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Una muy breve reseña de la educación en Chile

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Presentación del tema: "Una muy breve reseña de la educación en Chile"— Transcripción de la presentación:

1 Una muy breve reseña de la educación en Chile
Tomado de: “Desarrollo educacional ” de Fernando Campos Harriet y algo más de Amanda Labarca B.

2 Agosto de 1810. Plan que don Juan Egaña presentó a don Mateo de Toro Zambrano, Presidente, Gobernador y Capitán General de Chile. En su Plan, don Juan Egaña somete al Conde de la Conquista sugerencias de gobierno, que al autor parecía útil esbozar, Don Juan Egaña propone el establecimiento del libre comercio; la industrialización del país con aportes extranjeros; la formación de una marina mercante propia; la racional explotación agrícola y aborda las materias más diversas. Es mucho más desarrollado en lo que toca a la educación y no es vano ni erróneo que por este motivo se haya apellidado a Egaña en Chile, padre de la educación pública. En dicho Plan está el germen del Instituto Nacional, creación de la Patria Vieja, al cual Egaña prestó el concurso de sus luces con infatigable tesón; pero en este germen que postula Egaña difiere no poco de lo que luego se logró!. Veámoslo: "Allí debe haber talleres y maestros de todas las artes principales, incluso la agricultura; catedráticos, máquinas y libros de todas las ciencias y facultades desde las primeras letras; magistrados y superiores que dirijan la costumbre. A más de los pupilos de arte y ciencia o tenidas por el colegio, habrá enseñanza pública para todos los ciudadano que concurran, dando de comer a mediodía a los menestrales. Todas la villas y ciudades deben tener derecho a cierto número de pupilos"

3 : La organización de la República, implicó un proceso de iniciación y de difícil desarrollo de la Educación en Chile. La enseñanza republicana va pues a nacer con carencia de enseñanza práctica, lo que algunos tratadistas estiman que, aparte de la Academia de San Luis , fue un legado colonial. "Todo el sistema de aprendizaje de artesanías, fuente de riqueza de los pueblos europeos y base de una moderna industria, faltaba por completo“ Don José Miguel Carrera exigió a los Cabildos y a los conventos la apertura de escuelas primarias. Y posteriormente, por decreto de 21 de agosto de 1812, inició la historia de nuestra pedagogía femenina. En el preámbulo la disposición señala la indiferencia con que miró el antiguo régimen la educación del bello sexo parecerá -dice- una paradoja en el mundo culto que la capital de Chile, poblada de más de cincuenta mil habitantes, no haya aún conocido una escuela de mujeres“. "Pero ya es preciso desmentir errores y sobre todo dar ejercicio. a los claros talentos del sexo femenino; y para verificarlo con la decencia, religiosidad y buen éxito que se ha prometido el Gobierno, ordena que a ejemplo de lo que se ha hecho con los conventos de regulares, destine cada monasterio en su patio, una sala capaz para situar la enseñanza de niñas que deban aprender por principios la religión, a leer y escribir y los demás menesteres de una matrona, aplicando el ayuntamiento de sus fondos los salarios de maestras. Fue bajo la dirección de cada monasterio sean capaces de llenar tan loable como indispensable objeto". Firman: Prado, Carrera, Portales, Vial, Secretario“ Este decreto de Carrera debe estimarse como la iniciación legal y general de la pedagogía femenina.

4 En enero de 1813, cuando se levantó el primer censo escolar de la República, se halló que en la capital sólo había 7 escuelas con 664 alumnos (Recordemos que la capital contaba con habitantes) . Pero el gran legado de la Patria Vieja en materia de enseñanza primaria es la Disposición fundamental sobre la materia, reglamento que la Junta de Gobierno compuesta por Francisco Antonio Pérez, José Miguel Infante, Agustín de Eyzaguirre, y a quien servía de secretario Mariano Egaña, dictó el 18 de junio de Se ha creído ver en este Reglamento el fundamento de la misión educacional del Estado: "Ninguno podrá enseñar en Chile sino en la forma dispuesta por este Reglamento disponía su artículo xx. Ordenaba el decreto que en toda ciudad, villa y todo pueblo que contenga cincuenta vecinos, debe haber una escuela de primeras letras costeada por los propios del lugar; y en caso de no haberlos, el jefe de la provincia respectiva debía proponer los arbitrios para su establecimiento. Disponía la gratuidad de la enseñanza y aun de los textos y útiles escolares "de tal modo que los padres de familia, por ningún concepto, sean gravados con la más mínima contribución“ La declaración de principios que hace el Decreto, en cuanto a la dignidad y decoro de la función del maestro y al respeto y deferencia que merece en la sociedad, debe destacarse en una forma especial: "Estos individuos, por la importancia de su ministerio y por el servicio que hacen a la Patria, deben ser mirados con toda consideración y honor; por consiguiente, sus personas son de lo más respetables; quedan exentos de todo servicio militar y cargos consejiles y el Gobierno les tendrá presente para dispensarles una particular protección"

