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Publicada porEmiliano Salina Modificado hace 11 años
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Caracas Ronald Evans Márquez Baker & McKenzie International is a Swiss Verein with member law firms around the world. In accordance with the common terminology used in professional service organizations, reference to a partner means a person who is a partner, or equivalent, in such a law firm. Similarly, reference to an office means an office of any such law firm. Ley de Impuesto sobre la Renta, Exoneración 2007-2008 e Impuesto al Patrimonio IV Jornadas Tributación Agrícola Caracas, 29 de octubre de 2007 Jorge A. Jraige Roa
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 2 Aspectos Generales de la Ley de ISLR Hecho Imponible –Renta Territorial vs. Renta Mundial Sujetos Pasivos –Contribuyentes domiciliados –Contribuyentes no domiciliados Con establecimiento permanente Sin establecimiento permanente
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 3 Aspectos Generales de la Ley de ISLR Disponibilidad –Pago –Realización de operaciones –Devengado Territorialidad –Causa ocurrida en Venezuela –Explotación del suelo o sub-suelo –Bienes muebles o inmuebles situados en el país, etc.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 4 Aspectos Generales de la Ley de ISLR Alícuota impositiva –Personas naturales Mínimo (1.500 U.T. o 2.625 U.T.) Tarifas (6% - 34%) No residentes (34%) –Personas jurídicas No monto mínimo Tarifas (15%; 22%; 34%) No domiciliados (34%)
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 5 Aspectos Generales de la Ley de ISLR Rebajas por nuevas Inversiones –Actividades ordinarias (menos hidrocarburos) 10% –Actividades Agrícolas, Pecuarias, Pesqueras 80% (provecho mutuo) –Rebaja Adicional 10% (conservación, defensa y mejoramiento del ambiente)
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 6 Renta Territorial Operativa IB T - (c T + G T )RN OPERATIVA (Cálculo separado) Ajustes por Inflación (+)o(-)(+)o(-) RNO AJUSTADA (Cálculo separado) Renta Extraterritorial I B E - (C E + G E ) R N E Multiplicado por Tarifa aplicable Impuesto – Rebajas aplicables Renta Neta Global
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 7 Aspectos Generales de la Ley de ISLR Régimen de Transparencia Fiscal Int. –Inversiones en jurisdicción de baja imposición –Presunción de gravabilidad en ausencia de reparto de ingresos, dividendos o utilidades –Deberes formales Régimen de Precios de Transferencia –Mecanismo de control de ingresos y gastos –Normas de Sub-capitalización (Thin Capitalization)
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 8 Convenios para evitar la Doble Imposición (CDI) Prioridad de los CDI sobre la legislación fiscal nacional [Artículo 2(2) del COT]. Los CDI distribuyen potestad tributaria. Los CDI limitan la potestad tributaria del país de la fuente. Ejemplo: Los convenios no autorizarían la aplicación de algunas normas sustantivas. Ej. Dividendo presunto a las sucursales (salvo EE.UU.) Los CDI extienden poderes de la Administración en materia de fiscalización
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 9 Convenios para evitar la Doble Imposición (CDI) Venezuela ha suscrito CDI con: EE.UU., Canadá, Barbados, Brasil, China, Trinidad y Tobago, Alemania, Reino Unido, Italia, Francia, Bélgica, Holanda, España, Portugal, República Checa, Suecia, Dinamarca, Suiza, Kuwait, Cuba, Irán, Rusia;
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 10 Exoneración de ISLR Evolución Legislativa Decreto No. 838 del 31 de Mayo de 2000 –Del 19 de julio de 2000 al 31 de diciembre de 2003 Decreto No. 3.363 del 20 de diciembre de 2004 –Del 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2006 Decreto No. 5.165 del 9 de febrero de 2007 –Del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2008
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 11 Exoneración de ISLR Ámbito de Aplicación Enriquecimientos Netos Territoriales Explotación primaria Contribuyentes registrados –Definición –Procesos incluidos –Propietarios del fundo o medianeros/aparceros Solicitud de inscripción
