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ABC DEL CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

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Presentación del tema: "ABC DEL CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA"— Transcripción de la presentación:

1 ABC DEL CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
COMISARIA DE FAMILIA República de Colombia Departamento de Boyacá Municipio de Campohermoso

2 ¿QUE DEBEMOS SABER? ¿Que es el código de la infancia y la adolescencia? ¿ Cuales son sus principios? ¿ Cuales son los derechos de los niños, niñas y adolescentes? ¿ Quienes deben garantizar los derechos? ¿Cuáles son las instituciones protectoras de los derechos de los niños?

3 ¿QUE DEBEMOS SABER? ¿Qué es el sistema de responsabilidad penal para adolescentes? ¿Cual es su: Finalidad Sanciones y Derechos

4 El código de la infancia y la adolescencia
Es el conjunto de normas para la protección de niños, niñas y adolescentes y tiene como fin garantizarles su desarrollo integral para que crezcan en el seno de su familia y su comunidad en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.

5 Protección Integral Interés Superior Corresponsabilidad Perspectiva de Género

6 Los derechos de los niños, niñas y adolescentes
Una buena calidad de vida Protección contra toda forma de maltrato o abuso. Rehabilitación y socialización A tener una familia y no ser separado de ella. Custodia y cuidado personal Alimentación, vestido, habitación, educación, recreación y salud A la identidad mediante el registro civil Debido proceso A la intimidad A la protección laboral Al libre desarrollo de la personalidad

7 Los encargados de asegurar los derechos son
LA FAMILIA: El núcleo de la sociedad y por ende la primera institución que debe velar por los derechos de sus integrantes LA SOCIEDAD: Comunidad donde se desenvuelve y desarrolla el ser humano EL ESTADO: máximo ente garantizador de derechos en defecto de los anteriores

8 Instituciones a las cuales acudir
Cuando nuestros derechos sean vulnerados Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Defensorías de familia Comisarías de familia Procuradurías, defensoría del pueblo y personerías Policía Nacional - Policía de la infancia y la adolescencia Inspectores de policía

9 Sistema de responsabilidad penal para adolescentes
Es el conjunto de principios, normas procedimientos autoridades judiciales especializadas y entes administrativos, que intervienen en la investigación y juzgamiento de los delitos cometidos por personas entre 14 y 18 años Finalidad Establecer medidas de carácter educativo y preventivo y no sancionatorio o represivo, privilegiando el interés superior del niño y garantizando la justicia , la verdad y la reparación del daño cuando un menor comete una infracción penal

10 Sistema de responsabilidad penal para adolescentes
Los menores de 14 años no serán juzgados , declarados responsables penalmente ni privados de la libertad por delito, en este caso se les impondrá medidas de protección y se vincularan a procesos de educación. Igualmente para las personas mayores de 14 y menores de 18 años con discapacidad psíquica o mental.

11 Sistema de responsabilidad penal para adolescentes
Los menores de 14 años no serán juzgados , declarados responsables penalmente ni privados de la libertad por delito, en este caso se les impondrá medidas de protección y se vincularan a procesos de educación. Igualmente para las personas mayores de 14 y menores de 18 años con discapacidad psíquica o mental.

12 Sanciones Amonestación Reglas de conducta
Prestación de servicios a la comunidad Libertad asistida Internación en medio semicerrado Privación de la libertad en centro de atención especializada

13 Algunos derechos en el sistema de responsabilidad penal
Ningún menor de edad autor o participe de un delito podrá ser esposado Debido proceso penal y sus garantías Ser mantenido preferiblemente en su medio familiar durante la ejecución de la sanción Presentar peticiones y a que se le responda Continuar su proceso educativo de acuerdo con su edad y grado académico

14 Algunos derechos en el sistema de responsabilidad penal
A que su familia sea informada sobre los derechos que a ella y al menor le corresponden Permanecer internado preferiblemente a un lugar próximo al domicilio de sus padres o responsables Garantizarles un lugar con condiciones de higiene, seguridad y salubridad y acceso a los servicios públicos No ser sometido a ningún tipo de aislamiento Tener acceso a los medios de comunicación.

15 DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
ESTRUCTURA DEL CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

16 CÒDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, LEY 1098, NOVIEMBRE 8 DE 2006

17 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
PRINCIPIOS BASICOS Y DEFINICIONES. Se establece desde quien es titular de derechos en la Ley, la Naturaleza de las normas, el papel del Estado y de los padres.

