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Publicada porJosé Ángel Giménez Lucero Modificado hace 9 años
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ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC, ESTADO DE VERACRUZ
SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC, ESTADO DE VERACRUZ Paseo de los Lagos Xalapa, Veracruz Palacio de Gobierno Xalapa, Veracruz Catedral Metropolitana Xalapa, Veracruz Museo del Café Coatepec, Veracruz La Martinica Banderilla, Veracruz Cascadas de Xico Xico, Veracruz
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LOCALIZACIÓN DEL ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC
(3018) Límites publicados en el DOF el 28-agosto-2009 Extensión: km2 Coordenadas de los vértices que delimitan el acuífero 3018 Jalapa-Coatepec Vérti ce Longitud Oeste Latitud Norte Gra dos Minuto s Segun dos Minutos Segund os 1 96 47 20.2 19 21 49.9 2 49 39.1 53.0 3 54 23.5 55.7 4 59 50.1 24 20.5 5 97 8 26.4 27 6.5 6 56.4 29 14.4 7 12.3 34 2.7 56 15.5 36 13.5 9 19.9 6.4 10 42 47.2 30 24.0 11 41 58.2 25 34.3 12 46.5 54.3
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MUNICIPIOS EN ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3002)
Municipios en el acuífero y superficie ocupada Municipio Superficie total (km2) Superficie al interior del acuífero (km2) % al interior Rafael Lucio 25 4.00 16 Banderilla 22 18.05 82 Tlalnelhuayocan 30 30.00 100 Jilotepec 72 7.20 10 Teocelo 55 17.60 31 Jalcomulco 54 5.95 11 Acajete 91 65.52 71 Las Vigas de Ramírez 109 3.27 3 Xalapa 119 115.43 97 Xico 177 143.37 79 Coatepec 256 199.68 78 Tlaltetela 267 2.68 1 Emiliano Zapata 395 221.20 56 Perote 735 7.35 Actopan 823 16.46 2 El acuífero de Jalapa-Coatepec, Clave 3018, abarca 15 municipios; comprende totalmente el municipio de Tlalnehuayocan y comprende parcialmente los municipios de Coatepec, Banderilla, Xico, Teocelo, Emiliano Zapata, Acajete, Xalapa, Rafael Lucio, Perote, Las Vigas de Ramírez, Jilotepec, Actopan, Jalcomulco y Tlaltetela, todos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
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Distribución de la población urbana y rural, ACUIFERO jalapa-coatepec (3018)
Localidad Población total Población femenina Población masculina Rural 84302 42012 41428 Urbana 600541 318799 281742 Total 684843 360811 323170 *La sumatoria de la población femenina y masculina no coincide con el total debido a que muchas localidades, por ser una población muy pequeña, se consideran datos confidenciales, según INEGI.
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CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS, ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3018)
El clima es desde Cálido templado, Cálido subhumedo. La temperatura media anual es de 20.7 °C. La precipitación media anual es de 1,390 mm. La evaporación potencial media anual es de 928 mm. 40% (A)C(m) 25% (A)C(fm) 21% C(fm) 8% Aw1(w) 3% C(E)(m) 3% Aw2(w) Temperatura media anual en el área del acuífero = °C Precipitación media anual en el área del acuífero = 1,390 mm Distribución del clima en el área del acuífero.
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GEOLOGÍA EN EL ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC, (3018)
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HIDROLOGÍA SUPERFICIAL, ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3018)
Se ubica en la Región 28 “Papaloapan”, las Cuencas que integran al acuífero son: Actopan y La Antigua. Los Ríos Sedeño, Sordo y Chico, Caracol, Calpixcan, Gavilán, Huehueyapan y Texolo son las corrientes tributarias principales, para continuar su curso por el Río Los Pescados hasta desembocar en el Golfo de México
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PROFUNDIDAD AL NIVEL ESTÁTICO EN m (2014)
1400 1300 1400 1200 1400 1300 1200 1100 1300 1000 1200 1000 1100 900
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ELEVACIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO EN m.s.n.m. (2014)
1400 1300 1400 1200 1400 1300 1200 1100 1300 1000 1200 1000 1100 900 Debido a que el historial piezométrico del acuífero es muy reciente y a lo poco denso de obras en la zona, no fue posible elaborar un mapa de Evolución del Nivel estático.
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CAPTACIONES DE AGUA SUBTERRÁNEA EN EL ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (REPDA 2014)
Según el censo reportado por el REPDA, de un total de 8 captaciones de agua subterránea, activas: 5 son pozos y 3 son norias.
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EXTRACCIÓN POR TIPO DE APROVECHAMIENTO (REPDA 2014)
NORIAS 61,198 m3
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EXTRACCIÓN Y USO DEL AGUA SUBTERRÁNEA, POR TIPO DE
APROVECHAMIENTO (REPDA 2014) 1,167,736 m3 Uso Noria Pozo Total general No. Aprovechami entos Vol. Concesiona do m3/año No. Aprovecham ientos Concesio nado Industrial 2 23,468 5 1,167,736 7 1,191,204 Diferentes usos 1 37,730 3 61,198 8 1,228,934
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ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año)
ACTUALIZACIÓN DEL BALANCE DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3018) ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) Entrada por flujo subterráneo Salida por flujo subterráneo Recarga vertical natural 90 Extracción 2.2 Recarga inducida por riego Manantiales 8.7 Evapotranspiración 820.1 Recarga total Salidas del área de balance Cambio de almacenamiento No existe información piezométrica actual ni histórica en la superficie que cubre el acuífero. La escasa información disponible, procedente de recorridos de campo hechos por el Organismo de Cuenca Golfo Centro no es posible extrapolarla, para elaborar configuraciones del nivel estático que permitan el planteamiento de un balance de aguas subterráneas, ya que existen pocos aprovechamientos del agua subterránea.
