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LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL
FCEFyN - UNC LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL ESTUDIO DEL DERECHO Y LA ETICA EN LAS CARRERAS DE INGENIERIA. FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FISICAS Y NATURALES. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA FELIPE RODRIGUEZ
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LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL
CONFORMACION DE LA CATEDRA TITULAR: Prof. Dr. Ing. Felipe RODRÍGUEZ ASOCIADO: Prof. Ing. Jorge BOIOLA ADJUNTOS: Prof. Ing. Civil Adriana CERATO Prof. Ing. Civil Elisa GARELLA Prof. Ing. Civil Patricia MALDONADO Prof. Ing. Civil Héctor MARTINEZ Prof. Ing. Civil Rogelio MORONI JEFE T. P. : Abogada Elena BALDI Ing. Civil Elena STRAHMAN Ing. Civil Ana María PALAZON Ing. Civil Fernando CORNEJO
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CONTENIDOS DE LA MATERIA
TRES PARTES. PRIMERA PARTE: las herramientas. Los Principios generales del derecho. SEGUNDA PARTE: Aplicación del derecho: a) las cuestiones profesionales. b) la responsabilidad profesional c) el ejercicio profesional EL ORDENAMIENTO LEGAL EN LA INGENIERÍA. Según la especialidad. TERCERA PARTE: ETICA PROFESIONAL. Cuestiones Éticas que deben observarse en el ejercicio profesional. Libertad profesional FELIPE RODRIGUEZ
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CONTENIDO DE LA MATERIA
EN GENERAL PARA TODAS LAS DISCIPLINAS DE LA INGENIERIA: Se trata de organizar un escenario con los principios del derecho, su aplicación y efectos sobre el ejercicio profesional realizado en un marco de libertad profesional y de principios éticos a partir de un esquema formal relativamente simple que sirva como partida a la profundización de cuestiones concretas de cada especialidad de la Ingeniería. FELIPE RODRIGUEZ
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ACTIVIDADES DEL CURSO ESTRUCTURA 1.- Clases teórico – prácticas.
2.- Los trabajos prácticos podrán realizarse de manera individual o grupal. En el segundo caso los grupos se integran por dos o tres alumnos, cuatro es el número máximo aceptado excepcionalmente. 3.- Consultas: a) Box de la cátedra: Los docentes exponen en el transparente de la cátedra los horarios en el que cada uno de ellos atenderá los requerimientos de los cursantes; b) vía electrónica: Chat - . FELIPE RODRIGUEZ
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REGLAMENTO I.- SOLO CURSAN QUIENES TIENEN APROBADA LA MATERIA CORRELATIVA Y ADMINISTRATIVAMENTE SE ENCUENTRA HABILITADO A CURSARLA. II.- Régimen de cursado: II.1. Promocional: 100% T.P. Aprobados con entregas en las fechas establecidas por el Jefe T.P. Correspondiente. Incumplimiento: deja libre al alumno. Se puede recuperar un solo T.P. II.1.1. Parciales: 2 (dos) y 1 (uno) recuperatorio. Nota mínima 4(CUATRO) y Promedio: 6(SEIS). Constan de dos partes: Teórica y Práctica. Para rendirlos deben tener cumplimentada la entrega y aprobación de los T.P. que comprenden. II.1.2. Asistencia: a clases teóricas 80(OCHENTA)% FELIPE RODRIGUEZ
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REGLAMENTO.(Continuación)
Régimen de cursado (cont.): II.1.3. Coloquio de Integración: el alumno que cumplimento los requisitos anteriores al tiempo del coloquio integrativo deberá asistir al mismo MUNIDO de su carpeta de T.P. Autorizada por su Jefe de T.P. Y tener además aprobados los parciales de acuerdo a la norma II.1.1. II.2. Regular: 100% de los T.P. Aprobados con entregas en las fechas establecidas por el Jefe de T.P. Correspondiente. El incumplimiento deja al alumno en condición de libre. Se pueden recuperar dos T.P. II.2.1.Parciales: 2(dos) y 1(uno) recuperatorio. Nota mínima 4(cuatro) y promedio:4(cuatro). Constan de dos partes ídem al promocional. II. 3. Reválida, reparcialización: teóricos y prácticos FELIPE RODRIGUEZ
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FR PODRAN REPARCIALIZA SOLO AQUELLOS ALUMNOS QUE:
quedaron en condición de REGULAR (regularidad vigente o vencida) habiendo cursado en el ciclo lectivo 2014 que deseen reparcializar para alcanzar la promoción PARA SU INSCRIPCION LOS ALUMNOS DEBEN COMPLETAR LA FICHA DE INSCRIPCION CON SUS DATOS, DECLARACION JURADA Y PRESENTAR CARPETA DE TRABAJOS PRACTICOS APROBADA FIRMADA POR EL DOCENTE CUANDO CURSÓ LA MATERIA Entregar firmada Ficha Individual – Declaración Jurada Disponible en Fotocopiadora Facultad y en cuenta correo electrónico para alumnos Usuario: legislación Contraseña: ingeniería Carpeta de trabajos prácticos aprobada Inscripción en Guaraní (casos regularidad vencida) FR Carrera Asignatura Ingeniería Civil Legislación y Ética Profesional Constructor Legislación Ingeniería Aeronáutica Ingeniera Electrónica Gestión de las Organizaciones Industriales Ingeniería En Computación Ingeniería Biomédica
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Cuatrimestre que cursó
INSCRIPCION REPARCIALIZADO – 1° y 2do Cuatrimestre 2014 CARRERA PLAN Año que cursó Cuatrimestre que cursó APELLIDO: NOMBRES: MATRICULA: D.N.I Nº: DOMICILIO: T.E.: E – mail: Con carácter de “DECLARACION JURADA”, por la presente afirmo encontrarme en condiciones de cursar la materia según las reglamentaciones de esta facultad y régimen de correlatividades. Materias Correlativas MATERIA CALIFICACION FECHA DE EXAMEN 9 FELIPE RODRIGUEZ
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Inscripción Sistema GUARANI
REDICTADO Turno Mañana: LUNES 8.30 a – AULA: ESTRUCTURA Entregar firmada FICHA INDIVIDUAL. DECLARACIÓN JURADA Enviar Ficha Grupal (archivo Excel) a Disponibles en: * PC fotocopiadora Facultad * cuenta para alumnos USUARIO: Contraseña: ingeniería Inscripción Sistema GUARANI FELIPE RODRIGUEZ
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1° PARTE. LAS HERRAMIENTAS JURÍDICAS.
LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO FELIPE RODRIGUEZ
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FELIPE RODRIGUEZ
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VOLVER A LAS HUMANIDADES
1. Es una ampliación del conocimiento devenido en avance tecnológico y científico. 2. Se trata de una instrucción sinóptica y precisa que procura desplazar la natural tendenciosidad a la mera divulgación, a la falta de precisión y rigor conceptual. 3. ¿Para que?: Para fijar y establecer un marco conceptual. Restablecer una unidad de las ciencias y la voluntad de discutir los grandes temas del saber. Recuperar la excelencia y familiarizarnos con las grandes cuestiones. FELIPE RODRIGUEZ
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VOLVER A LAS HUMANIDADES
ALAN BLOOM (Ex - Profesor de Pensamiento Social. Universidad de Chicago - EUA): “El joven que ingresa a la universidad tiene Seis años de libertad para descubrirse a si mismo”. Este tiempo (6 años) media entre dos momentos: a) el Yermo (latín eremos: desierto) intelectual que dejó al finalizar la secundaria; y, b) el adiestramiento profesional, fatigoso, inevitable que aguarda a posteriori de la graduación. FELIPE RODRIGUEZ
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VOLVER A LAS HUMANIDADES
SIGNIFICADO: a) Planteo de un método y de modelos de cómo dar repuestas a cuestiones profesionales, con el hombre en el centro de su actividad de ingeniero; b) Desarrollar un fondo (bagaje), no económico sino técnico, jurídico y ético-filosófico de experiencias y pensamientos compartidos; c) Estudiar los problemas jurídicos y éticos a partir de los contenidos; d) Determinar técnicas de comunicación y análisis. FELIPE RODRIGUEZ
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VOLVER A LAS HUMANIDADES
EN GENERAL PARA TODAS LAS INGENIERÍAS: ORGANIZAR UN ESCENARIO CON LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO – APLICACIÓN Y EFECTOS – CON EL COMPORTAMIENTO Y LA LIBERTAD PROFESIONAL EN UN MARCO DE PRECEPTOS ÉTICOS PROPIOS DE LA PROFESIÓN DE INGENIERO, A PARTIR DE UN ESQUEMA FORMAL RELATIVAMENTE SIMPLE QUE SIRVA DE ORÍGEN A LA PROFUNDIZACIÓN DE CUESTIONES CONCRETAS DEL EJERCICIO PROFESIONAL FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO