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 12 Exoneración de ISLR Condiciones para la aplicación Inversión del impuesto dejado de pagar –Cuándo? –En qué? –Cómo? Cumplimiento de otras obligaciones (Ley de ISLR) –Presentación de declaraciones Declaración de rentas gravadas y exoneradas Declaración jurada de inversión (MPPAT) –Exhibición de declaraciones –Contabilidad, facturas, etc.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 13 Exoneración de ISLR Otros Aspectos Prorrateo de gastos comunes Gastos generales * (RBE/RBG) Prohibición de compensar pérdidas Aplicación Temporal –Ejercicio fiscal de la inscripción en el registro –Hasta ejercicios iniciados antes del 31/12/2008
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 14 Impuesto al Patrimonio Aspectos Generales Existe sólo en 7 países, incluyendo España, Colombia y Argentina. Hay una tendencia mundial a su eliminación. En prácticamente todos los casos se hizo por tres razones principales: –Se consideró injusto, arbitrario y tremendamente desincentivador del ahorro; –Era prácticamente irrelevante en cuanto a capacidad recaudatoria; –Dificultad de control y fiscalización.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 15 Aspectos Generales ahorroUna de las claves de la generación de riqueza de un país es el ahorro, es decir, la acumulación de patrimonio. Este anacrónico impuesto fomenta la congelación del patrimonio y la inactividad inversora, perjudicando los ingresos de la Hacienda Pública en el largo plazo. No se debe olvidar que la riqueza de un país sólo es la suma de la riqueza de sus ciudadanos. A finales del 2002, un importante estudio de la Lund University concluyó que existe una fuerte evidencia de que los Impuestos sobre el Patrimonio reducen el crecimiento económico, después de estudiar 20 países de la OCDE (entre ellos España) durante un período de 20 años (1980-1999).
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 16 Aspectos Generales Se ha llegado a considerar el impuesto como ilegal, en virtud de un supuesto de doble imposición interna, al pagarse impuestos por la obtención de una renta o al heredarse una propiedad, y posteriormente se volvería a pagar impuestos por esa renta obtenida o por ese bien heredado. Es un tributo que castiga el ahorro y promueve el consumo Es países como Francia ha ocasionado la emigración a países vecinos y/o la desmaterialización de los activos hacia entidades extranjeras poseídas por otras entidades como fundaciones.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 17 Aspectos Generales El Proyecto ya se encuentra totalmente elaborado por el SENIAT. Originalmente, se consideró su posible presentación para la discusión en la Asamblea Nacional el segundo semestre de 2006. Se entiende que el impuesto sustituirá el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 18 ¿Qué es el impuesto al Patrimonio y qué grava? Es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio bruto de las personas naturales al 31 de diciembre de cada año. Se ha pensando como un impuesto mínimo a la renta.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 19 ¿Cuál es el ámbito de aplicación del Impuesto? Se trata de un impuesto sobre los bienes y derechos patrimoniales de las personas naturales, situados en el país o en el exterior, no incorporados a actividades económicas o profesionales del contribuyente. Constituirá el hecho imponible del impuesto, la titularidad o propiedad al 31 de diciembre de cada año, de bienes y derechos patrimoniales por parte de personas naturales domiciliadas o no el país, no incorporados a actividades económicas o profesionales propias, con independencia que se hubiera pagado parcialmente el precio de adquisición.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 20 ¿Quiénes son contribuyentes del Impuesto? Las personas naturales domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior. Las personas naturales domiciliados en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país. Esto incluye los bienes en Venezuela de venezolanos residenciados en el exterior.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 21 ¿Cuáles son bienes o derechos sujetos a tributación? Constituye el hecho imponible del Impuesto la titularidad por el sujeto pasivo en el momento del devengo (normalmente 31 de diciembre) del patrimonio bruto. La Ley presume que forman parte del patrimonio de un contribuyente todos aquellos bienes y derechos que hubieran pertenecido al mismo en el momento del anterior devengo (31 de diciembre del año anterior), salvo prueba de transmisión o pérdida patrimonial.