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Publicada porAgustín Lara Martín Modificado hace 10 años
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LOS DERECHOS FUNDAMENTALES: CONSIDERACIONES TEORICAS Y CONCEPTUALES.
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CONTENIDOS: 1. Las dimensiones de los Derechos Fundamentales: -subjetiva -objetiva 2. Definición del concepto y sus derivaciones jurídicas. 3. Elementos que caracterizan su desarrollo histórico. a. De derechos individuales a derechos colectivos b. De derechos absolutos a relativos c. De la universalidad a la multiplicidad d. De derechos de libertad a derechos de prestación
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CONTENIDOS: 4. Las limitaciones a los derechos fundamentales. 5. La tutela de los derechos fundamentales. 6. La tipología de los Derechos Fundamentales en la Constitución: A) Los derechos y garantías individuales B) Los derechos y garantías sociales C) Los derechos y garantías políticas* * No son objeto de estudio en el presente curso
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1. Dimensiones de los derechos fundamentales: Dimensión subjetiva: - Constituyen límites al ejercicio del poder público. - Se trata de garantías negativas para tutelar los intereses individuales. Dimensión objetiva: - Se trata de un conjunto de valores o fines directivos de la acción positiva del Estado y sus instituciones.
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2. Definición: “Derechos fundamentales son aquellos reconocidos y organizados por el Estado, por medio de los cuales el hombre, en los diversos dominios de la vida social, escoge y realiza él mismo su propio comportamiento, dentro de los límites establecidos por el propio ordenamiento jurídico.” (Rubén Hernández V.)
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Derivaciones jurídicas del concepto: 1. Estos derechos tienen que estar reconocidos por el ordenamiento jurídico. 2. Requieren de la existencia de tutela judicial (sin tutela judicial no hay derecho). 3. Estos derechos garantizan áreas irreductibles de acción a sus titulares, ya sea en el plano individual o en el colectivo. 4. Son vinculantes no sólo para el poder público, sino también para los demás ciudadanos.
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3. El desarrollo histórico de los derechos fundamentales. a. De derechos individuales a derechos colectivos: - la consideración de los perfiles comunitarios de los individuos. - grupos étnicos diversos en un Estado b. De derechos absolutos a relativos: - en la actualidad el ejercicio de estos derechos está sometido a límites generales y específicos tales como: -la moral, las buenas costumbres, el orden público, los derechos de tercero y los deberes constitucionales.
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3. El desarrollo histórico de los derechos fundamentales. c. De la universalidad a la multiplicidad: - Se refiere al tránsito de la igualdad en el reconocimiento de los derechos, a las diferenciaciones que reconocen las múltiples diversidades, individuales y colectivas, en que se articula la sociedad contemporánea (sexuales, étnicas, lingüísticas).
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3. El desarrollo histórico de los derechos fundamentales. d. De derechos de libertad a derechos de prestación: De derechos concebidos para limitar el poder público, consagrando áreas de libertad mínimas para los seres humanos, a derechos de contenido social, económico y cultural que además de exigir una conducta pasiva del Estado, establecen obligaciones de hacer o de dar por parte de éste o sus órganos.
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4. La relatividad de los derechos fundamentales.
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4. Las limitaciones a los derechos fundamentales: 1. El orden público* 2. La moral y las buenas costumbres 3. Los derechos de tercero* 4. Los deberes constitucionales* * A ser estudiados.
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El orden público: Tiene dos acepciones: i- Es un conjunto de principios políticos, sociales, económicos y éticos que conforman el sustrato de las creencias fundamentales de la sociedad civil subyacente ii- El orden público administrativo, constituido por un conjunto de principios que protegen la tranquilidad, la seguridad y la salubridad públicas.
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Los derechos de terceros: El respeto a los derechos de los otros, es un límite al ejercicio de nuestros propios derechos fundamentales.
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Los deberes constitucionales: Derivan de la propia Constitución y se concretan en obligaciones específicas para los ciudadanos: i- respetar la Constitución y las leyes ii- defender a la Patria iii- contribuir para los gastos públicos
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5. La tutela de los derechos fundamentales. Existen procesos judiciales específicos para reintegrar la violación o cesar las amenazas de vulneración de los derechos fundamentales: 1. El hábeas corpus; 2. El recurso de amparo; Se encuentran contemplados en el artículo 48 de la C. P.
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6. La tipología de los derechos fundamentales: DERECHOS FUNDAMENTALES DERECHOS Y GARANTÍAS INDIVIDUALES (arts. 20-49 C.P.) DERECHOS Y GARANTIAS SOCIALES (arts. 50-74 C.P.)
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Derechos y garantías individuales: Derechos individuales: - Todas aquellas libertades públicas que corresponden al hombre en cuanto tal, es decir, en cuanto ser individual e intransferible. - Los más importantes son el derecho a la vida y el derecho a la libertad individual.
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Derechos y garantías individuales: Garantías individuales: - Son los recursos procesales y las normas constitucionales que tutelan los principios de seguridad e igualdad ante la ley. - Ejemplos: - recursos de habeas corpus y de amparo - principio de irretroactividad de la ley - principio de igualdad ante la ley
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Derechos y garantías sociales: Derechos Sociales: Aquellos que tiene el individuo en cuanto forma parte de un grupo social determinado (familia, clase trabajadora, etc), a fin de asegurar el disfrute de los intereses surgidos en virtud de su pertenencia a tales grupos sociales Ejemplos: derechos laborales, sindicales, familiares.
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Derechos y garantías sociales: Garantías Sociales: Se trata de pretensiones materiales frente al Estado. El titular de la pretensión no dispone de un verdadero derecho subjetivo exigible frente a todos los sujetos del ordenamiento jurídico, sino más bien, su satisfacción depende del ejercicio de una potestad discrecional del Estado. Ejemplos: derecho de obtener una vivienda digna, el seguro de desempleo.
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