Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porEdelmira Adames Modificado hace 9 años
1
CONSEJO VALENCIANO DE CONSUMO De acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Consumidores y usuarios, se crea el Consejo valenciano de Consumo, que se integra en la Conselleria de Sanidad y consumo siendo esta su sede.
2
El Consejo, como órgano asesor de la Generalitat, tiene las siguientes funciones: Asesorar e informar en todo lo relativo a la protección de los Consumidores y usuarios.Asesorar e informar en todo lo relativo a la protección de los Consumidores y usuarios. Proponer acciones o programas de defensa de los derechos de los Consumidores.Proponer acciones o programas de defensa de los derechos de los Consumidores. Fomentar el diálogo entre empresarios, consumidores, sindicatos y Adm. Públicas.Fomentar el diálogo entre empresarios, consumidores, sindicatos y Adm. Públicas. Conocer e informar sobre las normas generales que se elaboren en materia de consumo.Conocer e informar sobre las normas generales que se elaboren en materia de consumo. Intervenir en materia de arbitrajeIntervenir en materia de arbitraje
3
El Consejo, está compuesto por: CONSEJO PRESIDENTE CONSELLER SANIDAD Y CONSUMO VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE DIRECTOR GENERAL DE CONSUMO VOCALES serán 22 miembros 5 Asociaciones De consumidores. De consumidores. 3 Uno por cada provincia de la C. Valenciana. 3 Uno por cada provincia de la C. Valenciana. 2 Sindicatos 2 Sindicatos 1 Industria y navegación de la C. valenciana. 1 Industria y navegación de la C. valenciana. 2 Org. Empresariales. 2 Org. Empresariales. 6 Profesionales sanitarios, no sanitarios y técnicos 6 Profesionales sanitarios, no sanitarios y técnicos de prestigio. de prestigio. 1 Conselleria Industria, Comercio y Turismo. 1 Conselleria Industria, Comercio y Turismo. 1 Conselleria Agricultura y pesca. 1 Conselleria Agricultura y pesca. 1 Conselleria Sanidad y Consumo. 1 Conselleria Sanidad y Consumo. Actuará como Secretario, sin voz pero sin voto, un funcionario de la dirección de consumo. Vicepresidente, sustituirá al Presidente en caso de ausencia.
4
EL CONSEJO Actuará a través de PLENO Estará compuesto : Presidente Vicepresidente Vocales Secretario * Éstos ejercerán las funciones propias del Consejo. * Deberá reunirse por convocatoria del Presidente al menos 1 vez cada 3 meses. * Será válido cuando asistan, en 1ª Conv la may. Absoluta y en 2ª Conv la 1/3 parte media hora más tarde. COMISIONES DE TRABAJO * Serán creadas por el Presidente del Consejo a propuesta del Pleno, y estarán integradas por miembros del Consejo. * Su función será el estudio e informe de las cuestiones que les encomiende el Pleno.
5
La representación de los vocales será por escrito y para cada sesión del Consejo. Podrán incorporarse a las reuniones los asesores, con voz pero sin voto, con el fin de colaborar en la resolución de temas concretos. Los Vocales integrados en el Consejo, serán renovados cada 2 años. El cargo de Vocal del Consejo, no llevará retribución alguna. Los vocales:
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.