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Publicada porMagdalena Macías Quiroga Modificado hace 9 años
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L.O.C.E 10/2002, DE 23 DE DICIEMBRE, DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ( BOE 24.12.02)
TÍTULO I DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO. CAPÍTULO V DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA SECCIÓN 2º DEL BACHILLERATO: Artículo 33. Principios generales. Artículo 34 Objetivos. Artículo 35 Organización. Artículo 36 Profesorado. Artículo 37 Título de Bachiller.
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REAL DECRETO 832/2.003, DE 27 DE JUNIO, POR EL POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL Y LAS ENSEÑANZAS COMUNES DEL BACHILLERATO DEROGA EL REAL DECRETO 1700/1991, DE 29 DE NOVIEMBRE, por el que se establece la estructura del Bachillerato, y el 1178/1.992, de 2 de octubre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes al Bachillerato) y el Real Decreto 3474/2000, de 29 de diciembre, por el que se modifican los anteriores Reales Decretos.
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PREÁMBULO Tras hacer referencia a las competencias exclusivas del Estado de fijar las enseñanzas comunes según las disposiciones vigentes , el contenido de este preámbulo se centra en las principales novedades que afecta a esta etapa educativa. PRUEBA GENERAL DE BACHILLERATO LAS MODALIDADES SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN Responden más adecuadamente a las finalidades atribuidas a esta etapa y a la organización de los Centros Correspondiente a las opciones confesional y no confesional.Se desarrolla con respeto a la Constitución Responde a las necesidades de homologar nuestro sistema educativo con el europeo.Garantiza niveles básicos de igualdad del alumnado
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PRINCIPIOS GENERALES ES UNA ETAPA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA Y COMPRENDERÁ DOS CURSOS ACADÉMICOS. SE DESARROLLARÁ EN MODALIDADES DIFERENTES QUE PERMITIRÁN A LOS ALUMNOS UNA PREPARACIÓN ESPECIALIZADA PARA SU INCORPORACIÓN A ESTUDIOS POSTERIORES Y PARA LA INSERCIÓN LABORAL
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ACCESO Quienes estén en posesión del Título de Graduado en ESO o equivalente. A cualquiera de las modalidades, los alumnos que hayan obtenido el título de Técnico de F.P. Cuando hubieran accedido a ella a través de la prueba de acceso. En la modalidad de Artes, los alumnos que hayan obtenido el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño si han cursado los ciclos formativos de grado medio, tras acceder a ellos a través de la prueba de acceso. 4. En las modalidades que se determinen, teniendo en cuenta su relación con los estudios cursados, los alumnos que hayan obtenido los correspondientes títulos de Técnico Deportivo en cualquiera de sus modalidades o especialidades deportivas, tras haber accedido a estas enseñanzas por la superación de la prueba de madurez prevista en la normativa correspondiente.
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FINALIDADES EDUCATIVAS DEL BACHILLERATO
PROPORCIONAR A LOS ALUMNOS UNA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN INTEGRAL, INTELECTUAL Y HUMANA, (FAVORECER LA MADUREZ INTELECTUAL Y HUMANA DE LOS ALUMNOS/AS. PROPORCIONAR (FAVORECER) LOS CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES QUE LES PERMITAN DESEMPEÑAR SUS FUNCIONES SOCIALES Y LABORALES (NO APARECE ESTE TÉRMINO) CON RESPONSABILIDAD Y COMPETENCIA. CAPACITARLOS PARA ACCEDER A LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR Y A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS (PREPARARLOS PARA ESTUDIOS POSTERIORES, UNIVERSITARIOS O TÉCNICO-PROFESIONALES O INCORPORARSE A LA VIDA ACTIVA)
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OBJETIVOS A) Dominar la lengua castellana y la lengua propia de la comunidad autónoma. B) Expresarse con fluidez y corrección en una lengua extranjera C) Analizar y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo y los antecedentes y factores que influyen en él. A) Conocer y saber usar, tanto en su expresión oral como en la escrita, la riqueza y las posibilidades expresivas de la lengua castellana, y, en su caso, también de la lengua cooficial de la comunidad autónoma, así como la literatura y la lectura y el análisis de las obras literarias más significativas. B) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras. C) Conocer, desde una perspectiva universal y plural, las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución.
