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PublishMaría Mercedes Agüero Aguirre Modified hace 9 años
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EL PROCESO DE CONSTITUCIONALITZACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA
EL PROCESO DE CONSTITUCIONALITZACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
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PRECEDENTES Proyecto Spinelli - 1984 Proyecto Herman - 1994
Carta de Derechos Fundamentales
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TRATADOS COMUNITARIOS
Tratados fundacionales: CECA , CEE, EURATOM Acta Única Europea Tratado para la Unión Europea (Tratado de Maastrich) Tratado de Amsterdam Tratado de Niza
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No modificar el contenido de la Carta.
PROPUESTAS DELGRUPO DE TRABAJO II DE LA CONVENCIÓN : DERECHOS FUNDAMENTALES Insertar la Carta de Derechos Fundamentales en el texto de la Constitución. No modificar el contenido de la Carta. Posibilidad de adhesión al Convenio Europeo de Derechos Humanos (Consejo de Europa, 1950). No creación de competencias nuevas para la UE. No creación de recurso especial ante Tribunal de Justicia.
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PROPUESTAS DEL GRUPO DE TRABAJO XI DE LA CONVENCIÓN: EUROPA SOCIAL
Inclusión de objetivos sociales en la Constitución. Coordinación entre las políticas económicas y las políticas sociales. Ampliación de la co-decisión y el voto por mayoría cualificada a la política social. Reconocimiento de los interlocutores sociales. Democracia participativa
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DERECHOS FUNDAMENTALES
Cláusulas generales (Parte I de la Constitución) Art. I-2: Los derechos fundamentales son valores de la Unión protegidos por el procedimiento de sanción. Art. I-9: Remisiones al Convenio Europeo de Derechos Humanos y a las tradiciones constitucionales comunes de los Estados miembros (igualdad y no discriminación por razón de sexo). Art. I-10: Derechos de ciudadanía para los ciudadanos europeos (libertad de circulación y residencia, sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales, protección diplomática, derecho de petición al Parlamento europeo). Título VI: Vida democrática de la Unión (democracia representativa, democracia participativa, reconocimiento interlocutores sociales, transparencia) Art. I-59: Suspensión y/o expulsión de la Unión por grave riesgo o incumplimiento sistemático de los derechos fundamentales Carta de los Derechos Fundamentales (Parte II de la Constitución)
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CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN
PREAMBULO. Título I: DIGNIDAD. Título II: LIBERTADES. Título III: IGUALDAD. Título IV: SOLIDARIDAD. Título V: CIUDADANÍA. Título VI: JUSTICIA. Título VII: DISPOSICIONES GENERALES.
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CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
ESTRUCTURA (I) Título I: Dignidad Derecho a la vida y a la integridad física y moral, prohibición de la tortura y los malos tratos, protección frente a los avances de la bio-medicina. Título II: Libertades Derecho a la libertad, respeto de la vida privada y familiar, libertad de pensamiento y de religión, expresión e información, reunión y asociación, educación artes y ciencias, libertad profesional y derecho de trabajar, libertad de empresa y derecho de propiedad, derecho de asilo y protección frente a las extradiciones y expulsiones. Título III: Igualdad Igualdad y no discriminación, diversidad cultural religiosa y lingüística, igualdad entre mujeres y hombres, derechos de los niños, derechos de las personas mayores, integración delas discapacidades.
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CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
ESTRUCTURA (II) Título IV: Solidaridad Información a la empresa, negociación y acción colectiva, acceso a las oficinas de ocupación, protección frente a los despidos injustificados, condiciones de trabajo justas, prohibición del trabajo infantil, protección de la vida familiar y profesional, seguridad y ayuda social, protección de la salud, protección del medio ambiente y protección de los consumidores. Título V: Ciudadanía Sufragio activo y pasivo en las elecciones europeas y municipales, derecho a una buena administración. Título VI: Justicia Derecho al recurso efectivo y acceso al juez independiente e imparcial, presunción de inocencia y derecho a la defensa, proporcionalidad de las penas, no ser juzgado dos veces por el mismo delito.
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CLAUSULAS DE INTERPRETACIÓN - I
Aplicación del nivel de protección mayor (art. II.113) Limites por ley y respetando el contenido esencial y el principio de necesidad y proporcionalidad (art. II.112.1) Ejercicio según las regulaciones en otras partes de la Constitución (art. II.112.2) Interpretación en armonía con las tradiciones constitucionales comunes (art. II,112.4) Tener en cuenta las legislaciones y prácticas nacionales (art. II-112.6) Las disposiciones que contengan principios sólo pueden ser alegadas ante los tribunales para su control de legalidad (art. II-112.5)
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CLAUSULAS DE INTERPRETACIÓN - II
Constitucionalización de las “explicaciones” de las Convenciones) (art. II-112.7) Distinción entre derechos y principios (art. II-112.5) Determinación del nivel de protección mediante reenvíos (art. II y art. II-113) Ámbito de aplicación ( art. II-111) No creación de recurso especial de protección de derechos fundamentales (abierta la posibilidad de creación de un “Tribunal especializado” (art. I-29.1)
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SISTEMA EUROPEO DE DERECHOS FUNDAMENTALES
Derechos de los Tratados comunitarios Derechos del Derecho comunitario derivado Derechos del Convenio Europeo de Derechos Humanos Derechos de otros tratados ratificados por la Unión o los estados miembros Constituciones de los estados
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SISTEMA EUROPEO COMPUESTO POR TRES SUBSISTEMAS
Derecho comunitario: Constitución, Tratados y Derecho derivado Derecho internacional: Convenio Europeo de Derechos Humanos y tratados ratificados por la Unión y los Estados miembros Constitución estado miembro
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NIVEL DE PROTECCIÓN DERECHO COMUNITARIO
Dado que los derechos de la Carta también están en otros Tratados internacionales, en el Derecho Comunitario y en las Constituciones de los Estados miembros, Se tiene que APLICAR EL NIVEL DE PROTECCIÓN MÁS ELEVADO mediante la comparación de cada derecho en los siguientes textos: DERECHO COMUNITARIO CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS OTROS TRATADOS INTERNACIONALES CONSTITUCIÓN
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