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KIMELN CAPACITACIONES LTDA PRESENTA UN TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

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Presentación del tema: "KIMELN CAPACITACIONES LTDA PRESENTA UN TRABAJO DE INVESTIGACIÓN"— Transcripción de la presentación:

1 www.kimelncapacitaciones.cl www.prevelexchile.cl
KIMELN CAPACITACIONES LTDA PRESENTA UN TRABAJO DE INVESTIGACIÓN DEL PROFESOR MANUEL MUÑOZ ASTUDILLO Abogado Docente de la UT.FSM Autor de textos sobre Prevención. Conferencista.

2 ACCIDENTES DEL TRABAJO Una perspectiva judicial
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Una perspectiva judicial

3 Profesor: M. Muñoz A. UT.FSM-SEDE CONCEPCIÓN ABOGADO AUTOR CONFERENCISTA

4 Concepto: En general “investigar” es realizar Oacciones de averiguación, búsqueda, causas y antecedentes destinados a establecer en forma indubitada, el nacimiento, origen o causa de un evento dañino , en las relaciones de producción dentro de la unidad económica denominada Empresa.

5 Objetivo: FUERA DE LA EMPRESA EN LA EMPRESA

6 1.- EN LA EMPRESA: Los objetivos dicen relación con: Establecer prioridades sobre la salud ocupacional. Control de pérdidas por accidentes. Crear una Cultura de Prevención. Protección de personas contra accidentes. Manejo de costos adicionales. Evitar sanciones legales.

7 Fuera de la Empresa: Imagen Corporativa. Problemas de competitividad Ventajas a competidores Problemas Judiciales Problemas de relaciones empresa-trabajadores. Incluso problema en las relaciones empresa-clientes

8 PROBLEMAS JUDICIALES:
1.- TENSIONES DISTRACTIVAS 2.- MALAS RELACIONES INTERNAS 3.- DETERIORO DE IMAGEN CORPORATIVA 4.- POSIBILIDAD DE PÉRDIDAS PECUNIARIAS 5.- DESGASTE PUBLICITARIO 6.- DESCONFIANZA EN LA EMPRESA 7.- MOLESTIAS GENERALIZADAS A NIVEL EJECUTIVO

9 OBJETIVOS GENERALES: LIBERAR A LA EMPRESA DE PRESIONES AJENAS A SU VERDAERO COMETIDO, ES DECIR, ENTREGAR BIENES A LA SOCIEDAD DENTRO DE LOS CONCEPTOS VIGENTES DE CALIDAD GENERADA EN CONDICIONES DE TRABAJO LIMPIAS, SIN POLUCIÓN NI ATAQUES AL MEDIO AMBIENTE, SEGURAS PARA LOS TRABAJADORES, EN EL SENTIDO QUE SE CUMPLAN LAS NORMAS VIGENTES DE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL.

10 HAY UN PRINCIPIOGENERAL DE ADMINISTRACIÓN:
Una Empresa libre de estas distracciones (accidentes y enfermedades profesionales) es y será una empresa exitosa interna y externamente.

11 EJEMPLOS DE ACCIDENTES.
ACCIDENTES EN LA CONSTRUCCIÓN. Martes 26 de Mayo de 2009 Oriana Olivos Marín - El Mercurio On Line La muerte de ocho trabajadores en menos de dos días en una sola obra tal vez dejó de manifiesto que las políticas de prevención de riesgos en el sector no son tan buenas.

12 Pero no basta con la vergüenza ni con desembolsar 130 millones de pesos en multas y otros cientos en indemnizar a las víctimas. Dicen los entendidos que estos hechos están indicando que las cosas deben cambiar, pero que aún nadie le ha dado el palo al gato en este tema ni tampoco se han propuesto estrategias distintas.

13 Según Rodrigo Ortega, experto en prevención de riesgos y gerente general de IEG Ltda., consultora,
en este rubro no se están haciendo bien las cosas: "No porque no se quiera, sino porque existe una ceguera por parte de los empresarios. No se dan cuenta de que el trabajador es su colaborador”. No es casual que en la mayoría de la empresas la prevención se supedite a la gerencia de recursos humanos y no se ponga al mismo nivel de la calidad y de la productividad".

14 Pero no todo es tan malo. Estima el experto que se le puede torcer la mano al destino, siempre y cuando los empresarios comiencen a integrar en su cultura una visión sistémica y sistemática de la prevención.

15 Un total de 17 trabajadores de la construcción han muerto en accidentes laborales en la Región Metropolitana en el transcurso de 2008, por tal motivo se inició una campaña para que no ocurran estos desenlaces. Sin embargo, las cifras de fallecimientos son inferiores a las del año pasado, en que perdieron la vida 24 obreros.

16 Según las estadísticas, un trabajador de esta área fallece en su lugar de actividad cada 10 días, y entre las causas más frecuentes figuran las caídas de altura, aplastamiento, derrumbes y electrocución.

17 PARA NO OLVIDAR EN CONSTRUCCIÓN...
UN MUERTO CADA DIEZ DÍAS ACCIDENTES REITERADOS: CAIDAS APLASTAMIENTOS DERRUMBES ELECTROCUCIÓN

18 Los obreros fueron aplastados por una losa de hormigón.
15/09/2008 Cooperativa.cl Cinco obreros resultaron lesionados, pero sin peligro vital, luego de ser aplastados por una losa de concreto cuando trabajaban en la construcción del colegio Tierra Austral, en la comuna de Maipú.

19 Los trabajadores se encontraban realizando labores de hormigoneo en el primer piso de la construcción del establecimiento ubicado en calle Asunción 1811, en la esquina con 3 Poniente, en dicha comuna, cuando la losa cedió y los aplastó.

20 07/01/2009 Cooperativa.cl Trabajador murió en derrumbe en construcción de Las Condes. La víctima operaba sin medidas de seguridad en una zanja de siete metros de profundidad. Dos operarios que lo acompañaban resultaron con heridas leves.

21 HAY QUE PREOCUPARSE SEÑORES.
AÑO 2006 …………..56 MUERTOS AÑO 2007 …………..55 MUERTOS AÑO 2008 …………..58 MUERTOS LA PREGUNTA ES ¿CUANTOS APORTARÁ LA CONSTRUCCIÓN EN EL AÑO 2009? ¿CUÁNTOS APORTARÁ NUESTRA EMPRESA?

22 29/03/2017 22 22

23 EJEMPLOS DE ACCIDENTES EN MINERÍA
1.- El incendio de un camión al interior de un pique de la faena Carola, en las proximidades de la comuna de Tierra Amarilla, en la Tercera Región, cortó la única vía de escape de los mineros. La explosión en la mina Carola-Agustina, situada cerca de Copiapó, a 820 kilómetros al noreste de Santiago, se originó a raíz del choque de dos camiones a la entrada. 2.- El jueves un minero murió al ser atrapado por la cinta transportadora de material en la mina Carola-Agustina.

24 3.- Accidente en división Andina de Codelco deja un muerto
Un desprendimiento de rocas terminó con la vida de un trabajador y obligó a la empresa a detener las actividades. La tragedia se debió a un desprendimiento de rocas que costó la vida a un empleado y que según… …la empresa significa detener por "el tiempo que sea necesario" las tareas para asegurarse de que no existe riesgo e iniciar así "una completa investigación que determine las causas del accidente".

25 4.- Murió al desbarrancar camión de extracción
Conductor perdió la vida en dramático accidente ocurrido al interior de Chuquicamata El dramático accidente ocurrió ayer al mediodía en uno de los cortes de la Mina Chuquicamata. El trabajador, guiaba la máquina 465 marca Komatsu hacia la Expansión 41 del rajo y, por motivos que son materia de investigación, perdió el control del volante y sobrepasó la berma de contención, desplomándose por dos cortes con una altura aproximada de 56 metros. Tal fue la magnitud del accidente que la víctima salió expulsada desde la cabina del camión para estrellarse contra el suelo.

26 5.- El Teniente abrió fiscalización Trabajadores contaminados con arsénico
Ricardo Dupa no alcanzó a trabajar una semana en la Planta de Limpieza de Gases N°2 de la División el Teniente como operario subcontratista para el transporte de arsénico inestable, cuando tuvo que concurrir a un centro asistencial por una grave alergia en su rostro y fuertes dolores de cabeza. Tras unos exámenes de orina que se le practicaron en la Mutual de Seguridad de la Sexta Región, se constató que tenía 278 microgramos de arsénico por litro de sangre. Lo máximo que puede tener una persona para no sufrir riesgos biológicos es de 200.

27 "Las condiciones de seguridad no eran las mejores
"Las condiciones de seguridad no eran las mejores. Transportabamos en una carretilla el arsénico que se desparramaba de una máquina. Pese a que se exigía que usáramos guantes especiales , a nosotros nos dieron unos de lana con pedazos de goma amarilla.

28 Codelco asume culpa en intoxicación de Trabajadores
El gerente del Medio Ambiente de Codelco, Santiago Torres, confirmó la culpabilidad de la empresa, minera en al contaminación de once trabajadores con arsénico, sin embargo, aseguró que los trabajadores no corren peligro de muerte ni tampoco tiene la posibilidad de quedar con enfermedades crónicas. El ejecutivo contó, además, que otros 118 funcionarios de la empresa están a la espera de los resultados que arrojen los exámenes de orina que se practicaron el pasado lunes 19 de marzo en la Mutual de Seguridad.

29 Tres hijos dejó el operador de maquinaria pesada identificado como Patricio Arancibia Cortés de 41 años, quien falleciera hoy a eso de las 7.30 de la mañana, luego de que se precipitara a un pique de aproximadamente 100 metros de profundidad, cuando realizaba labores de descargas en un camión minero, al interior de la mina a rajo abierto de la división El Soldado perteneciente a la compañía Anglo American Chile, ubicada en el distrito de EL Melón en la comuna de Nogales.

30 Según fuentes ligadas a la investigación el operario de maquinaria pesada habría realizado una mala maniobra por lo cual se desbarrancó cayendo a un precipicio de unos 100 metros, razón por la cual habría salido eyectado por el parabrisas muriendo instantáneamente a raíz de graves fracturas craneales.

31 7.- Durante el pasado mes de agosto (2011)se tuvo que lamentar el fallecimiento de dos trabajadores,
Se encontraba trabajando en labores de mantención de la pala She-57 de Minera Escondida Ltda. El equipo tuvo un desplazamiento de su cuerpo superior, inclinándose casi a 45 grados, lo que provocó que un motor se desplazara dentro de la sala de máquinas y lo golpeara, provocándole lesiones que causaron su muerte inmediata. Otro trabajador de la empresa, TAMBIÉN resultó herido al golpearse en el interior de la pala

32 8.- Como A.V.S. fue identificado un minero que falleció en el derrumbe de una mina en Tocopilla, tras realizar una mala maniobra con su máquina perforadora. Los hechos ocurrieron al interior de la mina Ximena, ubicada 12 kilómetros al norte de Tocopilla, cuando el perforista fue atrapado desde la cintura hacia abajo por rocas y escombros. Este es el segundo accidente ocurrido en la misma mina, en los últimos dos años, lo que ha generado inquietud en los mineros de la zona.