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D) Comprender los elementos fundamentales de la investigación y del método científico.
E) Consolidar una madurez personal, social y moral que le permita actuar de forma responsable y autónoma. F) Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social. G) Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades básicas propias de la modalidad escogida. D) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos en cada disciplina. E) Afianzar la iniciativa personal, así como los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal. F) Consolidar una sensibilidad ciudadana y una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de las sociedades democráticas y los derechos humanos, y comprometida con ellos. G) Dominar las habilidades básicas propias de la modalidad de Bachillerato elegida. H) Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología para el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.
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H) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria como fuente de formación y enriquecimiento cultural. I) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal. I) Desarrollar la sensibilidad artística y el criterio estético, como fuentes de formación y enriquecimiento cultural J) Consolidar la práctica del deporte. K) Trabajar de forma sistemática y con discernimiento sobre criterios propios y ajenos y fuentes de información distintas, a fin de plantear y de resolver adecuadamente los problemas propios de los diversos campos del conocimiento y de la experiencia. L) Profundizar en el conocimiento y en el uso habitual de las tecnologías de la información y comunicación. LL)Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, confianza en uno mismo, sentido crítico, trabajo en equipo y espíritu innovador. M) Desarrollar la sensibilidad hacia las diversas formas de voluntariado que mejoren el entorno social, especialmente el desarrollado por los jóvenes.
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Podrá incluir un complementode Formación práctica fuera del
ORDENACIÓN Asignaturas Comunes Asignaturas Específicas Asignaturas Optativas Proporcionarán una formación Más especializada, preparándolos Y orientándolos hacia estudios Posteriores y hacia la Actividad profesional. El currículo de las optativas Podrá incluir un complementode Formación práctica fuera del Centro. Contribuye a la formación General de los alumnos.
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MODALIDADES A) ARTES. B) CIENCIAS Y TECNOLOGÍA (Novedad)
C) HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES.
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LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA I. LENGUA EXTRANJERA I. FILOSOFÍA
ASIGNATURAS COMUNES PRIMER CURSO LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA I. LENGUA EXTRANJERA I. FILOSOFÍA EDUCACIÓN FÍSICA. SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN SEGUNDO CURSO LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA II. LENGUA EXTRANJERA II. HISTORIA DE LA FILOSOFÍA Y DE LA CIENCIA FILOSOFÍA II. ( Novedad ) HISTORIA DE ESPAÑA POR HISTORIA ( Novedad )
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ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE LA MODALIDAD DE ARTES
DIBUJO ARTÍSTICO I. DIBUJO ARTÍSTICO II. DIBUJO TÉCNICO I. DIBUJO TÉCNICO II. FUNDAMENTOS DE DISEÑO. HISTORIA DEL ARTE. IMAGEN. TÉCNICAS DE EXPRESIÓN GRÁFICO – PLÁSTICA. VOLUMEN
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ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE LA MODALIDAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA
BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA. BIOLOGÍA. CIENCIAS DE LA TIERRA Y DEL MEDIO AMBIENTE. DIBUJO TÉCNICO I. Y II TECNOLOGÍA I Y II FÍSICA Y QUÍMICA. FÍSICA. MATEMÁTICAS I Y II QUÍMICA ELECTROTECNIA MECÁNICA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN ( Novedad )
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ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE LA MODALIDAD DE HUMANIDADES Y C. SOCIALES
ECONOMÍA. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS. GEOGRAFÍA. GRIEGO I GRIEGO II. Hª. DEL MUNDO CONTEMPORÁNEO. Hª. DEL ARTE. Hª. DE LA MÚSICA. LATÍN I LATÍN II MATEMÁTICAS APLICADAS A LAS C. SOCIALES I Y II SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ( Novedad )
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OPTATIVAS Las Administraciones educativas regularán la oferta de las asignaturas optativas, así como el número de ellas que los alumnos deberán cursar en cada uno de los cursos del Bachillerato. Podrán ofrecer como asignaturas optativas cualesquiera de las asignaturas específica de las diferentes modalidades establecidas en este Real Decreto.
