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Tribunales Penales Internacionales
Inés Weinberg de Roca
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Capitán Henry Wirz 1865 Anderson Ville, Georgia, EE.UU.
Jefe de prisión Conspiración, crueldad, asesinato Ejecutado
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Tratado de Paz de Versalles
28 de junio de 1919 Art. 227: “"Los aliados y los poderes asociados denuncian públicamente a Guillermo II de Hohenzollern, ex Emperador alemán, por una ofensa suprema contra la moralidad internacional y lo sagrado de los Tratados[…]”
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Estatuto del Tribunal Militar Internacional en Nuremberg
Juicio del 20 de noviembre de 1945/1 de octubre de 1946 Artículo 6 del Estatuto: a) Crímenes contra la paz b) Crímenes de guerra c) Crímenes contra la humanidad
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Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente (Tokio)
11 jueces EE.UU., Gran Bretaña, Unión Soviética, Australia, China, Francia, Canadá, Países Bajos, Nueva Zelanda, India, Filipinas
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Convención sobre la Prevención y Castigo del Crímen de Genocidio, 1948
a. Matanza de miembros del grupo; b. Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c. Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física o parcial; d. Medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del seno del grupo; e. Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo. 146 Estados Parte
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Convenciones de Ginebra, 1949
I. Para aliviar la suerte que corren los heridos y enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña; II. Para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las Fuerzas Armadas en el mar; III. Relativo al trato debido a los prisioneros de guerra ; IV. Relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra.
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Protocolos adicionales de 1977
Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I) Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)
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Carta de la ONU – Capítulo VII
Artículo 39- El Consejo de Seguridad determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión y hará recomendaciones o decidirá qué medidas serán tomadas de conformidad con los Artículos 41 y 42 para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.
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TPIY Consejo de Seguridad de la ONU Carta de la ONU – Capítulo VII
Resolución 827 (1993)
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Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia
Graves violaciones de las Convenciones de Ginebra de 1949 Violación de leyes o costumbres de guerra Genocidio Crímenes contra la humanidad
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El TPIY en cifras 161 individuos acusados 146 casos finalizados
25 casos siendo juzgados 13 acusados transferidos 79 condenados 18 absueltos
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Creado el 8 de noviembre de 1994 por la resolución 955 del Consejo de Seguridad (TPIR)
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Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda
Genocidio Crímenes contra la humanidad Violaciones del Artículo 3 común a las Convenciones de Ginebra y al Protocolo Adicional II
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El TPIR en cifras 93 acusados 77 casos concluidos 6 casos en apelación
4 acusados transferidos 14 absueltos
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Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional de 1998
Art. 6: Genocidio Art. 7: Crímenes contra la humanidad Art. 8: Crímenes de guerra 121 Estados Parte
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Jean-Paul Akayesu 2 de septiembre de 1998
Intendente de la municipalidad de Taba en 1994 Acusado por genocidio, crímenes contra la humanidad y por su conocimiento sobre actos de violencia sexual que fueron cometidos, y por ayudar e incitar su realización permitiendo que tuvieran lugar en el territorio de la municipalidad.
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Duško Tadić In 1993, Tadić viajó a Munich con su mujer y dos hijos.
Ex-prisioneros del campo de Omarska lo reconocieron allí. En febrero de 1994, Tadić fue arrestado y, luego de extensas investigaciones, acusado de multiples asesinatos por la Oficina del Fiscal Federal en Karlsruhe. A pedido del TPIY, en abril de 1995 Tadić fue extraditado a La Haya.
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Regla 11 bis del TPIY (A) Si una acusación ha sido confirmada, más allá de si el acusado está o no en custodia del Tribunal, el Presidente puede nombrar una Sala Enjuiciadora para que transfiera el caso a las autoridades del Estado: (i) En cuyo territorio el crimen fue cometido, o; (ii) En cuyo territorio el acusado fue arrestado, o; (iii) Que tenga jurisdicción, desee y esté adecuadamente preparado para aceptar el caso.
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Regla 11 bis del TPIR (A) Cuando, a pedido del Fiscal o por motu propio, la Sala Enjuiciadora considera que: (i) Las autoridades del Estado donde el acusado fue arrestado están dispuestas a juzgar al acusado en sus propios tribunales, o; (ii) Las autoridades de otro Estado están preparadas para hacerlo y las autoridades del Estado donde fue arrestado no objetan, y; (iii) En esas circunstancias, es apropiado que los tribunales de uno de dichos Estados, según el caso, ejerzan jurisdicción sobre el acusado; La Sala Enjuiciadora, después de darle la oportunidad de ser escuchado a un acusado que ya está en custodia del Tribunal, puede pedir que la acusación contra éste sea suspendida, pendiente del desarollo de los procedimientos en los tribunales nacionales.
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CPI Complementaridad (Artículo 17)
“Poco dispuesto a colaborar or incapaz de hacerlo” La CPI no tiene jurisdicción si: El caso está siendo investigado o juzgado por un Estado que tiene jurisdicción sobre éste, salvo que el Estado no esté dispuesto o no pueda llevar a cabo la investigación o el proceso; El caso ha sido investigado por un Estado que tiene jurisdicción sobre éste y ha decidido no procesar a la persona, salvo que esta decisión sea resultado de una incapacidad o una poca disposición del Estado para procesarla; La persona ya había sido juzgada bajo las mismas acusación y un juicio no es permitido por el artículo 20, párrafo 3; El caso no es lo suficientemente importante como para justificar nuevas acciones de la Corte.
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