El hombre desarrolla toda su actividad dentro del marco de un mundo integrado. En el pueden distinguirse: MUNDO DEL SER Y MUNDO DEL DEBER SER. MUNDO DEL SER: Entre los siglos XIX y la mitad del XX: MUNDO ESTABLE: Establecidas las condiciones iníciales todo está determinado. Leyes de Newton F = m . a Es determinista. Reversible en el tiempo. Simétrico Describe trayectorias a partir de un sistema de coordenadas.- FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación)
Siglo XX (1ra mitad): Aparecen: 1) Planck con la ley de radiación. 2) Schrödinger con la mecánica cuántica. Describe funciones de onda. 3) Einstein y su teoría de la Relatividad. E = m.c2. Equivalencia entre energía y masa. En todo persiste lo determinístico, reversible y simétrico. FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación)
MUNDO DEL SER. 1. De Certidumbre. PRINCIPIOS 2. De Causalidad. FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación)
MUNDO DEL SER. Continuación. Siglo XX. 2da mitaddel siglo XX: Incorporación de la dimensión evolutiva, el indeterminismo y la asimetría del tiempo. MUNDO INESTABLE. Boltzmann – Gell Mann : ENTROPIA: ciencia de los procesos irreversibles orientados en el tiempo. ( lo facilita la termodinámica) CRISTHOFER - EL ENIAC LOS CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA GEOMETRÍA EUCLIDIANA PIERDEN SIGNIFICACIÓN PRECISA EN FÍSICA. NO CONCUERDAN CON LAS LEYES ESPACIALES. EJEMPLO: LA CURVATURA DEL ESPACIO NO COINCIDE CON EL DE LA RECTA – PLANO. FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación)
MUNDO DEL SER. ESTABLE INESTABLE Procesos irreversibles en lo macro. Entropía variable (crece y eso da la dirección del futuro). Excepción: son idealizaciones: procesos reversibles. Entropía constante. Es determinista. Reversible en el tiempo. Simétrico Describe trayectorias a partir de un sistema de coordenadas.- FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
LA NATURALEZA se manifiesta conforme a una regla: Procesos irreversibles en lo macro. Entropía variable (crece y eso da la dirección del futuro). Excepción: son idealizaciones: procesos reversibles. Entropía constante. Siglo XXI. 1ª mitad: Globalización. Virtualización de la realidad. Clonación. FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
Inexorabilidad; De la Naturaleza Enunciatividad; SER Implican relaciones de necesidad. MUNDOS SER Producto de la Actividad Humana. Productos Culturales De la Cultura DEBER SER Conducta humana. La propia actividad humana. Es lo único que puede ser reglado, normado. TELEOLÓGICO: De Fines CONDUCTIVO: De Medios FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
MUNDO DEL DEBER SER. Del comportamiento humano. Conducta humana. El orden de las conductas es el de los comportamientos humanos, se integra en el MUNDO JURÍDICO, en la realidad humana y social y se compone en base a tres ámbitos: a) de las conductas; b) de las normas y c) del valor.- Dado “A” DEBE SER “B” (Principio de Imputación) EN LA MULTITUD EL SENTIMIENTO SE SUMA Y EL PENSAMIENTO SE RESTA.- FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
MUNDOS De la Naturaleza De la Cultura Del Ser Del Deber Ser Inexorabilidad La conducta humana Enunciatividad La propia actividad humana Relaciones de Necesidad Contradictorio FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
1. El Deber Ser es lo único que puede ser reglado, normado. Ello en razón de que el hombre es contradictorio. Son juicios hipotéticos. 2. Es el mundo de las posibilidades del para que suceda o no suceda algo DEBE SER tal conducta. El Mundo del Ser es el de cómo SON las cosas, del como se comportan FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
El DEBER SER puede estudiarse desde dos puntos de vista: A) Teleológico: Deber Ser de los fines B) Conductivo: Deber Ser de los medios. El primer problema: comprender la distinción entre: 1. Penetrar la realidad: conocerla tal COMO ES. 2. Enfrentarse a tal realidad: conocerla tal COMO DEBE SER Es una distinción entre lo que es la realidad y lo que yo conozco de ella. FELIPE RODRIGUEZ
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INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación.
