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EL PROCESO NOTARIAL EN EL CIERRE DE VENTAS Notario Público 19 Lic. Fco. Javier Lozano Medina Corredor Público 19 Corredor Público 19 (con licencia) Av.

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1 EL PROCESO NOTARIAL EN EL CIERRE DE VENTAS Notario Público 19 Lic. Fco. Javier Lozano Medina Corredor Público 19 Corredor Público 19 (con licencia) Av. Miravalle No. 70 esq. Río Lerma Col. Miravalle, Monterrey Tel. 8478 8855 javier.lozano@notaria19nl.mx

2 CONTRATO DE COMPRAVENTA  Es un contrato donde el vendedor se obliga a transmitir el dominio de una cosa o un derecho a otro, llamado comprador, quien a su vez se obliga a pagar por el bien una cantidad determinada en dinero. Si mas de la mitad del precio se paga en especie, será PERMUTA.

3 PERFECCIONAMIENTO. Art. 2143.- Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada, ni el segundo satisfecho. NOTA: CUIDADO CON LOS RECIBOS EN «SERVILLETAS»

4 Contado o en Abonos: Dependiendo si el pago del precio se dará en una sola exhibición o en varias parcialidades. Contado o en Abonos: Dependiendo si el pago del precio se dará en una sola exhibición o en varias parcialidades.

5 Elementos Esenciales Son 2. Sí falta alguno de estos elementos el contrato será inexistente. Es decir que no produce efecto alguno. No se puede revalidar y cualquiera puede invocarlo. Son 2. Sí falta alguno de estos elementos el contrato será inexistente. Es decir que no produce efecto alguno. No se puede revalidar y cualquiera puede invocarlo. CONSENTIMIENTO CONSENTIMIENTO OBJETO OBJETO 

6 Elementos de Validez Art. 1692.- El contrato puede ser invalidado: I.- Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas (ej. Menor, Alzheimer, etc.); II.- Por vicios del consentimiento; (error, dolo, mala fe, violencia) VER PAGINA SIGUIENTE III.- Porque su objeto, o su motivo o fin sean ilícitos; celebrarse en: a) contrato privado ratificado o b) escritura pública. IV.- Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece. Siendo inmueble, debe celebrarse en: a) contrato privado ratificado o b) escritura pública.

7 Elementos de Validez ( SOLO SON INVOCABLES POR EL QUE LOS SUFRE.) Vicios del Consentimiento: ERROR: Ej. Compro terreno de 2000m2 para gasolinera y el terreno mide 1800m2 y no obtengo concesión. DOLO: (es activo)Sugestión o artificio que induce a un error. Ej. Hago que un tercero le diga mentiras al posible comprador de que en frente van a poner un campo de golf pero que yo vendedor, no lo se, o se que van a poner una planta de tratamiento de basura. MALA FE: (es pasiva) El otro esta en un error y no le advierto. Ej. Me compra un local para poner Notaría y se que ese uso está prohibido en la zona. VIOLENCIA: fuerza física o amenazas.

8 Casos Atípicos VENTA DE BIEN DE FALLECIDO. VENTA DE BIEN DE FALLECIDO. Art. 1614.- Si para el pago de una deuda u otro gasto urgente, fuere necesario vender algunos bienes, el albacea deberá hacerlo, de acuerdo con los herederos, y si esto no fuere posible, con aprobación judicial. Debe firmar el Albacea junto con los herederos. Debe firmar el Albacea junto con los herederos. VENTA DE DESAPARECIDO “levantado”. (art 648-722) VENTA DE DESAPARECIDO “levantado”. (art 648-722) Si tiene apoderado vigente, si se puede. Si tiene apoderado vigente, si se puede. Si no tiene apoderado, mas de 2 años mínimo y con autorización judicial según mi interpretación. Si no tiene apoderado, mas de 2 años mínimo y con autorización judicial según mi interpretación. Declaración de Muerte tarda mas de 8 años (seguros) Declaración de Muerte tarda mas de 8 años (seguros)

