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Publicada porNatalia Miguélez Maestre Modificado hace 8 años
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{ Tesis IX: Otras figuras y actividades financieras. Fondos de Inversión.
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Artículos 61 a 100 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. Regulación legal.
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Consiste en “ la captación, mediante oferta pública, de fondos, bienes o derechos para ser administrados por cuenta de los inversionistas como un fondo común, en el cual los rendimientos de cada inversionista se fijarán en función de los rendimientos colectivos…” Concepto.
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1. Captación de fondos, bienes o derechos; 2. La captación se realiza a través de oferta pública; 3. Creación de un fondo común; 4. Son administrados por un tercero por cuenta de los inversionistas; Elementos característicos.
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5. En Costa Rica, ese tercero únicamente puede serlo una “sociedad administradora de fondos de inversión” (art. 61 Ley Reguladora del Mercado de Valores); 6. Los rendimientos de cada inversionista se fijan en función de los rendimientos colectivos; Elementos característicos.
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7. Son patrimonios separados pertenecientes a una pluralidad de inversionistas; 8. Se destinarán a ser invertidos en la forma prevista en el prospecto del fondo y dentro del marco permitido por la Ley Reguladora del Mercado de Valores y los reglamentos de la SUGEVAL; Elementos característicos.
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9. El derecho de propiedad del fondo se representa mediante certificados de participación. 10. Cada certificado de participación tiene igual valor o características idénticas para sus inversionistas; Elementos característicos.
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11. Su funcionamiento requiere de la autorización de la SUGEVAL, que es la encargada de aprobar: - los documentos constitutivos - sus modificaciones - las reglas de funcionamiento del fondo Elementos característicos.
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Prospecto informativo: - se presenta a la SUGEVAL para cada fondo, con el fin de que ésta la aprueba y debe contener al menos: - la denominación del fondo - el objeto del fondo - nombre y domicilio de la sociedad administradora y de la sociedad de custodia - el reglamento de administración del fondo Elementos característicos.
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12. Asamblea de inversionistas: - Los fondos cerrados deberán contar con una Asamblea de Inversionistas 13. Los valores del fondo deben ser depositados en una “sociedad de custodia” como garantía para los inversionistas; 14. La sociedad administradora obtiene una comisión por la administración del fondo, así como por la suscripción y el reembolso de la inversión; Elementos característicos.
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1. Fondos de inversión abiertos: Son aquellos cuyo patrimonio es variable e ilimitado. Las participaciones son redimibles directamente por el fondo Su plazo de duración es indefinido. Tipos de fondos de inversión.
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2. Fondos de inversión cerrados: Su patrimonio es fijo; Las participaciones no son redimibles directamente por el fondo; Tipos de fondos de inversión.
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3. Fondos de inversión financieros abiertos o cerrados: Tienen la totalidad de su activo invertido en valores o en otros instrumentos financieros representativos de activos financieros; Tipos de fondos de inversión.
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4. Fondos de inversión no financieros abiertos o cerrados: Su objeto principal es la inversión en activos de índole no financiera; 5. Megafondos de inversión: Su activo se encuentra invertido exclusivamente en participaciones de otros fondos de inversión; Tipos de fondos de inversión.
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Artículo 84 LRMV: “Los fondos deberán ser invertidos exclusivamente para el provecho de los inversionistas, procurando el equilibrio necesario entre seguridad, rentabilidad, diversificación y compatibilidad de plazos, de acuerdo con su finalidad y respetando los límite fijados por esta ley, los reglamentos de la Superintendencia y lo establecido en el prospecto informativo.” Finalidad de las inversiones.
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Los fondos de inversión deberán realizar sus inversiones en: 1. El mercado primario; 2. En valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios; Formas de inversión.
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3. En los mercados secundarios organizados que cuenten con la autorización de la SUGEVAL. 4. Podrán invertir en valores extranjeros siempre que estos estén admitidos a cotización en un mercado organizado y se haga constar en el prospecto informativo. Formas de inversión.
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