CAUSALIDAD IMPUTACIÓN No tiene punto final en ninguna conducta. Tiene punto final en una conducta. Pertenece al dominio de la necesidad. Pertenece al dominio de la Libertad. Sus reglas son juicios Hipotéticos. Sus reglas son juicios Hipotéticos. Está referido a objetos naturales que son reales, neutros al valor y están en la experiencia. Están referidos a objetos culturales, están en la experiencia y tienen sentido valioso o disvalioso. No actúa según valoraciones humanas. Se refiere a hechos del hombre actuando según valoraciones. FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO COMO OBJETO. OBJETO 1ra DISTINCION: 1º. que exista.
2º. Que sea conocido (está en el sujeto) Lo que existe en cuanto existe es lo real (1º) Lo que existe en cuanto es conocido y tenemos conocimiento de ello, es lo cultural. 2da DISTINCION: 1º. sustancial. 2º. Accidental (cualitativo o cuantitativo) FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO COMO OBJETO. Continuación.
3º DISTINCIÓN: 1º. Individual: ejemplo la silla 2º. Típico: ejemplo un número: 5 sillas. En síntesis el objeto puede ser: Individual Típico Concreto Abstracto Real: existe en el tiempo y en el espacio. Natural y cultural (El Derecho). FELIPE RODRIGUEZ
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EL DERECHO COMO OBJETO. Continuación
Ideal: Universal. General. Típico. Aristóteles: “En el derecho pueden encontrarse cinco causas: I. Causa Eficiente o eficaz. Ej.: Una Obra de Ingeniería II. Causa Ejemplar: es el modelo mental. III. Causa Material: el material usado. IV. Causa Formal: la forma, el diseño. V. Causa Final: la finalidad para la que fue construida FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO - MORAL DERECHO MORAL HETERÓNOMO AUTÓNOMA BILATERAL UNILATERAL
COACTIVO NO COACTIVA FELIPE RODRIGUEZ
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PIRÁMIDE JURÍDICA C.N. Tratados Leyes generales Leyes Especiales
Tratados con rango de norma constitucional Tratados Leyes generales Leyes Especiales Decretos - Reglamentos Disposiciones Normas particulares FELIPE RODRIGUEZ
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COSTUMBRE FORMACIÓN LENTA - AUTOR DESCONOCIDO
Según la Ley Contra de la Ley Fuera de la Ley Derecho No escrito Art. 17 C.C Los Usos y Costumbre no pueden crear derechos sino cuando las leyes se refieran a ellos o en situaciones no regladas legalmente. FORMACIÓN LENTA - AUTOR DESCONOCIDO CONCIENCIA DE SER RESPETADA ( Elemento inmaterial – Subjetivo) REPETICION CONSTANTE (Elemento Material- Objetivo) FELIPE RODRIGUEZ
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COSTUMBRE SURGE ESPONTÁNEAMENTE FORMACIÓN LENTA
CARACTERES AUTOR DESCONOCIDO INCIERTA O IMPRECISA PARTICULARISTA FELIPE RODRIGUEZ
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USOS SOCIALES UNILATERAL HETERÓNOMO INCOERCIBLE REPETICION CONSTANTE
FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO SUBJETIVO OBJETIVO Derecho – Facultad Derecho – Poder
Se confunde e identifica con la ley misma, la norma de conducta que manda, prohíbe o permite. Derecho – Ley Derecho – Norma Norma agendi SUBJETIVO Derecho – Facultad Derecho – Poder Atribución de que goza la persona para obrar. Es la facultad de obrar y de exigir con miras a la satisfacción de un interés honesto y justo, digno de la tutela jurídica. Encierra tres categorías ínsitas: a) El Sujeto (persona); b) el objeto y c) el Título o Causa eficiente FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHOS SUBJETIVOS CLASIFICACIÓN
Derechos que importan directa o inmediatamente a la persona: a) inherentes a la persona: DERECHOS DE LA PERSONALIDAD, innatos y personalísimos. b) en persona ajena: derechos potestativos, DERECHOS DE FAMILIA. DERECHOS INTELECTUALES: categoría intermedia entre I. y II. Derechos que importan directa o inmediatamente sobre los bienes, el el patrimonio. a) derechos de crédito o personales: OBLIGAC. / PERSONALES b) derechos sobre la cosa: REALES FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO CLASIFICACIÓN
1. ABSOLUTOS : DERECHOS REALES FREITAS RELATIVOS: DERECHOS PERSONALES (OBLIGACIONES) CÓDIGO CIVIL TÍTULOS: 1. Preliminares: a) de las leyes en Gral.; b) de los modos de contar los intervalos del derecho 2. Complementarios: aplicación de la Ley. LIBRO I. De las personas LIBRO II. De los derechos personales en las relaciones civiles LIBRO III. De los derechos reales LIBRO IV. De los derechos reales y personales. Disposiciones comunes. FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO CONCEPTOS FACULTAD: Consiste en un poder. Es un acto posible sin riesgo jurídico de sanción. SE CONCEDEN. Actos que SE PUEDEN REALIZAR. DEBER: Es una necesidad de actuar de una manera para no correr el riesgo de una sanción jurídica. SE IMPONEN. SON ACTOS QUE SE DEBEN REALIZAR. No es algo que ocurre sino algo que debe ocurrir. DERECHO: da idea de lo recto. ES una regla que une a los seres humanos. Significados: a) ciencia jurídica; b) Normatividad jurídica; Facultad jurídica; Deber jurídico. FELIPE RODRIGUEZ