9 Casos Atípicos COMPRA POR UN EXTRANJERO. zona restringida 100km de frontera o 50 de playas. (solo con fideicomiso hasta por 50 años) (intérprete o traductor) COMPRA POR UN EXTRANJERO. Art. 27 constitucional.- zona restringida 100km de frontera o 50 de playas. (solo con fideicomiso hasta por 50 años) (intérprete o traductor) Deben solicitar permiso a SRE previo a escritura o será nula. (cláusula Calvo) Deben solicitar permiso a SRE previo a escritura o será nula. (cláusula Calvo) Acreditar Condición de Estancia Acreditar Condición de Estancia VENTA CON AUTORIZACION JUDICIAL. VENTA CON AUTORIZACION JUDICIAL. Demostrar necesidad o beneficio de vender. Demostrar necesidad o beneficio de vender. SUCESORIOS ANTE NOTARIO PUBLICO SUCESORIOS ANTE NOTARIO PUBLICO

10 Modalidades Que el inmueble comprado no se venda a determinada persona; (es nula la cláusula que estipule que no puede venderse a persona alguna). Que el inmueble comprado no se venda a determinada persona; (es nula la cláusula que estipule que no puede venderse a persona alguna). Queda prohibida la venta con pacto de retroventa, así como la promesa de venta de un inmueble que haya sido objeto de una compra-venta entre los mismos contratantes. Queda prohibida la venta con pacto de retroventa, así como la promesa de venta de un inmueble que haya sido objeto de una compra-venta entre los mismos contratantes.

11 Que el vendedor goce del derecho de preferencia por el tanto, para el caso de que el comprador quisiera vender posteriormente el inmueble. Dentro del término de 10 días, bajo pena de perder el derecho si no lo ejerce. Está obligado a pagar el precio que otro comprador ofreciere, y si no lo pudiera satisfacer, quedará sin efecto el pacto de preferencia. Que el vendedor goce del derecho de preferencia por el tanto, para el caso de que el comprador quisiera vender posteriormente el inmueble. Dentro del término de 10 días, bajo pena de perder el derecho si no lo ejerce. Está obligado a pagar el precio que otro comprador ofreciere, y si no lo pudiera satisfacer, quedará sin efecto el pacto de preferencia.

12 Debe hacerse saber al que goza del derecho de preferencia lo que ofrezcan por la cosa, y si ésta se vendiera sin dar ese aviso, la venta es válida; pero el vendedor responderá de los daños y perjuicios causados. Debe hacerse saber al que goza del derecho de preferencia lo que ofrezcan por la cosa, y si ésta se vendiera sin dar ese aviso, la venta es válida; pero el vendedor responderá de los daños y perjuicios causados. El derecho adquirido por el pacto de preferencia no puede cederse, ni pasa a los herederos del que lo disfrute. El derecho adquirido por el pacto de preferencia no puede cederse, ni pasa a los herederos del que lo disfrute.

13 Si se venden cosas futuras, tomando el comprador el riesgo de que no llegasen a existir, el contrato es aleatorio y se rige por lo dispuesto en el Capítulo relativo a la compra de esperanza. Si se venden cosas futuras, tomando el comprador el riesgo de que no llegasen a existir, el contrato es aleatorio y se rige por lo dispuesto en el Capítulo relativo a la compra de esperanza.

14 COMPRAVENTA EN ABONOS: COMPRAVENTA EN ABONOS: La venta que se haga autorizando al comprador para que pague el precio en abonos, se sujetará a la regla siguiente: La venta que se haga autorizando al comprador para que pague el precio en abonos, se sujetará a la regla siguiente: - Puede pactarse que la falta de pago de uno o de varios abonos ocasionará la rescisión del contrato.