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DISPONIBILIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3018), 2014 (en hm3 anuales)
Disponibilidad media anual de agua subterránea Recarga total media anual = - Descarga natural comprometida Volumen concesionado e inscrito en el REPDA CLAVE ACUÍFERO Estado R DNCOM VCAS DAS CANTIDADES EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES 3018 Jalapa-Coatepec Veracruz 90.00 8.7 R: Recarga media anual DNCOM: Descarga natural comprometida VCAS: Volumen concesionado de agua subterránea DAS: Disponibilidad media anual de agua subterránea La terminología anotada corresponde a la contenidas en los numerales 3 y 4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-200. Disponibilidad, con fecha de corte al 30 de septiembre de Determinada conforme al método establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. El volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero Jalapa-Coatepec en condiciones sustentables es de 81.3 millones de metros cúbicos anuales, cifra que se obtiene de restar al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero la descarga natural comprometida.
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SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACUÍFERO
JALAPA-COATEPEC (3018) No se ha establecido ningún tipo de veda en el acuífero Jalapa-Coatepec. Actualmente el acuífero Álamo-Tuxpan se encuentra sujeto al siguiente instrumento jurídico: “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013. ARTÍCULO PRIMERO establece que por causas de interés y de utilidad públicos se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas del subsuelo en los acuíferos a partir de su entrada en vigor: No se permite la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales, ni se permite el incremento de volúmenes autorizados o registrados previamente por la autoridad, sin la autorización previa de la Conagua . Le cambie el nombre del tema Le agregué los 2 primeros párrafos y le cambie el nombre del acuerdo.
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PROBLEMÁTICA , ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3018)
RIESGO DE SOBREEXPLOTACIÓN En el acuífero Jalapa-Coatepec, la descarga natural comprometida es de 8.7 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en 90.0 millones de metros cúbicos anuales; lo que lleva a una disponibilidad de millones de metros cúbicos por lo cual no se halla sobreexplotado. En caso de que en el futuro se establezcan en la superficie del acuífero grupos con ambiciosos proyectos agrícolas o industriales y de otras actividades productivas que requieran gran cantidad de agua, como ha ocurrido en otras regiones, demanden mayores volúmenes de agua que la recarga que recibe el acuífero Jalapa-Coatepec, clave 3018, podría originar un desequilibrio en la relación recarga-extracción y causar sobreexplotación del recurso. La región exigirá cada vez mayor demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región y a la creciente demanda del recurso hídrico, los riesgos de que se agraven los efectos negativos de la explotación del agua subterránea, tanto para el ambiente, como para los usuarios del recurso son críticos; por lo que se deben establecer medidas regulatorias que permitan restablecer el equilibrio hidrológico de las aguas del subsuelo.
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PROBLEMÁTICA , ACUÍFERO JALAPA-COATEPEC (3018)
RIESGO DE CONTAMINACIÓN Y DETERIORO DE LA CALIDAD DEL AGUA SUBTERRÁNEA En términos generales se puede hablar que en el acuífero Jalapa-Coatepec no existe aún un grado de contaminación importante, de los análisis in situ que se realizaron, ninguno sobrepasó la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “Salud ambiental”. Agua para uso y consumo humano Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre del 2000, la concentración de Sólidos Totales Disueltos (STD) presenta valores que varían de 84 a 455 ppm; que no sobrepasan el límite máximo permisible de 1000 ppm establecido por la norma mencionada para el agua potable. En el acuífero Jalapa-Coatepec, existe el riesgo de contaminación por las fuentes potenciales, principalmente por las actividades agrícolas que usan fertilizantes y agroquímicos, en menor proporción por la descarga de aguas residuales sin tratamiento y por la falta de sistemas de alcantarillado, así como por la presencia de basureros y gasolineras. Es importante también el riesgo latente por contaminación con hidrocarburos debido a la existencia de la infraestructura de Petróleos Mexicanos.
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CONCLUSIONES DAS = 80.0771066 hm3 al 30 de septiembre de 2014.
En el acuífero Jalapa-Coatepec, clave 3018, existe disponibilidad media anual para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir la sobreexplotación del acuífero. El acuífero Jalapa-Coatepec, clave 3018, se encuentra sujeto a las disposiciones del “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de Dicho instrumento ha permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva, sin embargo persiste el riesgo de que la extracción supere la capacidad de renovación del acuífero, provocando los efectos adversos de la sobreexplotación, en detrimento del ambiente y de los usuarios del agua subterránea. El Acuerdo General de suspensión del libre alumbramiento, establece que estará vigente en la porción no vedada del acuífero, hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Jalapa Coatepec, clave 3018.
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CONCLUSIONES De los resultados expuestos, en el acuífero Jalapa Coatepec, clave 3018, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración del acuífero, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en acuíferos con escasez del recurso, al control de la extracción, explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero, causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad del acuífero, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los concesionarios y asignatarios del acuífero.
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RECOMENDACIONES Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Jalapa Coatepec, clave 3018, y que en dicho acuífero quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. Una vez establecido el ordenamiento procedente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional del Agua.
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