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INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO –IVE- EN BOGOTA D.C.

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Presentación del tema: "INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO –IVE- EN BOGOTA D.C."— Transcripción de la presentación:

1 INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO –IVE- EN BOGOTA D.C.
DR. ALVINZY II VELASQUEZ BECERRA DIRECCION DE PROVISION DE SERVICIOS DE SALUD MAYO 2015

2 Despenalización del delito de aborto en circunstancias específicas
OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENO -ONU- CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA SENTENCIA C-355 DE 2006 Despenalización del delito de aborto en circunstancias específicas PLAN DECENAL DE SALUD PUBLICA Para el año 2021, la mortalidad materna evitable será inferior a 150 muertes anuales en el país. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD- CIRCULAR 003 DE 2013 Por la cual se imparten instrucciones de obligatorio cumplimiento para la interrupción voluntaria del embarazo en aplicación de la Constitución Política de Colombia. El tema de interrupción voluntaria del embarazo se halla ligado a la salud materna, y como antecedentes en esta materia se encuentra en el nivel internacional los objetivos de desarrollo del milenio establecidos por la ONU para el cumplimiento obligatorio de las naciones, cuyo objetivo número cinco se orienta a “mejorar la salud materna”, cronológicamente en el orden Nacional le sigue el pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-355 de 2006 que despenaliza el delito de aborto en circunstancias especificas que detallaremos más adelante; posteriormente el Plan Decenal de Salud Publica instaurado para el periodo incorpora dentro de los ejes de salud sexual y salud reproductiva meta de obligatorio cumplimiento expresa en términos de disminuir la mortalidad materna evitable; por su parte la Superintendencia Nacional de salud con base en los presupuestos de la Sentencia C-355 de 2006 expide la Circular 003 de 2013 a traves de la cual imparte instrucciones cumplir con la interrupcion voluntaria del embarazo. En el orden Distrital el Plan de Gobierno Bogotá Humana acogiendo los pronunciamientos internacionales y nacionales establece dos metas, una asociada a la disminución de la mortalidad materna y la otra asociada a garantizar la atención de la interrupción voluntaria del embarazo en el marco de la Sentencia C-355 de 2006. PLAN DE GOBIERNO DISTRITAL BOGOTA HUMANA Garantizar la atención para la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), en el 100% de las mujeres que lo soliciten, en el marco de la Sentencia C-355 de 2006. 2

3 “…No se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas , o de incesto.” Entrando en materia de Interrupción Voluntaria del embarazo, la Sentencia C-355 de 2006 emanada de la Corte Constitucional establece que no se incurre en delito de aborto cuando con la voluntad de la mujer la interrupción del embarazo se produzca en las tres circunstancias que se ilustran. Dr Bustamante la intención de esta diapositiva se centra en dar la conexión con la respuesta de Bogotá al mandato de la Corte Constitucional. Sentencia C-355/ Corte Constitucional página 185 3

4 Información y asesoramiento a la mujer para la toma de decisiones, registrando en la historia clínica los aspectos asesorados. El asesoramiento debe ser realizado por un profesional de medicina o psicología; para las mujeres debe ser voluntario, confidencial e imparcial. Estas actividades deben garantizar el acceso a la IVE en menos de 5 días calendario. 4

5 “la decisión de someterse a una IVE –en los casos despenalizados por la sentencia C-355 de no solamente es legal sino totalmente respetable al ser tomada en ejercicio de un DERECHO FUNDAMENTAL fundado en otros de suma importancia en nuestro Estado Social de Derecho –como la vida, la salud física y mental, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad”   Sentencia T-841 de 2011 pagina 12 5

6 Es la misma mujer quién, en la presencia de un riesgo, determina la magnitud del riesgo que está dispuesta a correr como resultado de la continuación del embarazo y por lo tanto si desea terminarlo, o no. En presencia de un riesgo para la salud DEBE PREVALECER LA DECISIÓN DE LA MUJER sobre la opinión del médico en cuanto a si es posible continuar el embarazo o no. “sin que la continuación o interrupción del embarazo pueda serle impuesta por un profesional de la salud, IPS, EPS o autoridad judicial”. Sentencia T-009/2009 Numeral 3: consideraciones inciso 3.2

7 RESPUESTA DE LA CIUDAD EN IVE
Doctor Bustamante: A través de las diapositivas contenidas en el numeral 2 y acápite de preguntas específicas se desarrollarán en el marco de las intervenciones propias de la SDS para el cumplimiento de la Sentencia C-355 de 2006, las respuestas a las proposiciones 225 de 2014 y 370 de 2014 elevadas por LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA; la Proposición 216 de 2015 elevada por HUGO CASTIBLANCO MARIN y Proposición 218 de 2015 elevada por DAGOBERTO GARCIA BAQUERO. En las notas correspondientes se hará referencia a los mismos. 7