18 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
2. DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Se consagran específicamente los derechos, se regula El Trabajo como derecho con una edad mínima, a la vez de regular las libertades fundamentales d que son titulares

19 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
3. GARANTIA DE DERECHOS Y PROTECCION. Se consagran las obligaciones de la familia, la sociedad y El Estado; de las Instituciones Educativas, Las sanciones que imponen las mismas; Obligaciones del Sistema de Seguridad Social en Salud; La responsabilidad de los Medios de Comunicación y de la Comisión Nacional de Televisión

20 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
4. MEDIDAS PARA RESTABLECER DERECHOS DE LOS NIÑOS. Es responsabilidad del Estado proteger ante situaciones de afectación o vulnerabilidad, se hace a través de la Policía (de Menores), Defensorías de Familia, Comisarías de Familia; Inspectores de Policía, Alcaldías y Personerías.

21 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
Se establecen medidas de protección del niño, se regula el régimen de la Adopción. Se regula además las autoridades competentes para imponer las medidas y el tipo de las mismas

22 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
SE REGULA LO RELACIONADO CON LOS ALIMENTOS. Se regla la situación de la mujer en estado de gravidez Se ratifica el procedimiento para fijación de alimentos

23 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
DERECHO AL TRABAJO DE LOS ADOLESCENTES. Se regula la jornada de trabajo, el salario, la maternidad, el tipo de trabajo.

24 LIBRO PRIMERO LA PROTECCION INTEGRAL
5. PROCEDIMIENTO JUDICIAL ESPECIAL Se reasignan competencias los jueces de familia o en su defecto a los Civiles o promiscuos Municipales

25 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
1. RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES. Crea un sistema de responsabilidad penal con conjuntos, normas, procedimientos y autoridades especiales cuando los adolescentes son autores de delitos.

26 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
A. Exclusión de responsabilidad penal para los menores de 14 años. 142. B. Se aplica el sistema de Enjuiciamiento Acusatorio. 143. C. La función de policía judicial corresponde inicialmente a a policía de Infancia o adolescencia o en su defecto la policía Nacional debidamente Capacitada.

27 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
D. Se sujeta el procedimiento al sistema de audiencias antes los J.C.G. y J.C. E. No proceden los preacuerdos. 157. F. No se puede Juzgar al menor en ausencia, se puede adelantar el proceso hasta la preclusión o acusación

28 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
G. Las sentencias no tienen el carácter de antecedentes penales. Se pueden utilizar los registros para resolver sobre la medida a imponer. H. La privación de la libertad tiene sentido pedagógico,161.

29 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
2. SE CREAN AUTORIDADES ESPECIALIZADAS EN EL JUZGAMIENTO. A. FISCALES DELEGADOS ANTE JUECES PENALES PARA ADOLESCENTES B. JUECES PENALES PARA ADOLESCENTES C. SALAS PENALES EN LOS TRIBUNALES D. POLICIA JUDICIAL ESPECIALIZADA E. DEFENSORES PUBLICOS

30 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
3. SE ESTABLECEN SANCIONES ADECUADAS. 177 Se regulan las finalidades de las sanciones. Se establecen los criterios que orientan la imposición de sanción

31 LIBRO SEGUNDO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
4. NIÑOS VICTIMAS DE DELITOS. Se regla la situación especial en lo que los niños, niñas y adolescentes son víctimas de delitos

32 LIBRO TERCERO: SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR
Tiene por objeto el desarrollo de políticas publicas a través de acciones que aseguran la protección integral del futuro Colombiano. Se crea el SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR, con un CONSEJO NACIONAL DE POLITICA SOCIAL y unos CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES DE POLITICA SOCIAL

33 JUSTIFICACION DEL ESTATUTO
Se trata de una reforma integral del Código del Menor, a partir del reconocimiento del interés superior de los niños y las niñas, la titularidad y prevalencia de sus derechos Fundamentales y ante su real desprotección.

34 DESPROTECCION Y SITUACION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Situaciones de Miseria. Maltrato infantil. Violencia sexual, el 70.6% son niños. Menores involucrados en el conflicto armado. Alarma en condiciones sociales: Desnutrición, deficiencia en Salud, Educación. Niños trabajadores.

35 DESPROTECCION Y SITUACION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Además: Niños detenidos con adultos en el mismo sitio. Un procedimiento nada garantista de los derechos del menor. El 99% de los menores infractores pertenecen a sectores sociales deprimidos

36 EL ESTATUTO Es posterior y surge con adecuada interpretación de la carta de 1991 y la Convención de los Derechos del Niño, Ley 12 de El Dcto 2737 de 1989 no se compagina con éstas.