33 Importante convenio de investigación
Fecha 30/05/2005 Un importante convenio de investigación entre Sernageomín, La Asociación Chilena de Seguridad y CCyD se ha formalizado para investigar y analizar en el periodo , los 650 Accidentes ocurridos en la Minería, con 742 Fallecidos por esta causa. se ha asignado a su equipo de trabajo la recolección de antecedentes y diseño de las estadísticas con sus variables, que permitirán reflexionar sobre las causas de estos accidentes ocurridos en los últimos 15 años.

34 7.- El segundo caso fatal correspondió al trabajador Cristian P P, de la empresa colaboradora xxICIN Ltda., quien el 14 de agosto se encontraba realizando labores de mantención en el sistema de chancado terciario de la Planta de Chancado, de la subgerencia Mina Chuquicamata, cuando -por causas que se investigan- un motor que era izado por una grúa cayó, provocando el fallecimiento. En el mismo hecho resultó herido el trabajador Norton Paredes, de la misma compañía. Las empresas afectadas expresaron su pesar por lo ocurrido y reiteraron su compromiso por redoblar los esfuerzos en la seguridad de todos los trabajadores.

35 8.- Comunicaciones Minera Los Pelambres Minera Los Pelambres lamenta informar el deceso de tres trabajadores de la empresa Movitec, tras sufrir un accidente al interior de la mina, hecho confirmado aproximadamente a las 23:30 horas de ayer martes 3 de febrero. Las personas fallecidas se desplazaban en una camioneta al momento del accidente y cuyas causas serán investigadas por las autoridades correspondientes. Minera Los Pelambres adoptó como medida inmediata paralizar las faenas del área Mina hasta nuevo aviso, a objeto de facilitar la investigación y conocer en detalle las causas de esta tragedia que enluta a toda la organización y sus empresas colaboradoras.

36 Publicado el 12/04/2009 00:40:00 Andacollo: Trabajador Copiapino muere en accidente minero
En el Hospital de Andacollo, pasadas las 9 de la mañana falleció Solercio de 63 años, Maestro Primera Mecánico, trabajador contratista de la empresa Salfa Corp., quien minutos antes sufrió una caída desde 12 metros de altura, mientras realizaba labores de limpieza en el área de ciclones, dentro de la Planta Concentradora en el marco de la construcción del Proyecto Hipógeno de Compañía Minera Carmen de Andacollo.

37 Dos Muertos deja accidente Minero lunes, 26 de enero de 2009 COPIAPO
Dos Muertos deja accidente Minero    lunes, 26 de enero de COPIAPO.- Cerca de las 13 horas de este lunes se produjo un fatal accidente en mina "La Fortuna" ubicada a 15 kilómetros al norte de la comuna de Diego de Almagro en la Tercera Región, donde resultaron fallecidas 2 personas identificadas como Gabriel Somoza Prieto y Daniel Pizarro Pizarro ambos con domicilio en la comuna de Diego de Almagro…   Una tercera persona fue identificada como Víctor Ledezma García quien habría quedado con graves heridas y trasladada en horas de la tarde al hospital de la zona. Los mineros iban ascendiendo en los baldes que los transportan hacia la superficie cuando por causas que serán tema de investigación, este perdió estabilidad dejando caer hasta el fondo del pique a los mineros

38 PERSPECTIVA JUDICIAL EN LA INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO
Se observa que en este plano hay presupuestos, es decir, preexistencia fáctica. Se parte del hecho que el Accidente del Trabajo se consumó, causando lesiones graves o muerte. ¿CUÁLES SON ESOS PRESUPUESTOS? Veamos…

39 HAY INTERVENCIÓN JUDICIAL CUANDO:
1.- HAY UN HECHO QUE REVISTE O PUEDE REVESTIR CARACTERÍSTICAS DE ILÍCITO.- 2.- EN MATERIA DE ACCIDENTES DEL TRABAJO SE TRATA DE UNA LESIÓN INCAPACITANTE O MUERTE. 3.- INTERVIENE EL MINISTERIO PÚBLICO PARA INVESTIGAR EL ILÍCITO. 4.- INTERVIENE EL TRABAJADOR O CAUSAHABIENTES PARA DEMANDAR INDEMNIZACIONES.

40 Accidente del trabajo:
EL HECHO. UNA LESIÓN INCAPACITANTE O MUERTE. El art. 5 de la Ley , nos resuelve la definición: Accidente del trabajo: es toda lesión, a causa o con ocasión del trabajo, que produce incapacidad o muerte. El art. 7 de la misma Ley, define enfermedad profesional, como aquella derivada directamente de las funciones desarrolladas por el trabajador en sus labores.

41 2.- Que esta haya ocurrido a causa o con ocasión del Trabajo.
HECHO COMPLEJO PORQUE REQUIERE: 1.- Lesión. 2.- Que esta haya ocurrido a causa o con ocasión del Trabajo. 3.- Es decir, se requiere nexo causal entre lesión y Trabajo. 4.- Una consecuencia, esto es, el Daño, configurado como lesión incapacitante o muerte.

42 (art. 69 de la Ley 16.744; Delitos Culposos Código Penal)
TENIENDO EL HECHO ¿QUÉ SE INVESTIGA? En una perspectiva judicial se investiga la responsabilidad en el hecho ilícito. Al contrario de lo que ocurre en la Empresa, que puede o no buscar culpables, los que en todo caso es necesario para fines corporativos, en la investigación con vista a un proceso o juicio la responsabilidad del o los culpables es de la esencia de la investigación. (art. 69 de la Ley ; Delitos Culposos Código Penal)

43 LA RESPONSABILIDAD.- Es la obligación de responder a las actuaciones injustas, ilícitas, negligentes o abusivas, que provoquen un Daño injusto en otra persona. EN ACCIDENTES ¿QUÉ SIGNIFICA? Aplicando las reglas del contrato de trabajo SIGNIFICA QUE : QUIEN DEBÍA ACTUAR DE UN MODO EXIGIBLE NO LO HIZO. O SI LO HIZO LO HIZO MAL O SI LO HIZO LO HIZO TARDIAMENTE.

44 REGLA GENERAL DEL CÓDIGO CIVIL CHILENO:
ARTÍCULO 2314 DEL C. C. Toda persona que por culpa o dolo cause daño a otro está obligado a indemnizar. ARTÍCULO 2329 DEL C.C. Por regla general toda persona que cause daño a otra por negligencia o malicia, debe responder por el daño causado. (CITAS NO TEXTUALES)

45 Artículo 69°.- Cuando, el accidente o enfermedad se
deba a culpa o dolo de la entidad empleadora o de un tercero, sin perjuicio de las acciones criminales que procedan, deberán observarse las siguientes reglas: a) El organismo administrador tendrá derecho a repetir en contra del responsable del accidente, por las prestaciones que haya otorgado o deba otorgar, y b) La víctima y las demás personas a quienes el accidente o enfermedad cause daño podrán reclamar al empleador o terceros responsables del accidente, también las otras indemnizaciones a que tengan derecho, con arreglo a las prescripciones del derecho común, incluso el daño moral.

46 LA CULPA. LA BASE DE LA RESPONSABILIDAD ES LA CULPA EN EL ACTUAR, QUE HA CAUSADO UN DAÑO INDEMNIZABLE. Entonces, desde la perspectiva Judicial se investigan, criminal o civilmente, LOS HECHOS que conforman esa culpa del autor. ¿CUÁL ES EL PUNTO DE PARTIDA? SE PARTE EN MATERIA DE ACCIDENTES DEL CONTRATO DE TRABAJO QUE DEFINE LAS ACCIONES ENCOMENDADAS AL TRABAJADOR Y EL IUS VARIANDI

47 ¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO?
1.- PORQUE ALLÍ SE DETERMINA LA RELACIÓN LABORAL ENTRE EMPLEADOR Y TRABAJADOR. 2.- PORQUE EL CONTRATO DE TRABAJO IMPONE AL EMPLEADOR OBLIGACIONES DE CUIDADO SOBRE LA SALUD Y VIDA DEL TRABAJADOR. 3.- PORQUE SE ENTIENDE QUE EL TRABAJADOR SOLO ACTÚA BAJO SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA (no se manda solo) 4.- PORQUE PERMITE LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA PROTECCIONISTA AL TRABAJADOR.

48 ¿ENTONCES, QUE SE INVESTIGA PARA EFECTOS JUDICIALES?
SE INVESTIGA SI EL EMPLEADOR HA DADO CUMPLIMIENTO ESTRICTO AL MANDATO LEGAL DE TOMAR TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS Y EFICACES PARA SALVAGUARDAR LA VIDA Y SALUD DE SUS TRABAJADORES. SE INVESTIGA : LA EXISTENCIA DE FUERZA MAYOR EXTRAÑA O LA PROPIA INTENCIÓN DEL TRABAJADOR DE CAUSARSE DAÑO A SI MISMO.

49 CÓDIGO DEL TRABAJO, Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica. Los organismos administradores del seguro de la ley Nº , deberán informar a sus empresas afiliadas sobre los riesgos asociados al uso de pesticidas, plaguicidas y, en general, de productos fitosanitarios.

50 ¿LA NEGLIGENCIA DEL TRABAJADOR EN SU ACTUAR,
EXONERA AL EMPLEADOR? Se trata de un problema que ha permitido a los empleadores poco acuciosos exonerarse de su responsabilidad por omisión culpable de sus deberes de cuidado. Pero, el DS. 54, el DS. 40 y la propia Ley , solo permiten sancionar al trabajador con multas por esa negligencia. En esta materia ni los Tribunales ni otros organismos pueden “inventar” otras sanciones que las que impone la Ley.

51 DESDE OTRO PUNTO DE VISTA SI EL TRABAJADOR ACTÚA EN FORMA NEGLIGENTE
LO HACE, BAJO LA SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA DE SU EMPLEADOR, QUIEN DE ESE MODO ACEPTA LOS RIESGOS DE SU ACTUAR PERMISIBLE. EN CONSECUENCIA LUEGO NO PUEDE APROVECHARSE DE SU PROPIA CULPA PARA EXONERARSE DE LA RESPONSABILIDAD DE NO HABER CUMPLIDO LOS MANDATOS LEGALES EN EL NUEVO PROCEDIMIENTO LA JURISPRUDENCIA ES FUENTE DE DERECHO CUANDO LOS FALLOS SE REITERAN EN UN MISMO SENTIDO. Y SE HA REITERADO QUE EL EMPLEADOR ES DEUDOR DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES.

