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Publicada porFrancisca Campos Luna Modificado hace 8 años
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TURISMO TERMAL Y DE SALUD
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Legislación Se regula el uso de las aguas termales desde 1995. Definición de balneario. Competencia de Sanidad y no de Turismo. En 1997, se define Turismo Termal, las acciones encaminadas a potenciar este tipo de turismo, serán llevadas a cabo por la Administración Turística de Galicia. Actualmente, la ordenación, promoción y fomento del Turismo Termal está sujeta a la ley 14/2008.
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Fomento Es el en año 2002 cuando se encuentra la primera subvención. AÑO 2002: 1.Creación, remodelación y recuperación de balnearios. 2.Creación, remodelación y recuperación de centro de talasoterapia. 3.Puesta en valor turístico de estos establecimientos. AÑO 2004: 1.Creación de hoteles balneario, hoteles talaso y spa. 2. Mejoras de establecimientos. AÑO 2005: 1. Concesión de 92.817,80 € para la elaboración del proyecto de rehabilitación del Monasterio de Santa María de Monfero, para construír un hotel monumento de cuatro estrellas con centro lúdico termal spa.
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Fomento AÑO 2006: 1.Dirigido a aldeas rurales. 2.Prioridad a aquellas que tengan captación de aguas termales, mineromedicinales o de mar. 3.Turismo termal o de salud como oferta complementaria. AÑO 2009: 1.Ayudas para la creación y mejora de establecimientos turísticos. 2. I Congreso de Turismo Termal en Ourense. AÑO 2010: 1.Creación y mejora de hoteles balneario y hoteles – talaso. 2.Ayudas a aquellas acciones encaminadas a la gestión de la calidad. 3.Mejora de las instalaciones de turismo termal y de la calidad. 4.II Congreso Termal de Galicia. 96.220€
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