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SEGUROS AMBIENTALES.

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Presentación del tema: "SEGUROS AMBIENTALES."— Transcripción de la presentación:

1 SEGUROS AMBIENTALES

2 Marco Jurídico del Seguro Ambiental
Constitución Nacional Argentina: Artículo 41 Ley General de Ambiente Nº Resoluciones de la SAyDS Resoluciones conjuntas de la SAyDS y Secretaria de Finanzas

3 El Seguro Ambiental de la Ley 25675 Las exigencias legales
Art Obligación de contar con un seguro “que tenga entidad suficiente para garantizar el financiamiento del daño” Art. 27. El daño ambiental es definido como “toda alteración relevante, que modifique negativamente, el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas o los bienes o valores colectivos” Art. 28. el causante del daño es “objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior a su producción” (salvo imposibilidad técnica)

4 Seguro ambiental obligatorio Artículo 22 de la LGA
Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir; asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación.

5 Seguro ambiental obligatorio Artículo 22 de la LGA
Una estrategia que permite resolver una parte del problema que plantea el daño ambiental de incidencia colectiva: Ataca el problema de la insolvencia ante el daño ambiental. Promueve la prevención. Promueve el control entre particulares, asegurador y asegurado. Premia económicamente la gestión ambientalmente responsable. Permite la internalización de costos ambientales y por ende limita su injusta socialización.

6 Normativa Específica Resoluciones SAyDS: 177/07 (BO 13.3.07)
Y Proyecto de Resolución SAyDS sobre montos mínimos asegurables Resoluciones Conjuntas: SAyDS 178/07 y SF 12/07 (BO 13/3/07) SF 98/07 y SAyDS 1973/07 (BO ) Y Proyecto de Resolución Conjunta SAyDS/SF,

7 Elementos del artículo 22
1. Actividades riesgosas que deben contratar el seguro. Resoluciones SAyDS 177, 303 /07 y 1639/07 2. Entidad suficiente de la cobertura. Criterio para determinarlo Resolución 177/07. Montos mínimos asegurables, Resolución proyectada. 3. Alcance exigible de la recomposición ambiental. Resolución conjunta 98 y 1973, Pautas mínimas 4. Autoseguro y Fondo de restauración. Requisitos y alcance. Proyecto de resolución conjunta

8 Actividades riesgosas que deben contratar el seguro por daño ambiental
Criterios de inclusión - restrictivo. Actividades con mayor potencial contaminante. Principalmente las industriales. Listadas Anexo I de la Resolución SAyDS 1639/07, clasificadas conforme con el CIIU -Código Industrial Internacional Unificado-. Que verifiquen mediana o alta complejidad ambiental, conforme con una formula polinómica establecida en el Anexo II de la Resolución SAyDS 1639/07.

9 Actividades riesgosas para el ambiente Anexo I, Resolución SAyDS 1639/07
Principales rubros comprendidos: Industria química y metalúrgica Industria de la celulosa y del papel Industria textil y curtiembres Grandes obras de infraestructura Depósitos de sustancias contaminantes Productos alimenticios Actividad minera Transporte Combustibles Reciclaje y plantas de tratamiento

10 Anexo II, Resolución SAyDS 177/07 NCA – Nivel de Complejidad Ambiental
Criterios para asignar mayor o menor complejidad ambiental a una actividad Rubro industrial al que pertenecen (ru) Efluentes líquidos, gaseosos y sólidos (residuos) o semisólidos generados (er) Riesgos generados, considerando distintos tipos de riesgo para la población y el ambiente (ri) Dimensionamiento de la instalación según la superficie ocupada, la potencia instalada y la dotación de personal (di) Localización, teniendo en cuenta la zonificación y la infraestructura de servicios que posee (lo)

11 Entidad suficiente de la cobertura
Criterios para establecer los montos mínimos asegurables que otorguen “entidad suficiente” a la cobertura. Resolución SAyDS 177/07. Nivel de complejidad ambiental de la actividad (NCA). Gestión ambiental preventiva adoptada por el titular de la actividad. Sensibilidad del entorno donde se sitúe el emplazamiento.

12 PAUTAS MÍNIMAS para las pólizas de seguro por daño ambiental
Sujetos del contrato en el seguro ambiental. Determinación de la Autoridad de aplicación. Objeto de la cobertura Configuración del daño ambiental Alcance de la Recomposición Inclusión de los costos del Salvamento Casos en que procede la Compensación Determinación de la BASE mínima DE COBERTURA Definición, verificación e indemnización del siniestro Límite a las Franquicias: Hasta el cinco por ciento (5%) de la suma asegurada. VIGENCIA mínima DE LA COBERTURA: 1 (un) año. Pago de la prima, por adelantado y al contado.

13 Daño a cubrir por el seguro ambiental obligatorio
Daño ambiental de incidencia colectiva Artículo 27 de la LGA entiende por daño ambiental a:“Toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas o los bienes y valores colectivos.” Este es el daño que ocurre sobre algún elemento del ambiente, con prescindencia de que éste se traduzca en un daño sobre una persona o sus bienes.

