesgo Por: Dra. Cilleros Pino, L., Dra. Medina Castellano, C. D., Dr. Díaz Hernández, M.

2 Objetivo del trabajo ¿Porqué se producen vulneraciones de los Derechos Humanos? ¿Por qué se perpetúa esta vulneración? ¿Por qué se produce la estigmatización estructural ( políticas públicas o privadas que dificultan de forma intencionada o no las oportunidades de las personas )?

3 Conceptos abordados Derechos humanos Seguridad Humana Percepción del Riesgo Opinión pública

4 … en ciertos aspectos, como por ejemplo respecto de los derechos civiles o de los escasos avances en materia de lucha contra las discriminaciones, hay, más bien, desinterés, falta de finura, cuando no, directamente, planteamientos ideológicos afines a visiones antiguas de orden público o de convivencia (Rey, 2015). Rey, F (2015). Tomarse los derechos humanos en serio. El País, 20 febrero 2015.

5 Federación de asociaciones de familiares y personas con enfermedad mental (FEAFAES): … hemos visto con preocupación cómo en él se propone un cambio de modelo que impacta frontalmente sobre el núcleo duro los derechos humanos inherentes a toda persona, precisamente cuando ésta se encuentra en su situación de máxima vulnerabilidad por razón de un trastorno mental (Muñoz y Sánchez, 2014, p. 46). Muñoz, I. y Sánchez, J. M. (2014). El actual proyecto de reforma del Código Penal: una nueva forma de discriminación contra las personas con trastornos mentales. Abogados, Revista del Consejo General de la Abogacía, 85 (3), 46-49.

6 Asociación Española de Neuropsiquiatría(AEN): El hecho de que, el de las Medidas de Seguridad, sea el ámbito más profundamente reformado, da idea de la pretensión nuclear de la reforma, cual es incidir de modo severo en el factor “seguridad”, en detrimento notable del factor “reinserción y rehabilitación social” (Art. 25 C.E.) (Roig et al, 2014, p.151). Roig, A., Moreno, A., González, O., Díez, M.E., Hernández, M., Leal, J., Santos, F. (2014). Comentario sobre el proyecto de modificación del Código Penal en relación a las medidas de seguridad. Grupo de “ética y legislación”, Asociación Española de Neuropsiquiatría (AEN). Revista Asociación Española de Neuropsiquiatría, 34 (121), 149-172.

7 La Federación de Asociaciones de Rehabilitación Psicosocial (FEARP): Solo manteniendo cuidadosamente las garantías en las situaciones de suspensión de derechos que las leyes permiten, como en situaciones de internamiento o el tratamiento involuntario, será posible hacer compatible la intervención profesional y el respeto a los Derechos Humanos (Muñoz y Sánchez, 2014, p. 46). Muñoz, I. y Sánchez, J. M. (2014). El actual proyecto de reforma del Código Penal: una nueva forma de discriminación contra las personas con trastornos mentales. Abogados, Revista del Consejo General de la Abogacía, 85 (3), 46-49.

8 Seguridad Humana

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10 Por consiguiente, la seguridad empieza a ser contemplada no solo desde el punto de vista de ausencia de violencia física sino, de garantía de derechos, oportunidades y calidad de vida de los asociados, condiciones afines al bienestar y desarrollo integral de cada ser humano (Ariza,2010). Ariza, N. (2010). La aplicabilidad del concepto de seguridad humana en américa latina y el caribe: el desarrollo humano como fuente de seguridad. Oasis, 15.

11 Seguridad Humana La seguridad humana no es tanto un concepto analítico como un significante de valores políticos y morales compartidos” (Mack, 2005, p.12). Mack. A. (2005). El concepto de seguridad humana. Revista Papeles de cuestiones internacionales, 90.

12 ¿Por qué un cambio normativo? ¿Por qué ha tomado esta dirección el legislador?

13 Percepción del riesgo 18% de la población general el 28% de los familiares el 20% de las personas con enfermedad mental crónica Los que cometen un delito no llegan al 5% de la población Comunidad de Madrid y Obra Social de Caja Madrid. Estigma social y enfermedad mental. 2006. Riesgo real Informe PRECA de la Fundación Manantial y Obra Social Caja Madrid, marzo 2012.

14 ¿Por qué el ideario popular y gubernativo asocia el trastorno mental con infracciones penales? ¿Por qué parece que existe una percepción del riesgo mayor de este colectivo frente al resto de la sociedad cuando los expertos nos demuestran que no es un riesgo real?

15 El concepto de riesgo Naturaleza dual: –puede medirse empíricamente y es objetivo – “tiene una dimensión sociocultural, conformada por los elementos específicos de la cultura en la cual está situado el riesgo y que refleja los valores de aquella organización social” (Williamson, 2005, p.3). Williamson, J. (2005). Review of the public perception of risk and stakeholder engagement. Health & Safety Laboratory

16 Recapitulación Alejamiento del paradigma de Seguridad Humana Vulneración estructural de los Derechos Humanos Condicionamiento de la percepción del riesgo Desconocimiento de la percepción social del riesgo

17 Valorar Qué condicionantes sociológicos, morales y culturales determinan este imaginario mediante estudios de percepción del riesgo. ¿Cree la sociedad que los pacientes de salud mental son un riesgo social, en qué medida y por qué?

18 Opinión pública Los valores Las creencias El tratamiento que los mass media otorgan a la salud mental, Los recursos humanos y materiales de los que disponen los profesionales y pacientes…

19 Gracias por su atención


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