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Despido por causas objetivas
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Causas del despido a) Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa. b) Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables. c) Por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
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Formalismos a cumplir por parte de la empresa
Puesta a disposición de la indemnización *Sin duda el formalismo más importante y el que provoca más improcedencias de despido. La indemnización debe ser de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 1 año de salario. Hasta finales de 2013, existe la posibilidad de que la empresa abone solamente 12 días de indemnización y los 8 restantes los cobre el trabajador del Fogasa. *La puesta a disposición de la indemnización debe ser efectiva, simultánea a la entrega de la carta, incondicionada y por el importe correspondiente. Preaviso de 15 días *Si no se cumple este preaviso, la empresa debe abonar un día de salario extra por cada día no pre-avisado. Permiso de 6 horas semanales para búsqueda de empleo
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Qué debo hacer cuando me comunique el despido y me den la carta
1. Revisar que la firma del empresario está en todas las hojas. 2. Revisar que la copia que te de para firmar es exactamente igual que la tuya. 3. Al firmar, poner NO CONFORME y escribir a mano la fecha del día en que te den la carta. 4. Si te pagan en metálico, contar el dinero antes de firmar, y si falta dinero poner “Recibido XXX€”, para que quede claro que no te han pagado. 5. Si te pagan por transferencia, poner “pendiente de cobro”, ya que en ese momento tú no sabes si lo has cobrado o no. 6. Si te pagan por talón, poner también “talón recibido pendiente de retirar en el banco”. Si es un talón con fondos, no habrá problemas. 7. En caso de dudas, no firmes nada, ya enviarán todo por burofax para que conste la fecha de despido.
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Conclusiones finales El despido por causas objetivas es, al final, el más subjetivo de todos, porque se debe mirar cada caso de forma individualizada. *Debes aprovechar el hecho de tener ya la indemnización en el bolsillo para asesorarte por parte de un Experto Laboral para que te revise la carta de despido. *Las empresas que, durante el contrato, hayan incurrido en irregularidades (pagos en B, jornadas de trabajo no declaradas, etc.) es más factible que ejecuten el despido de forma errónea.
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