15 COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO (por lo general va junto a la compraventa en abonos): COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO (por lo general va junto a la compraventa en abonos): Puede pactarse que el vendedor se reserve la propiedad del inmueble hasta que se pague todo el precio. Puede pactarse que el vendedor se reserve la propiedad del inmueble hasta que se pague todo el precio. (NOTA: el Código Civil no le llama Reserva de Dominio sino de “Propiedad” que creo yo es mas claro) (NOTA: el Código Civil no le llama Reserva de Dominio sino de “Propiedad” que creo yo es mas claro)

16 El vendedor mientras no se vence el plazo para pagar el precio, no puede enajenar (vender, ceder, traspasar, hipotecar) el inmueble con la reserva de propiedad El vendedor mientras no se vence el plazo para pagar el precio, no puede enajenar (vender, ceder, traspasar, hipotecar) el inmueble con la reserva de propiedad (Al margen de la inscripción registral de venta se hará una anotación preventiva en la que se haga constar esa limitación de dominio).

17 Promesa de Contrato Obligación de celebrar un contrato futuro. Obligación de celebrar un contrato futuro. Solo obliga a celebrar un contrato futuro de acuerdo a lo ofrecido. (aún no hay compraventa si esta bien hecho, NO SE DEBEN RECIBIR ANTICIPOS, SOLO EN CALIDAD DE DEPOSITO) Solo obliga a celebrar un contrato futuro de acuerdo a lo ofrecido. (aún no hay compraventa si esta bien hecho, NO SE DEBEN RECIBIR ANTICIPOS, SOLO EN CALIDAD DE DEPOSITO) Solo surte efectos contra terceros al inscribirse en el Registro Público de la Propiedad.

18 Denominaciones Precontrato Precontrato Ante contrato Ante contrato Promesa de Contrato Promesa de Contrato Contrato Preliminar Contrato Preliminar Contrato Preparatorio Contrato Preparatorio Contrato de Promesa Contrato de Promesa CUIDADO: SE CONFUNDE MUCHO CON LA COMPRAVENTA EN ABONOS.

19 Clases Unilateral (Una sola persona se obliga) Unilateral (Una sola persona se obliga) Bilateral (Ambas partes se obligan) Bilateral (Ambas partes se obligan) Elementos Esenciales Sí falta alguno de estos * Consentimiento elementos el contrato será inexistente.* El objeto

20 Elementos de Validez Si falta uno de estos elementos el contrato sí existe, pero será nulo: Si falta uno de estos elementos el contrato sí existe, pero será nulo: Constar por escrito Constar por escrito Contener los elementos característicos del contrato definitivo Contener los elementos característicos del contrato definitivo Limitarse a cierto tiempo. Limitarse a cierto tiempo.

21 Diferencias con el contrato definitivo. COMPRAVENTA COMPRAVENTA El objeto es transmitir dominio de inmueble * Autónomo * No necesita la promesa para existir. PROMESA PROMESA El objeto es celebrar un contrato futuro. Previo al Definitivo Previo al Definitivo Estará Ligado a la compraventa definitiva Estará Ligado a la compraventa definitiva * Se extingue al celebrar el contrato definitivo.

22 Utilidad de la Promesa Obliga a las partes a celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido, por lo general sujeto a una condición suspensiva. Obliga a las partes a celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido, por lo general sujeto a una condición suspensiva. Ejemplo: 1) Te compraré la casa si antes de 2 meses logras sacar legalmente al posesionario que tienes y recuperas la posesión física. Ejemplo 2) Te venderé la casa si consigues un crédito para pagarme en menos de 3 meses. Ejemplo: 1) Te compraré la casa si antes de 2 meses logras sacar legalmente al posesionario que tienes y recuperas la posesión física. Ejemplo 2) Te venderé la casa si consigues un crédito para pagarme en menos de 3 meses.

23 Incumplimiento La víctima tiene derecho a elegir entre: La víctima tiene derecho a elegir entre: La indemnización perfecta que consiste en la ejecución forzosa del objeto de la obligación incumplida y el pago de daños y perjuicios moratorios, La indemnización perfecta que consiste en la ejecución forzosa del objeto de la obligación incumplida y el pago de daños y perjuicios moratorios, La indemnización imperfecta, consistente en el pago de daños y perjuicios compensatorios. La indemnización imperfecta, consistente en el pago de daños y perjuicios compensatorios.