37 EL ESTATUTO Responde una pretensión Estatal de Protección de los derechos de los Niños y Adolescentes a partir de: A. Reconocimiento expreso y protección de sus derechos. B. La consideración autónoma de los derechos. C. El interés superior. D. La Infancia como una política pública del Estado. E. El Bloque de Constitucionalidad.

38 TEMAS ESPECIALES DE LA LEY
1- PROTECCION INTEGRAL DE DERECHOS. Se trata de un catálogo de derechos amparado por el reconocimiento de obligaciones especificas del Estado, La sociedad y la Familia, tendientes al reconocimiento y goce efectivo de los mismos.

39 Protección Integral Es un Sistema de Protección de Derechos Humanos que se articula en 3 Subsistemas 1. Sistema General de Bienestar Familiar. 2. Sistema de Protección Administrativo. 3. Sistema de Protección Judicial

40 TEMAS ESPECIALES DE LA LEY
2. Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil. Es un sistema que regula la responsabilidad Penal del Joven entre los 14 y 18 años que cometa delitos, armonizando el Juzgamiento de los mismos con estándares internacionales y el Sistema Acusatorio.

41 Responsabilidad penal. Principios
1. El proceso penal tiene un fin pedagógico, formativo del involucrado. 2. Respeto a la dignidad del Niño 3. Reconocimiento del Interés superior. 4. respeto por el debido proceso. 5. Excepcionalidad de la Privación de la Libertad. 6. Mínima Interveción

42 RESPONSABILIDAD PENAL
Articula las recomendaciones de la Corte Constitucional sobre el Tema: C El sistema se debe orientar hacia la promoción de su bienestar y su tutela La respuesta punitiva bajo ningún punto de vista puede contener un enfoque represivo En cada caso se debe valorar el interés superior de cada menor.

43 BLOQUE -. Se debe interpretar de acuerdo con el artículo 44 de la C.N. y las Reglas de Beijing o “Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores”, así como la Convención sobre los derechos del Niño; El P.I.D.C.P.; La C.A.D.H.. -. Si el menor está privado de su libertad se deben aplicar las “Reglas de la ONU para los menores privados de la Libertad”.

44 LA JURISDICCION Respeta el principio de DIFERENCIACION Y ESPECIFIDAD DE LAS LEYES, ORGANOS, OBJETIVOS Y SANCIONES para el Adolescente que crea competencias y varia el procedimiento del código del menor, por lo menos lo adecùa al Hoy.

45 NIÑOS y NIÑAS VICTIMAS DE DELITOS
Contiene dos avances significativos: (i). Se limitan beneficios y subrogados penales a favor del agresor cuando se cometan delitos de Homicidio, Lesiones Dolosas, Secuestro o Ilícitos sexuales, art.99. (ii). Aumento de penas en el doble en caso de maltrato infantil y violencia contra los niños, niñas y menores de 14 años, Art. 200.

46 Hay un mensaje claro: Los delitos cometidos en contra de los Niños, Niñas y Menores de 14 años no son delitos de Bajo Impacto Social sino de Altísimo impacto. Ello implica que: Tanto la respuesta como el tratamiento debe ser ejemplarizante.

47 RECOMENDACIONES 1. Evitar la Victimización secundaria, garantizando el acceso fácil, la asistencia y protección. 2. Concientización de operador en la tutela de los derechos del menor. 3. Participación activa del Estado en la resocialización de la víctima

48 GRADUALIDAD DE IMPLEMENTACION
Se reguló en el Decreto de 2006 art. 2 en cinco fases de implementación total del 15 de Marzo de 2007 al 1 de Julio de Boyacá entra en la Segunda Fase, el 1 de Enero de 2009.

49 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
PROCESO EN EL NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

50 PROCESO EN EL NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
1. SE CONOCE EL HECHO O DENUNCIA DEL DELITO. 2. LA POLICÍA LE LEE SUS DERECHOS Y VERIFICA LA EDAD DEL NIÑO O ADOLESCENTE. ART. 8 C.P.P. SI ES MENOR DE 14 AÑOS SE REMITE AL I.C.B.F. ART. 143 L. 1098/06

51 PROCESO EN EL NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
3. SI OSCILA ENTRE LOS 14 Y 18 AÑOS LO TRASLADAN AL CENTRO ÚNICO DEL ADOLESCENTE. SE INFORMA A LA DEFENSORIA DE FLIA, DEFENSOR DE CONFIANZA O AL DEFENSOR PUBLICO Y AL MINISTERIO PUBLICO.