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DERECHO CONSTITUCIONAL
ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN. PARTES: 1. PREAMBULO DOGMÁTICA ORGANIZATIVA Condensa las decisiones Derechos y garantías Organiza el Poder Políticas, fines y objetivos nuevos Derechos Tres Poderes y su equilibrio La ideología que funcional. Alumbra el texto Relaciones Nación – Pcias.- Es una Constitución Escrita o Codificada del tipo Racional – normativo, con raíces históricas y establece: a) criterios de reparto; b) principios de normas y c) normas propiamente dichas (Normas Operativas y Normas Pragmáticas – requieren de otras normas ulteriores que la determinen.)
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DERECHO CONSTITUCIONAL
ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN CUESTIONES PREVIAS. SU CONTENIDO: a) El Orden Constitucional: 1. Los Actos de Fuerza 2. El Derecho de Resistencia 3. Delitos contra el Estado 4. Ética Pública b) Derechos Políticos: art. 37 y 38 – Soberanía Popular sufragio – votos – Partidos Políticos c) Derechos Civiles: art. 41 y 42- Pueblos Indígenas etc. d) Garantías: Amparo – Hábeas Data – Hábeas Corpus etc.
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DERECHO CONSTITUCIONAL
ARTICULO 41 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”. “Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.” “Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que ellas alteren las jurisdicciones locales.” “Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos.”
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DERECHO CONSTITUCIONAL
Artículo 42 C.N. “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su.. seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos...., al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos... La legislación establecerá.... los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios.....”.
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DERECHO CONSTITUCIONAL
ARTICULO 75 Asigna jerarquía constitucional a ciertos Tratados Internacionales sobre derechos humanos bajo la condición de que ellos no derogan artículo alguno de la Primera Parte de la Ley Fundamental. Estos Tratados Internacionales de Rango Constitucional deben ser entendidos como complementarios de los Derechos y garantías que la CN reconoce. ARTÍCULO 124 Reconoce la titularidad de los recursos naturales a las Provincias.-
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CUESTIONES QUE INCUMBEN CONOCER PREVIO A SU APLICACION
DERECHO CUESTIONES QUE INCUMBEN CONOCER PREVIO A SU APLICACION PERSONAS. COSAS y BIENES. HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS. DERECHOS REALES Y PERSONALES Felipe Rodríguez
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CODIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO. FUENTES Y APLICACIÓN (1)
Los casos deben ser resueltos según: Las LEYES que resulten aplicables De acuerdo con la CN los TRATADOS de Derechos Humanos La FINALIDAD de la Norma Los USOS, PRÁCTICAS y COSTUMBRES, siempre que no sean contrarios a Derecho.- Felipe Rodríguez
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CODIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO. FUENTES Y APLICACIÓN (14)
Se reconocen: DERECHOS INDIVIDUALES (DI); DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA (DIC). No se ampara El EJERCICIO ABUSIVO de los DI y los DIC cuando afecten el Ambiente Felipe Rodríguez
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PERSONAS PERSONA SEGÚN EL CC:
Es la Investidura jurídica de que goza el sujeto de derecho. Es el sujeto de las relaciones jurídicas o sujeto de derechos y deberes jurídicos. C.C Artículo 30 “Todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Clasificación: C.C. artículo 51, caracteriza a la persona física: “signos característicos de humanidad”. C.C. artículo 32, tipifica a la persona de existencia ideal o persona jurídica: “los que no son de existencia visible”(Contrario sensu) Felipe Rodríguez
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PERSONA SEGÚN EL CU PERSONA:
El nuevo Código Unificado (CU) refiere solo en 3 art. A PERSONA ( ). El CC anterior lo hacía en 16.- No contiene una definición de persona sea física, tampoco caracteriza a la persona física o de existencia visible a la que llama PERSONA HUMANA.- «LA EXISTENCIA DE LA PERSONA HUMANA COMIENZA CON LA CONCEPCIÓN» (19) Incorpora los DERECHOS DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS les confiere: Derecho a la POSESIÓN Y PROPIEDAD COMUNITARIA de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el Desarrollo Humano Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA. ES UNA REALIDAD ONTOLÓGICA Y METAFÍSICA.