24 ASPECTOS FISCALES

25 Ingresos Exentos de ISR. Art 93 LISR Enajenación de: CASA HABITACION. CASA HABITACION. siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de 700,000 udis (aprox $3´711,000.00). Por el excedente se determinará la ganancia y se calcularán el impuesto “ Dicha exención será aplicable siempre que durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate, el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiere obtenido la exención “ Dicha exención será aplicable siempre que durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate, el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiere obtenido la exención TERRENO HASTA EL TRIPLE DE CONSTRUCCION. Art 129 del RL ISR TERRENO HASTA EL TRIPLE DE CONSTRUCCION. Art 129 del RL ISR

26 Ingresos Exentos de ISR. XVIII. Los que se reciban por herencia o legado. XIX. Los donativos en los siguientes casos: a)Entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto. b)Los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre que los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente en línea recta sin limitación de grado. (Evitar triangulaciones)

27 COMPROBANTES PARA DEDUCIR RLISR-Artículo 130. I.La credencial de elector, II.Los comprobantes de los pagos efectuados por la prestación de los servicios de energía eléctrica o de telefonía fija. III.Los estados de cuenta del sistema financiero o por casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias. La documentación a que se refieren las fracciones anteriores, deberá estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta.

28 ISAI (Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles) Artículo 28 Bis (Ley de Hacienda para los municipios del Estado de N.L.).- Están obligados al pago del ISAI, las personas físicas o morales que adquieran inmuebles …ubicados en el territorio del Estado, …. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 2% al valor gravable del inmueble, que es el mas alto entre el de operación y el Catastral. Artículo 28 Bis (Ley de Hacienda para los municipios del Estado de N.L.).- Están obligados al pago del ISAI, las personas físicas o morales que adquieran inmuebles …ubicados en el territorio del Estado, …. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 2% al valor gravable del inmueble, que es el mas alto entre el de operación y el Catastral. Subidios en casas habitación menores de $639,000.00 aprox. siempre y cuando no se tenga otro inmueble en el Estado y sea Persona física. (no aplica en terrenos) Subidios en casas habitación menores de $639,000.00 aprox. siempre y cuando no se tenga otro inmueble en el Estado y sea Persona física. (no aplica en terrenos)

29 Pagan tarifa especial $491.00: Donaciones entre Cónyuges o Ascendientes y Descendientes, Herencias, Asociaciones Religiosas, Escuelas, Casas de menos de $380,000.00 aprox. comprada por persona física que no posea otro inmueble en el Estado.

30 IVA (Impuesto al Valor Agregado) Se paga solo por el monto de las construcciones vendidas que no tengan uso habitacional. Se paga solo por el monto de las construcciones vendidas que no tengan uso habitacional. (no por terrenos ni casas habitación) (no por terrenos ni casas habitación) Tasa General: 16% Tasa General: 16% Si vende una persona moral contribuyente el Notario no retiene el IVA, se le paga a dicha persona moral vendedora pero si se relaciona dicha circunstancia en la escritura.

31 CONCLUSIONES El Notario, de manera totalmente imparcial, recibe, interpreta y da forma legal a la voluntad de las partes (vendedor y comprador), dando autenticidad a los hechos pasados ante su fe, consignando los mismos en instrumentos públicos que él redacta, aconseja jurídicamente a las partes, regularmente en forma gratuita. El Notario, de manera totalmente imparcial, recibe, interpreta y da forma legal a la voluntad de las partes (vendedor y comprador), dando autenticidad a los hechos pasados ante su fe, consignando los mismos en instrumentos públicos que él redacta, aconseja jurídicamente a las partes, regularmente en forma gratuita.

32 El Notario es el responsable de verificar la originalidad y legalidad de los documentos presentados por los involucrados, redactar los textos resultantes y calcular los impuestos a pagar. El Notario es el responsable de verificar la originalidad y legalidad de los documentos presentados por los involucrados, redactar los textos resultantes y calcular los impuestos a pagar.