52 PROCESO EN EL NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
4. SE REPORTA AL FISCAL QUE SE ENCARGARÁ DEL CASO. ES IMPRESCINDIBLE EL DEFENSOR DE FAMILIA EN TODAS LAS ACTUACIONES. ART. 146 L. 1098/06

53 PROCESO EN EL NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
5. SE LLEVA A CABO LA RECEPCIÓN DE ENTREVISTA POR MEDIO DEL DEFENSOR DE FAMILIA. EL JUEZ DE GARANTIAS DEFINE EN AUDIENCIA SI HAY IMPUTACIÓN. SI HAY ACUSACIÓN PASA A JUEZ DE CONOCIMIENTO.

54 PROCESO EN EL NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
6. SE REALIZA LA AUDIENCIA PREPARATORIA Y AUDIENCIA DE JUICIO ORAL. SE IMPONE LA MEDIDA EN AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN DE SANCIÓN. SE HARÁ SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA.

55 OF. RECEPCIÓN DE DENUNCIA EST POL
RECIBE INFORMACION: 1.2.3. COMISARIA FAMILIA URI - SAU CASA DE JUSTICIA OF. RECEPCIÓN DE DENUNCIA EST POL INFORME EJECUTIVO 36 HORAS POLICIA JUDICIAL DE MENORES FISCAL DE CONOCIMIENTO Noticia criminal (ART. 66 LEY 906 DE 2004) Querella Denuncia Petición especial De oficio Cualquier otro medio Actos urgentes (ART. 205 Ley 906) Identidad – Determinar edad y su capacidad mental (MED.LEGAL) Informar a: Defensoría de familia Defensoría Publica - INMEDIATAMENTE - Si es mayor de 14 años Verificar procedimiento. Programa metodológico (art. 207 de ley 906 de 2004) Ordenes a PJ - Inmediatamente -. Mayor de 14 y menor de 18, con discapacidad Psíquica o mental Art.142 Inc.2 Flagrancia Contravención de policía (art. 190 ley 1098 de 2006) Si es menor de 14 años. Querella FISCAL DE CONOCIMIENTO Comisaría de Familia Remite defensor de familia Art. 81 – 82 de ley 1098 de 2006 Denuncia Verificación circunstancias Solicitud imposición Medida de seguridad. JUEZ DEFENSOR DE FAMILIA

56 Extinción acción penal Art. 323 ley 906/04 Suspensión Interrupción
Audiencia legalización aprehensión FISCAL DE CONOCIMIENTO Presenta al Juez de Control de Garantías dentro de las 36 horas siguientes Flagrancia Art. 191 ley 1098/ 2006 Legalidad de la aprehensión Declara la legalidad Mantiene privación POL DE VIGILANCIA POL JUDICIAL DEJA A DISPOSICIÓN INMEDIATAMENTE ART. 191 Se declara ilegalidad o no medida de protección Declara ilegalidad En audiencia Libertad IMPUTACIÓN ART. 286 Ley 906 Archivo Art. 79 Ley 906/06. Preclusión ART.331 ley 906/06 Concede libertad Inmediata Concede libertad Justicia restaurativa (art. 518 y SS Ley 906 de 2004) Fin Principio de oportunidad Art. 321 ley 906 de 2004 Control judicial – Art. 327 ley 906/04 Extinción acción penal Art. 323 ley 906/04 Suspensión Interrupción Art. 325 De ley 906/04 Medida de protección ICBF Art. 163 N° 9 Ley 1098 de 2006 Extinción acción penal Art. 323 ley 906/04 Fin

57 ACTORES Fiscal Delegado Indiciado Defensor de Familia Defensor Publico
Policía Judicial o de vigilancia

58 Conciliación preprocesal Art. 522
FISCAL DE CONOCIMIENTO CENTRO DE CONCILIACIÓN CONCILIADOR RECONOCIDO ARCHIVO Art. 522 ley 906/04 Conciliación preprocesal Art. 522 ACUERDO Allega acta ADOPTA MEDIDAS DE PROTECCIÓN NECESARIAS ICBF - DEFENSOR DE FAMILIA - QUERELLA ART. 70 LEY 906/04 Archivo Art. 79 CPP. Preclusión Art. 331 CPP. Principio de oportunidad Art.321 CPP No conciliación INICIA ACCIÓN PENAL ACTORES: Conciliador (Fiscal, Juez, conciliador reconocido) Menor infractor y Padres de familia Querellante Defensor de familia Defensor IMPUTACIÓN ART. 286 Y SS LEY 906 DE 2004

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