La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

 ¿Por que hablamos de SISTEMA?  Por que el modelo en este nuevo paradigma está planteado con la lógica de un sistema:  Como un conjunto de elementos.

Presentaciones similares


Presentación del tema: " ¿Por que hablamos de SISTEMA?  Por que el modelo en este nuevo paradigma está planteado con la lógica de un sistema:  Como un conjunto de elementos."— Transcripción de la presentación:

1  ¿Por que hablamos de SISTEMA?  Por que el modelo en este nuevo paradigma está planteado con la lógica de un sistema:  Como un conjunto de elementos que se relacionan entre sí, que realizan operaciones y tienen funciones dentro de una estructura, encaminados a alcanzar su finalidad.

2  Es un modelo flexible que permite rápidamente detectar la heterogeneidad de las demandas y necesidades de cada caso particular y responder de manera adecuada y no tan estructurada y que al trabajar de manera integrada y corresponsable con otras áreas permita prevenir o solucionar una situación de vulnerabilidad de derechos

3  Integrado por:  Los organismos, entidades y servicios (componentes) que se relacionan entre sí  Que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan intersectorialmente las políticas públicas(operaciones y funciones)  A fin de promover, prevenir, resguardar y restablecer derechos (finalidades)

4  Es decir que el sistema supone un conjunto de interacciones que se ordenan, constituyen y fluyen de acuerdo a la finalidad y a la noción de corresponsabilidad de todos los actores que intervienen.

5  Interacciones: Son las relaciones que se dan entre las acciones e intervenciones de los diversos agentes del sistema que actúan o deben actuar coordinadamente.  Actores: Los que intervienen con algún grado de poder de decisión en el campo y que ponen en agenda los temas prioritarios, los que diseñan, ejecutan, reclaman el diseño de políticas.  Corresponsabilidad: Cada agente tiene una serie de obligaciones y comparte responsabilidades mientras se articulan las relaciones entre ellos.

6 Reforma institucional: Nueva institucionalidad Nueva Normativa Nuevos Actores Nuevas relaciones entre actores Nuevos procedi- mientos

7  “…la creación, en el plano nacional, de toda una serie de nuevos órganos, estructuras y actividades orientados y adaptados a los niños: dependencias encargadas de los derechos del niño en el gobierno, ministros que se ocupan de los niños, comités interministeriales sobre los niños, comités parlamentarios, análisis de las repercusiones sobre los niños, presupuestos para los niños, informes sobre la situación de los derechos de los niños, coaliciones de organizaciones no gubernamentales (ONG) sobre los derechos de los niños, defensores de los niños, comisionados de derechos de los niños, etc” (CRC, OG 5 – 2000)

8  Guiada por principios:  Descentralización: Nivel provincial y local. El Estado delega para descongestionar o desconcentrar tareas sin perder responsabilidades. Distribución de recursos. Mayor agilidad y eficacia (art. 4 L.N.)  Cogestión: Coordinación de tareas entre distintos niveles de gobierno entre sí y con la sociedad civil (art. 4 L.N.)  Articulación Intersectorial: Para evitar superposiciones, o por el contrario vacios y omisiones. Redes locales intersectoriales (SPID locales)

9  Co- responsabilidad: Todos los poderes del Estado, los distintos niveles de gobierno tienen responsabilidades dentro de sus competencias y ejercen controles mutuos. (responsabilidad horizontal)  El Estado es el GARANTE del cumplimiento de las políticas públicas y de las de protección especial de derechos y la familia y sociedad somos CO- RESPONSABLES

10  Nuevas Interacciones: Nueva forma de vincularse entre los ámbitos administrativos a nivel de ministerios, secretarías, direcciones, etc. Nueva forma de gestionar, de articular entre diversos sectores de gobierno.  Nuevo rol de la justicia: la justicia interviene de manera limitada. Cuando hay conflictos jurídicos privados o cuando como control jurisdiccional de medidas excepcionales

11  Nuevos Actores: Preponderancia de la autoridad administrativa local frente al antiguo poder discrecional de la Justicia en el anterior paradigma. (lógicas corporativas, prácticas discrecionales y disputas de poder por manejo de capitales simbólicos, prácticas viejas y viejas resistencias)  Autoridad Administrativa local: Potestad para poner en marcha mecanismos que vuelvan efectiva la ley cuando existen impedimentos institucionales que dificultan o impiden el acceso a derechos