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 22 BIENES UBICADOS EN VENEZUELA Los inmuebles ubicados en el territorio nacional; Los derechos reales constituidos sobre bienes inmuebles situados en el territorio nacional; Las naves y aeronaves de matrícula nacional, vehículos automotores embarcaciones, veleros y similares registrados en el país; El dinero y los depósitos en dinero que se hallaran en el territorio nacional al 31 de diciembre de cada año; Títulos y acciones, cuotas de participación. Bienes muebles y semovientes.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 23 BIENES UBICADOS EN EL EXTERIOR Los inmuebles; Los derechos reales constituidos sobre dichos bienes inmuebles; Las naves y aeronaves de matrícula extranjera, vehículos automotores embarcaciones, veleros y similares registrados en el exterior; Los depósitos en dinero con saldo acreedor al 31 de diciembre de cada año; Títulos y acciones, cuotas de participación de sociedades extranjeras; Créditos cuyos deudores se domicilien en el exterior; Bienes muebles y semovientes.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 24 ¿Qué bienes y derechos están exentos del Impuesto? La vivienda principal del contribuyente Los derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial mientras permanezcan en el patrimonio del autor Los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional Los bonos de deuda pública nacional y cualquier otra modalidad de título valor emitido por la República El ajuar doméstico (efectos personales y del hogar, utensilios domésticos y demás bienes muebles de uso particular) Las cuotas sociales de cooperativas
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 25 ¿Qué bienes y derechos están exentos del Impuesto? Según el Artículo 9, no serán aplicables a la materia impositiva regida por las disposiciones de esta Ley, las normas de otras Leyes que otorguen exenciones, exoneraciones u otros beneficios fiscales distintos a los aquí previstos, o que se opongan o colidan con las normas aquí establecidas ¿No es que estamos en presencia de un impuesto mínimo a la renta? ¿Qué pasa si una persona vive solo de una pensión que está por naturaleza exenta del ISLR? ¿O de intereses obtenidos en cuentas de ahorro en el país? La Ley española exime por ejemplo Los derechos consolidados de los partícipes en un plan de pensiones
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 26 ¿A quién hay que imputar los bienes? Los bienes, derechos, cargas, gravámenes, deudas y obligaciones se imputarán a los sujetos pasivos, según las normas sobre titularidad jurídica aplicables en cada caso y en función de las pruebas aportadas por aquellos o de las descubiertas por la Administración. Los bienes o derechos comunes en matrimonios en régimen de gananciales podrán ser declarados por uno de ellos junto con sus bienes propios, sino cada uno declarará sus propios bienes y la mitad de los gananciales. Bienes de menores Caso de bienes o derechos adquiridos a crédito o con reserva de dominio.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 27 ¿Quién tiene que presentar declaración de patrimonio? Las personas naturales domiciliadas en el país, cuyos bienes y derechos patrimoniales (excluidos bienes y derechos exentos) al 31 de diciembre de cada año sean superiores al equivalente de quince mil unidades tributarias (15.000 UT) [Bs. 565 millones con la Unidad Tributaria de Bs. 37.632]. No obstante, la Administración Tributaria, podrá exigir que presenten la declaración del impuesto en los términos y condiciones establecidos en la Ley.