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Publicada porIsabel Santa Maria Modificado hace 10 años
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2014 Consejo de Armonización Contable del Estado de Chiapas (CACE) 2ª Reunión Ordinaria Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Noviembre 14 de 2014 Consejo de Armonización Contable del Estado de Chiapas (CACE) 2ª Reunión Ordinaria Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Noviembre 14 de 2014
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Segunda Reunión Ordinaria del Consejo de Armonización Contable del Estado de Chiapas (CACE) ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL CONGRESO DEL ESTADO Transparencia y Difusión de la Información Financiera. Estructura de la Cuenta Pública de los Municipios.
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera Sustento Con fecha 12 de noviembre de 2012, se púbica en el Diario Oficial de la Federal el decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos ordenes de gobierno. Una de las modificaciones fue en su artículo 5º. que textualmente indica “la interpretación privilegiará los principios constitucionales relativos a la transparencia y máxima publicidad de la información financiera”., así mismo se inserta un nuevo Titulo Quinto denominado “ De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera”
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera Periodo de Publicación Con fundamento en el artículo 58 de la LGCG, la información que deba incluirse en Internet en términos de Ley, deberá publicarse por lo menos trimestralmente, con excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legales aplicable tengan un plazo o periodicidad determinada, y deberá difundirse en dicho medio dentro de los treinta días naturales siguientes al cierre del periodo que corresponda. Deberá permanecer disponible en Internet los últimos seis ejercicios fiscales.
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera Coordinación Institucional Con fundamento en el artículo 57 de la LGCG, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, establecerán su respectiva páginas de Internet, los enlaces electrónicos de cada uno de los entes que forman cada ente de gobierno. Como se indica enlaces electrónico, entonces cada ente público sujeto deberá tener su página de Internet con la información obligada, y el enlace electrónico se lo debe proporcionar a la secretaría de finanzas. Importante es aclarar que el ente púbico está obligado a verificar que su página de Internet incluya la información de Ley y se encuentre bajo actualización mínimo de manera trimestral.
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera Fecha Limite A más tardar el 31 de diciembre de 2013, para poderes, autónomos y Paraestatales. A más tardar el 31 de diciembre de 2014, para municipios. Información Por periodo de publicación se observan tres casos: Trimestral Anual Plazo Determinado Por tipo de Información a publicar se observan seis casos: Contable Presupuestal Inventarios Iniciativas y Proyectos Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos Ejercicio Presupuestario
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera InformaciónPeriodoSustento Contable Estado de Situación FinancieraTrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado de ActividadesTrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado de Variación en la Hacienda PúblicaTrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado de Cambios en la Situación FinancieraTrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado de Flujo de EfectivoTrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Notas a los Estados Financieros (De Desglose, De Memoria y De Gestión Administrativa). TrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico de ActivoTrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico de la Deuda y Otros PasivosTrimestralLGCG. Art. 51 y 58
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera InformaciónPeriodoSustento Presupuestal Estado Analítico del Ingreso (Económica)TrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ingreso (Fuente de Financiamiento) TrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ingreso (Concepto)TrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos (Administrativa) TrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos (Económica y por objeto del gasto) TrimestralLGCG. Art. 51 y 58 Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos (Funcional-Programática) TrimestralLGCG. Art. 51 y 58
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera InformaciónPeriodoSustento Inventarios Catálogo de Bienes MueblesTrimestralLGCG. Art. 23 Catálogo de Bienes InmueblesTrimestralLGCG. Art. 23
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera InformaciónPeriodoSustento Iniciativas y Proyectos Iniciativa de IngresosAnualLGCG. Art. 63 Información Adicional a la Iniciativa de IngresosAnualLGCG. Art. 61 Proyecto de Presupuesto de EgresosAnualLGCG. Art. 63 Información Adicional al Proyecto de EgresosAnualLGCG. Art. 61 Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos Presupuesto CiudadanoAnualLGCG. Art. 62 Ley de IngresosAnualLGCG. Art. 65 Presupuesto de EgresosAnualLGCG. Art. 65 Dictámenes, Actas y AcuerdosAnualLGCG. Art. 65 Calendario de IngresosAnualLGCG. Art. 66 Calendario de EgresosAnualLGCG. Art. 66
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Transparencia y Difusión de la Información Financiera InformaciónPeriodoSustento Ejercicio Presupuestario Ayudas y SubsidiosTrimestralLGCG. Art. 67 Programas con Recursos FederalesTrimestralLGCG. Art. 68 Cuentas Bancarias Productivas FederalesAnualLGCG. Art. 63 Fondo de Aportación Infraestructura Social Municipal TrimestralLCF. Art. 33 y Linea. (CONAC) Fondo de Aportación Fortalecimiento MunicipalTrimestralLGCG. Art. 76 Obligaciones con Fondos FederalesTrimestralLGCG. Art. 78 Evaluación de Recursos FederalesTrimestralLGCG. Art. 79 Ejercicio y Destino del Gasto FederalizadoTrimestralLGCG. Art. 81
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Sanciones Artículo 86.- Se impondrá una pena de dos a siete años de prisión, y multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien causando un daño a la Hacienda Pública o Patrimonio, incurra en las conductas previstas en las fracciones II (Omitan o alteren los documentos o registros e Incumplan con la obligación de difundir la información) y IV (tengan conocimiento de la alteración o falsedad de los documentos y no informen) del artículo 85 de la LGCG.
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Cuenta Pública Estructura Artículo 55.- Las Cuentas Públicas de los Ayuntamiento de los municipios, deberá contener como mínimo, la información contable y presupuestal a que se refiere el artículo 48 de la LGCG. Información Contable: (Estado de Situación Financiera, Estado de Variación en la Hacienda Pública, Estado de Cambios en la Situación Financiera, Notas a los Estados Financieros, y Estado Analítico del Activo). Información Presupuestaria: a).- Estado Analítico de Ingresos, del que se derivan la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados, y b).- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos del que se derivan las siguientes clasificaciones: Administrativa, Económica y Por Objeto del Gasto y Funcional- Programática. Anexos: Que incluirán todos los establecidos por el CONAC y otros ordenamientos legales. La cuenta pública de los entes públicos municipales se estructurará en el mismo esquema.
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Cuenta Pública Estructura Cuenta Púbica Tomos Contenido Municipio Ayuntamiento DIF Sistema de Agua Información Contable, Presupuestal y Anexos Integración: Tesorería o equivalente
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Cuenta Pública Estructura Fecha Limite A más tardar en la cuenta pública correspondiente al 2014, para el Gobierno Federal y Entidades Federativas. A más tardar en la cuenta pública correspondiente al 2015, para Ayuntamientos y entes públicos municipales.
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Segunda Reunión Ordinaria del Consejo de Armonización Contable del Estado de Chiapas (CACE) GRACIAS
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