8 Garantía del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo
C) Monitoreo atención IVE A) Promoción y Prevención Sentencia C-355 de 2006 B) Fortalecimiento técnico institucional Dr Bustamante: Esta diapositiva clasifica en tres ejes las acciones que la Secretaria Distrital de Salud ha desarrollado para cumplir a cabalidad con lo dispuesto por la Corte Constitucional en materia de interrupción voluntaria del embarazo. Los ejes responden en primera línea a las acciones de salud pública enmarcadas en la promoción y la prevención para incorporar el conocimiento de la Sentencia y el acceso al servicio de salud. En segunda línea se encuentra las acciones dirigidas a las entidades administradoras de planes de beneficios e instituciones prestadoras de servicios de salud orientadas a fortalecer conocimientos y competencias en el talento humano para garantizar la atención integral, oportuna y sin barreras de acceso en IVE, denominadas estas como de “fortalecimiento técnico institucional”, y el tercer eje denominado “monitoreo atención IVE” referente a las acciones de seguimiento periódico al numero de casos atendidos en la red publica y privada en respuesta a la meta Distrital y la garantía del sistema de información en interrupción voluntaria del embarazo para la toma de decisiones. Estas tres líneas conducen a participar en la garantía del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo.

9 FORTALECIMIENTO TECNICO INSTITUCIONAL
Instrucción Técnica Lineamientos técnicos Distritales para la atención de IVE- Circular 043 de Registro Distrital 5152 del 5 de julio de 2013. Circular 001 de 2014 mediante la cual se imparte instrucciones para el registro y reporte mensual de intervenciones IVE en el RIPS. Expedición de la Resolución 1709 del 14 de octubre del 2014 “Por la cual se establecen los criterios y pautas para Mejorar la Atención Materna” En esta diapositiva se ilustran las intervenciones del eje de fortalecimiento técnico institucional en términos de instrucción técnica (generación de lineamientos), de competencias y entrenamiento (capacitación y entrenamiento dirigido para garantizar la atención integral y oportuna en el servicio de salud) y en términos de red de atención focalizado en la asistencia técnica permanente y la estructura de red de servicio amigable para no solo la interrupción voluntaria del embarazo sino para los eventos asociados a la salud sexual y salud reproductiva. Estas unidades especializadas cuentan con equipo interdisciplinario conformado por profesionales en medicina, trabajo social, psicología, enfermería, auxiliares de enfermería y una gestor comunitario.

10 FORTALECIMIENTO TECNICO INSTITUCIONAL
REGISTRO DISTRITAL JULIO 2013 07/05/ CIRCULAR 0043 RD 5152 SECRETARÍA DE SALUD Circular Número 0043 (Noviembre 30 de 2012) Código: 010 PARA: PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD EN EL DISTRITO CAPITAL DE: SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ ASUNTO: LINEAMI... Imprenta distrital/ el registro/ Número de registro/ desde fecha 2013 julio 05 Esta Diapositiva recoge ilustrativamente la publicación del lineamiento técnico IVE, los procesos de capacitación con profesionales, procesos de asistencia técnica institucional y por ultimo en las imágenes de la parte inferior izquierda las unidades amigables de salud sexual y salud reproductiva en las ESE Suba y ESE Centro Oriente. Estas unidades especializadas

11 C) MONITOREO DE LA ATENCION EN INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
Esta es la tercera línea de acción a través de la cual se realiza seguimiento mensual a los casos de interrupción voluntaria del embarazo atendidos en la red pública y privada de la ciudad, y que traduce el numero de mujeres que el Distrito Capital accede a este Derecho Fundamental reconocido por la Corte Constitucional. El monitoreo se realizó inicialmente desde el sistema de vigilancia en salud publica (años 2006 a 2013) y a partir de la Circular 001 de 2014 de la Secretaria Distrital de Salud, el seguimiento se realiza desde el registro individual de prestación de servicios (RIPS). Este monitoreo permite identificar que la tendencia de solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo va en aumento, y en el transcurso de los tres años 22,179 mujeres de diferentes ciclos vitales accedieron a la IVE. La mayor representatividad se encuentra en el grupo de edad de los 20 a 24 años con el 29,4% de las atenciones; le sigue mujeres en edades entre los 25 y 29 años con el 22% de los casos atendidos y las adolescentes con edades entre los 15 y 19 años con el 13,6% de los casos . El acceso al Derecho a la IVE se concentra en la población joven que consolida el 66% de las atenciones brindadas en los años referidos. Esta diapositiva da respuesta a la inquietud elevada por HUGO CASTIBLANCO MARIN a través de la proposición 216 de 2015, relacionada con el número de procedimientos de aborto voluntarios practicados en la ciudad en los años 2012, 2013 y Con relación al año 2015, el dato se encuentra en proceso de validación y depuración en la Dirección de Planeación y Gestión Sectorial.