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ASIGNATURAS LOS ALUMNOS DEBERÁN CURSAR EN CADA UNO DE LOS DOS CURSOS ACADÉMICOS : LAS ASIGNATURAS COMUNES. 3 ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE LA MODALIDAD ELEGIDA. LAS ASIGNATURAS OPTATIVAS ( Su regulación y número corresponde a las Administraciones educativas )
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1155 1155 DISTRIBUCIÓN HORARIA DEL BACHILLERATO ASIGNATURAS 35 140
R.D.1178 R.D.832 35 140 135(70+65) 70 65 210 200 (105+95) 200(105+95) 150(70+80) 150 (70+80) -- CO MU NES MODA LI DAD OP TATI VAS EDUCACIÓN FÍSICA FILOSOFÍA E HIST. FILOSO. HISTORIA DE ESPAÑA LENGUA EXTRANJERA LENGUA Y LITERATURA SOCIEDAD, CULTURA, RELIG MATERIA 1ª MATERIA 2ª MATERIA 3ª TOTAL HORAS
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EVALUACIÓN Continua y diferenciada según las distintas asignaturas del currículo Los profesores evaluarán a los alumnos, teniendo en cuenta : Los objetivos específicos y los conocimientos adquiridos en la asignatura, según los criterios de evaluación. Deberán también considerar : la madurez académica del alumno. Posibilidades de progreso en estudios posteriores. Los profesores evaluarán: Los aprendizajes de los alumnos .Los procesos de enseñanza. Su propia práctica docente.
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PROMOCIÓN Y PERMANENCIA
Promoción a 2º : Calificación positiva en todas las materias, con DOS excepciones como máximo Número de asignaturas no aprobadas superior a DOS repite el curso de PRIMERO. Los alumnos que al término del segundo curso una vez realizada la prueba extraordinaria tuvieran pendientes de evaluación positiva más de tres asignaturas deberán repetir el curso en su totalidad. A los efectos de repetición, se considerarán asignaturas diferentes las correspondientes a cada uno de los cursos PERMANENCIA :En régimen diurno será de cuatro años,como máximo. Todas las disposiciones contenidas en los anteriores apartados no afectan a los alumnos que cursen esta etapa a través de la enseñanza para las persona adultas en sus regímenes de Bachillerato a distancia o nocturno.
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AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y ORGANIZATIVA
Elaborarán el proyecto educativo en el que fijarán los objetivos y las prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación. Para su elaboración se tendrán en cuenta las características del centro y de su entorno escolar, así como las necesidades educativas de los alumnos. ( Art LOCE) Desarrollarán el currículo establecido por las Administraciones educativas mediante la elaboración de programaciones didácticas en las que se tendrán en cuenta las necesidades y características de los alumnos. LOS CENTROS DOCENTES Podrán ofrecer proyectos educativos que refuercen y amplíen determinados aspectos del currículo referidos a los ámbitos lingüístico, humanístico, científico, tecnológico, artístico, deportivo y de las tecnologías de la información y de la comunicación. Podrán ampliar el currículo, el horario escolar y los días lectivos, respetando, en todo caso, el currículo y el calendario escolar establecidos por la Administraciones educativas. Los órganos de coordinación didáctica de los centros docentes públicos tendrán autonomía para elegir los libros de textos y demás materiales curriculares, siempre que se adapten al currículo normativamente establecido. Las Administraciones educativas fomentarán la autonomía pedagógica y organizativa de los centros para favorecer la mejora continua de la calidad educativa, estimularán el trabajo en equipo de los profesores e impulsarán su actividad investigadora a partir de su práctica docente. Los centros educativos que impartan el bachillerato completarán y desarrollarán el currículo mediante la elaboración de proyectos y programaciones curriculares, con objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación, que respondan a las características de los alumnos. Las administraciones educativas prestarán para ello el oportuno apoyo y orientación.( REAL DECRETO 1178/92)
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Prueba General de Bachillerato (NOVEDAD)
TITULACIÓN Evaluación positiva en todas las asignaturas + Prueba General de Bachillerato (NOVEDAD) CALIFICACIÓN FINAL 40% Prueba General 60% nota media del expediente académico del alumno en el Bachillerato + F.P. Grado Superior ACCESO Estudios Universitarios Grados y estudios superiores de enseñanzas artísticas + requisitos que establezca la normativa