12 Nuevos Actores: (Públicos y Privados)  Secretaría Nacional (nivel nacional)  Consejo Federal (nivel federal)  Organismos Provinciales  Organismo Municipal/Local (SPID locales)  Defensor de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (nivel nacional y provincial)  Organizaciones No Gubernamentales

13  El sistema funciona integrada y articuladamente en tres niveles:  Nacional  Federal  Provincial

14  SENAF: Es el organismo técnico especializado desde dónde se diseñan y planifican políticas. Se capacita a agentes y cogestiona con otros organismos públicos y privados. Es el organismo especializado que diseña, planifica, monitorea, evalúa, capacita en todo lo necesario para el desenvolvimiento de las políticas públicas en materia de niñez

15  Consejo Federal: Es el organismo en donde las provincias y la nación debaten, negocian, fijan líneas o directrices a seguir, consensuan distribución de recursos, etc. Está integrado por representantes de todas las provincias y la CAB y presidido por el Secretario Nacional de (SENAF). Es un espacio propicio(por nuestro régimen federal) en que se encuentran representadas todas las provincias, para construir consensos y unificar criterios respecto de la ejecución de políticas

16  Nivel Provincial:  Autoridad local: Cada provincia crea su institucionalidad conforme a principios de la ley nacional.  Consejos Locales o municipales (según la organización de cada provincia)  Municipios: con un fuerte protagonismo (SPID locales)

17 Competencias de los Organismos provinciales: - Receptar y continuar con las grandes líneas políticas generales. - Planificar y diseñar políticas a nivel provincial, servicios, programas específicos, destinados a la prevención, promoción y restablecimiento de derechos. - Coordinar y establecer vínculos con otras áreas de gobierno, con municipios y organizaciones sociales para llevar a cabo la protección de derechos

18  La Autoridad local mentada por la L.N.: organismo que puede activar a otros a que cumplan las disposiciones de la ley.  Tiene competencia originaria para entender ante omisiones de la familia o acciones del propio niño  Tiene competencia subsidiaria ante las omisiones de otros órganos del Estado.  El derecho vulnerado determinará el tipo de intervención

19 - Proyectar, crear y aplicar medidas de protección de derecho. - Decidir la aplicación de una medida excepcional - Celebrar convenios con los municipios para asegurar la conformación de los SPID locales

20  Los Organismos locales:  Los Municipios: Son un elemento esencial del sistema por su proximidad a los ciudadanos. Importante organizar los propios spid locales y fijar claramente las medidas que adoptará para dar una respuesta rápida y eficaz  Son los que tienen el mayor desafío porque pueden tener mayores fragilidades institucionales que deben superar.  Cuestión presupuestaria  Redes locales

21  Nuevos modelos de financiamiento:  Definida la nueva institucionalidad, el diseño de políticas, planes y programas importa una redefinición de modelos de financiamiento y de afectación presupuestaria acorde al nuevo modelo.

22 Sistema de Protección Judicial Sistema de Protección Social Sistema de Protección Legal

23  Está integrado por diferentes regulaciones jurídicas construidas respecto de la Infancia  Definen la relación entre la Infancia y los adultos en general: Estado, comunidad y la familia  Actores: Poder Legislativo  Ejemplo: Toda normativa que se refiera a niñez y deba respetar los estándares internacionales

24 Ley de Protección de Derechos de Niños y Niñas (Ley 26.061) y leyes provinciales Ley de Educación Nacional (Ley 26.206) Ley de Salud sexual y procreación responsable (25673) Ley de Educación Sexual Integral (Ley 26.150) Ley de Centros de Desarrollo Infantil (Ley 26.233) Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas (Ley 26.364) Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente (Ley 26.390) Ley de Penalización del Trabajo Infantil (Ley 26.847, incorp. Art. 148 bis. al C.P. ) Ley Edad mínima para contraer matrimonio (Ley 26.449 modif. Inc. 5 del art. 166 del C.C.) Ley de Mayoría de Edad (26.579) Ley Nacional de Salud Mental (Nº 26.657) Ley Voto desde 16 Años de Edad (Ley Nº 26.774) Decreto N. U. 1602/2009 - Asignación Universal