12 NUMERO DE CASOS SEGÚN CAUSAL
Aquí ilustramos el número de casos por causal despenalizada, lo que permite inferir que el 98,96% de las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo se hallan enmarcadas en la causal número uno “cuando la continuidad del embarazo constituya peligro para la vida o salud de la mujer”. Esta diapositiva da respuesta a la inquietud elevada por HUGO CASTIBLANCO MARIN a través de la proposición 216 de 2015 y por LUCIA BASTIDAS UBATE a través de Derecho de Petición, asociada a por que tipo de causal las mujeres de la ciudad solicitan IVE.

13 RED SUR PROPORCIÓN DE CASOS IVE SEGÚN LOCALIDAD
1 623 465 1161 Se consolida en la red para los tres años un total de 2250 casos IVE, que representan el 10.14% de las IVE practicadas en la ciudad durante dicho periodo. FUERA DE BOGOTA: (5,8%)

14 ESTADO ACTUAL REPORTE ATENCIONES IVE RIPS
RED SUR Ilustradas las coberturas de IVE acorde el monitoreo permanente, es importante presentar al Concejo las estrategias que la Secretaria Distrital de Salud en materia de salud materna, ha establecido para cumplir con la meta de disminución de la mortalidad materna, entre las cuales se encuentra la INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO como una de las estrategias de impacto en la integralidad de la atención en salud sexual y salud reproductiva, unido a la garantía de la consulta preconcepcional y el acceso a métodos anticonceptivos modernos y seguros. Otras estrategias contemplan calidad y seguridad en la atención de una emergencia obstétrica.

15 Consulta preconcepcional. 2. Planificación Familiar
ESTRATEGIAS DEFINIDAS POR LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD PARA DISMINUIR LA MORTALIDAD MATERNA Consulta preconcepcional. 2. Planificación Familiar 3. Acceso a servicios de aborto seguro IVE 4. Seguridad de la atención de la emergencia obstétrica Ilustradas las coberturas de IVE acorde el monitoreo permanente, es importante presentar al Concejo las estrategias que la Secretaria Distrital de Salud en materia de salud materna, ha establecido para cumplir con la meta de disminución de la mortalidad materna, entre las cuales se encuentra la INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO como una de las estrategias de impacto en la integralidad de la atención en salud sexual y salud reproductiva, unido a la garantía de la consulta preconcepcional y el acceso a métodos anticonceptivos modernos y seguros. Otras estrategias contemplan calidad y seguridad en la atención de una emergencia obstétrica.

16 IMPACTO DE LA INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO EN LA DISMINUCIÓN DE LA MORTALIDAD MATERNA EN BOGOTA D.C Causal 1: “Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico” Doctor Bustamante: Con esta diapositiva pretendemos mostrar el impacto que al garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, genera en la prevención de posibles eventos adversos como son la morbimortalidad de estas mujeres que accedieron al procedimiento con sustento en la primera circunstancia de despenalizalización. Mortalidad y/o morbiidad evitable: Prevención de la morbi-mortalidad en mujeres de la ciudad para quienes continuar con el embarazo representaba peligro para su vida o salud.

17 RETOS Continuar con procesos de difusión, asistencia técnica y fortalecimiento en Sentencia C-355 de 2006 y técnicas para interrupción voluntaria del embarazo en el marco de la Sentencia C-355 de 2006. Actualizar la Circular 001 DE 2014 (RIPS IVE) incluyendo codificación de intervenciones identificadas como necesarias por los prestadores de servicios de salud con la implementación de la misma. Gestionar la disposición de unidades amigables en salud sexual y salud reproductiva para la Red Sur y Red SurOccidente. 17

18 CENTROS DE EXCELENCIA AMIGABLES EN SALUD SEXUAL Y SALUD REPRODUCTIVA
Hospital de Suba II Nivel E.S.E Hospital Hospital Centro Oriente II Nivel E.S.E. Hospital Rafael Uribe Uribe I Nivel E.S.E.

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21 SENTENCIA C 355 DE 2006 LIMITE DE LA EDAD GESTACIONAL

22 “ … ni la sentencia C-355 de 2006 ni ninguna norma legal ha fijado límite temporal alguno para la realización de la IVE en los casos despenalizados, lo que no permite que el juez –u otra autoridad o particular que participe en el sistema de salud- establezca una regla general que la impida después de cierto tiempo de gestación.” Sentencia T-841 de 2011

23 “la Sala estima que la decisión sobre la realización de la IVE en una etapa de gestación cercana al nacimiento… debe ser tomada en cada caso concreto mediante una ponderación de (i) la causal de que se trate, (ii) de criterios médicos soportados en la condición física y mental particular de la mujer gestante y, en todo caso, (iii) del deseo de la misma.” Sentencia T-841 de 2011

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