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CALENDARIO ESCOLAR Mínimo de 175 días lectivos para 1º Bachillerato y 165 para 2º. Jornada escolar de 170 días lectivos.(Orden ) ( Diferencia ) No se incluyen aquí los días dedicados a pruebas extraordinarias Fijado por las Administraciones educativas En ningún caso el inicio del curso escolar se producirá antes del 1 de septiembre ni el final de las actividades lectivas después del 3o de junio
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SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN
Opción confesional No confesional Podrá ser atribuida a los profesores cuya preparación académica consideren idónea para su impartición. En todo caso, tendrán la consideración de tales los especialistas de Geografía e Historia y en Filosofía de los cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Enseñanza Secundaria.( Disp. Adicional séptima). Ajustado a lo establecido entre la Santa Sede y el Estado español y, en su caso, a lo dispuesto en aquellos otros suscritos con otras confesiones religiosas. Currículo competencia de las correspondientes autoridades religiosas. Las calificaciones obtenidas en la evaluación de esta asignatura no computarán en las convocatorias para la obtención de becas y ayuda al estudio que realicen las Administraciones públicas cuando hubiera que acudir a la nota media del expediente para realizar una selección entre los solicitantes. (Las calificaciones en la enseñanza de la Religión católica no serán tenidas en cuenta en las convocatorias que dentro del sistema educativo y a los efectos del mismo, tales como acceso a estudios universitarios y obtención de becas de estudios, realicen las administraciones públicas. Art R.D.1178/92) El sistema de elección de las distintas opciones se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el art Y 3.2. Real Decreto 2438/94 de 16 de diciembre.
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Adaptación para la educación de las personas adultas
DISPOSICIONES ADICIONALES Flexibilización curricular Se podrá flexibilizar la duración de esta etapa para aquellos alumnos que hayan sido identificados como superdotados intelectualmente Adaptación para la educación de las personas adultas Las Administraciones educativas adoptarán las medidas oportunas para que las personas adultas puedan cursar esta etapa en los centros docentes ordinarios que se determinen. Adecuarán igualmente la organización y duración de esta etapa a las características de las personas adultas. Pruebas para la obtención del Título de Bachiller para las personas mayores de 21 años El Gobierno establecerá las condiciones para que las personas mayores de 21 años puedan presentarse en la modalidad de Bachillerato que prefieran, a la Prueba General de Bachillerato, para la obtención del Título de Bachiller.( NOVEDAD) Real Decreto Disposición adicional 1ª ...” el gobierno establecerá las condiciones en las que las administraciones educativas podrán organizar pruebas para que los adultos mayores de veintitrés años puedan obtener directamente el título de bachiller.
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Régimen de convalidaciones y equivalencias.
Las convalidaciones de asignaturas de Bachillerato por módulos profesionales pertenecientes a los ciclos formativos de grado medio de F.P.E. ya superados por el alumnos son las establecidas en el anexo IV del R.D. 777/98. Las convalidaciones de asignaturas de la modalidad de Artes del Bachillerato por módulos de los ciclos formativos de grado medio de Artes Plásticas y Diseño previamente superados se regirán por la normativa que regula los diferentes ciclos formativos de grado medio de dichas enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá con efectos generales las equivalencias entre las enseñanzas de régimen especial de Música y de Danza, correspondiente al tercer ciclo de grado medio, y las enseñanzas de Música y Educación Física de Bachillerato. Obtención del Título de Bachiller para alumnos de enseñanzas de Música o Danza Los alumnos que hayan terminado el tercer ciclo de grado medio de las enseñanzas de Música o Danza obtendrán el título de Bachiller si superan las asignaturas comunes de Bachillerato y la correspondiente Prueba General de Bachillerato. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá las condiciones de su expedición para estos alumnos. ( Novedad)
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