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Presentación de Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad Julio 2008.

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Presentación del tema: "Presentación de Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad Julio 2008."— Transcripción de la presentación:

1 Presentación de Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad Julio 2008

2 CONADIS Es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de la Mujer y de Desarroll Social – MIMDES. Creado por Ley N° 27050, “Ley General de la Persona con Discapacidad”, sus principales funciones son promover el cumplimiento de los fines de la Ley N° 27050, asimismo, como entidad rectora en materia de discapacidad establece el régimen legal de protección, atención, salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integración social, económica y cultural.

3 DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD La persona con discapacidad tiene iguales derechos que los que asisten a la población en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales que se deriven de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 7° de la Constitución Política, de la presente ley y su Reglamento.

4 LÍNEAS DE ACCIÓN  OMAPEDS Y OREDIS  CERTIFICACIÓN  REGISTRO NACIONAL  SALUD Y ATENCIÓN  EDUCACIÓN  DEPORTE  PROMOCIÓN Y EMPLEO

5 ARTÍCULO 33 DE LA LEY Nº 27050  Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad  "Artículo 33.- Fomento del empleo  El Poder Ejecutivo, sus órganos desconcentrados y descentralizados, las instituciones constitucionalmente autónomas, las empresas del Estado, los gobiernos regionales y las municipalidades, están obligados a contratar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al tres por ciento (3%) de la totalidad de su personal."

6 CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY Nº 27050 3. Artículo 8 de la Ley Nº 27050 4. h) Supervisar el funcionamiento de todos los organismos que tienen que ver con las personas con discapacidad. 5. El artículo 2 de la Ley Nº 28164, Ley que modificó la Ley Nº 27050, esta norma en su segundo párrafo, dispone expresamente que, “El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tendrá un plazo de ciento veinte (120) días, desde la fecha de publicación de la presente Ley, para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 27050, bajo responsabilidad”.

7 ACCIONES TOMADAS - -Campaña por Una Sociedad Inclusiva – Region Loreto 22 profesores y adminsitrativos. --Oficios curados a las diferentes entidades del Estado solicitando: la relación de sus trabajadores con discapacidad -El propósito de este trabajo apunta a la necesidad de conocer cuántas personas con discapacidad trabajan en este sector del Estado y detectar sus necesidades laborales para mejorar las perspectivas de empleo, facilitando su conservación en el puesto de trabajo, oportunidades de promoción y reintegración profesional, con la intención de maximizar las contribuciones que los trabajadores con discapacidades pueden realizar en esta Institució De acuerdo a los resultados que se obtuvieran, se pueden proponer acciones o políticas afirmativas, para ir cubriendo progresivamente las vacantes que vienen dejando los trabajadores por cese, jubilación, renuncia, enfermedad,.

8 ACCIONES TOMADAS Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, PIO tiene un carácter multisectorial en enlace con las redes territoriales tanto del sector público y el privado representado en las asociaciones e instituciones de personas con discapacidad. Actividades: B ú squeda de la inserci ó n laboral de las personas con discapacidad - Promover beneficios laborales de las personas con discapacidad. - Capacitaci ó n de los especialistas de los programas sociales respecto al desarrollo de capacidades de las personas con discapacidad para la inserci ó n laboral. - Desarrollo de acciones que permitan la participaci ó n de personas con discapacidad en los CENFORP del Sector Trabajo. - Investigaci ó n para la inserci ó n laboral de las personas con discapacidad. - Propuestas y aprobaci ó n de normas que crean beneficios para la contrataci ó n de personas con discapacidad.

9 NORMAS VINCULADAS AL ART. 33 DE LA LEY Nº 27050 y Nº 27050 El Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, Define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, en su numeral 5.1, establece la obligación de respetar y hacer respetar, proteger y promover el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y fomentar en cada Sector e institución pública su contratación y acceso a cargos de dirección. El Acuerdo de Directorio Nº 004-2006-031-FONAFE, Aprueban Directiva de Apoyo a la Persona con Discapacidad, establece el marco legal aplicable a las empresas sujetas al ámbito de FONAFE para que éstas colaboren con el apoyo a las personas con discapacidad en su desarrollo e integración social, económica y cultural. Adicionalmente, la Resolución Ministerial Nº 066-2007-TR, Dictan disposiciones para la contratación de personas con discapacidad en el sector Trabajo y Promoción del Empleo y su participación en proyectos del Programa “A Trabajar Urbano” y en PROJoven

10 Muchas gracias


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