52 CULPA SE TRADUCE EN: OMISIÓN NEGLIGENCIA IMPRUDENCIA INCUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD NO CUMPLIR EL DEBER DE CUIDADO Y DEMÁS OBLIGACIONES LEGALES. LA PRUEBA DE HABER CUMPLIDO CORRESPONDE AL EMPLEADOR

53 Desde la Constitución Política Hasta Los reglamentos y decretos
ENTONCES CORRESPONDE ANALIZAR EL INCUMPLIMIENTO REGLAMENTARIO O CULPA CONTRA LA LEGALIDAD Desde la Constitución Política Hasta Los reglamentos y decretos Normativos De la obligación de cuidado

54 CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS.
¿Qué HECHOS CULPOSOS SE PRUEBAN? DECRETO SUPREMO 594: CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS. Artículo 1°: El presente reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales. Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional. CONTROL: ¿SE CUMPLIÓ CON ESTE MANDATO?

55 PRIMER CASO Rol Fundamentos legales de responsabilidad del empleador por accidente laboral Corte Suprema Cuarta Sala (Especial)27 de Diciembre de 2006 El precepto legal en que se apoya la acción intentada por el actor, el artículo 184 del Código del Trabajo, establece el deber general de protección de la vida y la salud de los trabajadores, impuesto por el legislador a los empleadores, en términos tales que éstos son deudores de seguridad para aquellos y tal obligación, bajo todos sus respectos, es una de las manifestaciones del deber general de protección, cuyo cabal e íntegro cumplimiento es de una …

56 trascendencia superior a la de una simple obligación a que se somete una de las partes de una convención y, evidentemente, constituye un principio que se encuentra incorporado a todo contrato, siendo un elemento de la esencia de éste, por lo que la importancia de su cumplimiento no queda entregada a la voluntad de las partes, sino que comprende una serie de pautas, cuyo contenido, forma y extensión se encuentran reguladas mediante normas de orden público.

57 El legislador, ante el incumplimiento por parte del empleador de una de las obligaciones de la esencia de un contrato laboral, ha previsto el subsiguiente resarcimiento para el o los afectados, consagrando la acción pertinente en la Ley N° , sobre Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, específicamente en su artículo 69…

58 Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella Artículo 37: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

59 Artículo 53: El empleador deberá proporcionar a sus trabajadores, libres de costo, (1) los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir y (2) el adiestramiento necesario para su correcto empleo, debiendo, además, (3) mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento. (4)Por su parte, el trabajador deberá usarlos en forma permanente mientras se encuentre expuesto al riesgo. CONTROL: ¿TAMBIÉN SE CUMPLIÓ CABALMENTE?

60 De la Obligación de informar de los riesgos laborales
DECRETO SUPREMO NRO. 40.- De la Obligación de informar de los riesgos laborales ARTÍCULO 21º Los empleadores tienen obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.

61 Especialmente deben informar a los trabajadores (1)acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, (2)sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), (3)sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, (4)acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos. ¿en la faena de hoy informó los riesgos?

62 ¿TODAS ESTAS EXIGENCIAS FUERON CUMPLIDAS?
ARTÍCULO 22º Los empleadores deberán mantener los equipos y dispositivos técnicos necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo. ARTÍCULO 23º Los empleadores deberán dar cumplimiento a las obligaciones que establece el artículo 21 a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, al momento de contratar a los trabajadores o de crear actividades que implican riesgos. Cuando en la respectiva empresa no existan los Comités o los Departamentos mencionados en el inciso anterior, el empleador deberá proporcionar la información correspondiente en la forma que estime más conveniente y adecuada. CONTROL: ¿TODAS ESTAS EXIGENCIAS FUERON CUMPLIDAS?

63 ARTÍCULO 24º Las infracciones en que incurran los empleadores a las obligaciones que les impone el presente TÍTULO, serán sancionadas en conformidad con lo dispuesto en los artículos 11º y 13º del D.S. 173, de 1970,(ds.594) del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 69 de la Ley Nº

64 OBLIGACIÓN DE HACER FUNCIONAR LOS COMITÉS PARITARIOS
DECRETO SUPREMO 54.- OBLIGACIÓN DE HACER FUNCIONAR LOS COMITÉS PARITARIOS Artículo 24.- Son funciones de los Comités de Higiene y Seguridad: 1º.- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección. Para este efecto, se entenderá por instrumentos de protección, no sólo el elemento de protección personal, sino todo dispositivo tendiente a controlar riesgos de accidentes o enfermedad en el ambiente de trabajo, como ser protecciones de máquinas, sistemas o equipos de captación de contaminación del aire, etc. CONTROL: SE ENTIENDE QUE ESTA OBLIGACIÓN FUE CUMPLIDA

65 La anterior función la cumplirá el Comité Paritario de preferencia por los siguientes medios:
a) Visitas periódicas a los lugares de trabajo para revisar y efectuar análisis de los procedimientos de trabajo y utilización de los medios de protección impartiendo instrucciones en el momento mismo. b) Utilizando los recursos, asesorías o colaboraciones que se pueda obtener de los organismos administradores; c) Organizando reuniones informativas, charlas o cualquier otro medio de divulgación. CONTROL: ¿ESTO SE HIZO OPORTUNAMENTE, PASO A PASO Y FECHA A FECHA?

66 ¿TENEMOS O APLICAMOS UNA LABOR PERMANENTE?
VIGILAR Y SEGUIR LOS PROCESOS.- 2º.- Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad. Para estos efectos, el Comité Paritario desarrollará una labor permanente, y, además, elaborará programas al respecto. Para la formulación de estos programas se tendrán en cuenta las siguientes normas generales : ¿TENEMOS O APLICAMOS UNA LABOR PERMANENTE?

67 El o los Comités deberán practicar una completa y acuciosa revisión de las maquinarias, equipos e instalaciones diversas; del almacenamiento, manejo y movimiento de los materiales, sean materias primas en elaboración, terminadas o desechos; de la naturaleza de los productos o subproductos;

68 de los sistemas, procesos o procedimientos de producción;
de los procedimientos y maneras de efectuar el trabajo sea individual o colectivo y tránsito del personal; de las medidas, dispositivos, elementos de protección personal y prácticas implantadas para controlar riesgos, a la salud física o mental y,

69 en general, de todo el aspecto material o personal de la actividad de producción, mantenimiento o reparación y de servicios, con el objeto de buscar e identificar condiciones o acciones que puedan constituir riesgos posibles accidentes o enfermedades profesionales. CONTROL: EN TODA EMPRESA SERIA ESTO HACE A CONCIENCIA ¿Qué PASA EN LA SUYA?

70 b) Complementación de la información obtenida en el punto a) con un análisis de los antecedentes que se dispongan, escritos o verbales, de todos los accidentes ocurridos con anterioridad durante un período tan largo como sea posible, con el objeto de relacionarlos entre sí; c) Jerarquización de los problemas encontrados de acuerdo con su importancia o magnitud. Determinar la necesidad de asesoría técnica para aspectos o situaciones muy especiales de riesgos o que requieren estudios o verificaciones instrumentales o de laboratorio (enfermedades profesionales) y obtener esta asesoría del organismo administrador; CONTROL: SE LLEVA ESTADÍSTICAS, SE ESTUDIAN LOS ACCIDENTES, SE CUMPLE TODO LO ORDENADO.¿SI?

71 d) Fijar una pauta de prioridades de las acciones, estudiar o definir soluciones y fijar plazos de ejecución, todo ello armonizando la trascendencia de los problemas con la cuantía de las posibles inversiones y la capacidad económica de la empresa; CONTROL: BIEN, BIEN, BIEN, ¿DÓNDE ESTÁN LAS PAUTAS, QUE PLAZOS SE FIJARON, QUE PRIORIDADES SE SEÑALARON?

72 e) Controlar el desarrollo del programa y evaluar resultados.
El programa no será rígido, sino que debe considerarse como un elemento de trabajo esencialmente variable y sujeto a cambios. En la medida que se cumplan etapas, se incorporarán otras nuevas, y podrán introducírsele todas las modificaciones que la práctica, los resultados o nuevos estudios aconsejen. CONTROL: ¿SU MUTUAL HA DESARROLLADO UN PROGRAMA DE ACCIÓN PREVENTIVA, LO HA EXIGIDO UD.,CUÁNTAS VECES LE VISITAN, ACUDEN A SUS LLAMADOS? ¿…O ESTÁ PAGANDO SIN RAZÓN?

73 3.- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa. Para estos efectos será obligación de las empresas a quienes la ley no exige tener Departamento de Riesgos Profesionales llevar un completo registro cronológico de todos los accidentes que ocurrieren, con indicación a lo menos de los siguientes datos : a) Nombre del accidentado y su trabajo; b) Fecha del accidente, alta y cómputo del tiempo de trabajo perdido expresado en días u horas; c) Lugar del accidente y circunstancias en que ocurrió el hecho, diagnóstico y consecuencias permanentes si las hubiere; d) Tiempo trabajado por el personal mensualmente, ya sea total para la empresa o por secciones o rubro de producción, según convenga:

74 e) Indice de frecuencia y de gravedad, el primero mensualmente y el segundo cuando sea solicitado, pero en ningún caso por períodos superiores a 6 meses. Toda esta información será suministrada al o a los Comités Paritarios cuando lo requieran. A su vez, estos organismos utilizarán estos antecedentes como un medio oficial de evaluación del resultado de su gestión. Podrán, si lo estiman necesario, solicitar información adicional a la empresa, como tasas promedios, anuales o en determinados períodos, tasas acumulativas en un período dado, resúmenes informativos mensuales, etc., siendo obligación de aquélla proporcionarla. 4º.- Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.

75 5º.- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales. 6º.- Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo, y 7º.- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esa finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos. CONTROL: ¿EN SU EMPRESA SE PERMITE Y ESTIMULA TODO ESTO?

76 DECRETO SUPREMO 72, (132)REGLAMENTO MINERO
Art. 18. La Empresa minera debe adoptar las medidas necesarias para la seguridad de los trabajadores de la faena minera, estén o no indicadas en este Reglamento. Dichas medidas deberán darse a conocer al personal a través de conductos que garanticen su plena difusión y comprensión. Será deber de las Empresas mineras dar cumplimiento a estas medidas proveyendo los dispositivos de seguridad, tipos de construcción, materiales, métodos y procedimientos requeridos por ellas. El término "dispositivos" empleado en este inciso no incluye ropa de trabajo.

77 A ningún trabajador se permitirá desarrollar sus labores en un lugar inseguro,
a menos que sea con el propósito de dejarlo en condiciones seguras y sólo después que se hayan adoptado precauciones adecuadas para proteger al trabajador mientras ejecuta dicho trabajo, supervigilado por el Supervisor a cargo.

78 OBLIGACIÓN DEL SUPERVISOR: VIGILAR EL GRADO DE EXPERIENCIA
El Supervisor o jefe a cargo de un trabajador recién contratado debe cerciorarse de la experiencia que éste tiene para el trabajo que se le ha asignado y debe instruirlo acerca de los riesgos del trabajo y de la ejecución segura de sus deberes.

