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Yasuní itt Farid Manzur.

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Presentación del tema: "Yasuní itt Farid Manzur."— Transcripción de la presentación:

1 Yasuní itt Farid Manzur

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3 ¿Qué era el proyecto Yasuní ITT?
Era un proyecto en el que Ecuador se comprometía a mantener indefinidamente bajo tierra las reservas petroleras del campo ITT en el Parque Nacional Yasuní, el lugar más biodiverso del planeta a cambio una contribución internacional equivalente al menos a la mitad de las utilidades que recibiría el Estado en caso de explotar el petróleo de este bloque en la Amazonia. Era una propuesta revolucionaria que buscaba: 1. Combatir el cambio climático, evitando la explotación de combustibles fósiles en áreas de alta sensibilidad biológica y cultural en los países en desarrollo. 2. La protección de la biodiversidad en el Ecuador y el apoyo al aislamiento voluntario de las culturas indígenas no contactadas que habitan el Parque Yasuní (Tagaeri y Taromenane).

4 ¿Qué pasó? El jueves 15 de agosto del 2013 el presidente Correa firmó el Decreto 74 que elimina los fideicomisos de la iniciativa Yasuní. El primer campo a explotarse será el Tiputini. Los temores de los sectores ambientalistas se hicieron realidad. El presidente Rafael Correa puso fin a la iniciativa Yasuní-ITT que buscaba dejar bajo tierra 920 millones de barriles de petróleo del eje de campos petroleros Ishipingo-Tambococha y Tipunini (ITT). Estos últimos están alojados al interior del Parque Nacional Yasuní, zona de altísima biodiversidad. Desde las próximas semanas, la compañía estatal exploradora y productora de petróleo Petroamazonas arrancará la primeras acciones para concretar la explotación del campo Tiputini, indicó el Mandatario en cadena nacional. Correa, sin embargo, solo se refirió a la producción que generarán Tiputini y Tambococha y no al campo Ishpingo, el que se encuentra más al sur de los tres.

5 ¿Cuáles fueron sus motivos?
Cinco razones del Presidente para terminar con el proyecto y dar luz verde a la actividad extractiva. La cifra de fondos disponibles depositados en los fideicomisos Yasuní-ITT apenas llegó a USD 13,3 millones. Es decir, solo el 0,37% de los USD millones esperados como compensación de la comunidad internacional por dejar el crudo bajo tierra. El proyecto no pudo o no quiso ser comprendida por los países responsables del cambio climático El prot¡yecto coincidió con “la mayor crisis económica global de los últimos 80 años” Los países que contaminan son también los más ricos y más fuertes, y que no están dispuestos a pagar por los bienes ambientales como los generados por la selva amazónica, en vista de que son de libre acceso. los fideicomisos del Yasuní-ITT tienen como motivación brindar una mayor cobertura de servicios públicos para el 50% de la población ecuatoriana que actualmente no los tiene. (GRAFICO)

6 Entre los principales afectados estarían
La flora y fauna Los grupos indígenas voluntariamente aislados El turismo

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9 Los seis artículos del decreto 74 que definieron la suspensión de la iniciativa Yasuní ITT
Art. 1. Deroga los decretos ejecutivos 847, 882, 1 227, 1 572, 241, 596, 356, 648 y En ellos se autoriza la creación del fideicomiso mercantil del Yasuní ITT, se crea su oficina técnica, se amplía el plazo de la iniciativa, se conforma el equipo administrativo y directivo y se le da el rango de secretaria de Estado a Ivonne Bak. Art. 2. Dispone a los ministros de Relaciones Exteriores y Finanzas que en cinco días hábiles convoquen a la sesión de la Junta del Fideicomiso para definir la terminación y liquidación del patrimonio autónomo. Art. 3. Requiere al ministro Coordinador de Sectores estratégicos que en máximo cinco días hábiles notifique al Agente Administrativo del fondo fiduciario el finiquito del mismo. Art. 4. En cinco días, los ministros Coordinador de Política Económica, Ambiente, Justicia y Recursos Naturales No Renovables deben informar sobre la viabilidad ambiental, técnica, financiera y constitucional de la explotación de los campos del Yasuní. Art. 5. En caso de que la Asamblea Nacional autorice la actividad extractiva, esta no podrá desarrollarse en un área superior al 1% del Parque Nacional Yasuní. Art. 6. El decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

10 Inconstitucional Elsie Monge, directora de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos del Ecuador, coincidió en la necesidad de la consulta popular convocada desde la Asamblea, y de no hacerlo, llamada por la sociedad civil, acogiéndose a los artículos 95 y 104 de la Constitución. Dijo, además, que la explotación sería fatal para los derechos de la naturaleza, sociales y medio ambientales. Eduardo Pichilingue, coordinador del Observatorio de Derechos Colectivos de Ecuador, recordó que el artículo 57 de la Constitución prohíbe la actividad extractiva en los territorios donde habiten pueblos en aislamiento voluntario, y aseguró que la explotación es un factor que aumenta la conflictividad entre los no contactados por temas de accesos e incluso de búsqueda de recursos como el alimento. Carlos Pérez, dirigente de la Ecuarunari, añadió que la intervención en esa zona, afectando a sus pobladores, es un delito de genocidio, y además, implícitamente, el Gobierno estaría derogando el artículo 71 de la Constitución que habla de un respeto integral a la naturaleza y no por porcentajes.


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