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Comisión Nacional de Acreditación Chile CNA - Chile INSTITUCIÓN ACREDITADA En áreas de Gestión Institucional y Docencia de Pregrado Desde Enero 2012 hasta.

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1 Comisión Nacional de Acreditación Chile CNA - Chile INSTITUCIÓN ACREDITADA En áreas de Gestión Institucional y Docencia de Pregrado Desde Enero 2012 hasta Enero 2017 PREGRADO ACREDITADO Licenciatura en Ciencias Militares Desde May2015 hasta Mar. 2020 SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE 2015

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3 GENERALIDADES 3 Esta presente cuando en forma permanente están en movimiento diferentes tipos de vehículos institucionales, Vehículos comando Ambulancias Aljibes Buses Los cuales realizan traslado de personal y material en tiempo de paz, como también en los vehículos que se desplazan con motivo de campañas, ejercicios y maniobras en donde se incluyen vehículos blindados y maquinarias

4 FINALIDAD DE LA SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE Movimiento o Transporte Es prevenir y tratar de evitar accidentes en vehículos fiscales y particulares, como también impedir que organismos ajenos a la Institución logren información o accionen sobre el personal, material, equipo, abastecimientos o de cualquier otro elemento, durante o con ocasión del desplazamiento de parte o del total de los medios.

5 SISTEMA DE SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE 1. MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN 2. MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN VEHÍCULOS INDEPENDIENTES, COMANDOS O AUXILIARES Y OTROS 3. MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE AERONAVES Y EMBARCACIONES 4. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE AÉREO, FLUVIAL Y MARÍTIMO 5. MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN EL TRANSPORTE DE MATERIAL DE GUERRA 6. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DEL PERSONAL 7. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE VALORES 8. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE ELEMENTOS QUÍMICOS, TÓXICOS O SUSTANCIAS PELIGROSAS

6 MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN se implementan para planificar y posteriormente ejecutar el transporte, teniendo en cuenta los siguientes aspectos (“Compartimentaje” y “Necesidad del Saber”) Personal y/o elementos por transportar Medios de transporte a emplear Protección SISTEMA DE SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE

7 MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN VEHÍCULOS INDEPENDIENTES, COMANDOS O AUXILIARES Y OTROS Esta actividad que cumplirá el personal de Policía Militar quedará circunscrita a dar protección a los desplazamientos, entre otros, a vehículos independientes, con o sin carga de elementos o material sensible (telecomunicaciones, ingenieros, etc.), vehículos de comando y otros vehículos menores asignados a autoridades militares. Los vehículos comandos o auxiliares con características civiles y sin logo de la Institución deberán estar dotados de un sistema de alarmas y no podrán quedar estacionados en lugares que no cuenten con la debida seguridad y protección, con la finalidad de dificultar la acción de la delincuencia.

8 MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE AERONAVES Y EMBARCACIONES SISTEMA DE SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE Resguardo de aeronaves y embarcaciones de la Institución, ya sea en los aeródromos, aeropuertos y puertos de origen o destino, en donde se debe garantizar la integridad de estos medios de transporte, evitando la manipulación no autorizada de los elementos de navegación, propulsión, etc. y que pueda significar su inutilización temporal o definitiva. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE AÉREO, FLUVIAL Y MARÍTIMO La responsabilidad de la seguridad del personal técnico de operación de aeronaves y embarcaciones, comenzará en el interior de los aeropuertos y puertos y cesará una vez desembarcado el personal o elementos

9 MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN EL TRANSPORTE DE MATERIAL DE GUERRA Estas medidas de seguridad se adoptarán no importando si los medios que ejecutan el transporte sean institucionales o civiles. Para lo cual, será necesario establecer con la debida antelación, las coordinaciones pertinentes con los mandos guarnicionales y jurisdiccionales de la Institución y Carabineros de Chile, según corresponda. No se podrá transportar elementos de material de guerra (armamento y/o explosivos) en vehículos particulares. SISTEMA DE SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE

10 MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DEL PERSONAL Tienen por finalidad brindar la protección necesaria al personal de la Institución, que por diferentes motivos deban trasladarse en forma individual o en grupos de un lugar a otro Los comandantes emitiran disposiciones De carácter general: se debe mantener la reserva de los antecedentes del transporte que se realizará. De carácter particular: para el traslado vías terrestre, aérea o marítima. MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE VALORES Tienen por finalidad garantizar la seguridad del adecuado traslado de valores pertenecientes a la Institución cuando por alguna razón excepcional estos elementos deban ser traslados por personal de la Institución. Para grandes cantidades de dinero, se deberá privilegiar la contratación de empresas de seguridad dedicadas al transporte de valores.

11 SISTEMA DE SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE Son las medidas de seguridad que se deben implementar ante el traslado de elementos químicos, tóxicos o peligrosos, con el fi n de evitar la acción de delincuentes, personas o grupos contrarios a los intereses de la Institución. Se deberá privilegiar la contratación de empresas especializadas en el transporte de estos productos, sin dejar de asumir la responsabilidad de la seguridad MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE ELEMENTOS QUÍMICOS, TÓXICOS O SUSTANCIAS PELIGROSAS

12 RESPONSABILIDAD DE LA SEGURIDAD DE MOVIMIENTO Y TRANSPORTE La responsabilidad de la seguridad del movimiento y transporte de cualquier tipo, antes y durante el desplazamiento - En el comandante de la unidad que efectúa el transporte o que presta servidumbre. - En el comandante de la columna designado. -En el más antiguo que viaje en cada vehículo. - En el oficial, suboficial o clase encargado del material de guerra, de telecomunicaciones, de ingenieros, de vestuario y equipo entre otros. -En la Policía Militar dispuesta para la protección. Todos los integrantes de la Institución, que observen a una columna de transporte o a un vehículo individual de la Institución infringiendo la reglamentación del tránsito, las disposiciones de seguridad de movimiento y transporte o que los ocupantes del vehículo se encuentren en actitudes que dañen la imagen institucional, tendrán la obligación de proceder de la siguiente forma: - Si son de mayor grado o antigüedad que el Cdte. de la columna o del vehículo individual, le harán ver su mal proceder e informarán por escrito sobre el particular al superior directo de lo observado, por el debido canal de mando. - Si son de menor grado o antigüedad que el comandante de la columna o del vehículo, informarán de lo observado a su superior directo para que este, a su vez, informe del hecho al Cdte. de la unidad al cual pertenecen los medios.

13 En esta academia militar está basado el porvenir del Ejército y sobre éste Ejército la grandeza de Chile General Bernardo O’Higgins R.


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