79 LEY Artículo 66° Bis.- Los empleadores que contraten o subcontraten con otros la realización de una obra, faena o servicios propios de su giro, deberán vigilar el cumplimiento por parte de dichos contratistas o subcontratistas de la normativa relativa a higiene y seguridad, debiendo para ello implementar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para todos los trabajadores involucrados, cualquiera que sea su dependencia, cuando en su conjunto agrupen a más de 50 trabajadores.

80 Para la implementación de este sistema de gestión, la empresa principal deberá confeccionar un reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas, en el que se establezca como mínimo las acciones de coordinación entre los distintos empleadores de las actividades preventivas, a fin de garantizar a todos los trabajadores condiciones de higiene y seguridad adecuadas. Asimismo, se contemplarán en dicho reglamento los mecanismos para verificar su cumplimiento por parte de la empresa mandante y las sanciones aplicables.

81 Asimismo, corresponderá al mandante, velar por la constitución y funcionamiento de un Comité Paritario de Higiene y Seguridad y un Departamento de Prevención de Riesgos para tales faenas, aplicándose a su respecto para calcular el número de trabajadores exigidos por los incisos primero y cuarto, del artículo 66, respectivamente, la totalidad de los trabajadores que prestan servicios en un mismo lugar de trabajo, cualquiera sea su dependencia. Los requisitos para la constitución y funcionamiento de los mismos serán determinados por el reglamento que dictará el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

82 Artículo 67° Las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los reglamentos internos de higiene y seguridad en el trabajo y los trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan. Los reglamentos deberán consultar la aplicación de multas a los trabajadores que no utilicen los elementos de protección personal que se les haya proporcionado o que no cumplan las obligaciones que les impongan las normas, reglamentaciones o instrucciones sobre higiene y seguridad en el trabajo. La aplicación de tales multas se regirá por lo dispuesto en el Párrafo I del Título III del Libro I del Código del Trabajo.

83 Artículo 68° en su caso, el respectivo organismo administrador a que se encuentren afectas, el que deberá indicarlas de acuerdo con las normas y reglamentaciones vigentes. Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente el Servicio Nacional de Salud o,

84 El incumplimiento de tales obligaciones será sancionado por el Servicio Nacional de Salud de acuerdo con el procedimiento de multas y sanciones previsto en el Código Sanitario, y en las demás disposiciones legales, sin perjuicio de que el organismo administrador respectivo aplique, además, un recargo en la cotización adicional, en conformidad a lo dispuesto en la presente ley. Asimismo, las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor. Si no dieren cumplimiento a esta obligación serán sancionados en la forma que preceptúa el inciso anterior. El Servicio Nacional de Salud queda facultado para clausurar las fábricas, talleres, minas o cualquier sitio de trabajo que signifique un riesgo inminente para la salud de los trabajadores o de la comunidad.

85 Artículo 69° Cuando el accidente o enfermedad se deba a culpa o dolo de la entidad empleadora o de un tercero, sin perjuicio de las acciones criminales que procedan, deberán observarse las siguientes reglas: El organismo administrador tendrá derecho a repetir en contra del responsable del accidente, por las prestaciones que haya otorgado o deba otorgar, y La víctima y las demás personas a quienes el accidente o enfermedad cause daño podrán reclamar al empleador o terceros responsables del accidente, también las otras indemnizaciones a que tengan derecho, con arreglo a las prescripciones del derecho común, incluso el daño moral.

86 Artículo 76° La entidad empleadora deberá denunciar al organismo administrador respectivo, inmediatamente de producido, todo accidente o enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima. El accidentado o enfermo, o sus derecho-habientes, o el médico que trató o diagnosticó la lesión o enfermedad, como igualmente el Comité Paritario de Seguridad, tendrán también, la obligación de denunciar el hecho en dicho organismo administrador, en el caso de que la entidad empleadora no hubiere realizado la denuncia. Las denuncias mencionadas en el inciso anterior deberán contener todos los datos que hayan sido indicados por el Servicio Nacional de Salud.

87 Artículo 76°, inciso final
INFRACCIONES Y MULTAS Artículo 76°, inciso final Las infracciones a lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto, serán sancionadas con multa a beneficio fiscal de cincuenta a ciento cincuenta unidades tributarias mensuales, las que serán aplicadas por los servicios fiscalizadores a que se refiere el inciso cuarto.

88 CÓDIGO DEL TRABAJO CHILENO.
Art.2. Reconócese la función social que cumple el trabajo y la libertad de las personas para contratar y dedicar su esfuerzo a la labor lícita que elijan. Las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. Son contrarios a los principios de las leyes laborales los actos de discriminación.

89 Art. 3. Para todos los efectos legales se
entiende por: a) empleador: la persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo, b) trabajador: toda persona natural que preste servicios personales intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo, y c) trabajador independiente: aquel que en el ejercicio de la actividad de que se trate no depende de empleador alguno ni tiene trabajadores bajo su dependencia.

90 Art. 5.o El ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador, tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieran afectar la intimidad, la vida privada o la honra de éstos. Los derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo.

91 Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

92 CONTINUACIÓN… Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.

93 Los organismos administradores del seguro de la
ley Nº , deberán informar a sus empresas afiliadas sobre los riesgos asociados al uso de pesticidas, plaguicidas y, en general, de productos fitosanitarios. CONTROL: SEGURO QUE SU MUTUAL CUMPLE TODAS ESTAS OBLIGACIONES ¿VERDAD?

94 Corresponderá también a la Dirección del
Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen. La Dirección del Trabajo deberá poner en conocimiento del respectivo Organismo Administrador de la ley Nº , todas aquellas infracciones o deficiencias en materia de higiene y seguridad, que se constaten en las fiscalizaciones que se practiquen a las empresas. Copia de esta comunicación deberá remitirse a la Superintendencia de Seguridad Social.

95 El referido Organismo Administrador
deberá, en el plazo de 30 días contado desde la notificación, informar a la Dirección del Trabajo y a la Superintendencia de Seguridad Social, acerca de las medidas de seguridad específicas que hubiere prescrito a la empresa infractora para corregir tales infracciones o deficiencias. Corresponderá a la Superintendencia de Seguridad Social velar por el cumplimiento de esta obligación por parte de los Organismos Administradores. CONTROL: SU ADMINISTRADORA LE INFORMA, REQUIERE Y CONTROLA ¿VERDAD?  UD. PAGA PARA ELLO.

96 Art. 185. El reglamento señalará las
industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184. Art Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.

97 Art. 187.No podrá exigirse ni admitirse el
desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad. La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.

98 Art. 190. Los Servicios de Salud fijarán
en cada caso las reformas o medidas mínimas de higiene y seguridad que los trabajos y la salud de los trabajadores aconsejen. Para este efecto podrán disponer que funcionarios competentes visiten los establecimientos y faenas respectivos en las horas y oportunidades que estimen conveniente, y fijarán el plazo dentro del cual deben efectuarse esas reformas o medidas. Dicha visita podrá motivarse, también, en una denuncia realizada por cualquier persona que informe de la existencia de un hecho o circunstancia que ponga en grave riesgo la salud de los trabajadores.

99 Art. 192. Se concede acción popular para denunciar las infracciones a este título y estarán especialmente obligados a efectuar las denuncias, además de los inspectores del trabajo, el personal de Carabineros de Chile, los conductores de medios de transporte terrestre, los capitanes de naves mercantes chilenas o extranjeras, los funcionarios de aduana y los encargados de las labores de carga y descarga en los puertos.

100 DECRETO SUPREMO 285.- ARTÍCULO 1º Las Mutualidades de Empleadores son corporaciones regidas por el TÍTULO XXXIII del Libro I del Código Civil, que tienen por fin administrar, sin ánimo de lucro, el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº y de las que se dicten en el futuro y de sus respectivos reglamentos, y que han sido autorizadas para este objetivo por el Presidente de la República.

101 En todo caso, la autorización a que se refiere el inciso 1º de este artículo se considera siempre que se acredite satisfactoriamente la forma como la Mutualidad otorgará las prestaciones médicas y atenderá las labores de prevención en el plazo comprendido desde la iniciación de sus actividades hasta el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el inciso anterior.

102 Artículo 6º.- El decreto supremo que conceda la personalidad jurídica y apruebe los estatutos llevará las firmas de los Ministros de Justicia y de Trabajo y Previsión Social y contendrá, además, la autorización para administrar el seguro social contra los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En el mismo decreto se fijará el plazo dentro del cual la Mutualidad deberá acreditar, con certificados del Servicio Nacional de Salud, el cumplimiento de las exigencias previstas en las letras b) y c) del artículo 12 de la Ley Nº Este plazo no podrá exceder de dos años.

103 Artículo 27.- Serán solidariamente responsables de las obligaciones de una Mutualidad las entidades empleadoras que tuvieran la calidad de adherentes al momento de exigirse el cumplimiento de la obligación. Para estos efectos, las entidades empleadoras mantendrán su responsabilidad solidaria durante el plazo de un año, contado desde la fecha indicada en el inciso 3º del artículo 7º. No podrá darse curso a una demanda en que se persiga la responsabilidad solidaria de alguno o algunos de los adherentes si no se acompaña un certificado de la Superintendencia de Seguridad Social que acredite que la Mutualidad no ha dado cumplimiento a la obligación demandada dentro del plazo que dicho organismo le haya fijado para hacerlo.

104 Artículo 12° El Presidente de la República podrá autorizar la existencia de estas Instituciones, otorgándoles la correspondiente personalidad jurídica, cuando cumplan con las siguientes condiciones: a) Que sus miembros ocupen, en conjunto, trabajadores, a lo menos, en faenas permanentes; b) Que dispongan de servicios médicos adecuados, propios o en común con otra mutualidad, los que deben incluir servicios especializados, incluso en rehabilitación;

105 c) Que realicen actividades permanentes de prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; d) Que no sean administradas directa ni indirectamente por instituciones con fines de lucro, y e) Que sus miembros sean solidariamente responsables de las obligaciones contraídas por ellas.

106 ¿CUMPLE LA MUTUAL O ADMINISTRADORA TODO ESTE MANDATO LEGAL?
Artículo 29.- Las Mutualidades se disolverán: a) Por acuerdo de los adherentes, en la forma que dispongan los estatutos; b) Por decreto de los Ministerios de Justicia y de Trabajo y Previsión Social, previo informe de la Superintendencia de Seguridad Social, en los casos de incumplimiento grave y reiterado de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias; cuando el número de los trabajadores afiliados bajare de durante un período superior a 90 días; por infracción del artículo 12 de la Ley Nº ; por no haber acreditado dentro del plazo fijado por el decreto que les otorgó personalidad jurídica, el cumplimiento de los requisitos establecidos en las letras b) y c) del artículo 12 de la Ley Nº

107 En todos estos casos, las Mutualidades deberán constituir los capitales representativos de las pensiones a su cargo en la forma dispuesta por el artículo 12 de la Ley Nº En caso de disolución de una Mutualidad, el Presidente de la República deberá señalar las instituciones previsionales entre las cuales se repartirán los fondos de la Mutualidad disuelta.