14 Obligación de recomponer
Artículo 41 CN: El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Según el artículo 28 de la Ley , la recomposición consistirá en “restablecer al estado anterior la producción del daño”. De manera similar lo establece el Código Civil, artículo 1083: El resarcimiento de daños consistirá en la reposición de las cosas a su estado anterior.

15 La recomposición ambiental exigible al Asegurador
En el marco del seguro, la obligación de recomponer es entendida como “Volver las cosas al estado anterior a la contratación del seguro” Obviamente, la obligación del asegurador nunca superará a la del asegurado. Con lo cual la obligación de volver las cosas al estado anterior a la contratación del seguro nunca superará la exigencia de alcanzar niveles de riesgo aceptables para la salud humana y para la autoregeneración de los recursos.

16 ¿Que implica la adopción del seguro para los distintos sectores comprendidos?
Para los titulares de las actividades riesgosas, mayormente industrias: Deben incorporar un costo más a los previstos para su actividad. Además de adecuar su actividad a las practicas ambientales responsables para poder conseguir cobertura. Para las aseguradoras: Ser creativas y proponer productos novedosos para el mercado, con el marco de incertidumbre que el riesgo por daño ambiental implica. Además del esfuerzo que les pedimos que hagan por generar una oferta sólida y variada. Para la autoridad de aplicación, un esfuerzo técnico y jurídico para darle un marco de razonabilidad y sensatez a la exigencia legal del artículo 22 de la LGA.

17 El Seguro como Instrumento
Daño ambiental puede perjudicar: numero indeterminado de personas, por tiempo y espacio indeterminado, a los recursos naturales : difícil valuación La herramienta de evaluación de riesgos, cuantifica y hace posible el seguro u otra forma de garantìa. Seguro ambiental sujeto a la conducta del asegurado (intransferibilidad del riesgo por falta de gestión o incumplimiento normativo) Bajar riesgo es reducir siniestralidad

18 El 26 de agosto de 2008 la Superintendencia de Seguro de la Nación (Proveído SSN), tras el acuerdo de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, aprobó la primera póliza de seguro ambiental obligatoria ajustada a los términos de la Ley General de Ambiente. Se trata de una póliza de seguro por daño ambiental de incidencia colectiva que garantiza el deber de reparar los daños colectivos que la acción del contratante inflija al suelo y al agua.

19 La póliza autorizada En esta póliza, el Estado (nacional, provincial o municipal) es el asegurado; el titular de la actividad riesgosa asegurada es quien contrata la cobertura y afronta la prima de riesgo, y el asegurador es la compañía que emite la póliza. Por tanto, es el Estado, en representación de la comunidad, quien traslada el riesgo a la aseguradora para lograr certidumbre en cuanto a que la reparación de un daño ambiental se va a llevar a cabo.

20 La póliza autorizada La póliza en cuestión es un instrumento contractual que obliga a reparar en vía administrativa los daños ambientales definidos por la ley ante el incumplimiento del obligado, y se basa en un régimen de responsabilidad objetiva, sin intervención de culpa o infracción normativa de quienes contaminen, y coexiste, a su vez, con un sistema de responsabilidad por culpa o negligencia.

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22 Prudencia Compania Argentina de Seguros S.A.. Nación Seguros S.A..
Nómina de empresas Aseguradoras con Factibilidad y Capacidad Operativa para la Recomposición Ambiental de Sitios Contaminados con Residuos Peligrosos en el marco de la Ley , y normas complementarias. Escudo Seguros S.A.. Prudencia Compania Argentina de Seguros S.A.. Nación Seguros S.A.. Testimonio Compania de Seguros S.A.

23 Por tanto, para las empresas la contratación de la póliza ya es obligatoria y paulatinamente la exigibilidad se irá acentuando en la medida que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, como así también los organismos provinciales y municipales o la Ciudad de Buenos Aires, comiencen a requerir la presentación con mayor rigurosidad.

24 Actividades a realizar por la CONSULTORA para la contratación de un seguro ambiental
Evaluaciones del Impacto Ambiental que generan las diferentes actividades localizadas en la/s empresa/s Análisis de Riesgo Ambiental Programas de Monitoreos Ambientales sobre diferentes sectores Información, Comunicación y Sistemas de Registros Ambientales Educación Ambiental Formal y No Formal

25 Actividades a realizar por la CONSULTORA para la contratación de un seguro ambiental
Minimización del riesgo: (y primas) Gestión dinámica del daño o la amenaza EIA (medio objetivo de determinar posible daño) Auditoria de riesgos Análisis de riesgo Análisis de pasivos Relaciones con la comunidad Sistema de gestión ambiental

26 Actividades a realizar por la CONSULTORA para la contratación de un seguro ambiental
Evaluación de Impacto Ambiental Auditoría Ambiental y de Riesgo Análisis de Riesgo / Pasivos Nivel de Complejidad Ambiental

27 Actividades a realizar por la CONSULTORA para la contratación de un seguro ambiental
Minimización de Riesgos Amb. Sistema de Gestión Ambiental Contratación Seguro Ambiental Monitoreo y Evaluación


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