ATRIBUTOS: son las calidades inherentes al sujeto y que resultan inseparables. NOMBRE:(Ley 18248). Elementos: a) individual: Apelativo. b) Familiar: Apellido. Naturaleza Jurídica del Nombre: Derecho - Deber. CARACTERES: Necesario / Único / Inmutable / Fuera del comercio; inalienable; inejecutable; imprescriptible; inembargable. Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA (CU). «La PH tiene el derecho y el deber de usar el prenombre y el apellido que le corresponden» (62) El CC en su texto originario no contenía una regulación integral y sistemática en materia de nombre de las personas. Este se encontraba regulado en la Ley de 1969, luego modificada por diversas leyes. El CU contempla en 11 artículos las normas sustantivas concernientes al nombre y apellido, el cambio de ellos y el proceso a seguir en cada caso y se prevén las acciones para la protección del nombre.- El CU deroga aquella Ley y la actualiza.- Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA. Atributos. Continuación: SEGÚN EL CC
CAPACIDAD: C.C. artículo 944: “Aptitud o grado de aptitud para adquirir derechos y posibilidad de administrar y disponer por si.” a) Capacidad de Hecho: C.C. artículos aptitud o grado de aptitud para ejercer por sí actos de la vida civil. Es la capacidad de obrar y presupone la voluntad del agente. b) Capacidad de derecho: Grado de aptitud para adquirir derechos o para ejercer por sí o por otros actos que no le son prohibidos. Jamás puede faltar. 3. ESTADO: Es la situación jurídica que detenta una persona física en un momento de su vida. Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA. Atributos. Continuación: SEGÚN EL CU
CAPACIDAD de DERECHO: (22) : «Toda persona Humana goza de la Aptitud para ser Titular de Derechos y Deberes Jurídicos. La Ley puede privar o limitar esta Capacidad respecto de Hechos, Simples Actos, o Actos Jurídicos» CAPACIDAD de EJERCICIO: (23) «Toda Persona Humana puede Ejercer por si misma sus Derechos, excepto las limitaciones expresamente previstas en este Código y en una Sentencia judicial.-» Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA. ATRIBUTOS. Continuación.