33 REQUISITOS PARA FORMALIZAR UNA COMPRA VENTA (CHECK LIST) 1.- Antecedente. 2.- Pagos de Impuesto predial. 3.- Recibo de agua (último pago) 4.- identificaciones y datos generales de LA PARTE VENDEDORA 5.- Identificaciones y datos generales de LA PARTE COMPRADORA 6.- Acta de matrimonio de VENDEDORES Y COMPRADORES (cuando aplique). 7.- Constancia de Soltería (en su caso)

34 8.- Recibos de los servicios domiciliarios (luz, teléfono, gas, agua, tv de paga, y demás servicios con que cuente el inmueble). 9.- Planos de Construcción y ampliaciones que se hayan efectuado al inmueble. 10.- Recibos de derechos y permisos de construcción, así como las cuotas al seguro, etc. 11.- Permiso de uso de suelo (en su caso) ya sea habitacional multifamiliar o de uso comercial o industrial. 12.- El valor de Operación Real 13.- Poder (en caso de que aplique y en todos los casos nos comunicamos con el Notario o Cónsul ante quien se otorgó para comprobar su autenticidad)

35 INFORMACIÓN ADICIONAL Además de la información y documentos mencionados en los numerales del 1 al 13 que anteceden, las partes deben de acordar: Además de la información y documentos mencionados en los numerales del 1 al 13 que anteceden, las partes deben de acordar: 1. La cantidad del anticipo o depósito según el caso 2. Plazo para la firma de escritura pública definitiva. Aclarar si pago es con recursos propios o con crédito de alguna institución bancaria o alguna otra o con crédito de INFONAVIT, FOVISTE, IMSS, o alguna otra institución Aclarar si pago es con recursos propios o con crédito de alguna institución bancaria o alguna otra o con crédito de INFONAVIT, FOVISTE, IMSS, o alguna otra institución 3. Porcentaje de Pena convencional.

36 4. Especificar si se incluyen muebles, aires acondicionado, cocinas, portón eléctrico, protectores, barandales, abanicos de techo, etc 4. Especificar si se incluyen muebles, aires acondicionado, cocinas, portón eléctrico, protectores, barandales, abanicos de techo, etc

37 VENTAJAS DE ACUDIR ANTE UN NOTARIO PARA EL CIERRE De por si mucha gente se preocupa y tiene miedo al realizar la compra o venta de un inmueble y actualmente existe un número muy alto y cada vez mas creciente de fraudes inmobiliarios en el Estado, principalmente por la “Suplantación de Identidad” mediante identificaciones con datos falsos. De por si mucha gente se preocupa y tiene miedo al realizar la compra o venta de un inmueble y actualmente existe un número muy alto y cada vez mas creciente de fraudes inmobiliarios en el Estado, principalmente por la “Suplantación de Identidad” mediante identificaciones con datos falsos. Los defraudadores menos profesionales prefieren evitar las operaciones donde tengan que firmar el contrato privado en una Notaría Los defraudadores menos profesionales prefieren evitar las operaciones donde tengan que firmar el contrato privado en una Notaría

38 VENTAJAS DE ACUDIR ANTE UN NOTARIO PARA EL CIERRE Los Notarios nos comunicamos entre nosotros y pasamos información de los intentos o fraudes consumados para tratar de prevenir que quien haya defraudado en un lugar y no haya sido aprehendido se presente en otra Notaría a seguir delinquiendo. Los Notarios nos comunicamos entre nosotros y pasamos información de los intentos o fraudes consumados para tratar de prevenir que quien haya defraudado en un lugar y no haya sido aprehendido se presente en otra Notaría a seguir delinquiendo. Se revisa la documentación para ver que coincida con el propietario registral (lo podemos hacer vía remota por computadora al registro público) así como para ver si tiene anotaciones la inscripción respecto a ventas o gravámenes. Se revisa la documentación para ver que coincida con el propietario registral (lo podemos hacer vía remota por computadora al registro público) así como para ver si tiene anotaciones la inscripción respecto a ventas o gravámenes.