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 28 ¿Cuál es la alícuota o tasa del Impuesto? Acreditación contra ISLR El impuesto a pagar, surgirá de la aplicación de la alícuota del uno por ciento (1 %) sobre el valor total de los bienes y derechos patrimoniales sujetos al impuesto. El impuesto al patrimonio pagado podrá ser acreditado contra el impuesto sobre la renta del contribuyente determinado en el mismo ejercicio tributario, en virtud de la aplicación de la Tarifa Nº 1 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 29 Reconocimiento o acreditación de los impuestos pagados en el extranjero Los contribuyentes del Impuesto al Patrimonio podrán acreditar como pago a cuenta las cantidades efectivamente pagadas en el exterior por impuestos similares al establecido en esta Ley, siempre y cuando dichas cantidades se hayan causado respecto de los mismos bienes y derechos patrimoniales gravados con en esta Ley. Este crédito sólo podrá computarse hasta el incremento de la obligación fiscal originado por la incorporación de los bienes situados con carácter permanente en el exterior. El monto del impuesto acreditable, no podrá exceder al causado conforme a lo dispuesto en esta Ley.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 30 ¿Cómo se determina el patrimonio bruto ? La base imponible de este Impuesto está constituida por el valor del patrimonio bruto del sujeto pasivo, el cual se determina según el valor de los bienes y derechos de que sea titular el sujeto pasivo al 31 de diciembre de cada año.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 31 ¿Qué valor le debo atribuir a los bienes? Inmuebles adquiridos: –Valor catastral; –El precio, contraprestación o valor de la adquisición; –El determinado conforme a las tablas que al efecto elabore anualmente la Administración Tributaria, según sea el mayor. Vehículos automotores, aeronaves, naves, yates, veleros y similares de matricula nacional: –El precio de mercado al 31 de diciembre de cada año o; –El valor de adquisición, construcción o fabricación, actualizado conforme a los índices que elabore anualmente la Administración Tributaria; según sea el mayor.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 32 ¿Qué valor le debo atribuir a los bienes? Depósitos y créditos en moneda extranjera: se valoraran de acuerdo con el tipo de cambio para la compra fijado por el BCV al 31 de diciembre de cada año, incluyendo el importe de los intereses que se hubieran devengado a dicha fecha; Depósitos en cuentas corrientes, de ahorros, depósitos en custodia o en cualquier otra clase de depósitos a la vista, fondos de activos líquidos, fiduciarios y en otros fondos del mercado financiero o en cualquier otro instrumento financiero: se valorarán por el saldo que arrojen al 31 de diciembre de cada año, salvo que aquél resultase inferior al saldo promedio correspondiente al último trimestre del año, en cuyo caso se aplicará este último
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 33 ¿Qué valor le debo atribuir a los bienes? Títulos públicos, acciones de sociedades anónimas y en comandita, y demás títulos valores, incluidos los emitidos en moneda extranjera, que se coticen en bolsas o mercados organizados: se valorarán conforme a su cotización al 31/12 de cada año. Los que no coticen en Bolsa, se valorarán de acuerdo al último balance aprobados al 31/12 Joyas, pieles, objetos de arte y antigüedades: se computarán por el valor de mercado al 31 de diciembre de cada año. Derechos derivados de propiedad intelectual: precio de adquisición
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 34 Medidas de control fiscal Los jueces, los notarios y los registradores civiles y mercantiles, deberán remitir a la Administración Tributaria, en la forma y condiciones que esta determine, las informaciones que con carácter particular o general esta le requiera. La Administración está facultada por el COT para exigir a bancos, gremios, terceros, asociaciones, clubes, etc. información relativa a sus miembros.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 35 Interacción con los Convenios para evitar la doble tributación Venezuela tiene más de 20 Convenios tributarios con las principales economías del mundo (USA, Canadá, países europeos, incluyendo Suiza). Muchos de los Convenios incluyen impuestos al patrimonio Los Convenios prevén intercambio de información fiscal y algunos asistencia en la recaudación