108 CONTROL DE LEGALIDAD PERMANENTE.
DIEZ MEDIDAS BÁSICAS URGENTES 1.- AUDITORÍAS.- 2.- DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS.- 3.- COMITÉS PARITARIOS. 4.- ACTUACIONES OBLIGADAS DE ADMINISTRADORAS. 5.- CONTROL INTERNO VÍA ORGANIGRAMA EJECUTIVO. 6.- PARTICIPACIÓN SINDICAL. 7.- PREPARACIÓN EQUIPOS DE TRABAJO. 8.- CAPACITACIÓN MONITORES. 9.- INDUCCIÓN PERMANENTE AL CAMBIO CULTURAL. 10.- PARTICIPACIÓN A NIVEL GERENCIAL.-

109 GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD.
1.- ASUME EL GERENTE GENERAL SIEMPRE. 2.- LOS SUPERINTENDENTES O JEFES DE ÁREAS. 3.- SUPERVISORES GENERALES Y SUPERVISORES DE TERRENO. 4.- JEFES DE OBRA, DIRECTORES DE OBRA O JEFES DE FAENA. 5.- CAPATACES. 6.-TRABAJADORES MONITORES. DE ESTE MODO HAY UNA JERARQUIZACIÓN CENTRALIZADA BAJO UNA SOLA COLUMNA VERTEBRAL: LA CULTURA PREVENTIVA INTEGRADA. NO SE ELUDE LA RESPONSABILIDAD Y SE CONOCEN LAS FALENCIAS PREVENTIVAS OPORTUNAMENTE.

110 CONCLUCIÓN 1.- LA PREVENCIÓN DE RIESGOS ES PARTE DEL PROCESO PRODUCTIVO E INFLUYE, COMO CONSECUENCIA DE ELLO, EN LAS POSIBILIDADES DE MAYOR O MENOR RENTABILIDAD EN LAS EMPRESAS. 2.- EL VALOR DE LAS PERSONAS EN LA EMPRESA ES LEJOS EL MAYOR PATRIMONIO CON LA QUE ESTA CUENTA. 3.- BUENA GESTIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS EVITA DAÑOS A LA EMPRESA Y A SUS NIVELES DE MANDO 4.- HAY ARGUMENTOS PARA DEFINIR LA GESTIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS COMO UNA DE LAS ACCIONES EMOCIONALMENTE INTELIGENTES EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL

111 ESTABLECIDAS LAS BASES DE UNA INVESTIGACIÓN, VEAMOS EN SEGUIDA CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR PARA DILUCIDAR, ACLARAR, ESTABLECER LOS HECHOS Y LAS RESPONSABILIDADES QUE SE DERIVAN DEL ACCIDENTE Y QUE INTERESAN TANTOALA EMPRESA COMO A LA JUDICATURA, Y CIERTAMENTE , A LA SOCIEDAD.

112 En general en todas las empresas de una u otra manera se realizan actividades básicas para evitar los accidentes del trabajo. A lo menos se tienen nociones de cómo mover materiales, el cuidado en el uso de las distintas superficies de trabajo, se sabe de la importancia del orden y aseo de los lugares de trabajo, se cuida de no provocar incendios, precaución con la electricidad, algunas charlas o consejos de la supervisión, incluso algunos hacen un procedimiento de trabajo o entregan catálogos, etc.

113 Existen otras empresas, en que esta materia es parte integrante del trabajo diario, en ellas se realizan charlas diarias de cinco minutos, para cada trabajo critico se realiza un procedimiento de trabajo, se realizan investigaciones de accidentes e incidentes, se llevan estadísticas, se realizan reuniones semanales o mensuales, etc. Sin embargo, la experiencia nos enseña que, aunque los tratamos de evitar, de todos modos se producen los accidentes en el trabajo. Lo normal es que las medidas de prevención de riesgos tengan efectos positivos a largo plazo. Así, aún con el mejor plan de prevención o control de riesgos operacionales, tendremos que ver algunos accidentes laborales que afectan a los trabajadores a los equipos o al medio ambiente.

114 En esos momentos veremos como el supervisor a cargo del trabajador o del área de trabajo se presenta en el lugar y empieza a hacer preguntas. ¿Qué hacer entonces? ¿Qué actitud se debe adoptar? ¿Porqué investigar? ¿A qué conclusión debe llegar el investigador? Contestar estas preguntas equivale a contestar la otra pregunta ¿Para qué sirve la investigación de accidentes? y ¿Quién es el responsable de Investigar? y si no sabe como investigar y llegar a la causa verdadera ¿Quién asesora?

115 2. ¿Porqué investigar los accidentes?
Cada vez que en un lugar ocurre un accidente, hay un problema que dio origen a este hecho. Ese problema existe porque: 1.- Se desconoce la forma correcta de hacer las cosas. 2.- No se corrigen las deficiencias 3.- No se inspeccionan ni evalúan las condiciones de trabajo y se subestima el riesgo 4.- Alguien sin la autorización o sin experiencia decidió seguir adelante, a pesar de la deficiencia 5.- Alguien con autoridad decidió que el costo para corregir la deficiencia, excedía del beneficio derivado de la corrección. 6.- Alguien con autoridad no escuchó al trabajador cuando informó la deficiencia.

116 Todo incidente, accidente o defecto de proceso, debe ser informado para ser investigado y el trabajador debe cooperar para transformar el hecho negativo, en una acción de seguridad u oportunidad de mejorar. El empleador tiene la obligación de denunciar, lo dice el art. 76 de la Ley 16744, “la entidad empleadora deberá denunciar al organismo administrador respectivo, inmediatamente de producido, todo accidente o enfermedad…” Del mismo modo, el supervisor tiene la obligación de escuchar el aporte del trabajador, analizar lo informado y tomar una decisión para mejorar el proceso.

117 Investigación de accidentes
Definiciones Para desarrollar el tema en comento, vamos a definir algunos términos asociados al mismo. Investigación de accidentes Es una técnica preventiva orientada a detectar y controlar las causas que originaron el accidente, con el fin de evitar la repetición de uno igual o similar al ya ocurrido. Consiste en evaluar objetivamente todos los hechos, opiniones, declaraciones o informaciones relacionadas, como un plan de acción para solucionar el problema que dio origen a la deficiencia.

118 Propósito de la investigación
El propósito fundamental de la investigación de accidentes es: Descubrir las causas que provocaron el accidente para eliminarlas. Cuando se investiga un accidente se debe llegar a establecer con la mayor precisión posible cuales fueron los actos y condiciones sub estándares que permitieron que el accidente ocurriera.

119 Accidente Acontecimiento no deseado que da por resultado perdida por lesiones a las personas, daño a los equipos, los materiales y/o el medio ambiente. Generalmente involucra un contacto con una fuente de energía, cuya potencia supera la capacidad límite de resistencia del cuerpo humano o de las estructuras. Es todo hecho inesperado que interrumpe un proceso normal y que puede llegar a producir lesiones o daños. No es necesario que haya lesiones en un accidente, basta que exista solo una interrupción. Además esta interrupción es inesperada.

120 Acto sub-estándar Cualquier desviación en el desempeño de las personas, en relación con los estándares establecidos, para mantener la continuidad de marcha de las operaciones y un nivel de pérdidas mínimas, se lo considera un acto anormal que impone riesgo y amaga en forma directa la seguridad del sistema o proceso respectivo. Un acto sub-estándar se detecta con observaciones.

121 Condición sub-estándar
Cualquier cambio o variación introducidas a las características físicas o al funcionamiento de los equipos, los materiales y/o el ambiente de trabajo y que conllevan anormalidad en función de los estándares establecidos o aceptados, constituyen condiciones de riesgo que pueden ser causa directa de accidentes operacionales. Una condición sub-estándar se detecta con inspecciones. Una vez aclarado este punto fundamental, podemos aclarar las dudas que se nos presentan si el supervisor nos pregunta algo como testigos de un accidente, siendo parte del accidente o participando como investigador del mismo.

122 Actitud de los trabajadores
Es importante, que el trabajador sepa que él debe participar en la labor de prevención de accidentes, ya que de él depende en gran medida en control de los riesgos operacionales. Todos los materiales o máquinas pueden ser inseguros si la persona que los mueve, no lo hace en la forma correcta, segura, o no sabe como hacerlo. Si el trabajador, es el que sufre el dolor de la lesión, si es el trabajador el que sufre las consecuencias del accidente, entonces, él es quien debe aplicar las normas de seguridad, que le ha instruido su supervisor o el asesor de prevención de riesgos.

123 La investigación trata de llegar hasta las causas del accidente para eliminarlas, la única actitud que podemos adoptar es la de colaborar con la investigación, dando el máximo posible de detalles al respecto. Con eso estaremos colaborando efectivamente a la prevención de los accidentes, pues si eliminamos las causas encontradas, podemos evitar la repetición del accidente. Si un accidente, aunque sea leve se repite, no asegura que el resultado de la repetición sea igual que antes. Lo que antes fue leve, al repetirse puede ser no solo grave, sino que incluso puede llegar a ser fatal. Nadie puede asegurar las consecuencias de un accidente. Lo que resta es evitar que se repita. De ahí la importancia de una buena investigación del accidente.

124 Denuncias de los accidentes
En general los trabajadores no informan o denuncian accidentes, fundamentalmente porque: 1.- Tienen temor a las medidas disciplinarias 2.- Preocupación sobre el informe 3.- Preocupación sobre su reputación 4.- Temor al tratamiento médico 5.- Antipatía hacia el personal médico 6.- Deseo de evitar la interrupción del trabajo 7.- Deseo de mantener limpia su hoja de vida 8.- Poca comprensión de la importancia de informarlos. 9.- Falta de motivación para involucrarse.

125 Normalmente en las empresas está establecido por medio del reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, la obligatoriedad de informar los accidentes por leves que éstos sean. Esta exigencia obedece a las disposiciones de la legislación laboral preventiva y a la necesidad de investigar y analizar los hechos, para adoptar las medidas preventivas pertinentes. En otras palabras, interesa al legislador, pero, más aún, al empresario, pues, él es quien gestiona la rentabilidad de su empresa y los accidentes afectan dicha rentabilidad

126 Quién investiga. El responsable de hacer la investigación es el supervisor de la línea. Pero, ¿Porqué él y no el encargado de seguridad, por ejemplo? Las razones para que la investigación la haga el supervisor son: a.- El, es quien mejor conoce tanto el trabajo como a los trabajadores. b.- Es el responsable por la seguridad de su gente c.- Es quién debe aplicar la acción correctiva y, por lo tanto debe estar convencido de ella. Por estas razones, el supervisor debe hacer la investigación, además con ello, muestra su compromiso con el trabajador, con la empresa y con el mismo. La labor del Asesor de Seguridad o Prevencionista de Riesgos, será la de ayudar al supervisor en la investigación y la de facilitarle los medios para llevarla a buen termino. Una vez encontradas las causas que motivaron el accidente, será obligación del supervisor usar todos los medios que están a su alcance para eliminar dichas causas.