39 VENTAJAS DE ACUDIR ANTE UN NOTARIO PARA EL CIERRE Investigamos hasta donde nos es posible si la escritura es irregular, si tiene gravámenes. Investigamos hasta donde nos es posible si la escritura es irregular, si tiene gravámenes. Debido al gran volumen de escrituras que vemos muchas veces podemos detectar situaciones que escapan al “ojo no entrenado” y si algo nos llama la atención investigamos con los Notarios que hicieron las escrituras anteriores en caso de ser posible, aunque sea de otro estado. Debido al gran volumen de escrituras que vemos muchas veces podemos detectar situaciones que escapan al “ojo no entrenado” y si algo nos llama la atención investigamos con los Notarios que hicieron las escrituras anteriores en caso de ser posible, aunque sea de otro estado. Con esto protegemos también al Corredor Inmobiliario de posibles demandas por Responsabilidad Civil. Con esto protegemos también al Corredor Inmobiliario de posibles demandas por Responsabilidad Civil.

40 VENTAJAS DE ACUDIR ANTE UN NOTARIO PARA EL CIERRE Por ser expertos en Contratos, en ocasiones nos damos cuenta que lo que las partes desean hacer no es una compraventa tradicional y se les propone la alternativa de contrato idóneo. Por ser expertos en Contratos, en ocasiones nos damos cuenta que lo que las partes desean hacer no es una compraventa tradicional y se les propone la alternativa de contrato idóneo. Si el inmueble cuenta con hipotecas y se duda del saldo del crédito, en caso de que el Notario trabaje con la mayoría de los bancos se verifica con dichas instituciones si el saldo manifestado por el cliente es real. Esto es de suma importancia cuando se trata de una venta de una propiedad ya embargada ya que se tiene que saber los honorarios de los abogados del acreedor. Si el inmueble cuenta con hipotecas y se duda del saldo del crédito, en caso de que el Notario trabaje con la mayoría de los bancos se verifica con dichas instituciones si el saldo manifestado por el cliente es real. Esto es de suma importancia cuando se trata de una venta de una propiedad ya embargada ya que se tiene que saber los honorarios de los abogados del acreedor.

41 VENTAJAS DE ACUDIR ANTE UN NOTARIO PARA EL CIERRE Se “amarra” la venta a fin de que lo más fácil para los clientes sea cumplir con el contrato. (con esto casi se asegura la comisión por la venta) Se “amarra” la venta a fin de que lo más fácil para los clientes sea cumplir con el contrato. (con esto casi se asegura la comisión por la venta) Se envía “certificado de libertad de gravámenes con carácter de aviso pre preventivo, con lo cual se avisa que está en trámite una escritura de transmisión del inmueble. Se envía “certificado de libertad de gravámenes con carácter de aviso pre preventivo, con lo cual se avisa que está en trámite una escritura de transmisión del inmueble. En ocasiones de clientes muy desconfiados, el Notario puede actuar como depositario de cheques de “depósitos” o “anticipos”. En ocasiones de clientes muy desconfiados, el Notario puede actuar como depositario de cheques de “depósitos” o “anticipos”. Ayuda a cumplir con disposiciones Fiscales, de Ley Antilavado, etc. (ej no se puede pagar mas de $562,000.00 pesos en efectivo) Ayuda a cumplir con disposiciones Fiscales, de Ley Antilavado, etc. (ej no se puede pagar mas de $562,000.00 pesos en efectivo)

42 VENTAJAS DE ACUDIR ANTE UN NOTARIO PARA EL CIERRE Como Notarios debemos de suponer, sobre todo en la actualidad, que todos los documentos y situaciones que se nos presenten podrían ser irregulares pero siempre con amabilidad y viendo el “como sí”, siempre procurando que se cierre la venta y así tengamos ingresos honestos tanto los Corredores de Bienes Raíces como nosotros y que las partes consigan su propósito de vender y comprar respectivamente un inmueble que casi siempre es la parte mas importante del patrimonio de las personas. Como Notarios debemos de suponer, sobre todo en la actualidad, que todos los documentos y situaciones que se nos presenten podrían ser irregulares pero siempre con amabilidad y viendo el “como sí”, siempre procurando que se cierre la venta y así tengamos ingresos honestos tanto los Corredores de Bienes Raíces como nosotros y que las partes consigan su propósito de vender y comprar respectivamente un inmueble que casi siempre es la parte mas importante del patrimonio de las personas.