DOMICILIO: Asiento jurídico o lugar donde el derecho considera que la persona tiene el centro de sus relaciones . Es la sede legal de la Persona Humana o Persona Ideal. TIPOS: a) Legal. Artículo 90 ley 18248 b) Real o voluntario. artículos 89/92. c) De origen. Artículo 89 2da. d) Especial. Artículo 102 C.C. significa una extensión de la jurisdicción. Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA (CU). DOMICILIO: Distingue:
1.- Domicilio Real (73) lugar de su residencia habitual o donde desempeña su actividad o profesión.- 2.- Domicilio Legal (74) lugar donde la ley presume sin admitir prueba en contrario que reside de manera permanente.- 3.- Domicilio Especial (75) las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de el emanan.- 4.- Domicilio Ignorado (76) la persona cuyo domicilio no es conocido lo tiene en el lugar donde se encuentra, y si este también se ignora en el último domicilio conocido.- EFECTO DEL DOMICILIO (78) determina la competencia de las autoridades en las relaciones jurídicas. La elección de un domicilio produce la prorroga de la competencia.- Felipe Rodríguez
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PERSONA HUMANA (PH) CU. CU: INVIOLAVILIDAD DE LA PH
«La PH es INVIOLABLE y EN CUALQUIER CIRCUNSTANCIA tiene derecho al RECONOCIMIENTO y RESPETO DE SU DIGNIDAD» (51).- Se incorpora una Regulación Integral y Sistemática de los derechos personalísimos. Es consecuencia del proceso de constitucionalización del derecho privado CSJUN: «El Hombre es el EJE y CENTRO DE TODO SISTEMA JURÍDICO Y, UN FIN EN SI MISMO – más allá de su naturaleza trascendente – su persona es inviolable» NATURALEZA JURÍDICA: los derechos de la personalidad son: subjetivos – innatos – vitalicios – necesarios – esenciales – inherentes – extrapatrimoniales – relativamente indisponibles – oponibles erga omnes Felipe Rodríguez
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PERSONA IDEAL O JURÍDICA.
Artículo 32 del C.C. define a contrario sensu. Naturaleza jurídica: ES UNA REALIDAD DEL PENSAMIENTO JURÍDICO. Presupuestos: se trata de: GRUPO HUMANO ORGANIZADO, Objeto: FIN DETERMINADO, PATRIMONIO PROPIO, REPRESENTACIÓN. Clasificación: Artículo 33° nuevo: de caracter Estado (Nacional; Provincial; Municipal) Entidades Autárquicas Iglesia Católica 1° Público Felipe Rodríguez
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PERSONA IDEAL O JURÍDICA.
Asociaciones y Fundaciones Sociedades Civiles Simples Asociaciones Civiles o Religiosas C.C. Artículo 46 nuevo: Son sujetos de derecho 2. Privado Responsabilidad de la persona jurídica: artículo 43 nuevo: RESPONDEN POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR SUS REPRESENTANTES O SUS DEPENDIENTES O LAS COSAS. Felipe Rodríguez
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PERSONA JURÍDICA .CU (PJ).
«Son PJ todos los ENTES a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación»(141) Existencia (142) comienza desde su constitución. No necesita autorización legal para funcionar, excepto disposición legal en contrario. En los casos que se requiere autorización estatal, la PJ no puede funcionar antes de obtenerla.- ATRIBUTOS Y EFECTOS DE LA PJ (151): a) NOMBRE, con aditamento indicativo de la forma jurídica adoptada ( caracteres: veracidad – novedad y aptitud distintiva) b) DOMICILIO Y SEDE SOCIAL (152): es el fijado en sus estatutos o en la autorización que se le dio para funcionar. Cambio de Domicilio necesita modificación del Estatuto Cambio de Sede puede ser resuelto por el órgano de Administración. c) PATRIMONIO (154): la PJ debe tener un patrimonio. La PJ en formación puede inscribir a su nombre los bienes registrables.- DURACIÓN (155): Ilimitada en el tiempo, excepto que la ley o el estatuto disponga lo contrario OBJETO: (156) debe Ser Preciso y Determinado.- Felipe Rodríguez
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PERSONA JURÍDICA .CU (PJ).
a) El Estado Nacional – las Provincias – La CABA Los Municipios – Las Entidades Autárquicas y Demás organizaciones a las que el ordenamiento Jurídico les confiera ese carácter.- b) Los Estados Extranjeros, las organizaciones Que el derecho internacional reconoce y toda persona Constituida en el extranjero cuyo carácter público Resulte de su derecho aplicable.- c) La Iglesia Católica PÚBLICAS (146) PRIVADAS (148) CLASIFICACIÓN (145) Las Sociedades; La Asociaciones Civiles; Las Simples Asociaciones Las Fundaciones Las Iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas.- las Mutuales; Las cooperativas; El Consorcio de Propiedad Horizontal Toda otra contemplada en este CU o en otras leyes Felipe Rodríguez
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¡¡RECURRAN A SU PROFESOR!!.-
¡¡¡MUCHAS GRACIAS!!! ¡¡SUERTE EN EL CURSADO!! SIEMPRE ANTE LA DUDA: ¡¡RECURRAN A SU PROFESOR!!.- FELIPE RODRIGUEZ
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