127 Procedimiento para hacer una investigación
Debemos recordar que se trata de una investigación como cualquiera otra. por lo tanto, tendremos que responder las mismas preguntas que toda investigación trata de contestar. Pero, ¿Cuál es la mejor forma de hacer la investigación? Debemos responder las siguientes preguntas: 1.- ¿Quién es el accidentado? 2.- ¿Dónde ocurrió el accidente? 3.- ¿Cuándo ocurrió el accidente? 4.- ¿Cómo ocurrió el accidente? 5.- ¿Por qué ocurrió el accidente? 6.- ¿Quiénes fueron los testigos del accidente?

128 ¿Quién es el accidentado?
Normalmente se piensa que esta pregunta es fácil de responder. Sin embargo, la respuesta exige tener un cuadro completo de la situación. No sólo se trata de saber el nombre y la edad de la persona accidentada, sino también los años que lleva en la empresa y la experiencia que tiene en el trabajo, en el cual se accidentó.

129 A veces, personas de mucha experiencia se accidentan en el trabajo que nunca antes habían tenido ocasión de hacer en la empresa. Por ello también se trata de saber quién es el jefe responsable en el momento en que se accidentó. Suele ocurrir que el supervisor responsable, no sea el supervisor habitual de la persona o porque estaba haciendo ese trabajo.

130 Garaje de la empresa o patio de la bodega
¿Dónde ocurrió el accidente? Responder a esta pregunta significa tener un cuadro detallado del sitio exacto en que ocurrió el accidente. Muchos supervisores se conforman con descripciones generales, tales como: Garaje de la empresa o patio de la bodega Cuando lo que se pide son descripciones que ayuden a clarificar el accidente. En los casos mencionados, a lo mejor las descripciones deberían ser: foso de lubricación, lado izquierdo del almacenamiento de tambores vacíos, vereda derecha de acceso al taller, puerta sur del taller.

131 RESPECTO DE ESTA MATERIA
Conviene saber conceptos básicos de legislación ¿Qué es un accidente a causa del trabajo? ¿qué es un accidente con ocasión del trabajo? ¿sabemos bien lo que es un accidente de trayecto? Veamos algunos ejemplos: 1.-Caso del joven que comienza a trabajar en un aserradero de madera dimensionada. 2.- Caso del capataz.

132 ¿Cuándo ocurrió el accidente?
Ahora se trata de saber no sólo la hora exacta a la cual ocurrió el accidente. Responder la pregunta significa saber la fuente del accidente, vale decir, el trabajo que la persona realizaba en el momento en que se accidentó. El ideal es llegar aquí también hasta el detalle de la etapa del trabajo que la persona realizaba. Ello permitirá clarificar más adelante con facilidad los actos y las condiciones sub-estandares que contribuyeron a que el accidente se produjera. CASO DEL TORNERO Y LA BOBINA.

133 ¿Cómo ocurrió el accidente?
Al responder esta pregunta estamos ubicando el tiempo del accidente que tuvo lugar. Debemos tener en cuenta en qué forma la persona hizo contacto con su ambiente. Si algo de ese ambiente fue hacia la persona o si la persona se movió hacia el objeto del ambiente, si la lesión se produjo por la fuerza del contacto o si no hubo ninguna fuerza en él. Desde luego, para poder dar una buena respuesta necesitaremos saber también como es la lesión del accidentado y que relación existe entre ella y el objeto que la produjo.

134 ¿Por qué ocurrió el accidente?
La última pregunta se dirige a las causas del accidente Debemos visualizar con ella los actos y las condiciones sub-estándares que contribuyeron a que el accidente tuviera lugar, a los factores personales y del trabajo. Es normal que se presenten los dos tipos de causas en los accidentes. Ambos deben quedar totalmente clarificados con el fin de poder dirigir con eficiencia la futura acción correctiva.

135 Es necesario dejar claro que los actos y las condiciones sub-estándares tienen a su vez causas, y que debemos llegar a eliminar esas causas si queremos hacer un efectivo control de los riesgos que producen accidentes. Detrás de los actos sub-estándares están los factores personales y detrás de las condiciones sub-estándares están sus causas origen o factores del trabajo, y a ambos debemos dirigir nuestros esfuerzos preventivos. No hacerlo, significa dejar abierta las causas para la repetición de los actos y de las condiciones sub-estándares y, a la larga, de los accidentes.

136 El art. 5 de la Ley , no deja dudas a que solo son accidentes del trabajo, aquellos que se encuentran conectados, directa o a lo menos indirectamente con el trabajo. Los actos y las condiciones sub-estándares tienen a su vez causas, que debemos llegar a eliminar si queremos hacer un efectivo control de los riesgos que producen accidentes. Detrás de los actos sub-estándares están los factores personales y detrás de las condiciones sub-estándares están sus causas origen o factores del trabajo, y a ambos debemos dirigir nuestros esfuerzos preventivos. No hacerlo, significa dejar abierta las causas para la repetición de los actos y de las condiciones sub-estándares y, a la larga, de los accidentes.

137 ¿Cuáles fueron las causas?
No se puede dar por finalizada una investigación si no se ha llegado al fondo de la misma, estas son determinar claramente cuales fueron las causas del accidente. Los accidentes no se producen por casualidad ni son hechos fortuitos por azar. Al hablar de causas se quiere decir que siembre hay algo o alguien que produce el accidente. Pueden ser: a.- Acción sub-estándar, producida por el trabajador, por ejemplo energizar una maquina en reparación. b.- Condición sub-estándar, producida por el entorno de trabajo, por ejemplo maquinaria en mal estado

138 Principio de causalidad de los accidentes
Los accidentes ocurren porque hay causas que lo provocan Estas causas se pueden determinar y eliminar o controlar. Los arts. 5 y 7 de la Ley, se basan en la causalidad y así lo expresan. Es más, señalan que solo no son accidentes del trabajo aquellos producidos por fuerza mayor extraña al trabajo o por la propia intención de la víctima.

139 ¿Quiénes fueron los testigos del accidente?
Los testigos son también la fuente de información del accidente. Para contestar las preguntas planteadas, el supervisor debe recurrir a todas las fuentes de información que estén a su alcance.

140 Dichas fuentes son: a.- La entrevista a los testigos y al lesionado. b.- El estudio del sitio del accidente c.- El estudio de los equipos y herramientas involucrados. d.- Reconstitución del accidente e.- Documentos ,relacionados con el lugar y su condición, o con la disciplina del trabajador y su comportamiento. f.- Existencia de elementos audio-visuales. g.- Informe del supervisor o jefe de sección del trabajador, relacionado con su capacidad e int5eligencia al enfrentar labores riesgosas. h.- El Juez, puede hacer uso de las presunciones como medios de prueba.

141 Generalmente con los tres primeros medios, se logra en la mayoría de las veces aclarar los detalles del accidente. Sólo en caso de que persistan dudas, el supervisor debe recurrir a la cuarta fuente, teniendo especial cuidado en no repetir el acto o condición sub-estándar que dio origen al accidente. Nunca se deben entrevistar a los testigos juntos, y ojalá tampoco comenten el accidente entre ellos antes de la entrevista, por los posibles cambios en la declaración.

142 Entrevista a los testigos y al lesionado
De todos los posibles medios de información, el que presenta mayores problemas, es la entrevista a los testigos y al lesionado a raíz del accidente. Los problemas que se presentan son de relaciones humanas, pues en el desarrollo de una entrevista, el supervisor debe convencer al trabajador, de lo valiosa que es su ayuda para la investigación del accidente y de que con la investigación no solo se está buscando culpables, sino que conocer las causas del accidente para eliminarlos. Además, señalar que es necesario unificar criterios, pues, también investigará el Fiscal del M. P.

143 Esquema recomendado de una entrevista
1.- Recordar a los trabajadores el propósito de la investigación Recordar que no solo se busca culpables, además, que el objetivo y esfuerzo es llegar a las causas del accidente para eliminarlas. 2.- Pedir un relato lo más objetivo posible de los hechos Cuando la persona esté haciendo el relato, no interrumpirla por ningún motivo. Tomar nota mental y guardar cualquier duda para cuando la persona haya terminado su relato. Ojalá gravar previa autorización.

144 3.- Hacer preguntas que complementen el relato
Una vez terminada la exposición de los trabajadores, verificar cualquier duda que se haya presentado. Preguntar con tacto, tratando de escuchar la versión de la persona y no de poner la versión propia en la boca de la otra persona. Recordar, además, que todos somos poco objetivos y que recordamos haber visto sólo lo que nos conviene. Tratar entonces, de llegar al máximo de objetividad posible.

145 4.- Verificar si el investigador comprendió lo que sucedió.
Esto es muy importante, pues, existe una real falta de expresión y se sabe que un mismo hecho puede dar origen a diversos relatos. Luego de aclaradas las dudas, la persona que entrevista cuenta la versión que ha escuchado y pide la corrección necesaria si ha habido algún mal entendido. Esto ayuda a recordar sin tomar notas.

146 5.- Discutir con el entrevistado posibles medios para evitar la repetición del accidente.
Esto último se hace con dos objetivos: a. Reforzar el objetivo inicial de la investigación, que va dirigida a eliminar las causas. b. Lograr una mayor participación y motivación del trabajador a través de su discusión.

147 Estudio del sitio del accidente
Al hacerlo, el supervisor debe ubicar la posición que la persona tenía antes del accidente y en la que quedó luego del mismo. Debe ver cuales fueron los movimientos que cada uno hizo antes, durante y después del accidente. Debe buscar las condiciones que hicieron posible el accidente. Para todo ello necesita que el lugar no sea arreglado después del accidente. Todo arreglo debe esperar, siempre que sea posible, la realización de la investigación.

148 Estudio de equipos y/o materiales involucrados
Los equipos y/o materiales pueden ser parte del sitio del suceso, al igual que en el estudio del sitio del accidente, ahora se trata de ver si alguna condición del equipo contribuyó al accidente. Puede suceder que haya defectos de diseño o de mantención, como también puede suceder que haya habido defectos en su operación. Casi siempre bastará estas tres fuentes para obtener una imagen clara de la forma en que ocurrió el accidente y de las causas que lo provocaron.