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 36 Interacción con los CDI Algunos CDI establecen que Venezuela adopta el método de exención como método para evitar la doble tributación. De ser ese el caso, habría que determinar si el método aplica a los impuestos patrimoniales, en cuyo caso dichos activos quedarían excluidos de la base imponible del impuesto al patrimonio El COT reconoce la supremacía de los CDI.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 37 Red de Convenios: BITs Venezuela cuenta actualmente con 23 convenios de promoción y protección de inversiones con los siguientes países: Alemania, Argentina, Barbados, Brasil, Canadá;Chile, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, España, Cuba, Francia, Gran Bretaña, Lituania, Países Bajo (Holanda), Paraguay, Perú, Portugal, República Checa, Suecia, Suiza, Uruguay, Unión Económica Belgo- Luxemburguesa.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 38 Controversias. BITs establecen que con miras a una solución amistosa de cualquier controversia entre una Parte Contratante y un Inversor de la otra Parte Contratante, se celebrarán consultas entre las partes afectadas. Sin embargo, de no lograrse una solución amistosa dentro de un plazo (ej. seis (6) meses desde la fecha de solicitud para celebrar las consultas), el inversor podrá someter las disputas al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) creado por el Convenio de Washington de 18 de marzo de 1.965 sobre Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, ratificado en Venezuela y publicado Gaceta Oficial No. 35.685 de fecha 3 de abril de 1.995.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 39 Procedimiento CIADI tiene por objeto facilitar la sumisión de las diferencias relativas a Inversiones entre Estados Contratantes y nacionales de otros Estados Contratantes (o Personas Jurídicas) a un procedimiento de conciliación y arbitraje de acuerdo con las disposiciones de este Convenio. En este sentido existen dos medios alternativos de resolución de controversias, la conciliación y el arbitraje.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 40 Expropiación Especial relevancia tiene la protección que se les da a las Inversiones bajo los BITs. Ninguna de las Partes Contratantes tomará directa o indirectamente medida alguna de expropiación o nacionalización ni ninguna otra medida que tuviere la misma naturaleza o efecto, contra las Inversiones de Inversores de la otra Parte Contratante, salvo que dichas medidas se tomen por causa de interés público, que no sean discriminatorias, se ajusten a la Ley, y den lugar a una compensación efectiva y adecuada. Dicha compensación representará el valor de mercado de la Inversión expropiada inmediatamente antes de que las medidas expropiatorias fueren tomadas o se hicieren del conocimiento público, si ocurriere antes; incluirá intereses desde la fecha de expropiación, será pagada sin demora en moneda de libre convertibilidad a las personas autorizadas para ello y será libremente transferible.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 41 Vannessa Ventures Ltd. (Proyecto Minero de Oro y Cobre) Estatus: Suspendido I&I Beheer B.V. (Instrumentos de deuda) Estatus: Pruebas Vestey Group Ltd (Hato Charcote) Estatus: Suspendido a petición de parte interesada Eni Dacion B.V. (Convenio Operativo Hidrocarburos) Estatus: Pendiente constitución Tribunal Experiencias Prácticas (Casos pendientes)
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 42 Fedax N.V. v. Republica de Venezuela / Instrumentos de deuda (1998) GRAD Associates, P.A. v. Republica Bolivariana de Venezuela / Contrato de construcción y modernización de cárceles (2002) Autopista Concesionada de Venezuela, C.A. v. Republica Bolivariana de Venezuela / Construcción de autopista (2003) Experiencias Prácticas (Casos decididos)
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 43 Muchas Gracias por su Atención
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 44 Experiencia práctica con los BITs En los casos en que Venezuela ha resultado la parte perdidosa (como el reciente caso de Aucoven), Venezuela canceló la indemnización acordada por CIADI en menos de 10 días Es posible plantearse la ejecución de un fallo del CIADI contra activos del gobierno venezolano en el exterior, especialmente en EE.UU., siempre y cuando los tribunales de ese país acuerden tener jurisdicción para el caso Las desventajas de los procesos ante CIADI son: (i) costos del procedimiento y (ii) su duración.
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IV Jornadas de Tributación Agrícola ©2007 Baker & McKenzie 45 Jorge A. Jraige R. jorge.jraige@bakernet.com (0212) 276.50.72
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