43 SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD

44 * CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN DELITOS CONTRA LA IDENTIDAD PERSONAL SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD Artículo 444.- Comete el delito de suplantación de identidad quien se atribuya por cualquier medio la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar la suplantación de su identidad, produciendo con ello un daño moral o patrimonial u obteniendo un lucro o un provecho indebido para sí o para otra persona. Este delito se sancionará con prisión de tres a ocho años y multa de mil a dos mil cuotas. (Se adiciona en Decreto núm. 69 POE de fecha 26 junio 2013) * OBSERVACIÓN: - en Nuevo León apenas en 2013 se tipificó como tal

45 NOTICIAS CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) - El delito de robo de identidad se incrementa en el mundo y en México no es la excepción …. De acuerdo con el rector de la institución, Jorge Manrique, 85% de este tipo de delitos es con propósitos económicos, y en el mercado negro documentos como la credencial de elector, el número de Seguro Social, así como cuentas bancarias, comprobantes domiciliarios, tarjetas de circulación, entre otros, podrían comercializarse hasta en 10,000 pesos. México se ubica entre los primeros 10 lugares en el mundo por robo de identidad, sin embargo, algunas firmas especializadas de investigación sitúan al país en el tercer puesto debido a la poca legislación que existe al respecto.

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50 RECOMENDACIONES PARA EVITAR LOS FRAUDES INMOBILIARIOS: □ RECOMIENDE AL COMPRADOR QUE CONOZCA A SUS VENDEDORES Y AL INTERMEDIARIO □ RECOMIENDE AL COMPRADOR QUE SE CERCIORE DE LA IDENTIDAD DE SUS VENDEDORES Y DEL INTERMEDIARIO (google, facebook, etc) □ ACUERDE CON EL COMPRADOR QUE USTED NO CUENTA CON RECURSOS DE IDENTIFICACIÓN “EXTRAORDINARIOS” □ RECOMIENDE AL COMPRADOR QUE CONOZCA FÍSICAMENTE EL INMUEBLE DE SU COMPRA Y SUS CARACTERÍSTICAS □ RECOMIENDE AL COMPRADOR QUE SOSPECHE SI EL INMUEBLE NO TIENE ANUNCIO DE “SE VENDE” □ RECOMIENDE AL COMPRADOR QUE SOSPECHE SI EL INMUEBLE TIENE MALEZA CRECIDA ó PARECE ABANDONADO □ RECOMIENDE AL COMPRADOR QUE SOSPECHE DE LAS “GANGAS”

51 RECOMENDACIONES PARA EVITAR LOS FRAUDES INMOBILIARIOS: □ REQUIERA AL VENDEDOR EL TESTIMONIO ORIGINAL DE LA ESCRITURA DE SU ADQUISICIÓN □ REQUIERA A AMBAS PARTES Y AL INTERMEDIARIO: 2 IDENTIFICACIONES OFICIALES ORIGINALES □ REQUIERA AL VENDEDOR VARIOS COMPROBANTES DE PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS DIVERSOS ORIGINALES □ REQUIERA AL INTERMEDIARIO UN COMPROBANTE DE SU DOMICILIO □ CUESTIONE Y SOSPECHE SI EL PREDIAL FUE PAGADO PARA ÉSTA VENTA CON VARIOS AÑOS DE RETRASO

52 FIN FIN MUCHAS GRACIAS POR INVITARME MUCHAS GRACIAS POR INVITARME

53 EL PROCESO NOTARIAL EN EL CIERRE DE VENTAS Notario Público 19 Lic. Fco. Javier Lozano Medina Corredor Público 19 Corredor Público 19 (con licencia) Av. Miravalle No. 70 esq. Río Lerma Col. Miravalle, Monterrey Tel. 8478 8855 javier.lozano@notaria19nl.mx


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