149 Cuando investigar La investigación del accidente debe hacerse lo más rápido posible. Ello no siempre es posible, pero en ese caso el supervisor debe tratar de hacerla a la brevedad. En ningún caso dejarla para más adelante, fundamentalmente por dos razones: 1.- Mientras más pronto se haga la investigación, menos cosas serán movidas del sitio del accidente. 2.- Mientras más frescos estén los recuerdos, más objetivas serán las versiones que los testigos entregarán. Mientras más tiempo pase, mayor será la influencia de los sentimientos sobre los recuerdos.

150 Que tipo de accidentes se deben investigar
Por razones de gestión: todo accidente cause o no cause incapacidad. Se deben investigar todos los accidentes, incluso aquellos que no han tenido como consecuencia una lesión o un daño. Sin embargo, es necesario ser prácticos y empezar investigando los accidentes que han producido lesiones más graves o daños más grandes. Por razones de responsabilidad es necesario investigar aquellos que han causado daño, pues, el autor del Daño debe responder por él, civil o penalmente.

151 + Por las lesiones más graves, debemos entender todo accidente que haya producido una perdida de tiempo igual o superior a un día de trabajo. En otras palabras el trabajador se ausentó de su trabajo por un día laboral. + Por daños más grandes, debemos entender todo accidente que paralizó un equipo deteniendo la producción.

152 A medida que avance la acción de prevención de riesgos o control del riesgo operacional en la empresa, debemos avanzar un paso más en la investigación de los accidentes que deterioran los procesos productivos, provocando pérdidas para la empresa. Cuando los programas de prevención o de control de riesgos están en marcha, debemos investigar también los accidentes que han producido lesiones leves o accidentes sin tiempo perdido, estos últimos llamados a veces incidentes. La investigación de estos accidentes es necesaria por cuanto muchas veces pueden llevar a accidentes más graves, si se repiten. Los accidentes que podríamos llamar "menores" son avisos de accidentes "mayores".

153 Registros Toda investigación debe quedar registrada en un formulario especialmente dispuesto para ello. Además se deben llevar registros estadísticos separados, llevando una completa clasificación de los accidentes por: Parte 1 a.- Nombre de los accidentados o identificación de los equipos dañados b.- Edad, experiencia, cargo del o los accidentados c.- Supervisor del o los accidentados d.- Area de trabajo en que ocurrió el suceso e.- Tiempo que lleva en servicio el equipo y distribuidor del mismo. f.- Fecha y hora del suceso

154 Parte 2 a.- Fuente del accidente b.- Tipo de accidente c.- Agente del accidente d.- Agente de la lesión e.- Tipo de lesión (diagnóstico) f.- Causas del accidente ( condiciones y acciones sub-estándares)

155 Parte 3 Especifique las causas precisas del hecho Determine que medidas deben tomarse para evitar la repetición del accidente Análisis del accidente, medidas correctivas tomadas inmediatas y medidas que se tomará en el futuro.

156 Parte 4 Investigación realizada por: Copias enviadas a: Principios de humanidad Puede suceder que un supervisor, al comprender la importancia que tiene la investigación de los accidentes, ponga todo su empeño en hacerlo lo mejor posible. También suele existir el tipo de supervisor que prioriza la producción por sobre el accidentado. Sin embargo, hay principios que todos deben recordar y que le dan su sentido último tanto a la seguridad como a la investigación de los accidentes, son los principios humanitarios que recuerdan que en el fin último de la prevención, está el ser humano, el trabajador ya que ante todo es persona.

157 Principios que no deben olvidarse:
1.- Primero está la atención al lesionado, si a consecuencias del accidente hubo alguno. 2.- El respeto a las personas debe primar siempre, tanto en las acciones a tomar, como en la forma de tomarlas. Ninguna investigación es lo suficientemente importante, para pasar a llevar alguno de estos dos principios.

158 Consecuencias de los accidentes
La lesión a los trabajadores es sólo una de las consecuencias posibles de los accidentes. Resulta que el accidente es un hecho inesperado que produce pérdidas, y como tal tiene otras consecuencias algunas previstas y otras no. Incluso algunas de estas posibles pérdidas se pueden asegurar. Lesión Perdida de tiempo Accidente Daño a equipos y/o materiales, herramientas Daño al medio ambiente Derroche Otros no contemplados

159 Las consecuencias de los accidentes pueden ser lesiones, daños, pérdidas, etc. Decimos "pueden ser y no son", porque puede haber un accidente sin que se produzcan estas consecuencias. Como dijimos anteriormente los accidentes tienen causas y no se producen por azar, pero, la consecuencia del mismo es azarística, esto es por ejemplo, cuando un paracaidista se lanza desde un avión en un salto desde 2000 o 3000 metros de altura y no se le abre el paracaídas, como resultado de este accidente debiera tener un desenlace fatal, pero no siempre es así.

160 debiera sentir dolor por un rato y ninguna consecuencia más,
Otro ejemplo común podría ser de que cuando una persona resbala por pisar una cascara de plátano, debiera sentir dolor por un rato y ninguna consecuencia más, pero hay personas que han muerto por el mismo accidente. La forma en que se produce un accidente puede tener uno o varios resultados diferentes en cada situación, por eso la consecuencia es azaristica.

161 Por ejemplo en un accidente de tránsito se producen a lo menos las siguientes consecuencias:
lesiones incapacitantes y leves, daños en los automóviles y los equipos, pérdida de tiempo, lesiones a las personas ajenas al accidente, daño psicológico en los familiares, perdida por incumplimiento en la entrega o llegada a un negocio o entrega de documentos, alza de la prima en los seguros, etc.

162 Consecuencia para los trabajadores
Los trabajadores sufren consecuencias que a lo menos son: a.- Desconfianza en sí mismo. El que se accidentó una vez puede estar pendiente si se volverá a accidentar y tendrá miedo, de volver al mismo lugar en que se accidentó. b.- Desorden de la vida familiar. La persona que se accidenta muchas veces se molesta al sentir que no puede colaborar en su casa. Daño psicológico en los familiares que sufrirán dolor al mirarlo postrado en una cama. c.- Desorganización de actividades fuera del hogar. No podrá asistir a reuniones con amigos, practicar deportes o recrearse. d.- Reducción de sus ingresos. Aunque el seguro cubre la mayor parte de los gastos, el accidentado no tendrá los mismos ingresos.

163 Consecuencias para la empresa
Los accidentes también producen pérdidas para la empresa como por ejemplo, pagos de horas extraordinarias para reemplazar el trabajador lesionado, disminución de la productividad ya que ningún trabajador podrá hacer el trabajo de la misma forma que el trabajador titular de esa actividad, falta de ánimo y baja moral de los demás trabajadores, pérdida de tiempo de todos los trabajadores por atender al lesionado o comentar el accidente entre ellos, etc. Costos de juicios, indemnizaciones….y lo peor pérdida de imagen corporativa

164 Costos de los accidentes
Para dar una idea gráfica de lo que verdaderamente significan los accidentes como costos para toda la sociedad, se puede representar como un témpano de hielo (iceberg). La parte superior, la que esta a la vista, serían los costos que la empresa cubre por obligación con el seguro, también llamados costos directos. La masa inferior del témpano que no se ve, mucho más grande, estaría bajo la superficie y son los llamados costos indirectos.

165 Esto que ha primera vista parece exagerado, no lo es tanto pues los accidentes, realmente son un problema mucho mayor de lo que aparece en la superficie. Costos asegurados (Médicos, compensaciones ) Costos sin asegurar contabilizados (Daños al edificio, a los materiales y al producto, daños a equipos y herramientas, interrupciones y demoras en la producción) Costos sin asegurar sin contabilizar (Contratar y entrenar personal, reemplazos, investigaciones, etc. Figura 1: Iceberg de los costos

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167 Un análisis exhaustivo de los costos de daños a la propiedad, alrededor del mundo, hecho por Frank Bird Jr. y Frank Fernández, les ha llevado a aceptar el hecho de que el costo de daños a la propiedad sin asegurar es de 5 a 50 veces mayor que los costos de las lesiones aseguradas y de compensación, mientras que otros sectores sin asegurar constituyen de 1 a 5 veces por sobre los costos de compensación y gastos médicos.

168 Causas de los accidentes
Hasta el momento hemos examinado el hecho del accidente y las consecuencias que tiene, principalmente desde el lado humano. Sin embargo, desde el punto de vista de la prevención, que es lo que nos interesa, debemos preguntarnos por las causas de los accidentes. Ya habíamos dicho, que los accidentes tenían causas bien definidas y que estas causas se pueden determinar y eliminar o controlar. Hay dos grandes causas de accidentes, las personas y el medio ambiente de trabajo. Los trabajadores causarán accidentes cuando lleva a cabo o trabajan con acciones sub-estándares. El medio ambiente de trabajo causará accidentes cuando existen condiciones sub-estándares. Es normal que en un accidente encontremos no sólo una, sino varias causas actuando al mismo tiempo, las que podemos graficar de la siguiente manera: Acciones sub-estándares Accidentes Condiciones sub-estándares

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170 Hay dos grandes causas de accidentes, las personas y el medio ambiente de trabajo.
Los trabajadores causarán accidentes cuando lleva a cabo o trabajan con acciones sub-estándares. El medio ambiente de trabajo causará accidentes cuando existen condiciones sub-estándares. Es normal que en un accidente encontremos no sólo una, sino varias causas actuando al mismo tiempo, las que podemos graficar de la siguiente manera: Acciones sub-estándares Accidentes Condiciones sub-estándares

171 Causa humana de los accidentes
A las causas humanas de los accidentes las hemos llamado acciones sub-estándares. En general, las acciones sub-estándares se definen como cualquier acción (cosas que se hacen) o falta de acción (cosas que no se hacen) que pueden llevar a un accidente. Es la actuación personal indebida, que se desvía de los procedimientos o metodología de trabajo aceptados como correctos, ya sean escritos o entregados en forma de instrucción verbal por la supervisión. Se trata de acciones comunes, muchas veces las hacemos sin pensar que estos nos pueden llevar a un accidente.

172 Ejemplos de acciones sub-estándar
No respetar procedimientos de trabajo Trabajar sin autorización o no estar capacitado No usar los equipos de protección personal Hacer bromas Conducir a exceso de velocidad. Fumar en presencia de combustibles o inflamables Cada acción sub-estándar tiene una explicación. Hay algo que lleva a la persona a cometer esa acción. A ese algo debe ir principalmente la acción de prevención. A ese factor que explica las acciones sub-estándares lo llamamos factor personal.

173 Los factores personales pueden dividirse en tres grandes tipos:
1.- Falta de conocimiento (no sabe) 2.- Falta de motivación o actitud indebida. (no quiere) 3.- Falta de capacidad física o mental (no puede)

174 Falta de conocimiento La falta de conocimiento o de habilidad se produce cuando la persona se ha seleccionado mal para el cargo a ejecutar, no es el trabajador adecuado, no se le ha enseñado o no ha practicado lo suficiente. Generalmente ocurre que un supervisor manda a un trabajador a realizar una actividad sin preguntar si sabe o no hacerlo, o no cerciorase de que efectivamente sabe el trabajo que se le ha asignado.

