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CONSEJO ECONÓMICO DE PASTORAL. Justificaciones: En toda parroquia ha de haber un consejo de asuntos económicos que se rige por el derecho universal y.

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1 CONSEJO ECONÓMICO DE PASTORAL

2 Justificaciones: En toda parroquia ha de haber un consejo de asuntos económicos que se rige por el derecho universal y las normas que haya establecido el Obispo diocesano, para el cual los fieles son elegidos según estas normas. Prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el canon 532 del Derecho Parroquial (el párroco debe cuidar debidamente los bienes de la Iglesia que esté bajo su cuidado en la atención contable y jurídica). Canon 537.

3 Integrantes: Son designados por el párroco, mediante nombramiento escrito, un número no menor de cinco y máximo de diez, por un plazo de tres años, quedando la posibilidad de que, por razones justificadas, el mismo párroco revoque el nombramiento. La función de este consejo es eminentemente consultiva, según las indicaciones concretas que el párroco vaya expresando.

4 Funciones del Consejo: AYUDAN AL PÁRROCO EN: 1.Las necesidades de culto divino, es decir de las celebraciones litúrgicas. 2.Las obras de evangelización en el ámbito parroquial, los gastos pastorales de todos los movimientos, grupos, servicios, capacitación de agentes. En otras palabras, todo lo que se necesite para la acción pastoral.

5 3.Ayuda a la pastoral de la vida consagrada (si en la parroquia hay alguna congregación). 4.Colaboración con el sostenimiento de las vocaciones sacerdotales o religiosas (os) de la comunidad. 5.Obras de caridad a favor de los más necesitados. 6.El cuidado de los bienes muebles e inmuebles al servicio de la parroquia. 7.Honesto sostenimiento de los clérigos, así como el cuidado de su salud. 8.Apoyos económicos a alguna comunidad necesitada o alguna comunidad misionera.

6 Para cumplir con estas funciones, es necesario que los miembros del consejo tengan la información necesaria de la situación económica en que se encuentra la parroquia, para que: 1.El consejo participe calculando de cuánto será el presupuesto anual de los gastos de la parroquia.

7 2.Para poder fijar actividades encaminadas a recaudar fondos económicos a beneficio de la economía de la parroquia. 3.Las gestiones laborales de las personas que prestan sus servicios a la parroquia que estén bien remunerados y con todas las prestaciones de ley, el cumplimiento contable y fiscal de la misma parroquia.

8 “Aquí hay un muchacho que tiene cinco panes de cebada y dos peces. Pero ¿Qué es esto para tanta gente? Jn 6, 9


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