5 En 1830 funcionaban en Santiago y los distritos adyacentes 26 escuelas primarias con asistencia media de alumnos. Cuatro de ellas, 2 de hombres y 2 de mujeres, eran públicas. Las demás eran privadas o conventuales. En las ciudades importantes como Concepción, La Serena, Valparaíso, Talca y Chillán existían también escuelas particulares, cuyo número es incierto. Muchas tuvieron existencia fugaz y "no alcanzaron a dejar rastros documentales“ La provincia de Chiloé sobresale como una isla en este aspecto. "En enero de 1827, al finalizar el primer año de gobierno (ya bajo la República), el intendente, general José Santiago Aldunate, hizo levantar un censo prolijo, cuya exactitud confirmó otro censo practicado un año más tarde. La población de la isla de Chiloé alcanzaba a habitantes, de los cuales eran niños de 7 a 15 años y asistían a la escuela Un año más tarde la población escolar era de alumnos. En la pobre y atrasada isla de Chiloé, recibía instrucción primaria el 50% de los niños, mientras en Santiago sólo la recibía el 10% de la población escolar. "Este dato simboliza el precio, por lo demás ineludible, que el progreso de Chile pagó por el tránsito de la condición de colonia a la nación libre", dice Encina

6 : Portales. En la Constitución de 1833, don Mariano Egaña incorporó dos preceptos que consagran principios fundamentales de nuestra enseñanza. "La educación pública es una atención preferente del Estado" –dice en el artículo 153. El Congreso formará un plan general de educación nacional; y el Ministro del Despacho respectivo le dará cuenta anualmente del estado de ella en toda la República". Y agrega en el artículo 154: "Habrá una superintendencia de educación pública a cuyo cargo estará la inspección de la enseñanza nacional y su dirección bajo la autoridad del Gobierno", Pero al mismo tiempo de estatuir estos básicos principios. Establece que corresponde a las Municipalidades, en sus respectivos territorios, promover la educación y cuidar de las escuelas y demás establecimientos de instrucción que se paguen con fondos municipales (Artículo 128, Nºs 2 y3)

7 El Gobierno, en vez de aplastar la enseñanza privada, municipal y
El Gobierno, en vez de aplastar la enseñanza privada, municipal y. conventual en la década de , la estimuló enérgicamente y su empeño tendió a suplir las lagunas, estableciendo escuelas en las ciudades de las provincias donde má se necesitaban. Había en 1831 en Santiago 82 escuelas: 8 municipales, 7 conventuales, 3 parroquiales y 64 particulares con alumnos, varones y mujeres. No existía ninguna escuela fiscal. En Valparaíso había una escuela fiscal, en Aconcagua tres y en Colchagua dos; las escuelas municipales, conventuales y particulares eran en estas provincias numerosas. En cambio, donde éstas escaseaban, el Gobierno aumentó las fiscales: así en Coquimbo hubo 8; en Concepción 23; 9 en Valdivia y 6 en Chiloé. Al finalizar el decenio de Prieto en 1841, las escuelas fiscales eran 54, con un presupuesto de $ Las escuelas municipales, conventuales y privadas doblaban varias veces ese número. Pero no existen datos seguros que permitan precisar su número y el de los educandos en todo el país . Hasta la reorganización de la escuelas primarias, su plan de estudios se ciñó al decreto de 12 de julio de 1832: lectura, escritura, doctrina cristiana, las cuatro operaciones de aritmética y algunas nociones de moral y de urbanidad adecuadas a los niños.

8 18 de Enero 1842 se establece el decreto que crea la escuela normal.
En 1849 la Municipalidad de Santiago tuvo una entrada de $ e invirtió $ en las escuelas. El presupuesto de la Municipalidad de Valparaíso para 1850 era de S y destinaba S a escuelas. El presupuesto de la Municipalidad de Concepción para ese mismo año era de $ y sólo podía gastar $ 962 en el mantenimiento de dos escuelas. Ya podrá suponerse lo que ocurría en otros departamentos, algunos de los cuales no alcanzaban a tener de entrada anual. De todas maneras la suma total de erogaciones para las escuelas, en la República entera, alcanza en 1850 a la suma de Estas sumas se invertían no sólo en sueldos de preceptores, que eran muy limitados ( 240 y 300), sino en alquileres de pobrísimas casas para escuelas, en impresiones de libros elementales y en adquisición del material de enseñanza; todo esto en las más modestas condiciones, pero con un gasto que, dadas las condiciones del tesoro, debía considerarse muy reducido"

9 1861: 316 escuelas particulares, 176 de hombres y 140 de mujeres.
26 Agosto Ley de Educación Primaria Obligatoria.


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