25  Actor: Poder Judicial: Juez de menores, asesores de menores, defensores de menores)  Dificultad para diferenciarse del sistema de protección social  Sólo debe intervenir en los casos taxativamente previstos por la ley : Ej.: control de legalidad de medidas excepcionales y otros supuestos previstos en otras normas, diversos casos de conflictos jurídicos)

26  Se interviene a través de  Políticas Públicas  Medidas de Protección de Derechos  Medidas Excepcionales

27  RED DE ORGANISMOS Y PROGRAMAS VINCULADOS AL ESTADO Y A LAS ORGANIZACIONES SOCIALES  ORIENTADAS A LA PROMOCION, PREVENCION, ASISTENCIA, RESGUARDO Y RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE NIÑ@S

28 MEDIDAS EXCEPCIONALES MEDIDAS DE PROTECCION INTEGRAL POLITICAS UNIVERSALES POLITICAS PUBLICAS MINISTERIOS NACIONALES – PLANES NACIONALES SECRETARIA NACIONAL CONSEJO FEDERAL- plan nacional de eccion

29  En la base de la pirámide encontramos la planificación, diseño y ejecución de políticas públicas. (Existe una serie de concepciones acerca del mundo, una visión global acerca de determinadas teorías y del modo de abordaje de las cuestiones de niñez. Entonces se planean políticas universales fundadas en determinada concepción de la niñez y que se constituyen en políticas de estado. Estas concepciones del mundo van a informar a impregnar (o no) el resto de las decisiones tanto políticas como jurídicas y las prácticas de los que intervengan en el campo. Estas políticas pueden ser del tipo de la asignación universal, pero también de todas aquellas de carácter educativo, o que impulsan la participación de jóvenes, o recreativas, etc.)

30  POLITICAS UNIVERSALES: MINISTERIOS SOCIALES (SALUD EDUCACION)  POLITICAS FOCALIZADAS: COMISIONES FORMALMENTE ORGANIZADAS CON COMPETENCIA PARA DISEÑAR PLANES DE ACCION FOCALIZADOS E INTERSECTORIALES. DEFINEN ACCIONES CONJUNTAS EJ: CONAETI

31 POLITICAS UNIVERSALES SALUDEDUCACIONVIVIENDACULTURA TRABAJO Y SEGURIDAD DEPORTES

32  Las políticas universales están disponibles para toda la población sin discriminación. Son servicios para toda la infancia.  Las políticas focalizadas están dirigidas a algunos grupos con mayor riesgo o situación de vulnerabilidad para que estén en condiciones de acceder a las universales.

33  Políticas: de carácter universal: Viraje desde una concepción de la Política asistencialista hacia Políticas de carácter universal.  Antes: Fragmentación de los servicios: ineficiencia en el Estado e inequidad en los ciudadanos. Ahora: Capacidad del Estado para universalizar los servicios y atender cuestiones estructurales

34 FOCALIZADAS DIVERSIDAD CULTURAL MAT. Y PAR ADOLESCENTE NIÑEZ EN SIT. DE CALLE EXPLOTACION SEXUAL CAPACIDADES DIFERENTES TRABAJO INFANTIL POBREZA

35  AMENAZA DE VIOLACION DE DERECHOS  NO EXCLUYE DE LAS UNIVERSALES  ORIENTADAS A IGUALAR OPORTUNIDADES

36  Las Medidas de Protección Integral: son aquellas que se adoptan cuando por algún motivo los sujetos no han tenido acceso o este no ha sido suficiente al ejercicio de los derechos que son objetivos de las políticas universales. Interviene el programa respectivo del ámbito pertinente (siempre bajo el seguimiento o al menos conocimiento de la D de N)  Tienen como eje ……, y como límite

37  Las Medidas Excepcionales: Como lo indica su nombre funcionan en casos limitados. Adoptada en sede administrativa recibe luego control jurisdiccional y son limitadas en el tiempo. Al igual que las anteriores deben respetar algunas prohibiciones.


Descargar ppt " ¿Por que hablamos de SISTEMA?  Por que el modelo en este nuevo paradigma está planteado con la lógica de un sistema:  Como un conjunto de elementos."

Presentaciones similares


Anuncios Google