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OFICINA JURÍDICA SEDE BOGOTÁ PROYECTO DE LEY 018 DE 2013 (Modificación al Decreto 4184 de 2011)

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Presentación del tema: "OFICINA JURÍDICA SEDE BOGOTÁ PROYECTO DE LEY 018 DE 2013 (Modificación al Decreto 4184 de 2011)"— Transcripción de la presentación:

1 OFICINA JURÍDICA SEDE BOGOTÁ PROYECTO DE LEY 018 DE 2013 (Modificación al Decreto 4184 de 2011)

2 SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S. EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO NATURALEZA JURÍDICA Sociedades regidas por derecho privado Comercial. Su naturaleza es siempre comercial independientemente del objeto. Son organismos creados por la ley o autorizados por ésta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica. Naturaleza pública PATRIMONIO Público y/o privado. Este último puede ser incluso mayoritario. Según Decreto 4184, se autorizaba la emisión de acciones para que sean adquiridas por personas públicas o privadas, sin que la Nación pueda quedar con porcentaje menor al 51 %. Capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento de tasas que perciban por las funciones o servicios, y contribuciones de destinación especial en los casos autorizados por la Constitución.

3 SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S. EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRACIÓN Asamblea, junta y gerente. La asamblea puede definir sus funciones y cambiar los estatutos dentro de lo autorizado por la ley, prevaleciendo eventualmente lo privado. La dirección y administración de las empresas industriales y comerciales del Estado estará a cargo de una Junta Directiva y de un Gerente o Presidente. Establecido por la ley CONTRATACIÓN Régimen privado. La SAS puede ser sociedad de economía mixta con lo cual, su contratación se rige por Estatuto General de Contratación de las entidades estatales. Los actos que expidan las empresas industriales y comerciales del Estado para el desarrollo de su actividad propia, industrial o comercial o de gestión económica, se sujetarán a las disposiciones del Derecho Privado. Los contratos que celebren para el cumplimiento de su objeto se sujetarán a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de las entidades estatales.

4 SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S. EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO VIGILANCIA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. En principio no está obligada a tener Revisor Fiscal. CONTRALORÍA Y PROCURADURÍA. Vinculada al departamento. Consideración Si bien tiene régimen privado, tiene prerrogativas especiales. Control de lo público y primacía de interés público.

5 Argumentos del proyecto de Ley para la modificación :  1. El Capital privado puede llegar a la empresa y poner en riesgo los principios del proyecto de Renovación Urbana.  2. Modificación de límites del polígono: Decreto 488 de 2013 retiró La Esmeralda y Salitre Greco (ambigüedad).  3. Iniciativa Gubernamental: requiere Aval.

6 1. Fuente: Ministerio de la Justicia y del Derecho, Dirección de Defensa Jurídica del Estado. ¿POR QUÉ APROBAR O NEGAR EL PROYECTO DE LEY?

7 CONSIDERACIÓNES JURÍDICAS SOBRE PROYECTO 1.El Decreto 488 de 2013 es un Decreto Reglamentario. 2.No se presenta en el proyecto un solo argumento sobre inclusión de predios “Uriel Gutiérrez y Unidad Camilo Torres” 3.Diferencias entre texto del proyecto de Ley y el texto de la Ponencia. Amplía los límites del polígono. 4.Texto de ponencia adiciona dos parágrafos.

8 CONSIDERACIÓNES JURÍDICAS SOBRE PROYECTO Parágrafo 4 del Artículo 5: “Los Inmuebles: Hospital Universitario Santa Rosa, los edificios Uriel Gutiérrez y la Unidad Camilo Torres que por mandato del artículo 520 del POT, deben ser incluidos en la etapa de formulación del proyecto de Renovación Urbana CAN, serán excluidos para la etapa de Desarrollo del mismo, a menos que la Universidad Nacional en la autonomía otorgada por la Constitución Política decida Vincularse. En cualquier caso, los mencionados inmuebles no podrán ser objeto de expropiación, mientras se mantenga su propiedad en cabeza de la Universidad”.

9 CONSIDERACIÓNES JURÍDICAS SOBRE PROYECTO Predio de la Beneficencia: 1.Corredor verde: espacio que respeta el medio Ambiente. Zonas verdes. 2.Objeto de pronunciamiento por parte de la Universidad. 3.Comisión asesora UN - CAN, en relación con predio de beneficencia recomendó que la Universidad buscara la preservación del área y su desarrollo como parte del parque Metropolitano Simón Bolívar.

10 CONSIDERACIÓNES JURÍDICAS SOBRE PROYECTO Predio de la Beneficencia: 4. Derecho a la recreación: Sentencias T-435/05 y C046/04. Derechos sociales, económicos y culturales, adquiere carácter de fundamental por estrecha conexidad con otros de ese rango. 1.Carácter formativo y educativo. 2. Libre desarrollo de la personalidad. 3. Libre asociación. 4. Medio propio de sustento vital. 5. Decreto Distrital 308 de 2006 “Por el cual se adopta el Plan Maestro de Equipamientos Deportivos y Recreativos para Bogotá, Distrito Capital”: Artículo 4º.- Principios. Los principios que orientan el presente Plan son los de preservación ambiental, convivencia ciudadana, inclusión social y seguridad humana.

11  GRACIAS


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