175 Falta de motivación Las actitudes indebidas se producen cuando la persona trata de ahorrar tiempo, de evitar esfuerzos, de evitar incomodidades o de ganar un prestigio mal entendido. En resumen, cuando su actitud hacia su propia seguridad y la de los demás no es positiva.

176 Falta de capacidad La incapacidad física o mental se produce cuando la persona se ha seleccionado mal para el cargo a ejecutar, no es el trabajador adecuado, la persona ha visto disminuida su capacidad física o mental. El control de estos factores personales se puede hacer con selección de personal, entrenamiento, controles médicos y otras practicas de buena administración.

177 Causa ambiental del accidente
A las causas ambientales de los accidentes las hemos llamado condiciones sub-estándares. En general, las condiciones sub-estándares se definen como cualquier condición del ambiente de trabajo que puede contribuir a un accidente. Estas condiciones del ambiente de trabajo esta conformado por el espacio físico, herramientas, estructuras, equipos y materiales en general, que no cumplen con los requisitos mínimos para garantizar la protección de las personas y los recursos físicos del trabajo.

178 Ejemplos de condiciones subestándar
Líneas eléctricas sin conexión a tierra Piso resbaladizo o con manchas de aceite Caminos y señalización en mal estado Equipos de levante en mal estado Correa transportadora sin protección Engranajes o poleas en movimiento sin protección Tal como las acciones sub-estándares existían factores personales que las hacían aparecer, en las condiciones sub-estándares existen orígenes que las hacen aparecer. A ese factor que explica las condiciones sub-estándares lo llamamos factor del trabajo.

179 Las causas orígenes de las condiciones sub-estándares o factores del trabajo pueden dividirse en:
1.- Desgaste normal o anormal 2.- Abuso por Parte de los usuarios 3.- Diseño inadecuado 4.- Mantenimiento inadecuado

180 Desgaste normal o anormal
El desgaste normal es un proceso natural a todo equipo o material, el uso y el tiempo lo producen. Llega un momento en que dicho desgaste se convierte en una condición sub-estándar. Antes de que se produzca ese momento debe actuarse para evitar el riesgo. Es fundamental para ello llevar una bitácora del equipo, material o repuesto para saber con certeza cuando cambiar o reparar. El desgaste anormal se produce por abuso de un equipo o herramienta, la que debe corregirse con capacitación e inspecciones.

181 Abuso por parte de los usuarios
Muchas veces encontramos que herramientas y equipos buenos se usan para otros fines. Ello daña las herramientas, causando condiciones sub-estándares. Por ejemplo, usan un destornillador como palanca, un alicate para golpear, etc.

182 Diseño inadecuado Por otra parte, podemos encontrar que las instalaciones no siempre han considerado la seguridad de su operación. Ello es origen de condiciones sub-estándares. Dentro del diseño debemos incluir espacio suficiente, iluminación adecuada, ventilación, espacios de tránsito, etc.

183 Mantenimiento inadecuado
También la inadecuada mantención es fuente de condiciones sub-estándares. El no reemplazo de equipos viejos, la falta de repuestos y piezas, originan condiciones para provocar accidentes.

184 En ambas definiciones, se dijo que eran hechos que
En ambas definiciones, se dijo que eran hechos que... " pueden causar un accidente". Esto significa que ambas pueden existir sin que se produzcan accidentes. Acciones y condiciones pueden producirse sin que sea absolutamente necesaria la ocurrencia del accidente. Ello dependerá del grado de riesgo de las acciones y condiciones existente en el momento. Habrá algunas de mayor riesgo, y la posibilidad de accidente será mayor. Habrá otras de menor riesgo, en la que la posibilidad será menor.

185 + Lo importante de las acciones y condiciones sub-estándares es detectarlas y controlarlas a tiempo. El riesgo de mayor potencial de pérdidas es aquel que no se conoce. + El accidente puede ocurrir, cuando se trabaja con un riesgo desconocido o incontrolado. Cuando muchas acciones y condiciones sub-estándares existen sin controlarse, el ánimo de los trabajadores se va deteriorando, y a la larga se producen más accidentes. Por ello es importante tomar conciencia de que es necesario esforzarse para lograr la eliminación de todas las acciones y condiciones sub-estándares.

186 Factores de los accidentes
Hemos visto las causas de los accidentes, porque son el objeto principal de atención, si queremos prevenirlos. Sin embargo, existen otros factores de los accidentes que también tienen importancia para prevenirlos. Fuente del accidente La fuente del accidente es el trabajo que la persona ejecutaba en el momento de ocurrir el suceso.

187 ORIGEN SUCESO EFECTO CAUSAS ACCIDENTE CONSECUENCIAS Según el diagrama, lo que debemos evitar "es el origen de", ya que al producirse éste, puede generar serias consecuencias para la integridad de las personas, equipos e instalaciones y el medio ambiente. Luego estos elementos constituyen una cadena que nos obliga a actuar definitivamente en su origen, o sea, evitar las causas si queremos realmente tener éxito en el objetivo final de la prevención.

188 Agente del accidente El agente, es el elemento físico del ambiente que tiene participación directa en la generación del accidente. Normalmente los podemos clasificar, como por ejemplo: Materiales, medios de producción, edificios, esmeril, etc. Tipo de accidente El tipo de accidente es la forma en que se produce el contacto entre la persona y el objeto del ambiente.

189 Clasificación de los tipos de accidentes
1.- accidentes en los que el material va hacia el hombre. Golpeado por Atrapado por Contacto con 2.- Accidentes en los que el hombre va hacia el material. Pegar contra … Contacto con… Aprisionado por … Caída a nivel - Caída a desnivel

190 3.- Accidente en los que el movimiento relativo es indeterminado
a.- Por sobre esfuerzo (ejemplo, Ley del Saco) b.- Por exposición (solar, inhalación, nuclear) A cada uno de los tipos de accidentes corresponden medidas preventivas específicas, de modo que mientras más sepamos de ellos, más fácil se nos hará la prevención de los accidentes.

191 Secuencia del dominó Una forma que habitualmente se usa para explicar la secuencia de situaciones que desencadenan en un incidente o accidente, es a través de las piezas de un dominó, figurando que, al caer la primera ficha, botará las siguientes. La secuencia de situaciones que desencadenan en un accidente se explicará haciendo el análisis del resultado, último ficha del dominó, que es la pérdida.

192 El primer dominó la Historia- representa el comportamiento y personalidad del empleado.
El segundo dominó las Características Personales- representa la actitud del empleado, su nivel de conocimientos y las condiciones mentales y físicas. El tercer dominó los Actos y Condiciones inseguras – representa el comportamiento del empleado y las condiciones inseguras en el trabajo. El cuarto dominó el Accidente – representa el evento no planeado provocado por un acto o una condición peligrosa. El quinto dominó la Herida – representa a alguien que sale lastimado.

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194 En Chile, sin embargo, se aplica la Teoría de la Causalidad.
Entre las muchas foras de comprender el origen de los accidentes la Ley nos conduce a la causalidad en relación a la acción laboral Lesión a causa o con ocasión del trabajo (art. 5) Enfermedad a causa del trabajo (art.7) Por razones pedagógicas hay una tendencia a examinar las diversas Teorías.

195 FALTA DE CULTURA PREVENTIVA.-
CREEMOS, que además de la causalidad cuya noción es de carácter legal, hay una realidad indesmentible en la causa u origen de los accidentes y enfermedades profesionales y esta tiene relación con la organización. En efecto, la organización adolece: 1.- De Cultura Preventiva. 2.- Liderazgo. 3.- Capacitación real y efectiva. 4.- Motivación preventiva. 5.- Desconocimiento de los mandatos legales. 6.- Eficacia en el control preventivo. 7.- Otros .

196 Accidente / contacto Cuando se produce el contacto con la fuente de energía, sobre la capacidad límite del cuerpo o estructura se produce el accidente que genera la pérdida. Los accidentes, generalmente de clasifican de acuerdo a su clase enumerados anteriormente. Causas inmediatas / síntomas Los accidentes tienen causas y las causas se pueden conocer, determinar, eliminar o controlar. Los actos de las personas y las condiciones del entorno pueden ser peligrosas, inseguras o sub-estándares.

197 Causas básicas / problemas reales
Cuando se pone énfasis en corregir los actos y condiciones sub estándares que provocan los accidentes, estamos corrigiendo los "síntomas" y no los problemas reales que han dado origen a estos actos y condiciones. Las causas básicas designadas como factores personales, explican porque los trabajadores no actúan como deben actuar. Las causas básicas designadas como factores del trabajo, explican porque existen o se crean condiciones sub-estándares.

198 Falta de control / administración
Esta última ficha, o la primera que desencadena la caída de las siguientes, representa la "falta de control" de la administración. La palabra " control " se usa aquí para referirse a una de las cinco funciones de todo administrador profesional, Planificar, organizar, liderar, controlar, coordinar.

199 Esta ficha (5) se relaciona con la deficiencia organizativa y administrativa general de la empresa, hay programas inadecuados, estándares inadecuados, incumplimiento de estándares o inexistencia de programas y/o estándares. Si no se define un programa de entrenamiento, los trabajadores no van a saber hacer el trabajo asignado o no tendrán una productividad óptima, si no se define el programa de selección y ubicación del personal, en cuanto a conocimientos, aptitudes físicas y mentales, se enviará a puestos de trabajo a trabajadores que no pueden desempeñarse adecuadamente.

200 El simple hecho que muchos supervisores no tienen conciencia de la participación que se espera de ellos en un programa de seguridad, les impide hacer el trabajo correctamente y esto solamente puede producir la caída del primer dominó, iniciando la secuencia de acontecimientos que llevará a la pérdida. Esta ficha del dominó, representa el grado de involucramiento y de compromiso de la alta dirección con los trabajadores yla empresa, representados en los estándares y planes de seguridad.

201

202 Ningún plan de control de riesgos es efectivo si no va acompañado del respaldo de la administración superior de la empresa, el que debe tener una presencia clara, permanente y visible hacia los niveles inferiores de la ORGANIZACIÓN De la alta dirección depende el control de los accidentes, de las perdidas, de la reducción de costos, etc. La alta dirección debe preparar planes de seguridad, estándares a cumplir, debe llevar AUDITORÍAS permanentes para evaluar el sistema de seguridad en la empresa, haciéndose asesorar por un Experto en prevención de riesgos o Asesor en seguridad industrial.

203 QUEDA ABIERTO EL PERIODO DE PRECISIÓN Y CONSULTA DEL TEMA TRATADO,
EL QUE DEBERÁ REESTUDIARSE EN TERRENO Y CON CONSULTA A LOS DIVERSOS DEPARTAMENTOS Y A LOS NIVELES SINDICALES CORRESPONDIENTES. FIN DE ESTE SEMINARIO


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